Las entidades financieras acaban de recibir el apoyo de la justicia en uno de sus litigios más polémicos. El Alto Tribunal acaba con las dudas sobre los impuestos hipotecarios. Quien compra también debe pagarlos.

Tras el revés recibido por la imposición de las cláusulas suelo, los bancos acaban de salir airosos de su última batalla judicial. La relativa a los gastos de las hipotecas.

Según el Tribunal Supremo, algunas de las cantidades cobradas deberían efectivamente ser pagadas por el cliente.

Concretamente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, derivados de la constitución de una hipoteca.

Una cuestión que no exime del derecho a reclamar otras cantidades. Las relativas a los gastos de notario, registro, gestoría o tasación del inmueble.

Así como recurrir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Una última oportunidad para recuperar los cerca de 6.000 millones de euros que se reclaman a la banca.

Una sentencia histórica sobre los impuestos hipotecarios

La última decisión del Tribunal Supremo exime a las entidades financieras del pago de los impuestos vinculados a una hipoteca. La sentencia establece que la banca solo se hará cargo de ciertos gastos, pero no del ITP y AJD.

A pesar de no haber sido publicado todavía, el TS se ha apresurado ha elaborar una nota informativa sobre dicho fallo. Se trata de un tema no exento de polémica, dado que en 2015 otra sentencia del Supremo consideraba abusiva una cláusula que obligaba al comprador al pago de todos los gastos de constitución e impuestos hipotecarios. En caso de no existir una negociación previa.

Este otro fallo provocó que numerosos juzgados y audiencias dictaran sentencias contrarias a la banca. Por considerar que el cliente estaba ante una cláusula abusiva que le negaba la opción de negociar. Mientras la ley dejaba claro que el sujeto pasivo del impuesto, el prestatario, era el único responsable del pago.

Este nueva sentencia del TS estima parcialmente dos recursos. dando la razón a las entidades bancarias. Aunque reparte responsabilidades en otros gastos. Concretamente el sello de los documentos notariales en escrituras. a pagar a partes iguales. Y las copias suplementarias. A satisfacer por quien las solicite.

De esta manera, la banca se libra de pagar el principal gasto hipotecario, el ITP y AJD. Un impuesto que, por término medio, asciende de 3.000 a 4.000 euros.

Una reclamación millonaria esquivada por la banca

La sentencia del Supremo llegó ayer 28 de febrero, mientras el Instituto Nacional de Estadística publicaba los datos de hipotecas sobre viviendas de 2017. Una actividad que se incrementó en un 9,7% respecto al año anterior. Mientras que el importe medio subió un 6,3%.

Este hecho da aún más importancia a la decisión de los tribunales sobre los impuestos hipotecarios. Cabe recordar que el ITP y AJD es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, cuya recaudación ha aumentado con la recuperación del mercado inmobiliario.

Sin ir más lejos, durante 2017 este tributo le aportó casi 2.000 millones de euros a las arcas de la Generalitat de Cataluña. El 9% de los ingresos tributarios en la comunidad.

Aunque el impacto real de un fallo negativo en la sentencia lo hubiese el sector bancario. Concretamente unas pérdidas cercanas a los 6.000 millones de euros, según Kepler Cheuvreux.

De momento, las entidades pueden respirar tranquilas. Aunque las principales organizaciones de consumidores no han tardado en defender sus argumentos a la espera de ver la sentencia.

Tanto Facua como la OCU quieren estudiar el fallo del supremo para comprobar si entra en contradicción con la jurisprudencia europea. Igual que sucedió en el tema de las cláusulas abusivas, cuando el TJUE  contradijo al TS.

De hecho, diversas asociaciones en defensa de los usuarios de banca se han mostrado convencidas de que la justicia europea acabará dando la razón a los clientes.

¿Cómo quedan los gastos de las hipotecas tras el fallo?

Tras este último fallo del TS surgen algunas dudas:

¿De qué manera se distribuyen los gastos de una hipoteca?

Constituir un préstamo hipotecario obliga a pagar el ITP y AJD, además de otros gastos. Como notaría (0,1% al 0,5%), registro (100 a 250 euros), gestoría (150 a 300 euros) y tasación (150 a 450 euros). En total, sumando gastos e impuestos hipotecarios, la cantidad puede ascender a cerca de 4.00 euros.

¿Cuánto cuestan los impuestos al cliente?

En función de la cantidad del crédito hipotecario. Por término medio, pueden suponer unos 3.000 euros.
En ese sentido, y según el INE, la hipoteca media para compra de vivienda en Cataluña ascendía a 138.000 euros el pasado 2017.

Una cantidad que elevaría los gastos a 4.311,88 euros. A pagar entre cliente y entidad. Mientras que los impuestos por valor de 3.105 euros corresponderían al prestatario.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

Te invitamos a suscribirte a nuestras redes y enterarte de nuestras promociones y novedades del mercado inmobiliario:

Oi Real Estate

Autor

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: