La sentencia sobre la inconstitucionalidad de la plusvalía municipal al vender en pérdidas da la razón al contribuyente frente a la Administración. Esto significa que la plusvalía es ilegal siempre que no se registren ganancias. En Oi Real Estate te contamos todo lo que necesitas saber.

Adiós a la plusvalía municipal en ventas con pérdidas. Finalmente, el TC da la razón a la doctrina que establecieron los tribunales en sentencias históricas opuestas a las normas de Álava y Guipúzcoa.

Un asunto que deja en manos del Estado la modificación de la Ley Estatal de Haciendas Locales y ordena que los ayuntamientos se cercioren de la ganancia, antes de aplicar el impuesto.

Esta sentencia sobre la plusvalía municipal se suma a otras sobre gastos de gestión o existencia de cláusulas suelo en las hipotecas. Pero también pone en el punto de mira la desactualización del Catastro y la indefensión del contribuyente al que se le obligaba pagar aunque no tuviera beneficios.

Histórica sentencia contra la plusvalía

El Tribunal Constitucional confirma la ilegalidad del impuesto de la plusvalía municipal para aquellos contribuyentes más indefensos. La norma, obligaba a los propietarios de una vivienda a tributar ganancias generadas por la venta del inmueble, aunque se hiciese a un precio inferior al pagado en el momento de la compra.

Así, el TC homogeneizar para todo el Estado una sentencia hecha pública el pasado mes de febrero como respuesta a la consulta de un juzgado de San Sebastián. A partir de ahora, dicha doctrina deberá ser aplicada en todos los municipios españoles .

Paradójicamente, el pago por una ganancia inexistente se debía a que la tasa no se calculaba a partir del precio real del inmueble sino del valor catastral. La falta de actualización del catastro provocaba el pago automático, aunque en la práctica no existiesen beneficios.

De esta manera, el TC golpea a la mayor fuente de ingresos de los ayuntamientos, al considerar que el diseño del impuesto vulnera un fundamento constitucional: ‘contribuir en base a la capacidad económica’. Principio que quebranta una tasa desvinculada del incremento real del inmueble y ligada únicamente al hecho de tener al contribuyente como titular.

Adiós a la millonaria fuente de ingresos

El Impuesto de la plusvalía ha generado importantes ingresos para los municipios españoles, a pesar de la caída en el valor de muchos inmuebles en la última década.

Periodo que ha coincidido con un aumento histórico en la recaudación, llegando a doblarse los ingresos. Un ejemplo: la recaudación por plusvalías de Barcelona capital ha sido de 430 millones entre 2014 y 2016.

Con la sentencia del TC, los contribuyentes tendrán derecho a reclamar cerca de 8.300 millones de euros por plusvalías.

Tinsa se adelanta a cifrar el número total de afectados, que podrían superar los 550.000 contribuyentes ya que se ha determinado que la plusvalía es ilegal si no se registran ganancias. Ciudadanos que superan los 76.000 en la Comunidad de Madrid o los 56.000 en la provincia de Barcelona.

Fuente: El TC decreta que los contribuyentes podrán reclamar más de 8.300 millones‘. El Mundo

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