Seguimos enfrentando una crisis sanitaria y económica que no nos permite tener nuestros impuestos ni nuestras rentas al día. En este post hablaremos, particularmente, del impago de alquiler que ha sufrido España en los últimos tiempos.
En este artículo encontrarás:
Impago de alquiler: Aumento desmedido
El Fichero de Inquilinos Morosos (FIM) arrojó los últimos datos de las incidencias por impago del alquiler. Estos han registrado un incremento del 68,4% desde el mes de septiembre. El FIM le adjudica este aumento a la crisis laboral que está sufriendo el país y, por ende, la crisis económica de la población.
Según esta compañía, las incidencias por impago en el alquiler que son comunicadas por los arrendadores, sufrieron un 380% de incremento durante el estado de alarma. El FIM indica que a partir de la tercera semana de marzo, las incidencias reportadas por los arrendadores se duplicaron respecto a la actualidad.
En este sentido, Sergio Cardona, director de estudios y calidad de FIM, ha explicado que el hecho de que “un arrendador comunique que no ha recibido el cobro de su alquiler, no tiene por qué suponer que sea un impago“. Por otro lado, afirmó que las notificaciones de falta de cobro alcanzaron su máximo anual en la segunda semana del mes de mayo.
Palma de Mallorca: Una zona con mayor morosidad
Los impagos de alquileres en España se triplican por la pandemia. De un 5% de morosidad que existía antes de la pandemia, se pasó a un 15% en el mes de junio. Hay algunas zonas específicas que sufren más el incremento de impago. Por ejemplo, en Palma de Mallorca ha aumentado un 130%, según datos arrojados por la Oficina Antidesahucios.
Los créditos ICO del gobierno para el alquiler evidentemente no funcionan y, además, no hay demanda. La asociación que agrupa a propietarios de pisos de alquiler, ASVAL, explica que “muchos inquilinos en situación de vulnerabilidad no quieren endeudarse más. Y si a ello le unimos la moratoria de seis meses en los desahucios, prefieren no pagar”.
Dueños prefieren no alquilar antes de sufrir el impago de alquiler
A raíz de esta decisión que toman algunos inquilinos de no pagar, muchos arrendadores tienen miedo de poner sus viviendas en alquiler. Entonces, prefieren cerrarla y no alquilarla, antes de que sea usada y correr el riesgo de que los inquilinos no paguen.
La realidad es que estas personas están en todo su derecho de cobrar, porque así como los inquilinos, ellos también están atravesando la crisis y muchos cuentan con ese dinero para, apenas, pagar sus impuestos.
Es por este motivo que le piden al Gobierno que cree un fondo de ayudas directas a los inquilinos más vulnerables y, también, mayor seguridad jurídica.
Desde ASVAL, Beatriz Toribio afirma sin dudas que “si no reforzamos la seguridad jurídica para que el propietario se sienta más seguro de cara a los impagos, la oferta se va a contraer más. Por lo tanto, sin seguridad jurídica no se regulará el mercado del alquiler en España. Muchas personas prefieren dejar su vivienda cerrada a alquilarla por la tremenda inseguridad que hay en nuestro país ante los impagos, y ello provoca que continúe reduciéndose la oferta con lo que seguirán aumentando los precios”.
Seguro de impago de alquiler
Casi el 20% de los contratos de alquiler en España cuentan con un seguro de impago. Aseguradoras como Mapfre, Mútua Madrileña y Catalana Occidente, entre otras, ofrecen este tipo de pólizas. Esta cobertura garantiza al propietario del inmueble el cobro del alquiler y lo protege ante otros imprevistos.
Hasta ahora, la opción que más utilizaban los propietarios para protegerse de impagos eran los avales bancarios. Pero con la existencia del seguro de impago de alquiler, los avales están tendiendo a desaparecer.
¿Qué es un seguro de alquiler?
Un seguro de alquiler es una póliza de seguro cuyo objetivo es proteger los pagos mensuales por el alquiler de una propiedad, vivienda o local comercial.
Si comparamos este seguro con los avales bancarios, los primeros tienen más ventajas, tanto para el arrendatario como para el arrendador.
Ventajas para el inquilino
- Mientras el aval solo cubre el impago de alquiler, el seguro incluye más coberturas, como gastos de defensa jurídica y gastos de reparaciones en la vivienda.
- Ya no es necesario consignar y dejar inmovilizados en una cuenta bancaria los fondos del aval, que suelen equivaler a seis meses de renta.
- Mientras que el aval cubre el impago del alquiler durante eis meses, el seguro puede extender esa cobertura hasta 18 meses.
Ventajas para el propietario
- La vigencia del seguro puede ser de hasta 18 meses, el triple que en el caso de los avales bancarios.
- El seguro de alquiler es un gasto deducible hasta un 100% en la declaración de la renta, por lo que obtendrá ventajas fiscales.
- Si bien el propietario es el beneficiario de la póliza, es el inquilino quien afronta los gastos del seguro.
- Estos seguros pueden cubrir también contra vandalismo o el robo de electrodomésticos causados por el inquilino.
- La compañía de seguros hace estudios de viabilidad del inquilino por lo que disminuye el riesgo de morosidad.
Nos encantaría saber tu opinión respecto de este tema del impago de alquiler. Puedes escribirlo en el sector “Comentarios” de nuestro Blog.
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