Al momento de comprar o vender una propiedad, normalmente, se suelen usar una serie de términos inmobiliarios. Más que nada, cuando tienes conversaciones tanto con el banco como con profesionales del sector. Algunos de estos términos pueden ser difíciles de entender. Por ese motivo, en este post te preparamos un “diccionario inmobiliario”. ¡Sigue leyendo!

Diccionario inmobiliario

A

AENOR

Es una entidad reconocida por el Ministerio de Industria y Energía. Cuyo objetivo es contribuir, mediante el desarrollo de actividades de normalización y certificación y otras afines a las mismas, a mejorar la calidad de las empresas, sus productos y servicios. Así como proteger el medio ambiente.

AGENCIA INMOBILIARIA

Despacho profesional cuya actividad principal es la intermediación en la compraventa y arrendamiento de todo tipo de inmuebles.

AMORTIZACIÓN

Pago o extinción de una deuda. Devolución total o parcial de un préstamo.

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA

Es la devolución total o parcial de un crédito antes de la fecha pactada. Normalmente, está sujeta a una comisión. Varía según el tipo de interés. Si es fijo, la comisión es más elevada que si el interés es variable.

ARANCELES

En el Diccionario inmobiliario es la escala de comisiones, corretajes u honorarios que los miembros de una profesión colegiada cobran a sus clientes.

ARRENDAMIENTO

Existen diversos tipos de arrendamiento según el objeto del mismo: bienes, de obras o de servicios. En el arrendamiento de bienes, una de las partes (arrendador) se obliga a dar a la otra (arrendatario) el goce o uso de un bien por tiempo determinado y precio cierto. En el arrendamiento de obras o servicios, una de las partes (arrendador) se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra (arrendatario) un servicio por precio cierto.

ASESOR FISCAL

Profesional liberal que aconseja a personas físicas o jurídicas sobre impuestos y temas tributarios.

B

BASE IMPONIBLE

Magnitud tributaria, expresada en dinero o en elementos de hecho. Se utiliza como punto de partida para calcular la cuantía del impuesto que debe pagar el contribuyente.

BONO LIQUIDABLE

Es la Base Imponible menos las reducciones establecidas por ley (por ejemplo, aportaciones a planes de pensiones o ayudas alimentarias).

BONOS DEL TESORO

Deuda del Estado con vencimiento inferior a 18 meses, emitida al descuento y al portador.

diccionario inmobiliario

C

CADENCIA

Frecuencia con que se realiza la modificación del tipo de interés en los préstamos contratados a tipo variable. Esta periodicidad varía normalmente entre uno y tres años.

CANCELACIÓN REGISTRAL

La cancelación de un préstamo hipotecario debe hacerse constar en el Registro de la Propiedad. Para ello es necesario firmar una escritura de cancelación y liquidar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Esta escritura se inscribe en el Registro, anulando la carga hipotecaria.

CAPACIDAD DE LOS CONTRASTES

Aptitud, desde el punto de vista jurídico, para otorgar el contrato.

CAPITAL AMORTIZADO

Parte del préstamo o del crédito ya pagado.

CAPITULACIONES MATRIMONIALES

En el Diccionario inmobiliario es el contrato celebrado entre cónyuges que regula el régimen de bienes dentro del matrimonio.

CARENCIA

Periodo dentro de la vida de un préstamo durante el cual sólo se pagan intereses y no se amortiza capital. La duración de este periodo es de dos años como máximo.

CARGAS

Limitaciones al dominio de una finca. Constan en documento público y se inscriben en el Registro de Propiedad. No siempre implican derechos económicos. Por ejemplo, los usufructos, las condiciones resolutorias, los censos, etc.

C-1

CATASTRO

Censo y padrón estadístico de las fincas rústicas y urbanas. Consultar aquí: SEDE DEL CATASTRO ONLINE

CERTIFICADO REGISTRAL

Documento que expide y legitima el Registro de la Propiedad, en el que se expone la situación de cargas de una finca.

CLÁUSULA SUELO

La Cláusula Suelo está incluida en muchos contratos hipotecarios que establece un interés mínimo a pagar en las mensualidades de la hipoteca, independientemente del interés marcado por el mercado.

C-2

COMISIÓN

Contrato por el que alguien se compromete a realizar algo por cuenta de otro.

COMISIÓN DE ADHESIÓN

Contratos generales o estandarizados redactados por la parte vendedora o prestataria de servicios para que sean firmados y asumidos por el comprador.

COMISIÓN DE APERTURA

Porcentaje sobre el capital prestado o sobre el límite del crédito que se abona una única vez al constituir los mismos. Habitualmente se pacta un importe mínimo.

COMISIÓN DE RECLAMACIÓN DE IMPAGADOS

Cantidad fija que se devenga en el caso de impago de algún recibo.

COMISIÓN DE SUBROGACIÓN

Porcentaje que se aplica sobre el capital pendiente en caso de que el prestatario cambie de entidad acreedora.

COMPRAVENTA

Contrato por el que uno de los contratantes se obliga a entregar un determinado bien y el otro a pagar por el un precio cierto, en dinero o equivalente.

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CONTINENTE

Conjunto de construcciones principales y accesorias, con sus instalaciones, tanto fijas como aquellas necesarias para la solidez de la vivienda, adorno, higiene o comodidad.

CONTRATO

Convención jurídica manifestada de forma legal, por la cual una o varias personas se obligan a favor de otra u otras al cumplimiento de una prestación de dar, hacer o no hacer.

CONTRATO DE ADHESIÓN

En el Diccionario inmobiliario es el contrato general o estandarizado redactado por la parte vendedora o prestataria de servicios para que sea firmado y asumido por el comprador.

CUOTA

Cada uno de los pagos mensuales, trimestrales o semestrales que se realizan durante la vida del préstamo. Durante el período de carencia, la cuota está formada únicamente por intereses. Ahora bien, si el préstamo está en período de amortización la cuota comprende los intereses y la amortización de capital.

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D

DEDUCCIONES EN LA CUENTA

En el Diccionario inmobiliario es la declaración de la Renta, determinados importes que se restan de la cuota por determinadas circunstancias que afectan a aspectos personales del contribuyente, establecidos legalmente.

DIFERENCIAL

Porcentaje que se suma al valor del índice de referencia para obtener un nuevo tipo de interés a aplicar en cada revisión.

DIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL

Acto documentado en título público, mediante el cual se divide un inmueble en varias y distintas fincas registrales independientes, con asignación a cada una de ellas de un coeficiente de copropiedad o participación en el total del inmueble. Se inscribe en el Registro de la Propiedad.

DOCUMENTO NOTARIAL

En el Diccionario inmobiliario es todo documento intervenido por un notario.

DOCUMENTO PRIVADO

Respecto a un acto jurídico, mercantil, administrativo, etc., es aquel que recoge la voluntad de quien lo otorga. Por ejemplo: si es compraventa, recoge la voluntad de las partes en transmitir la propiedad de una finca.

DOCUMENTO PÚBLICO

Documento privado autorizado por un notario, lo que le faculta para ser inscrito en el registro de la propiedad. Se conoce comúnmente como escritura. Los documentos públicos más frecuentes son: hipoteca, compraventa, obra nueva, división horizontal, etc.

E

EJECUCIÓN HIPOTECARIA

Es el procedimiento ejecutivo a través del cual se ordena la venta de un bien inmueble que estaba gravado con una hipoteca por incumplimiento del deudor de las obligaciones garantizadas con la hipoteca

ELEVAR A PÚBLICO

En el Diccionario inmobiliario es incorporar al protocolo (archivo) del notario un documento privado.

ENTIDAD FINANCIERA

Banco, Caja de Ahorros o cualquier otra entidad que actúe en el mercado financiero.

ESCRITURA

Documento público firmado y ratificado por un notario. Posteriormente, se inscribe en el Registro de la Propiedad. En el caso de las viviendas las escrituras más relevantes son las de compraventa, de hipoteca y de declaración de obra nueva.

ESCRITURA DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA

Documento otorgado ante notario por el cual se da por finalizada una hipoteca al haberse cumplido la obligación garantizada, para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

ESCRITURA DE HIPOTECA

Documento otorgado ante notario en el que se afecta uno o varios bienes inmuebles en garantía de una o varias operaciones.

ESCRITURA DE PROPIEDAD

Documento público por el que se adquiere la titularidad de una vivienda, susceptible de su inscripción en el Registro de la Propiedad.

EURIBOR

Promedio del precio del tipo de interés al que las entidades financieras europeas más significativas se prestan dinero en el mercado monetario.

F

FE PÚBLICA

Conformidad a nivel administrativo y a todos los efectos de la veracidad del contenido de un documento.

FIANZA

Contrato por el cual una persona (fiador) se obliga personalmente o compromete ciertos bienes propios en garantía del cumplimiento de una obligación de otra persona (deudor-fiador) frente a un tercero (acreedor). En caso de que el deudor incumpla, el acreedor podrá reclamar al fiador.

FINCA

En el Diccionario inmobiliario es la propiedad inmueble, rústica o urbana, susceptible de ser inscrita en el Registro de la Propiedad.

G

GARANTÍA

Acción de asegurar, durante un tiempo, el buen funcionamiento de un bien que se vende y de reparado gratuito en caso de avería.

GARANTÍA HIPOTECARIA

Aseguramiento mediante la afección de uno o varios bienes inmuebles al cumplimiento de obligaciones.

GARANTÍA PERSONAL

Patrimonio del deudor compuesto por todos los bienes presentes y futuros, y que garantiza el cumplimiento de cualquier obligación. También puede ser prestada esta garantía por un tercero.

GASTOS A CARGO DEL PRESTATARIO EN UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Cantidades que deben pagarse como consecuencia de la realización de determinadas actuaciones necesarias tales como tasación, realización de escritura pública, pago de impuestos, etc.

GASTOS DE ESTUDIO Y FORMALIZACIÓN DE LA HIPOTECA

Gastos previos a la constitución de un préstamo hipotecario en los que incurre la entidad financiera para poner en marcha dicha operación y que se le repercuten al cliente/prestatario. Aunque en diciembre de 2015 el Tribunal Supremo consideró nulas las cláusulas sobre gastos de formalización de hipotecas por considerarlas abusivas, responsabilizando al banco de dichos gastos por ser el único beneficiado de su pago y que son los gastos del pago de notaría, gestoría, impuestos y tasación que se suelen pagar cuando se firma  la hipoteca.

GASTOS DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Gastos derivados de la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Se calculan en función de la responsabilidad hipotecaria y según una tarifa porcentual legalmente establecida.

GESTOR ADMINISTRATIVO

Profesional liberal legalmente autorizado cuya actividad, entre otras, es la tramitación y gestión de las escrituras de los préstamos hipotecarios.

Diccionario inmobiliario

H

HIPOTECA

Derecho real de garantía de una obligación, constituido sobre inmuebles, pudiendo los bienes permanecer en posesión de su dueño. Confiere al acreedor la facultad de pedir la venta pública de éstos y resarcirse con su precio si no se cumple la obligación garantizada.

HOMOLOGAR

Validar o confirmar algo como bueno o aceptable.

I

IMPUESTO

En el Diccionario inmobiliario es la prestación pecuniaria requerida a los particulares por vía de autoridad, a título definitivo y sin contrapartida con el fin de cubrir los gastos públicos.

IMPUESTO DE LOS BIENES INMUEBLES (IBI)

Tasa municipal que grava la propiedad de una finca. Se cobra anualmente y se calcula según un porcentaje que se aplica al valor catastral.

IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTOS (IAJD)

Impuesto que se aplica sobre actos formalizados en documentos públicos. En el caso de la hipotecas, se calcula sobre la responsabilidad hipotecaria. El IAJD puede variar según las comunidades.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)

Impuesto indirecto que grava el valor de la compraventa. Actualmente, está fijado en un 7%.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES (ITP)

Toda venta de inmuebles, de segunda mano o sucesivas, están sujetas a este impuesto.

INDICE DE REFERENCIA

En el Diccionario inmobiliario es el valor del mercado hipotecario o financiero que se utiliza para las revisiones del tipo de interés de los préstamos a tipo variable.

I-1

INDICE DE REFERENCIA DEUDA PÚBLICA

Media de los valores emitidos, por el Estado, materializados en anotaciones en cuenta y con vencimiento entre dos y seis años.

INDICE REFERENCIA DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS BANCOS

Media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años. Para la adquisición de vivienda libre, que hayan sido iniciadas o renovadas por el conjunto de bancos en el mes a que se refiere el índice.

INDICE REFERENCIA EURIBOR

Medida de tipo interbancario entre todos los bancos centrales de la Unión Europea que se aplica como tipo de referencia para operaciones de crédito y préstamo.

INMUEBLE

Bien como tierras, edificios, construcciones y minas, y de los adornos, artefactos o derechos a los que la ley considera no muebles.

INTERÉS

Porcentaje que se aplica al capital pendiente de un préstamo para calcular los intereses a pagar por parte del prestatario y que forman parte de la cuota.

INTERÉS DE DEMORA

Rendimientos que pagará el prestatario por el tiempo que se demore en el pago de una deuda vencida. Siempre son superiores a los intereses ordinarios.

INTERESES ORDINARIOS

En el Diccionario inmobiliario son los rendimientos que percibe un prestamista por el tiempo que presta una cantidad de dinero.

L

LEGISLACIÓN HIPOTECARIA

Conjunto de normas que regulan los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles a través del Registro de la Propiedad.

LA LEY DE CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

La Ley 7/98 de 13.4.98, publicada en el BOE de 14.4.98, cuyo objeto es proteger los legítimos intereses de los consumidores y usuarios en relación con los documentos contractuales suscritos.

LEY DE REGULACIÓN DEL MERCADO HIPOTECARIO

Ley 2/81 de 25.3.81, publicada en el BOE de 15.4.81, en la que se establece una estructura para la financiación de determinadas actividades a través de la emisión por las entidades financieras de títulos hipotecarios.

LICENCIA DE OBRA

Permiso municipal necesario para la iniciación de obras o modificaciones arquitectónicas en un inmueble.

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M

MERCADO HIPOTECARIO

Aquel en el que se realiza la emisión de títulos hipotecarios garantizados con créditos hipotecarios.

MERCADO MONETARIO

Aquel en el que se intercambia tanto dinero como activos financieros sustitutivos de dinero.

MINUTA DE ESCRITURA DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Proyecto escrito que contiene los acuerdos a los que han llegado las partes de un préstamo.

N

NORMA INTERNACIONAL ISO-9002

Sistema de calidad que sirve de modelo para asegurar la calidad en la producción, la instalación y el servicio postventa de un determinado servicio o producto.

NOTARIO/A

Funcionario/a autorizado/a por la ley para dar fe pública de los contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales.

NOTIFICACIÓN JUDICIAL

Comunicación por parte de un juzgado o tribunal a las partes que intervienen en un proceso.

NOVACIÓN

En el Diccionario inmobiliario es la sustitución de una obligación por otra posterior que extingue la primera.

NUDA PROPIEDAD

Es aquel derecho de una persona sobre una cosa en la que su relación con ella es de ser sola y únicamente propietario. Como propietario, tiene el dominio sobre la cosa, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida ésta a través de un derecho real denominado usufructo.

La nuda propiedad son el conjunto de prerrogativas que conserva el propietario de una cosa, cuando esa cosa es objeto de un derecho de propiedad (usufructo, o habitación por ejemplo) por parte de un tercero.

O

OBRA NUEVA

Documento público en el que se declara la existencia de una edificación o la construcción de una nueva. Su inscripción en el Registro de la Propiedad supone la creación de una finca registral por desaparición de la finca registral de procedencia.

OFERTA VINCULANTE PARA NUEVAS HIPOTECAS

Documento que las entidades de crédito, en función de la orden de 5 de mayo de 1994 sobre la transparencia de préstamos hipotecarios, tienen obligación de entregar al cliente, y que recoge todas las condiciones financieras del préstamo hipotecario ofertado. La validez de la oferta es de diez días hábiles a partir de su fecha de entrega.

OFERTA VINCULANTE PARA SUBROGACIÓN DE HIPOTECAS ENTRE ENTIDADES FINANCIERAS

Documento que la entidad que quiere subrogarse en una hipoteca envía a la entidad prestataria actual con las nuevas condiciones de tipo de interés que va a aplicar al cliente en caso de que éste cambie de entidad.

OPCIÓN DE COMPRA

Mediante el pago de una determinada cantidad de dinero pactada entre vendedor y comprador, éste adquiere el derecho a comprar una vivienda en determinadas condiciones y durante un tiempo determinado. Si finalmente no se lleva a cabo la compra de la vivienda, esta cantidad de dinero generalmente se pierde.

P

PACTOS SOBRE CESIÓN Y SUBROGACIÓN

Estos tienen especial relevancia para el deudor, dado que si quiere vender la finca hipotecada, no es imprescindible cancelar el préstamo, sino que el comprador puede hacerse cargo de él, descontando del precio de venta la cantidad pendiente. Para ello es necesario el consentimiento de la entidad de crédito.

PLAN OFICIAL DE LA VIVIENDA

Plan desarrollado por la Administración para facilitar la adquisición o la rehabilitación de determinadas viviendas habituales a aquellas personas que reúnan unas determinadas circunstancias económicas y familiares.

PLUSVALÍA

Aumento del valor de un bien, por razones distintas al trabajo o actividad productiva de su propietario o poseedor. También, aumento del valor de unos terrenos o inmueble a causa de trabajos o inversiones realizadas por la administración o por el propietario.

PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Préstamo que, además de contar con la garantía personal del prestatario, se garantiza, adicionalmente, con una vivienda, un inmueble o un bien. Junto a la devolución del capital prestado, garantiza también el cobro de los intereses ordinarios, los intereses de demora, las costas y los gastos derivados de una posible reclamación judicial en caso de incumplimiento de los pagos. Se formaliza en escritura pública que se inscribe en el Registro de la Propiedad.

PRESTATARIO/A

Persona que toma dinero a préstamo.

PRINCIPAL

En el Diccionario inmobiliario es el importe de un préstamo o crédito. También se denomina capital.

PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN

Vía a través de la cual la entidad financiera puede hacer efectiva la deuda impagada de un préstamo en caso de que no lo haga el prestatario.

PROPIETARIO/A

Persona que tiene derecho sobre una cosa, especialmente sobre bienes inmuebles.

PROVISIÓN DE FONDOS

Cantidad de dinero adelantada a un profesional a cuenta de la liquidación final que éste presente por sus servicios.

PROYECTO DE EJECUCIÓN

Fase del trabajo que desarrolla el proyecto básico, con la determinación completa de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipos. Esta fase puede llevarse a cabo, en su totalidad, antes del comienzo de la obra o parcialmente antes y durante la ejecución de la misma.

leer

R

RECLAMACIÓN JUDICIAL

Demanda o solicitud que realiza una o varias personas a otra u otras a través de los juzgados y tribunales.

RENDIMIENTO DE CAPITAL MOBILIARIO

En la Declaración de la Renta, los rendimientos de un contribuyente procedentes de la titularidad o arrendamiento de sus inmuebles.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Oficina pública que tiene por función llevar los libros oficiales en los que consten todas las circunstancias que afectan a las fincas de la demarcación correspondiente a dicho Registro.

REQUERIMIENTO JUDICIAL

Impone a una persona el deber de realizar una determinada declaración de voluntad o cualquier otra conducta del mismo.

RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA

En el Diccionario inmobiliario es la cifra máxima de la que responde cada una de las fincas hipotecadas. Suele incluir el importe principal del préstamo, más una cantidad referida a intereses ordinarios, otra a intereses moratorios y otra a costas y gastos.

S

SEGURO DE INCENDIOS

Seguro obligatorio en las viviendas hipotecadas. Su objetivo es asegurar, durante la vigencia de la hipoteca, los riesgos que puedan producirse en el continente de la vivienda hipotecada.

EL SEGURO MULTIRRIESGO DEL HOGAR

Es un seguro que cubre los posibles desperfectos que pueda sufrir una vivienda, tanto en el continente como en el contenido.

SEGURO VIDA DE AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS

En el Diccionario inmobiliario es el seguro de vida que garantiza, en caso de fallecimiento y, opcionalmente, invalidez absoluta y permanente del asegurado, la cancelación del préstamo.

SEÑAL O ARRAS

Importe anticipado de parte del precio de una compraventa del comprador al vendedor. Esta entrega a cuenta subraya la firmeza del contrato de compraventa. Si el comprador decide no comprar perderá la cantidad entregada, y si es el vendedor el que decide no consumar la compraventa, deberá devolver al comprador lo que éste le entregó anticipadamente más otra suma igual, si así se pacta.

SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA

Organismo al que pueden acudir los clientes de cualquier entidad financiera, cuando consideren no haber recibido una respuesta suficientemente satisfactoria por parte del Defensor del Cliente de la Entidad a una reclamación planteada.

S-1

SISTEMA FRANCÉS DE AMORTIZACIÓN

Sistema que consiste en amortizar un préstamo de forma que los desembolsos que se satisfagan en cada periodo sean constantes. Los periodos pueden ser anuales, semestrales, trimestrales o mensuales. Puesto que la cuota es fija y está compuesta de capital e interés, en las primeras se pagarán fundamentalmente intereses debido a que la deuda es mayor, mientras que en las últimas el componente más importante irá destinado a amortizar capital.

SITUACIÓN REGISTRAL

En el Diccionario inmobiliario es el estado o descripción actual de una finca en el Registro de la Propiedad, así como de sus cargas, gravámenes, limitaciones, etc.

SOCIEDAD DE TASACIÓN

Sociedad autorizada legalmente para la valoración de los precios máximo y mínimo de un bien mediante perito-tasadores (personal especializado).

SUBASTA PÚBLICA

En caso de ejecución de una hipoteca, venta o enajenación de bienes que se adjudican al mejor postor de entre todos los que pujan en la misma. Pueden ser judiciales (por orden de un Juzgado o Tribunal) o extrajudiciales (ante notario).

S-2

SUBROGACIÓN

Acción por la que el comprador de una finca asume los derechos y obligaciones de otra persona por razón de un préstamo anteriormente concedido con garantía de dicha finca. Es una acción muy habitual cuando se compra una vivienda nueva directamente al promotor de la misma, el cual ha obtenido un préstamo hipotecario para financiar su construcción. Con la compra del inmueble, el comprador tiene la opción de subrogarse en la responsabilidad hipotecaria que grava el inmueble, deduciendo del precio de la compraventa el importe del préstamo. El documento donde se materializa la subrogación es la propia escritura de compraventa. También se conoce por subrogación el hecho jurídico de sustitución del acreedor hipotecario.

SUBSIDIACIÓN

Cantidades abonadas por la Administración Pública a las Entidades Financieras, como parte del pago de intereses de los préstamos destinados a financiar compra de Viviendas de Protección Oficial.

SUBVENCIÓN

Cantidades abonadas a fondo perdido por la Administración Pública a los compradores de viviendas de Protección Oficial, como parte del pago de las mismas.

SUMISIÓN A FUERO

La competencia del tribunal que debe conocer de un proceso está prevista en la ley. Las normas legales que la regulan se aplican obligatoriamente, pero puede haber excepciones, y una de estas es la “sumisión a fuero”. Consiste en la manifestación de voluntad de los contratantes en el sentido de que, para las desavenencias que surjan entre ellos, sea competente un determinado órgano jurisdiccional. En todo caso, la sumisión sólo es posible respecto a la competencia territorial -no cabe la jerárquica- y respecto de algunos de procedimientos judiciales.

Diccionario inmobiliario

S-3

SUPERFICIE COMPUTABLE

Es la superficie construida más la parte proporcional de la portería, escalera, azotea, jardín comunitario, etc., que le corresponda a un propietario según su cuota de copropiedad.

LA SUPERFICIE CONSTRUIDA

En el Diccionario inmobiliario son todos los metros cuadrados de la vivienda, incluyendo el grosor de las paredes, a veces los patios y los conductos de ventilación.

SUPERFICIE CONSTRUIDA CON ELEMENTOS COMUNES

Toda la superficie construida de la vivienda y la parte proporcional de los espacios comunes del edificio que le corresponden, según la cuota de copropiedad.

SUPERFICIE ÚTIL

Todos los metros cuadrados de la vivienda, incluidos los balcones, pero sin contar las paredes. Las azoteas y patios se indican aparte, aunque a veces se incluye como superficie útil.

T

TASA ANUAL EQUIVALENTE (T.A.E.)

Resultado de una fórmula matemático-financiera supervisada por el Banco de España. Sirve para comparar el coste real de diferentes ofertas. En particular, en los casos de préstamo con interés variable, la TAE se calcula suponiendo que los intereses sucesivos sean los de la primera revisión, contada según el último valor publicado del índice de referencia.

TASACIÓN

Valor de un inmueble certificado por sociedades constituidas al efecto. Mediante este certificado no sólo se conoce el valor real del inmueble, sino que además sirve de referencia para obtener la financiación necesaria.

TIPO DE INTERÉS

Porcentaje que se aplica al capital pendiente de un préstamo para calcular los intereses a pagar por parte del prestatario y que forman parte de la cuota.

EL INTERÉS FIJO

En el Diccionario inmobiliario es un tipo de interés que no varía a lo largo de la vida de la operación.

TIPO DE INTERÉS NOMINAL

Interés de una operación expresado en porcentaje y para una periodicidad de pago determinada.

TIPO DE INTERÉS VARIABLE

Tipo de interés que cambia a lo largo de la vida de la operación, en función de una referencia.

TÍTULO DE ADQUISICIÓN

Documento en virtud del cual se adquirió en su momento por el vendedor la finca que ahora se transmite.

TRANSPARENCIA

Orden Ministerial que entró en vigor el 11/8/94, por la que se regulan determinadas cuestiones sobre los contratos referentes a operaciones de préstamos hipotecarios garantizados con vivienda, cuando el prestatario sea persona física y el importe del préstamo sea igual o inferior a 150.253,03 euros.

Esta orden ministerial y la Circular 5/94 del Banco de España que la desarrolla, tienen por objeto proteger los intereses de los clientes de las Entidades de Crédito, facilitando una adecuada información y protección de quienes concierten préstamos hipotecarios.

V

VALOR CATASTRAL

Valoración que figura en el catastro de una determinada finca.

VERIFICACIÓN REGISTRAL

Es el vencimiento anterior a la fecha de un préstamo por cualquier causa establecida en las leyes o en el correspondiente contrato.

VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL (V.P.O)

Las viviendas de protección oficial cumplen una serie de condiciones que benefician a sus compradores, tanto económica como fiscalmente. Por otra parte, los compradores también deben reunir unas condiciones establecidas en cuanto a titularidad de inmuebles, ingresos familiares, etc. para poder aprovecharse de sus ventajas.

Para realizar cualquier transacción inmobiliaria, contáctate con OiRealtor. ¡Te esperamos!

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