El día 30 de junio vence el plazo para presentar la Declaración de Rentas. Luego de presentar esta documentación debe ser procesada para poder fijar el monto que corresponde abonar, o ser devuelto. La mayoría de los contribuyentes no tienen inconvenientes al realizar la declaración. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber acerca de las complicaciones que pueden presentarse en las Devoluciones de Hacienda.

Lo normal es no tener conflictos con las devoluciones de Hacienda en declaración de renta. Habitualmente, Hacienda, al recibir el resultado del impuesto, ingresa sin problemas ni errores, pero siempre pueden suceder imponderables.

Es importante recordar, que una vez que terminamos de realizar la declaración, en ella si es que sale un valor a devolver, se aclara ahí la cantidad de dinero que tiene que pagarle la Agencia Tributaria. Ese monto, es exactamente el que deberá reintegrarse en tu cuenta bancaria.

El plazo máximo con el que cuenta Hacienda para realizar la devolución del impuesto, es de seis meses. Lo normal es que esta parte del proceso sea bastante rápida y expeditiva. En la mayor parte de los casos, las transferencias se realizan en unos días o a más tardar semanas desde el momento de la presentación de la declaración.

¿Qué sucede si no recibiste el dinero que te corresponde por las devoluciones de Hacienda?

Si bien es una situación poco común, siempre es posible que se cometan errores. Y el más complicado de todos es esperar recibir un dinero que no llega o es menor del que te corresponde.

Es importante que sepas que lo que corresponde recibir es el monto que figura en el borrador al momento de hacer la declaración de la renta. Si no recibiste esta cantidad, estas en todo tu derecho de reclamar a Hacienda lo que te falta.

¿Cómo realizar el trámite?

Cuando el monto de la devolución se acredita en tu cuenta y compruebes que la cantidad es errónea, debes realizar un reclamo. Dentro de la web de la Sede Electrónica de Hacienda, debes elegir la opción Procedimiento de Tramitación de quejas y sugerencias. Luego debes pulsar en el botón de presentación de queja / Sugerencia.

Para poder realizar el trámite, debes indicar tu número de DNI y nombre completo, aunque no es necesario identificarte con el certificado digital o el DNI electrónico. A continuación, debes rellenar el formulario de solicitud de queja con los datos requeridos por Hacienda, aclarando cual es el motivo por el que realizas el trámite.

Es importante que puedas adjuntar toda la documentación en la que se evidencie el error que ha cometido la Hacienda. Lo fundamental es poder presentar el ingreso que se produjo en cuanto a devoluciones de Hacienda en el banco. Esto se debe a que la Agencia Tributaria podrá corroborar que el importe no se corresponde con el borrador que se generó a la hora de realizar la declaración en rentas.

El plazo para realizar el reclamo, será de 4 años, así que no deberías tener problemas en cuanto a este aspecto. Por otro lado, debes saber que el pago a realizar, deberá contar también por el resto que quedó impago, los intereses correspondientes por demora, que se estipulan en un porcentaje del 3,75 por ciento.

De ahí en más, solo puede llegar a faltar realizar la reclamación económica administrativa, aunque generalmente, es Hacienda quien resuelve antes el problema.

Qué sucederá si en la declaración ha dado un monto a pagar

Si te encuentras dentro de la gente que ha realizado pagos por un importe menor al que te correspondía a la largo del año, al realizar el trámite de la declaración de rentas se te informará el importe que debes abonar a Hacienda por este impuesto.

No siempre tenemos la suerte de que el resultado de esta gestión sea a favor del contribuyente, produciendo Devoluciones de Hacienda. Ya, el hecho de que dé un saldo a pagar es una mala noticia, y si es una cifra elevada y que no puedes pagar, es muy perjudicial.

Pero si estas en esta  situación, te contamos que existen varias opciones o vías para ayudarte con este problema. Una de ellas puede ser el fraccionamiento del pago, otra, el aplazamiento, con lo cual podrás contar con más tiempo para cumplir con esta obligación. Es importante aclarar, que en cuanto a la división, la posibilidad más simple y común es la de pagar en dos partes la totalidad de lo adeudado.

Cómo solicitar el aplazamiento del pago del impuesto a Hacienda

Es importante aclarar que no todos los contribuyentes pueden solicitar esta opción. Solo pueden hacerlo, aquellos cuyo importe a pagar no sea superior a los 30.000 euros. En caso de cumplir este requisito, puedes realizar la solicitud sin justificación alguna, y por regla general es concedida sin problemas.

En caso de que el monto que debes ingresar a Hacienda, sea mayor a 30.000 euros, deberás justificar que realmente no puedes abonarlo. Además de presentar garantías de pago, que los convenzan de que te comprometes a realizarlo más adelante.

El trámite debes realizarlo por medio de internet, en el mismo borrador de la renta. Ahí, primero debes completar el documento, indicando la casilla No Fraccionado, y pulsar otras modalidades de pago. Luego accederás a la opción de Reconocimiento de deuda con la solicitud de aplazamiento para por último marcar la casilla de “Firmar y enviar” y clickear aplazar.

Es importante que sepas que luego de realizar esta solicitud, Hacienda debe consultar y constatar datos e información enviada, para poder habilitarte o no a aplazar este pago. También debes recordar, que en caso de realizar esta solicitud, se cobrarán intereses en cuanto a la demora, que se estipulan en un  3,75 por ciento.

Cómo solicitar el pago fraccionado:

Esta opción, permite realizar el pago fraccionado de saldo que dé como resultado la declaración, esto será sin recargo ni intereses.

Si la decisión es la de realizar dos pagos, no será necesaria la solicitud de aprobación de Hacienda, ahora si necesitas aumentar la cantidad de cuotas en la que lo abonaras, los requisitos serán distintos. El contribuyente está habilitado a solicitar la ampliación de cuotas para el pago, este trámite se realizará del mismo modo que el aplazamiento, pero solo podrás hacerlo, una vez que la Agencia Tributaria te habilite a realizarlo. En caso de conseguir la autorización, el interés fijo que se deberá abonar será del 3,75 por ciento.

Desde OI REALTOR esperamos que toda la información que te brindamos acerca de Devoluciones de hacienda, aplazamiento y fraccionamiento de pago te haya resultado interesante y útil. No te olvides de dejarnos tus comentarios o dudas. Te recomendamos a continuación otro artículo que creemos que puede ser te tu interés

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