Todos los arrendadores que cuenten con viviendas para arrendar, deben establecer cuáles fueron los ingresos obtenidos. Es por ello, que hoy hablaremos acerca de la declaración de renta para propietarios, donde indicaremos en qué consiste, si es obligatoria en todos los casos y hasta qué fecha se puede realizar.

Contar con casa propia es una posibilidad a la que muchas personas pueden acceder y en ocasiones, se dispone de más de una vivienda para habitar. Si una de ellas se encuentra deshabitada, se pueden generar ingresos mensuales de manera asegurada, a través de la colocación del piso en el mercado del alquiler.

Mientras el propietario se compromete a entregar una casa en perfecto estado y que cumpla con las condiciones de habitabilidad necesarias, los inquilinos aceptan vivir en esa vivienda por un término indicado. Para ello, deberán ser puntuales con el pago de sus rentas y contar con avalistas en caso de impagos de alquiler.

Todos los derechos y obligaciones se especifican en el contrato de arrendamiento y, además, los dueños de las propiedades tienen que cumplir con otro asunto imprescindible. Se trata de la declaración de renta para propietarios que alquilan pisos y en este artículo, te brindaremos toda la información que debes conocer sobre el tema. ¡Sigue leyendo!

¿La declaración de renta para propietarios es obligatoria en España?

Cualquier arrendador que haya alquilado un piso en 2023, se encuentra obligado a indicar cuáles fueron los ingresos recibidos por esta actividad. Sin embargo, no siempre se debe realizar, ya que la declaración de renta para propietarios que alquilan pisos es clara al respecto, se deben declarar los ingresos de alquiler que superen los 1000 euros anuales.

Existen diferentes formas de arrendamiento y uno de los casos que suele prestar mayores confusiones, es sobre si el alquiler turístico debe establecerse en la declaración de renta para los propietarios. Como tiene un uso distinto al de vivienda, pareciera que no cumple con lo que se requiere para que los ingresos sean percibidos como rendimientos de capital inmobiliario.

Sin embargo, contrariamente al pensamiento habitual, se los debe incluir en la declaración de renta, al menos que se necesite de trabajadores para que este alquiler funcione como se merece y en ese caso, cambiará lo que se debe incluir en la declaración. Ante una situación de esta índole, los ingresos no responden al capital inmobiliario y sí, a las actividades económicas.

¿Quiénes pueden acceder a deducciones del IRPF?

Una de las ventajas de la declaración de renta para los propietarios, es que se pueden aplicar deducciones de algunos impuestos. Esto ha sido establecido por la nueva ley de vivienda, la cual busca crear incentivos fiscales a los dueños de propiedades que alquilen sus pisos.

Los propietarios que coloquen sus viviendas de alquiler en zonas tensionadas, tendrán una disminución del 90% del IRPF. Para ello, deberán bajar el precio de renta con respecto al contrato que haya firmado el arrendatario anterior, donde el coste del alquiler será un 5% más bajo, ya que hay limitaciones en las subidas de renta de acuerdo a la zona en que se alquile.

Por otro lado, si no se cumple con esta última petición, la deducción del IRPF será de un 70% y se deberá alquilar a uno de los sectores más castigados en su economía, los jóvenes de hasta 35 años. Éstos, son los mayores demandantes de pisos y al no encontrar opciones disponibles, deben arrendar pisos compartidos. Los propietarios que alquilen pisos rehabilitados con énfasis en la sostenibilidad, tendrán una reducción del 60% del IRPF.

¿Hasta qué día se puede realizar la declaración de renta para propietarios?

Aquellas personas que preguntan sobre las fechas, en las que se realizará la declaración de renta para propietarios, aquí obtendrán las respuestas. El plazo para presentar la renta del año 2023, abrió el 29 de abril y se extenderá hasta el día 1 de julio, pero puede realizarse de dos maneras diferentes.

Para quienes deseen realizarla de forma telefónica, se deberá pedir una cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio. Las declaraciones de manera telemática, comenzaron el 7 de mayo y podrán realizarse hasta el día mencionado como límite hace unos instantes, pero también puede hacerse de manera presencial.

Los propietarios que tengan la decisión de declarar la renta de forma presencial, deberán solicitar una cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio. Esta manera de declarar, iniciará el 3 de junio y concluirá el 1 de julio, por lo que los arrendadores deben estar al tanto de cuándo les corresponde realizar la declaración.

¿Qué sucede si el arrendador decide no declarar estos ingresos obtenidos?

Como mencionamos anteriormente, la declaración de renta para propietarios es obligatoria y se debe cumplir, con todos los ingresos obtenidos en concepto de alquiler del 2023. Sin embargo, algunos caseros logran eludir esta responsabilidad y las consecuencias, pueden ser muy complicadas para el arrendador.

En el caso que la administración tributaria realice una inspección fiscal y se compruebe que los propietarios de un determinado piso en alquiler, no han declarado de forma absoluta se tomarán medidas para solucionar el asunto. La sanción que se impondrá es una multa del 50% de lo no declarado.

Si la sanción tiene una cifra mayor a los 3000 euros, se habla de una multa grave y ésta puede llegar a ser del 100%. No obstante, el fraude puede ser aún, más grande y esto tiene consecuencias económicas mucho más graves, donde se pueden hacer multas de más del 150%. Por eso, siempre se recomienda declarar todos los ingresos, para cumplir con las responsabilidades y evitar situaciones desagradables como la que se mencionó.

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