Realizar el cambio de titularidad de una vivienda es un trámite bastante simple y muy importante. Aunque debemos dejar claro desde un inicio que no es obligatorio. Pese a ello, es una tranquilidad, principalmente por una cuestión legal. Es que no efectuarlo podría traerte problemas, por ejemplo, debido a un litigio con un vecino o una disputa por un conflicto territorial.
También te permitirá realizar la venta de tu vivienda de forma más rápida. Es que si no figuras como propietario del inmueble, difícilmente puedas realizar una transacción sobre ella. Por eso, para evitarte problemas en el futuro, te recomendamos que siempre realices este trámite a la hora de adquirir una propiedad.
En este post te contaremos todo lo que necesitas saber para poder efectuar el cambio de titularidad de vivienda, cuáles son los pasos a seguir, donde hacerlo y los plazos que demorará el Catastro en entregarte este documento. ¿Nos acompañas?
En este artículo encontrarás:
Dónde debes realizar el cambio de titularidad de una vivienda
En nuestro país, este trámite se realizar por medio de la Dirección General de Catastro. Ellos son los encargados de generar el registro en el que se detallan todos los propietarios de cada uno de los inmuebles del territorio nacional.
Esta oficina, perteneciente al Ministerio de Hacienda, para efectuar las modificaciones en la titularidad de viviendas. También podrán realizarse las actualizaciones edilicias. Si bien no son trámites obligatorios, es importante que realices allí la actualización pertinente.
Cuándo debes realizar el cambio de titularidad catastral de una vivienda
Existen diversas razones por las cuáles podrías necesitar realizar este trámite.
- Puede deberse a un cambio de titularidad por la compraventa de un inmueble,
- Debido a una donación, herencia o un divorcio
- Un cambio del reparto de un inmueble por una división física o la renuncia de alguno de los propietarios a su porcentaje.
- También puede suceder que al heredar una propiedad, los hermanos dividan la vivienda en partes iguales. De esta formar pueden dejar de ser copropietarios, obteniendo ventajas fiscales en estas situaciones.
Una de las soluciones más comunes para acabar con la copropiedad es la de dividir un mismo piso en 2 partes realizando algunas modificaciones edilicias. Pero cuidado, es importante que revises si está permitida esta acción en los estatutos de la comunidad. El Ayuntamiento realizará la verificación de dicha división para dar el cierre final luego de haber efectuado la escritura y la actualización en el Registro de la Propiedad.
En caso de una división de bienes a causa de separación, deberá ser calculada la mitad de cada uno de ellos. Recuerda que no se tiene en cuenta lo aportado por cada uno de los participantes.
Es importante aclarar que cada Comuna utiliza diferentes porcentajes de aranceles para los trámites de Actos jurídicos y transmisiones patrimoniales.
También hablaremos del cambio de titularidad de vivienda llevado adelante por los matrimonios que si bien, no es muy común, existe en nuestro país. Muchas veces, al casarse una pareja o emprender el reto de la convivencia, el titular decide añadir a su conyugue como propietario del inmueble. Esto puede ser a causa de un aporte económico, o para no dejar desprotegida a la pareja en caso de alguna desavenencia.
Cómo realizar el cambio de titularidad catastral de una vivienda
El trámite debe ser realizado de forma presencial en la oficina del ayuntamiento o delegación de Hacienda que le corresponda al inmueble. Puede ser efectuado por el propietario, algún gestor o asesor contratado. Así que, si no cuentas con el tiempo necesario para hacerlo, no debes preocuparte. Podrás acudir a un profesional que pueda llevar adelante el cambio de titularidad de tu vivienda.
Qué datos figuran en el Catastro
Algunos de los datos que aparecerán en catastro tienen que ver no solo con la fisonomía de la vivienda sino con la utilización que pueda darse a la tierra, por ejemplo con el cultivo, si existe algún aprovechamiento del suelo o de algún recurso natural que tenga la propiedad. También, encontraremos algunas categorías en las que podemos establecer nuestro bien referida a sus características: inmuebles rústicos, urbanos, etcétera.
Pero la parte edilicia también es importante, ya que estas oficinas también guardan información del tipo de construcción que tiene tu vivienda. Es importante dar detalles que se refieran a la construcción, indicar el tipo de materiales utilizados en las aberturas, tipo de techo correspondiente a cada una de las habitaciones, ¿tienes piso de parqué o de cerámicos?
Otro punto fundamental en este organismo es la georreferenciación del inmueble. Con este dato, catastro realiza la delimitación de tu propiedad, además de ubicarlo y tomar la superficie exacta que corresponde al mismo. Se realiza mediante un plano georreferenciado utilizando coordenadas geográficas de cada uno de los vértices que contiene la propiedad con el fin de brindar absoluta precisión en el dato brindado. Esto puede ayudar mucho en una supuesta discusión vecinal, ya que es en ésta oficina en la que se buscará la información legal de los límites entre propiedades.
Cuánto tiempo demora el trámite y cómo iniciar el proceso de cambio de titularidad catastral de una vivienda
Es importante que tengas en cuenta que en un plazo de, a más tardar, seis meses podrás concluir esta actualización. Para iniciar el trámite debes dirigirte a la oficina del registro, con la documentación, informes y requerimientos.
Luego se llamará a audiencias de ser necesario, donde se convocarán a los interesados correspondientes para luego notificar la resolución.
La identificación fiscal será necesaria, también, el documento de identidad, información catastral y la documentación que acredite el cambio de propiedad, por ejemplo un boleto de compraventa o testamento.
Cuál es el costo del trámite
El valor que deberás abonar por este trámite es progresivo. Esto quiere decir que dependerá del valor de la vivienda, y se irán sumando los costos por cada uno de los excesos al coste original. A continuación, detallaremos los montos de cada uno de los tramos:
- Cuando el valor no es mayor a los 6.010,12 euros, se pagará un total de 24,040484 euros
- Por la franja comprendida entre los entre 6.010,13 y 30.050,61 euros deberán abonarse 1,75 euros por cada 1.000 euros excedentes
- Para el tercer tramo se fija un coste de 1,25 euros por cada 1.000 euros que exceden la propiedad entre los 30.050,62 y 60.101,21 euros
- El cuarto tramo costará 0,75 euros por cada 1.000 euros entre los 60.101,22 y 150.253,03 euros
- Se abonarán 0,30 euros por cada 1.000 euros entre los 150.253,04 y 601.012,10 euros
- Por último, aquellas viviendas que superen los 601.012,10 euros afrontarán el coste de 0,20 euros por cada 1.000 euros excedentes.
Ten presente que luego deberás también afrontar los gastos notariales e impuestos correspondientes.
Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:
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