Si estás pensando en comprar una vivienda, seguramente te preguntas cuáles son los gastos que tendrás, además del coste del inmueble. En este artículo podrás informarte en forma detallada sobre cuánto dinero demás deberás invertir.

En este artículo encontrarás:

Impuestos

IVA (Impuesto al Valor Agregado)

El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo. En 2020, asciende al 10% del precio de compra de la propiedad. Sin embargo, será del 21% para inmuebles comerciales y parcelas de terreno. También es del 21% si se excede un número de inmuebles y no se compran en lotes. Se trata de un impuesto nacional, por lo que es el mismo en todas las regiones, con excepción de las Islas Canarias, donde está al 6,5%.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

Este tributo solo se produce si existe una hipoteca bancaria para comprar una vivienda. Grava la firma ante notario y la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad. Desde el año 2018, es el banco que concede la hipoteca el que debe hacer frente a este impuesto. El tipo impositivo varía en función de la comunidad autónoma. En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, es del 2% del precio de la vivienda.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Esta tasa se hará efectiva cuando seas propietario de la vivienda. Es un impuesto local que grava la posesión de un inmueble, seas o no residente en España. El tipo impositivo varía según la región donde se aplique. Se calcula en función del valor catastral. El valor catastral es el valor administrativo que se le da al inmueble, basado en el valor del suelo y de la construcción. Lo positivo es que el valor catastral suele ser inferior al precio real de la vivienda.

Impuesto sobre el Patrimonio

Tanto si eres residente como si no lo eres, cuando decides comprar una vivienda en España debes presentar el Impuesto sobre el Patrimonio. Lo presentarás siempre que el valor del inmueble supere los setecientos mil euros y el resultado salga a pagar. También, si el coste del inmueble supera los dos millones de euros, aunque el resultado sea negativo. Si se trata de vivienda habitual, solo se presenta en caso de que supere los trescientos mil euros. Hay que tener en cuenta que el IP cambia, según la Comunidad Autónoma.

Gastos adicionales

Registro de la Propiedad

Una vez que el notario ha firmado las escrituras, es recomendable inscribir la compraventa en el Registro de la Propiedad. El coste de este trámite también depende del precio del inmueble. Suele oscilar entre los 400 y los 650 euros. En caso de que exista hipoteca, es el banco que la concede quien se hace cargo del pago.

Gastos de notaría

A la hora de redactar y firmar la escritura de compraventa, la labor del notario es esencial para asegurarnos de que lo hacemos bien. Los precios se calculan en función del precio de la vivienda y la complejidad de la escritura, la extensión, el número de copias, etc. Si hubiera hipoteca, el banco que la concede se ocupa del pago.

Servicios legales

Es recomendable contratar los servicios de un abogado especializado en este tipo de contratos para evitar inconvenientes. Como son profesionales independientes, sus tarifas no están reguladas y suelen variar.

Gastos de hipoteca

Cuando se solicita un préstamo en una entidad bancaria, es probable que te apliquen una comisión de apertura. Es, básicamente, lo que tienes que pagar al banco por solicitar la hipoteca. Esta cantidad se deduce del dinero que se te presta y suele ser de entre el 0,25% y el 3,00%. Es importante que sepas que no todos los bancos aplican esta comisión. Y, si la aplican, puedes negociar el porcentaje.

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