Una de las preguntas que surgen a la hora de realizar un testamento tiene que ver con cómo dejar la herencia a un cónyuge. Primero que nada, debes saber que es posible. Solo es importante que sepas que, para ello, se tienen que dar una serie de circunstancias respecto al testador.
Si estás pensando en realizar el testamento y tienes dudas al respecto, no dudes en leer este post. Aquí te contaremos todos los detalles que debes conocer sobre cómo dejar la herencia a un cónyuge, en qué circunstancias es posible hacerlo y los límites que deberás respetar para estar acorde a la ley. ¿Nos acompañas?
En este artículo encontrarás:
¿Cómo dejar la herencia a un cónyuge? ¿Es legalmente posible?
Para poder dejar toda la herencia al cónyuge tienes que tener presente una serie de circunstancias y detalles que deberán cumplirse. Es que existe una legislación que fija ciertos parámetros y puntos para realizar el testamento. Por ello, es importante que puedas saber cómo y cuándo es posible hacerlo.
Lo primero que debemos tener claro son los derechos que el cónyuge del fallecido posee por ley. En este punto se dan dos situaciones. La primera es que quien fallece no haya dejado un testamento. En este caso, se procederá a tomar en cuenta las medidas que se dejan incorporadas en el Código Civil para la sucesión sin testamento. En ellas se fijan que tiene el derecho de heredar, en defecto de sus descendientes y ascendientes del fallecido.
La otra posibilidad es que la persona que fallece haya dejado un testamento donde quede plasmada su voluntad de cómo dividir sus bienes. Es importante que tengas presente que en este caso, será necesario que al efectuar el testamento se cumplan con las porciones que la ley establece. Por medio de ellas, se garantiza a los herederos forzosos o legítimos la protección de su patrimonio. Estos serían los descendientes, ascendientes y cónyuges. Cabe aclarar que la prioridad la tendrán en ese orden.
Según estos datos, no sería posible en ninguno de los dos casos dejar la totalidad de la herencia a un cónyuge, salvo que no haya nadie con más derecho a heredar antes que él. Pese a ello, en la segunda opción, el testador puede establecer que la porción que le corresponda al cónyuge sea mayor a la mínima que se fija por medio de la ley. Esto dependerá de la situación particular y de los descendientes y ascendientes que posea el testador.
¿Cuál es el porcentaje de herencia que se puede dejar a un cónyuge si el fallecido tiene descendientes?
Como dijimos anteriormente, el Código Civil establece un porcentaje de la herencia que puede dejarse a un cónyuge como porción legítima, que debe ser respetado por el testamento. Si el fallecido tiene hijos u otros descendientes en defecto de los hijos, deberá solo dejarse el porcentaje que les corresponde. Este está fijado en dos tercios del patrimonio para el cónyuge.
Un tercio de los bienes del fallecido, deberán distribuirse por igual entre los hijos. En caso de que alguno de ellos haya fallecido, la porción que le correspondería deberá repartirse entre los nietos y otros descendientes.
El segundo tercio del patrimonio deberá distribuirse, en el caso de que así se desee, para mejorar la situación de uno o más descendientes en relación a los demás. Es lo que se conoce como el tercio de mejora.
Por último, la tercera porción de sus bienes, se considera de libre disposición. Esto significa que el testador, tendrá la posibilidad de dejarlo a quien prefiera.
Pero te preguntarás en este momento, qué sucede con el cónyuge. En el caso de que los descendientes se encuentren con vida, no tendrá derecho a heredar el patrimonio del fallecido. Lo que si podrá será usufructuar el tercio de mejora.
Por otro lado, si cuenta entonces el fallecido con hijos, descendientes y cónyuge, el testador, podrá fijar un tercio de la herencia, el de libre disposición. Además podrá dejar el usufructo del tercio de mejora, pero solo eso.
¿Cuál es la porción que le corresponderá al cónyuge si es que hay herederos forzosos
Cuando un testador muere y no tiene descendientes, en el orden de prioridades, le seguirán en la lista de prioridades los padres y demás ascendientes.
En el caso de que el fallecido tenga vivos a sus padres, ascendientes y el cónyuge, el testador si quiere dejar la herencia a éste, deberá reservar para sus padres o ascendientes un tercio de la herencia. Del resto de su patrimonio será posible disponer de la forma que quiera. Por ello será posible dejárselo al cónyuge.
Otro punto que debes tener presente es que es posible que se le deje a la pareja el usufructo de la otra mitad de los bienes patrimoniales con los que cuenta.
De esta forma, si quiere el testador dejar el porcentaje de libre disposición para el cónyuge recibirá un total de dos tercios de la herencia y el usufructo sobre la mitad del patrimonio del fallecido.
Cómo dejar la herencia a un cónyuge en el caso de que el fallecido no tenga descendientes?
En el caso de que el fallecido no tenga descendientes ni ascendientes, el cónyuge tendrá derecho según la ley por un lado al usufructo de dos tercios de la herencia. Además, respecto al tercio de libre disponibilidad, será el testador el que podrá destinarlo para disponer de la totalidad del patrimonio, siempre que se respete el usufructo.
Por todo ello, si el testador busca cómo dejar la herencia a un cónyuge, ésta sería la única forma de hacerlo. Es que en este caso, al no haber ningún otro heredero forzoso con más derecho que el cónyuge, la ley se lo permite.
Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés. Y no olvides que si quieres conocer más sobre opciones para comprar vivienda en España, tienes mucha información a disposición en nuestro sitio.
agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas