Esta semana empezó la Campaña de Declaración de Renta por el ejercicio 2022. En ese marco, a algunos contribuyentes se les presentaron dudas respecto de la rendición de cuentas por las inversiones realizadas en criptomonedas. En la nota de hoy, te contamos cómo se declaran estos activos y todo lo que debes conocer sobre ellos en esta campaña.

Las criptomonedas en la Campaña de Renta

Desde hace algunos años las criptomonedas forman parte de la Declaración de Rentas que se debe hacer anualmente. Sin embargo, la particularidad de estos activos digitales hace que se generen dudas entre los contribuyentes, ya sea por la especificidad de los requisitos como por el simple hecho de que recién se estén sumando a este tipo de inversiones y sea la actual campaña la primera que les toque resolver en relación a estos temas.

Desde el pasado martes 11 y hasta el viernes 30 de junio se extenderán tanto la etapa de borradores como las presentaciones formales de la Campaña de la Renta 2022. Para este año el Ministerio de Hacienda espera que se hagan poco menos de 23 millones de declaraciones, lo que es un número considerable para evaluar y significa alrededor de un 3,4% más de lo rendido el ejercicio anterior.

En ese marco, entre otros capitales, se rinden los resultados de las operaciones realizadas con criptomonedas. La medida, además de adecuarse a uno de los más recientes mecanismos de gestión y ahorro de dinero, implica contener y controlar las operaciones de una importante cantidad de contribuyentes. Se estima que en España hay alrededor de 4,4 millones de personas que invierten en criptomonedas, aunque no todos conocen cuándo deben tributar.

La normativa al respecto aún es limitada y se esperan más cambios e incorporaciones a los requisitos para el año entrante. Sin embargo, hay algunas cuestiones que ya debes tener en cuenta y te ayudarán a saber, cuándo es necesario rendir estos activos digitales y en qué condiciones. A continuación te contamos todos los detalles.

¿Cuándo y cómo se deben rendir las criptomonedas?

Las criptomonedas forman parte del patrimonio de los conctribuyentes, por lo que las operaciones que generen pérdidas o ganancias están dentro de lo que se considera movimientos patrimoniales. Estos movimientos incluyen la compra y la venta de activos digitales, con lo cual son materia de rendición para esta Campaña de Rentas. Para realizar esta declaración se completa la casilla 1626 (clave 0), indicando la fecha y el valor de las adquisiciones de las criptomonedas, a fin de poder calcular si se han generado ganancias o pérdidas.

En ocasiones puedes encontrarte con una limitante del sistema vinculada a la cantidad de operaciones. Es decir, en los casos en que se hayan realizado muchas operaciones de compraventa, es recomendable agrupar los movimientos, de forma que se detalle la fecha de adquisición de la primera compra, así como de la última venta.

¿Cuánto se tributa por las operaciones con criptomonedas?

El pago por las operaciones con criptomonedas se establece en base al ahorro generado. De esta manera, existen distintos “pisos” que implican a su vez, diferentes tipos impositivos. Para una base imponible de 6.000 euros el tributo a pagar es del 19% de IRPF; si la cantidad se sitúa entre 6.000 y 50.000 euros, es un 21% de IRPF. Entre los 50.000 y los 200.000 euros, el impuesto alcanzará el 23% de IRPF. Finalmente, para un ahorro superior a los 200.000 euros, se tributará el 26%.

¿Qué pasa si no declaro las criptomonedas en esta Campaña de Renta?

Como se decía anteriormente, la norma aún es escueta pero cada año que pasa se ajustan más los requisitos y también las penalizaciones. A partir del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero del año 2021, se estableció que la sanción por la deuda tributaria puede alcanzar hasta el 150%, en el caso de las infracciones muy graves, es decir, aquellas que tienen una intención de ocultación flagrante.

Para evitar llegar a estas instancias, la Agencia Tributaria realizará 328.000 avisos a contribuyentes que hayan operado con criptomonedas en el marco de la Campaña de la Renta 2022. Este seguimiento prácticamente duplica los casos controlados el año anterior, cuando se hicieron alrededor de 233.000 avisos.

Algunos cambios que habrá en la próxima Campaña de Renta

En la próxima Campaña de Renta, la Agencia Tributaria pondrá en marcha el seguimiento a partir de otros montos y saldos generados a partir de operaciones con criptomonedas. Si bien esto se venía hablando para implementarlo a partir de la presente campaña, será recién el año entrante cuando se deban rendir todos los saldos en criptomonedas superiores a 50.000 euros.

Por otra parte, será también un requisito obligatorio el informar sobre el saldo de monedas virtuales situadas en el extranjero. Actualmente ese ítem está activo pero en lo que se describe como un periodo transitorio. En este marco, deberán presentar una declaración informativa anual las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.

Ahora sí, ¿tienes todo listo para realizar la declaración de tus criptomonedas? Cuéntanos qué te ha parecido este artículo en la parte de comentarios de esta nota. Y no olvides que si quieres conocer más sobre éste y otros temas del mundo inmobiliario, tienes mucha información a disposición en el sitio de Oi Real Estate.

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