A la hora de pensar en alquilar su bien inmueble, los propietarios necesitan reunir una serie de documentos que deberán presentar al momento de firmar el contrato de arrendamiento con el inquilino. Uno de ellos es el Certificado de Eficiencia Energética, acerca del cual suelen surgir varias dudas. ¿De qué se trata? ¿Es obligatorio para los propietarios tramitarlo? ¿Qué ocurre cuando no se lo presenta? En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el Certificado Energético para alquilar una vivienda.

Cada vez más, los Estados se ven obligados a adoptar medidas y a sancionar leyes que favorezcan el cuidado del medioambiente. La implementación del Certificado de Eficiencia Energética es, sin duda, una de ellas. Sin embargo, a pesar de su entrada en vigencia en el año 2013, muchos propietarios que desean vender o arrendar su vivienda siguen teniendo dudas con respecto a él.

¿De qué se trata este Certificado Energético? ¿Es obligatorio obtenerlo para alquilar un bien inmueble? ¿Qué ocurre cuando no se lo tramita y se efectúa igualmente el acuerdo de arrendamiento? ¿Es necesario renovarlo cada vez que se firma un nuevo contrato de alquiler? A continuación, contestamos todas estas preguntas. ¡No dejes de leer!

¿De qué se trata el Certificado Energético?

El Certificado de Eficiencia Energética (CEE) es un documento que se encarga de reflejar todos los aspectos energéticos de una vivienda. Especialmente, su consumo de energía y sus niveles de emisión de CO2. Tiene como principal objetivo lograr una mejora energética en todos los países de la Unión Europea. Por esta razón, es exigido en España por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Pero también es solicitado por otros gobiernos en la mayoría de los países del continente. 

Este documento debe ser emitido por un técnico competente, que debe contar con un título habilitante para redactar este tipo de certificados. Puede tratarse de un ingeniero, un arquitecto o cualquier otro técnico especializado. Cada propietario tiene libertad para decidir a quién contratar para realizar el trámite.

¿Qué es la etiqueta energética?

Ahora bien, ¿cómo luce el Certificado de Eficiencia Energética en la práctica? Su contenido se traduce siempre en una etiqueta muy similar a la que acompaña a los electrodomésticos. Sin embargo, ambas expresan valores diferentes. 

En el caso de los bienes inmuebles, la etiqueta energética muestra la calificación que la vivienda ha obtenido por su eficiencia en la evaluación. En ella se utiliza una escala de letras que va desde la A hasta la G, en donde cada una es acompañada por un color. ¿A qué corresponden estas calificaciones?

  • A (verde oscuro): es el nivel más alto de eficiencia energética.
  • B (verde claro): indica un nivel de eficiencia algo menor.
  • C (verde amarillento): se trata de un nivel de eficiencia energética por encima del normal, pero no muy alto.
  • D (amarillo): demuestra una eficiencia normal o media.
  • E (amarillo anaranjado): implica un bajo nivel de eficiencia energética.
  • F (naranja): en este caso, la eficiencia energética es casi nula.
  • G (rojo): por último, esta calificación indica que no existe ningún tipo de eficiencia energética.

¿Es obligatorio tramitar el Certificado Energético para alquilar una vivienda?

Conociendo ahora qué es el Certificado de Eficiencia Energética y de qué se trata su correspondiente etiqueta, es probable que te preguntes: ¿es obligatorio para un propietario tramitar este documento para alquilar su vivienda? La respuesta es sí.

Según lo que prevé el Real Decreto 235/2013, todas las personas que deseen vender o alquilar un bien inmueble en España deben obtener el Certificado de Eficiencia Energética. La obligatoriedad existe desde el año 2013. Su objetivo es que cada comprador o inquilino esté informado sobre los niveles de eficiencia energética que posee una vivienda antes de adquirirla o arrendarla. 

Es por esta razón que, en el caso de los alquileres, los propietarios están obligados a aportar una copia del certificado a los diferentes contratos. También, si deciden anunciar el arrendamiento en internet, en un periódico o mediante una inmobiliaria, es importante que ya hayan realizado y tengan en su poder el documento. Por último, una vez obtenido el Certificado de Eficiencia Energético, es importante que lo registren en el organismo correspondiente dentro de su Comunidad Autónoma.

¿Existe alguna excepción?

Existe una única excepción a la obtención del Certificado Energético para alquilar una vivienda. ¿Cuándo? En caso de que la duración del contrato de arrendamiento sea inferior a un plazo de cuatro meses. Siempre que se supere este lapso de tiempo, será obligatorio que el propietario adjunte el documento.

¿Qué ocurre si no se presenta el Certificado Energético al firmar el contrato de alquiler?

Los propietarios de bienes inmuebles que no posean el Certificado Energético al momento de alquilar su vivienda ni lo aporten al contrato de arrendamiento, pueden llegar a ser multados. Las sanciones oscilan entre los 300 y los 6.000 euros, siempre dependiendo de la gravedad de la infracción.

La falta puede llegar a detectarse al realizarse una inspección, o bien, si es el mismo inquilino quien decide denunciar la infracción. Por lo tanto, es mejor asegurarse la obtención del certificado para no meterse en problemas más tarde.

¿Es necesario obtener un nuevo Certificado Energético cada vez que se vuelve a alquilar la vivienda?

Muchos propietarios suelen alquilar su bien inmueble a varios inquilinos diferentes a lo largo de los años. Por eso, es probable que te preguntes, ¿es necesario volver a tramitar un nuevo Certificado de Eficiencia Energética cada vez que se firma un nuevo contrato de arrendamiento? No es necesario.

La ley prevé una duración de diez años para este tipo de documentos. Por lo tanto, sólo será necesario renovarlo cuando esté por vencerse dicho plazo. En este sentido, es importante aclarar que, al firmar el contrato de arrendamiento, debe mostrarse al futuro inquilino el certificado y entregarle una copia del mismo. ¿Por qué? El documento original, una vez registrado en la Comunidad Autónoma, debe quedar en poder del propietario. Esto debido a que, si vuelve a alquilar la vivienda dentro de los diez años de vigencia, necesitará entregar nuevas copias de él. 

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