Hace pocos días Cataluña presentó una denuncia a la Audiencia Nacional por el índice de precios de referencia. Es importante, primero que nada, que podamos poner en contexto esta situación. Esta Comuna ha sido la primera en solicitar que muchos de sus municipios se incorporen al régimen de zonas tensionadas. Esto tiene que ver con que consideran que esta medida puede ayudar a reducir el problema habitacional que tiene dentro de su territorio.

El problema con ello, es que Cataluña denuncia que la forma en que se ha llevado a cabo el índice de precios de referencia que debe ser utilizado en su territorio no toma en cuenta los registros con que la comuna cuenta. Cabe aclarar que la Ley de vivienda estipula que deben tenerse en cuenta los parámetros comunales. De esta forma los valores que allí se fijen podrán ser más certeros y correctos.

Por ello, debemos tener en claro que no está en desacuerdo con la medida en sí, sino con la forma en la que el límite de alquileres se ha construido.

En este post te contaremos porqué Cataluña denuncia el índice de precios de referencia y cómo podría seguir este proceso.  ¿Nos acompañas?

La denuncia de Cataluña al índice de precios de referencia

La Comunidad Autónoma, hace unas semanas atrás, había iniciado los trámites necesarios para ampliar las zonas tensionadas. Es que en una primera instancia incorporó 140 de sus municipios. Luego, a mediados del mes de abril, habían solicitado sumar 131 localidades más.

Debemos recordar que, mediante la aprobación de incorporar zonas tensionadas en una comunidad, es posible delimitar el valor de los alquileres allí. De esta forma, se estipula un precio máximo y un mínimo sobre lo que en dicha localidad puede ser solicitado para la renta de una vivienda.

Pese a ello, Cataluña ha decidido presentar la denuncia ante la Audiencia Nacional al índice de precios de referencia. La Generalitat, al ser consultada por los motivos, explica que la discrepancia tiene que ver contra el sistema que se ha utilizado para efectuarlo.

Por esta razón, desde el Gobierno de la Comuna han decidido interponer un recurso en lo contencioso administrativo en contra de la resolución del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. De manera especifica, es contra el Índice Estatal de Referencia de precios para los alquileres de inmuebles. El mismo fija el monto máximo y mínimo que deberían abonar los inquilinos para los nuevos contratos de rentas que se realizaran en las localidades que se apegaran al régimen de zonas tensionadas.

Cabe aclarar que, antes de esta presentación, se había enviado un requerimiento desde el Departamento de Territorio al Ministerio. Allí se solicitaba la enmienda de la resolución por la que se reclamaba la combinación de dos sistemas. Por un lado, el sistema estatal y, por el otro, la información que la Comuna tiene sobre los precios de las rentas. Esto había sido acordado en las negociaciones realizadas antes de que se solicitara la incorporación a las zonas tensionadas de las localidades de Cataluña.

Cómo continuará la denuncia de Cataluña al índice de precios de referencia

Luego de presentar el requerimiento, en el cual le solicitaban al Ministerio la enmienda de la forma en la que se había efectuado el índice de precios de referencia, al no haber ningún tipo de respuesta, se ha presentado la denuncia por parte del Gobierno de Cataluña. Ahora la Comuna deberá esperar que la Audiencia Nacional se pronuncie al respecto. Esto se encuentra establecido en la normativa reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Pese a ello, Cataluña tendría todas las posibilidades de lograr que la denuncia al índice de precios de referencia pueda llegar a buen puerto. Esto se debe a que dentro de la normativa de la comuna se estipula que el Estado debe aplicar el índice por ámbitos territoriales. Esto significa que debe tener en cuenta a la hora de fijar los precios la información previa que existe en las comunidades autónomas. Se aclara, además, que debe intentar que la información pueda ser coordinada en la aplicación de ambos sistemas.

Esta resolución fué efectuada por el Ministerio y ha sido publicada en el BOE el 15 de marzo de este año. Mediante este cambio, se preveía  y contemplaba la creación de un sistema estatal de índices en conjunto con las Comunidades. Por ende, está explícito dentro de la redacción que el sistema estatal de índices debe ser fijado por ámbitos territoriales. Pese a ello, no se incluye ninguna aplicación territorial en este caso. Tampoco se tienen en cuenta los índices que pudieran realizar las Comunidades o el complemento de información que pudiera hacerse.

Según la Generalitat, realizar el índice de precios de referencia de esta forma vulnera la normativa estatal vigente. Es que el Real Decreto de Ley de medidas urgentes dice que en cada ámbito territorial son las Comunidades Autónomas quienes pueden definir los precios propios y adaptados a su realidad.

Problemas en la limitación de los precios

La Ley por el derecho a la vivienda estatal, establece que es posible que coexistan los índices estatales y autonómicos. Por ello, se obliga a la cooperación para poder desarrollar un índice en colaboración entre ambos sistemas.

El Departamento entiende que el Ministerio vulnera el ordenamiento jurídico. El requerimiento que había enviado la Comuna y que ahora presenta mediante un nuevo recurso contencioso administrativo solicita que se modifique la resolución por la que puedan coexistir ambos índices.

Cabe aclarar que esto se había acordado previamente entre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Departamento de Territorio de Comunidad Autónoma,  aunque en la práctica no fue así.

El acuerdo definía que en el caso de que el índice de referencia de Cataluña se encuentre dentro del índice estatal, el límite de precios válido será el de la Comuna. Pero, por otro lado, cuando el índice Catalán este fuera del rango del estatal, se aplicará el rango superior o inferior estatal, dependiendo el que se encuentre más próximo al de la Generalitat.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2024 3

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Autor

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: