El gobierno central ha anunciado en las últimas horas una asistencia que forma parte de las baterías de medidas que han llevado adelante para acompañar a las familias más vulnerable en el gasto de energía. Nos referimos al Bono Social Térmico.
Hablamos de una medida que forma parte de un programa integral de ayudas para hacer frente a los gastos térmicos que son ocasionados por el consumo de agua caliente y calefacción en familias con una situación económica difícil.
En este artículo te contamos de que se trata, quienes son sus beneficiaros, los tiempos limites para solicitarlo. Sigue leyendo.
En este artículo encontrarás:
¿De qué se trata el bono social solidario?
Hablamos de una de las asistencias que forman parte del programa de ayudas que el gobierno central ha lanzado para familias vulnerares. En este contexto, el bono social térmico es un tipo ayuda destina a lograr un equilibrio en los gastos que se generan debido al consumo de calefacción y agua caliente.
Esta asistencia fue creada a partir del art. 5 del Real Decreto-ley 15/2018 el 5 de octubre de 2018. El artículo integra diversas medidas de carácter urgente vinculadas al consumo energético. Es decir, que buscan proteger a los consumidores con el objetivo de complementar la ayuda bajo el concepto de Bono Social Eléctrico. Con él se intenta a apalear el consumo de calefacción, agua caliente o cocina sin importar la fuente utilizada.
¿Quiénes puede solicitar la ayuda?
El Bono Social Térmico, como mencionamos, está destinado a familias en estado de vulnerabilidad. Por lo tanto, podrán solicitar la ayuda los consumidores que hayan pactado el precio voluntario de pequeño consumidor, PVPC. A lo que se le suma la tarifa regulada para los consumos menores a una potencia de 10 kilovatios (kW ) y que se encuentren amparadas por el bono social eléctrico.
En este sentido, quién puede acceder al bono social térmico son:
- Aquellas familias con una renta inferior a 11.862,90 euros si no hay menor. Si en la residencia habita un menor el menor el monto se eleva a 15.817,20 y 19.771,50 euros si hay dos menores
- Perceptores del ingreso mínimo vital (IMV)
- Familias numerosas (sin criterio de discriminación por renta)
- Pensionistas de la Seguridad Social que perciban la cuantía mínima
¿En qué consiste esta asistencia?
La ayuda por beneficiario será abonada en un pago único anual. La transacción será en la cuenta corriente de beneficiario con el domicilio que figura en la factura eléctrica. La cuantía de la misma dependerá del grado de vulnerabilidad y de la zona climática que la cual se encuentra la residencia.
Para los casos de consumidores severos o de riesgo de exclusión social el monto de la ayuda aumenta en un 60% con respecto a la que le corresponde por su zona climática.
Requisitos para solicitar el Bono Social Térmico
Para poder solicita esta ayuda para el consumo de la calefacción, cocina o agua caliente, los solicitantes deberán presentar una serie de requisitos. Para dicha presentación se considerarán distintos niveles de consumidores vulnerables. Hablamos de: consumidor vulnerable, consumidor severo, consumidor en riesgo de exclusión social.
Requisitos para los consumidores vulnerables
- La renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea igual o inferior a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Esta referencia al IPREM se verá incrementada en 0,3 por cada adulto de la unidad de convivencia y en 0,5 por cada menor.
- Estar en posesión del título de familia numerosa.
- Ser receptor del Salario Mínimo Vital.
- Que el consumidor y los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos superiores a 500 euros anuales.
Requisitos para adquirir el bono para consumidores vulnerables severos
Los mismos forman parte de una categoría que forma parte de los consumidores vulnerables y que:
- Dispongan de una renta anual menor o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerados consumidores vulnerables.
- Cuando el consumidor, y, en su caso, la unidad familiar, dispongan renta anual inferior o igual a 14 pagas, en el caso de pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, recibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.
- Cuando el consumidor, y, en su caso, la unidad familiar, tengan una renta anual inferior o igual a 2 veces el IPREM a 14 pagas, en el caso de familia numerosa.
Requisitos para consumidores en riesgo de exclusión social
- Aquellos que como consumidores débiles severos son atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie como mínimo el 50 % del importe de su factura.
Hasta aquí te hemos detallado los principales puntos acerca del Bono Social Térmico que ha anuciado el gobierno central español.
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