Aquí te contaremos qué son los bienes gananciales y cómo pueden afectar a un préstamo hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es fundamental saber qué se consideran bienes gananciales y qué implica en régimen de gananciales antes de casarse e incluso si ya estás casado. De este modo, podrás evitar inconvenientes en caso de que el amor se acabe.

¿Qué son los bienes gananciales?

En primer lugar, debemos dejar en claro a qué nos referimos cuándo hablamos de los bienes gananciales. Una definición rápida y sencilla podría ser que se trata de aquellos bienes que una pareja tiene en común. Sin embargo, la realidad es que la normativa es más concreta con respecto a posesiones y patrimonios.

Para ser más claros, los bienes gananciales son los que pertenecen a los dos cónyuges dentro de un matrimonio en régimen económico de gananciales o sociedad de gananciales. Esto significa que, el propio concepto se define por el tipo de régimen económico matrimonial, ya que en los matrimonios en separación de bienes el patrimonio de los cónyuges se separa antes y después del matrimonio.

La ley dice que por medio de la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios que fueron obtenidos por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad en caso de disolverse aquella.

En otras palabras, los bienes gananciales son aquellos que fueron obtenidos durante el matrimonio en gananciales, sin importar quién los haya logrado. Esto incluye:

Los salarios de los cónyuges.

  • Las rentas o intereses de bienes gananciales o privativos de cualquiera de los cónyuges, por ejemplo, el alquiler de un inmueble o el rendimiento de una inversión. Esto también incluye ganancias del juego, es decir, si a uno le toca la lotería será de los dos.
  • Todo bien adquirido por cualquiera de los cónyuges.
  • Las empresas creadas por cualquiera de los cónyuges utilizando bienes gananciales.

¿Cuáles son los bienes privativos en el matrimonio?

La realidad es que la sociedad de gananciales no abarca todo. Si bien los dos cónyuges comparten todo, algunos bienes no serán gananciales y tendrán carácter privativo.

En primer lugar, se encuentran aquellos bienes que pertenecían a cada cónyuge antes del matrimonio. Por otro lado, todo lo que cada uno aporte a la sociedad será privativo, a pesar de que sus frutos sí serán gananciales. Un ejemplo para comprenderlo mejor, el alquiler de una propiedad que se compró antes de casarse será ganancial, sin embargo, la vivienda en sí no lo será.

Otros bienes que son considerados privativos son aquellos que fueron adquiridos dentro del matrimonio a título gratuito. Esto incluye las herencias y donaciones. En caso de que heredes dinero, o bien, si te lo donan, será tuyo y no de la sociedad de gananciales, sin importar si estás casado o no.

Todo bien adquirido a costa o en sustitución de bienes privativos también será privativo. Esto quiere decir que, por ejemplo, si compras una vivienda con el dinero de una herencia o vendes una vivienda heredada para comprar otra, serán bienes privativos.

Por último, no son gananciales las indemnizaciones por daños personales a uno de los cónyuges o a sus bienes, los instrumentos que se requieran para desarrollar tu trabajo ni los objetivos de uso personal de gran valor.

¿Cómo se hace la separación de bienes gananciales?

Con la sociedad de gananciales, la mayor parte del dinero y bienes que se compren durante el matrimonio serán de ambos. Este régimen matrimonial aplica en la mayoría de las comunidades autónomas. Si los futuros cónyuges no indican que prefieren el régimen de separación de bienes o el de participación, se casarán en gananciales.

No obstante, existe la posibilidad de hacer separación de bienes estando casados. Para pasar de gananciales a separación de bienes será necesario firmar unas nuevas capitulaciones matrimoniales. Esto servirá para definir el régimen económico del matrimonio y cambiarlo en caso de ser necesario. Se trata de un trámite que se debe realizar ante notario. Es necesario tener en cuenta que, si quieres cambiar el régimen matrimonial de gananciales a separación de bienes, primero deberás repartir los bienes adquiridos durante el matrimonio a partes iguales.

Bienes gananciales y privativos: ¿Qué sucede con una hipoteca?

Para comprender de qué manera funciona todo esto en la práctica, analicemos qué ocurriría con una hipoteca. Estos ejemplos te ayudarán a comprender la diferencia entre bienes gananciales y privativos.

Si tienes una casa que has comprado antes de casarte, la vivienda en cuestión será un bien privativo, sin importar el régimen matrimonial. Incluso en gananciales, se considerará un bien privativo porque se compró antes del matrimonio.

En caso de que la vivienda tuviera un préstamo hipotecario que se terminó de pagar durante el matrimonio, la vivienda también será privativa, sin importar si se pagó con bienes gananciales. No obstante, en caso de divorcio, la otra parte tiene la posibilidad de solicitar el reintegro de la mitad de las cantidades que se abonaron con dinero ganancial.

Por otro lado, hay una excepción. El artículo 1357 del Código Civil establece que, en caso de que la propiedad se convierta en la vivienda habitual del matrimonio y se paga con bienes gananciales, se transformará en un bien ganancial.

En este caso, una posibilidad sería llevar a cabo una subrogación en la hipoteca que incluya al segundo cónyuge en el préstamo, o bien, firmar un nuevo préstamo hipotecario en pareja para mejorar las condiciones de la hipoteca.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre los bienes gananciales. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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