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Paula Redacción

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En España, las valoraciones masivas de efectos catastrales son realizadas mediante la utilización de un cuadro de coeficientes correctores del valor de las construcciones. El modo de obtener este valor es mediante la aplicación de un coeficiente al módulo básico MBC, según la categoría correspondiente otorgada a partir del uso, clase o modalidad de la obra.

En el siguiente artículo detallamos cuales son dichos coeficientes, como se determina el valor catastral de una inmueble y el modo de realizarlo. ¡¡Sigue leyendo!!

Coeficientes del valor de las construcciones

Técnicas de valoración catastral: ¿Cómo funcionan?

Según lo establecen las normas mediante las cuales se determinan las técnicas de valoración catastral de bienes inmuebles será, por un lado, necesario calcular el valor del suelo en el cual está ubicado y, por el otro, el valor en relación a la construcción o edificación.

En ese sentido, la combinación de ambas valoraciones será lo que determine el valor catastral del inmueble. Asímismo, para calcular el valor catastral se tomará como referencia lo que se denomina “valor de mercado”. Que, por ninguna circunstancia, podrá ser mayor a éste.

La base para lograr el cálculo del valor catastral está compuesta por todos los factores que intervienen en la formación del valor del producto inmobiliario. Teniendo en cuanta cada uno de dichos factores se presenta la siguiente expresión:

Vv = 1,40 [Vr + Vc] Fl

Los valores se referencian mediante las siguientes formas:

Coeficientes del valor de las construcciones

La expresión deja en claro que el cálculo primero que debe hacerse: por un lado, se debe calcular el valor del suelo, y por el otro el valor de la construcción. Como mencionamos con anterioridad.

A continuación, detallamos ciertos aspectos que intervienen en el método de cálculo del valor de construcción. Que, a su vez, incluyen el cuadro de los coeficiente correstores del valor de las construcciones.

Coeficientes correctores del valor de las construcciones: ¿Cómo intervienen en el método de cálculo?

En las distintas normas en las cuales aparecen las definiciones sobre el valor de la construcción se nombra a los módulos básicos de construcción (MBC), valor de una construcción y superficie construida.

A dicho módulo, que es definido en €/m2, se le aplicará lo que se denomina “coeficiente correctores del valor de las construcciones”. De dicho cálculo resultará un valor en €/m2 para cada uno de los tipos de construcción.

De esta manera, el valor de la construcción resultará de la multiplicación de la superficie construida por el precio individual obtenido a partir del cuadro y por los coeficientes correctores del valor de las construcciones. Los cuales son definidos en la norma 13.

En este punto, resulta de gran importancia no confundir los términos coeficientes correctores del valor de la construcción con los coeficientes del valor de la construcción.

Por su parte, la superficie construida es entendida como la superficie que se encuentra incluida dentro de la línea exterior de los parámetros perimetrales de la edificación. Y, en tal caso, de los ejes de participaciones que se deducen de la superficie de los patios de luces. Por lo tanto, terrazas, balcones, porches y otros elementos análogos que se encuentren cubiertos contarán en un 50%. Lo elementos que se encuentren cerrados en tres de sus cuatro orientaciones se considerarán en un 100%.

Para las construcciones de uso residencial, no se considerarán como superficie construida aquellos espacios con una altura inferior a un metro cincuenta. Este tipo de normas guardan una similitud con las líneas de valoración o tasación establecidas por el Banco de España.

¿Qué factores se considerarán para valorar las construcciones y cómo se incluyen los coeficientes?

Cuando se valoran las construcciones se deben incorporar diferentes elementos.

Por un lado, se utilizará el valor de reposición, mediante el cálculo de su coste actual. En este punto se considera el uso, la calidad y el carácter histórico y artístico, rebajándose cuando proceda en función a la antigüedad, el estado de conservación o cualquier circunstancia que se encuentre contemplada en la norma 14 para adecuarse al mercado.

Por su parte, el coste actual surge de sumar el coste de ejecución, los beneficios de contratación, los honorarios de los profesionales a cargo y el importe de cada impuesto que se debe pagar por la construcción.

A partir de ello, están los coeficientes correctores del valor de la construcción que deberán ser aplicados para hallar el valor final de la mismas.

¿Cómo se definen los coeficientes correctores del valor de la construcción?

Los coeficientes correctores del valor de la construcción se encuentran enmarcados dentro del Real Decreto 1020/1993. En él se aprueban cada una de las normas técnicas de valoración y el cuadro de valores del suelo y de las construcciones, las cuales son utilizadas para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de carácter urbano.

A continuación, cada uno de ellos de manera detallada.

Coeficiente H: Antigüedad de la construcción

El valor tipo que se asigne será corregido mediante la aplicación de un coeficiente que pondere a la antigüedad de la construcción. En este sentido, se considerará el uso que predomine del edificio y la calidad de la obra. El coeficiente se conseguirá a través del uso de una tabla, cuyo símbolo matemático es la siguiente ecuación:

H = [ 1 – 1,5 (d/u.c.100)]t donde d = 1 – (t – 35/350)

Donde los símbolos de la expresión se explican a continuación:

  • “u”: hace referencia al uso predominante del edificio. En la fórmula adopta los valores siguientes:
    • 1º: Residencial, oficinas y edificios singulares: 1,00
    • 2º: Industrial no fabril, comercial, deportivo, ocio y hostelería, turístico, sanitario y beneficencia, y religioso: 0,90
    • 3º: Fábricas y espectáculos (incluso deportivos): 0,80.

Cada una de las ponencias de dichos valores podrán acumular cuantías distintas, que son aplicables a determinadas modalidades de edificaciones singulares.

  • “c”: refiere a la calidad constructiva separada en categorías en el cuadro de coeficientes. En la tabla correspondiente dichas categorías se diferencias en los siguientes valores que forman parte de la ecuación de cálculo anterior:
    • 1 y 2: 1,2
    • 3,4,5 y 6: 1,00
    • 7, 8 y 9: 0,80
  • “t”: refleja los años totales que han transcurrido desde la construcción, reconstrucción o rehabilitación completa de la edificación. El periodo se cuenta hasta el 1 de enero del año siguiente en el que se aprueba la ponencia de valor. En la tabla de los coeficientes correctores de la construcción asume lo siguiente valores:
Coeficientes del valor de las construcciones

Coeficiente I: Estado de conservación

Este valor está basado en los niveles de conservación de la construcción. Según establece la norma, los valores se identifican de la siguiente manera:

  • Normal (construcciones que, a pesar de su edad, cualquiera que fuera ésta, no necesitan reparaciones importantes): 1,00.
  • Regular (construcciones que presentan defectos permanentes, sin que comprometan las nomarles condiciones de habilitabilidad y estabilidad): 0,85.
  • Deficiente (construcciones que precisan reparaciones de relativa importancia, comprometiendo las normales condiciones de habilitabilidad y estabilidad): 0,50.
  • Ruinoso (construcciones manifiestamente inhabitables o declaradas legalmente en ruina): 0,00.

Cuadro de coeficientes del valor de las construcciones

A continuación, exponemos la siguiente tabla de coeficientes del valor de las construciiones que aparece en la normativa correspoendiente. Luego, detallamos a que refiere cada categoría para una mayor y mejor comprensión de las mismas.

A continuación, se deberán considerar las siguientes categorías para un correcto uso de la misma, tal y como las define la propia norma:

Cada uno de estos procedimientos están dentro de las valoraciones colectivas. Que, al mismo tiempo, integran una actualización de los valores catastrales por coeficientes de valor catastral.

Por otra parte, si se desea consultar por el valor catastral de una propiedad existen diferentes maneras de hacerlo. La más rápida y sencilla es consultar en el recibo del Impuesto a los Bienes Inmuebles. Para otras alternativas recomendamos la lectura de la siguiente nota:

Hasta aquí te hemos contado todo acerca los coeficientes correctores del valor de las construcciones. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Realtor te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta de tu inmueble de manera exitosa.

A la hora de buscar un bien inmueble para arrendar, es probable que muchas personas tengan varias dudas acerca de los requisitos con los que deben cumplir o la documentación que deben presentar. También, puede que surjan varios interrogantes respecto a cómo actuar para evitar conflictos con los propietarios o, incluso, para no ser víctimas de estafas. Por esta razón, en esta guía para el inquilino te contamos todo lo que debes tener en cuenta antes de alquilar una vivienda.

Como expertos en el sector inmobiliario, entendemos que informarse es el paso más importante antes de buscar una vivienda para alquilar y firmar un contrato de arrendamiento. Muchas veces los potenciales inquilinos tienen dudas respecto a cómo actuar o miedos en relación a abusos, engaños y estafas. Por eso, conocer ciertas recomendaciones y consejos, pero también algunas disposiciones legales, puede hacer la diferencia.

A continuación te ofrecemos una guía que todo inquilino debe tener en cuenta al alquilar una vivienda. Te contamos qué requisitos debe cumplir y qué documentos presentar al firmar el contrato. También, de qué derechos goza y qué obligaciones le corresponden. Por último, te brindamos algunos consejos para evitar situaciones indeseables. ¡Sigue leyendo!

¿Con qué requisitos debe cumplir un inquilino para alquilar una vivienda?

En primer lugar, es necesario que hablemos de aquellas condiciones que una persona debe reunir para convertirse en arrendataria de un inmueble. Cualquiera que desee alquilar una vivienda y convertirse en inquilino tiene que cumplir con: 

Depósito de una fianza

El futuro inquilino tiene obligación de entregar al propietario de la vivienda una suma de dinero en concepto de fianza. Esta tiene el fin de resguardar al arrendador ante el caso del incumplimiento de ciertas obligaciones dentro del período de duración del contrato. Así lo determina la  Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 en su artículo 36 y es la única garantía de carácter obligatorio para todos los alquileres que se celebran en España.

Estos son dos factores que resultan de gran importancia considerar al momento de realizar el depósito:

  • ¿Qué valor debe tener dicha fianza? No puede tratarse en ningún caso de un monto superior al de una mensualidad de renta.
  • ¿Qué ocurre una vez que el arrendatario la entrega al arrendador? Este último tiene la obligación de depositarla en la Agencia de la Vivienda correspondiente o en un organismo análogo que haya en la Comunidad Autónoma donde se encuentra el inmueble.

Una vez finalizado el contrato, si no se produjo ningún incumplimiento por parte del inquilino, el propietario tiene la obligación de devolverle la totalidad del dinero del deposito de la fianza.

Garantías adicionales que pueda solicitar el propietario

Como mencionamos, el depósito de una fianza es la única garantía de carácter obligatorio en estos casos y su monto no puede ser mayor al de una mensualidad de renta. Sin embargo, debido a que esta puede no llegar a cubrir ciertos incumplimientos, la ley también permite a los propietarios exigir garantías adicionales. Estas son:

  • Seguro de impago de alquiler: es otro monto que tiene como objetivo asegurar al propietario frente a posibles incumplimientos del contrato por parte del inquilino.
  • Aval bancario: se trata de un monto equivalente a varias mensualidades de alquiler que suele quedar inmovilizado durante un tiempo en una cuenta bancaria. Tiene como fin certificar que el inquilino puede afrontar el pago del alquiler. También asegurar al arrendador de que la intención de habitar la vivienda y cumplir con el contrato es real.
  • Depósito: a diferencia de la fianza, este tipo de garantía no es equivalente a una mensualidad de renta, sino que su monto es libremente pactado entre arrendador y arrendatario. Sin embargo, no debe superar el valor equivalente a dos cuotas de alquiler. Al igual que con la fianza, el dinero entregado deberá ser devuelto al inquilino al finalizar el alquiler, siempre y cuando no se haya producido un incumplimiento del contrato.
  • Fiador solidario: implica que una tercera persona, elegida por el inquilino, pueda convertirse en su responsable solidaria si se produce un incumplimiento del contrato.

En este artículo te contamos en profundidad de qué se tratan las garantías adicionales que los propietarios pueden solicitar antes de arrendar un bien inmueble.

¿Qué documentos necesitan presentar los inquilinos para alquilar una vivienda?

Además de estas garantías, que conforman los requisitos para alquilar una vivienda, hay algunos documentos que el inquilino debe presentar al firmar el contrato. Estos son:

Identificación personal

Lo indispensable a la hora de firmar un contrato de alquiler, o cualquier tipo de contrato, es poder acreditar la identidad personal. Por lo tanto, el inquilino debe presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), en caso de que haya nacido en España, o su Tarjeta de Extranjero y su Número de Identidad de Extranjero (NIE), en caso de que sea oriundo de otro país. Sea cual sea su caso, debe presentar la documentación original pero también una copia.

En definitiva, una vez entregada la fianza y el resto de las garantías adicionales, la identificación personal es el único documento necesario para efectuar el acuerdo. No obstante, muchos propietarios de inmuebles buscan personas que cumplan con determinadas características para arrendarles su piso. Con el fin de saber si el inquilino encaja con el perfil que están buscando pueden llegar a solicitar otro tipo de referencias.

Nóminas de empleo o certificado de estudios

La presentación de las nóminas o declaraciones de la renta más recientes permiten comprobar al propietario que el inquilino recibe ingresos de manera periódica y que estos son suficientes para cumplir con la renta. 

Por otro lado, en caso de que el inquilino estudie en España, un escrito oficial provisto por su centro de estudios puede demostrar al propietario que cuenta con los medios suficientes para sostener el alquiler de un piso. 

Referencias positivas 

Nos referimos a una carta elaborada por un arrendador anterior en donde se brinden buenas referencias del inquilino puede dejar más tranquilo al propietario. También puede tratarse de un certificado de confiabilidad emitido por el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM).

Derechos y obligaciones de los inquilinos al alquilar una vivienda

Una vez que se ha cumplido con todos los requisitos, se ha presentado la documentación necesaria y se ha firmado el contrato de alquiler, comienza la relación arrendador-arrendatario. En esta instancia es importante que conozcas tus derechos como inquilino al alquilar una vivienda, pero también tus obligaciones para evitar futuros inconvenientes y conflictos.

Derechos de los inquilinos al alquilar una vivienda

Todos los inquilinos tienen derecho a:

  • Visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
  • Negociar el tiempo de duración del mismo.
  • Tener prioridad para adquirir el inmueble en caso de que el propietario desee venderlo.
  • Transmitir la titularidad a un familiar.
  • Exigir la conservación y el mantenimiento de la propiedad.
  • Acceder a beneficios fiscales.

Obligaciones de los inquilinos al alquilar una vivienda

Los inquilinos tienen la obligación de:

  • Realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato.
  • Acreditar otras garantías que solicite el propietario.
  • Cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta y otros gastos que se comprometió a asumir.
  • Entregar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato.

En este artículo te contamos en detalle en qué consiste cada uno de estos derechos y estas obligaciones. También te mostramos cuáles son aquellos que corresponden a los propietarios.

Consejos que todos los inquilinos deben tener en cuenta antes de alquilar una vivienda

Ahora bien, aún conociendo con qué requisitos es necesario cumplir, qué documentación se debe presentar, de qué derechos se gozan y qué obligaciones corresponden, es probable que un inquilino siga teniendo varias dudas antes de tomar la decisión de alquilar una vivienda. Muchos temen sufrir abusos o estafas por parte de los propietarios, por ejemplo. Por esta razón, a continuación te mostramos otros aspectos que deben tenerse en cuenta antes de dar este paso:

Investigar acerca de los precios de alquiler de viviendas en la zona

Averiguar dentro de qué valores se encuentran los alquileres en una determinada zona puede ayudar a detectar anuncios engañosos o que son lisa y llanamente estafas. Por eso es importante sospechar de aquellas viviendas que se ofrezcan a un precio que esté muy por debajo del valor medio de otros inmuebles de similares características que se encuentran en las cercanías.

Verificar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad antes de alquilar

Muchas veces acudir al Registro Público de la Propiedad para verificar la titularidad sobre la vivienda que se quiere arrendar puede brindar más tranquilidad, ya que permitirá comprobar que quien dice ser el propietario del inmueble realmente lo es. Este trámite es muy sencillo y puede realizarse de manera online. Sólo es necesario solicitar una nota que proporcione información acerca de la situación jurídica de la finca correspondiente. Dicho procedimiento no solo permitirá verificar la titularidad sobre la vivienda, también sí la misma está sujeta a algún tipo de carga.

Formalizar el acuerdo cara a cara con el arrendador

Visitar el piso en cuestión antes de firmar el contrato es indispensable para verificar que todo se ve como en los anuncios y no llevarse desagradables sorpresas luego. Una excusa típica, cuando en realidad se trata de un fraude, es que el arrendador alegue encontrarse en el extranjero y, por esa razón, no puede concertar una visita. Es importante, entonces, prestar atención a este tipo de argumentos y nunca cerrar un acuerdo si no es de manera presencial. Lo mismo ocurre con la celebración del contrato: si no existe la posibilidad de firmarlo con el propietario, debe ser con el administrador de fincas o con la inmobiliaria.

No pagar el alquiler antes de visitar el piso

En la misma línea que el consejo anterior, tampoco se debe, bajo ningún concepto, entregar un adelanto al propietario o arrendador antes de visitar el piso. De hacerlo, puede ocurrir lo que señalamos en el último punto: que la vivienda alquilada en realidad no se encuentre en las mismas condiciones que se muestran en el anuncio o que se trate de un fraude y ni siquiera exista.

Firmar un contrato de alquiler por escrito

Aunque parezca evidente, es importante aclarar que al alquilar una vivienda siempre debe cerrarse el trato por escrito y, en lo posible, con la presencia de un profesional. Un acuerdo de palabra, en caso de que surja algún inconveniente luego, no permite demostrar las condiciones pactadas entre ambas partes ni su incumplimiento. Es por esta razón es imprescindible expresar todos los puntos acordados por las partes implicadas y que cada una de ellas conserve una copia firmada por ambas en todas sus páginas.

Prestar atención al depósito de fianza

Como ya mencionamos anteriormente, la Ley de Arrendamientos Urbanos expresa la obligatoriedad para el inquilino de entregar una fianza al arrendador al inicio del alquiler, pero también que este último la deposite en el organismo público correspondiente. Sin embargo, no faltan los casos en los que los propietarios no cumplen con este paso. Si bien se trata de una falta grave que implica la resolución inmediata del contrato, también podría suponer la pérdida de este depósito para el inquilino y la imposibilidad de acceder a desgravaciones por alquiler. Por esta razón, es importante velar por la fianza y verificar que el arrendador haya cumplido con su obligación de realizar el depósito. 

Además, es importante recordar que la suma de dinero entregada en concepto de fianza no puede, en ningún caso, superar al monto equivalente a tres meses de renta. También es imprescindible conservar el recibo de pago una vez efectuado.

A modo de conlusión, antes de alquilar una vivienda y convertirse en inquilino es importante prestar atención a todas las cuestiones que fuimos describiendo a lo largo de este artículo. Si todas las condiciones del acuerdo de arrendamiento quedan expresadas en el contrato, se las ha revisado y resultan justas, no habrá mayores inconvenientes a la hora de reclamar judicialmente si el propietario incumple algún punto.

Por otro lado, siempre es importante estar atento en los momentos previos a la firma del contrato de alquiler. Visitar la vivienda con anterioridad, verificar que todos sus datos de titularidad y la información sobre cargas esté en orden, entre otras cosas, brindarán la seguridad de estar embarcándose en un buen acuerdo.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información.

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La compra y la venta de un inmueble en España se trata de un proceso nada sencillo. En este sentido, antes de vender un piso en Madrid se deben realizar una serie de pasos. Hablamos de la gestión de ciertos trámites y la recolección de un conjunto de documentos que incluyen la información necesaria para que todas las partes conozcan cada uno de los datos de la vivienda.

Una vez que se logra obtener cada uno de los documentos necesarios, el proceso de venta de una vivienda se transforma en una operación mucho más ágil. Sobretodo cuando se ha decidido contratar el asesoramiento profesional de una agencia inmobiliaria.

En OI REAL ESTATE queremos presentarte un guía completa sobre cada uno de los documentos que necesitarás al momento de vender tu inmueble en la comunidad madrileña y qué impuestos deberás pagar por ello. ¡Sigue leyendo!

¿Por qué vender un piso en Madrid es una gran oportunidad?

Decidir vender un piso en Madrid puede ser una gran oportunidad debido a una variedad de factores. Uno de ellos tiene que ver con el lugar que ocupa la ciudad para los viajeros a lo largo del año. En este sentido, nos referimos a que Madrid es una de las ciudades más importantes de Europa. En ella se puede encontrar una gran cantidad de museos reconocidos mundialmente y patrimonios culturales de la humanidad. Su gastronomía se caracteriza por combinar la mejores tradiciones de la cultura culinaria española y sus diversas atracciones hacen de esta localidad un lugar ideal para disfrutar en familia. Y, para los más jóvenes, una vida nocturna con alternativas variadas.

Por otra parte, la capital de España es la ciudad más poblada del país. Una de las causas que la convierte en una fuente de abundantes posibilidades laborales y educativas. Por esta y otras razones vender una propiedad en Madrid es una gran alternativa, ya que resulta una gran oportunidad para quienes quieran obtener de la operación una ganancia redituable.

A continuación, veremos la documentación que necesitas reunir si quieres vender un piso en Madrid.

¿Cuáles son los documentos que se requieren para vender un piso en Madrid?

Vender una vivienda demanda, en cualquier parte de España, una serie de pasos que, organizados de la manera correcta, harán del proceso una operación exitosa. Entre ellos, se encuentra la etapa en la cual se debe realizar la recolección de documentos que den cuenta de toda la información vinculada a la vivienda, a la comunidad de propietarios y al estado tributario de la propiedad.

Nota simple: un documento obligatorio para vender un piso en Madrid

La nota simple es uno de los documentos más importantes con el cual hay que contar antes de iniciar la venta de un piso en Madrid. Se trata de un informe de carácter público y oficial emitido por el Registro de la Propiedad. El documento contiene la información más importante del inmueble, incluyendo los datos del o los propietarios, si se trata de una copropiedad. En este sentido, es un comprobante de que se posee efectivamente la propiedad.

La nota simples es una documentación de carácter obligatorio ya que será solicitada por el comprador de la propiedad y es un requisito imprescindible para la realización de la compraventa. Por otro lado, también se le recomienda al propietario la solicitud de la nota dado que le permite constatar que sus datos estén actualizados y sean correctos.

¿Cómo se solicita una nota simple y cuánto demora?

La solicitud de la nota simple se puede realizar de modo presencial o de manera virtual

En el primero de los casos, en ciudad de Madrid hay 55 Registros de Propiedad en los cuales gestionar la petición. Sin embrago, todos se hallan ubicados en la Calle Alcalá, en el barrio de Simancas. Este barrio pertenece al Distrito de San Blas-Canillejas. Más específicamente, el Registro Propiedad Madrid se sitúa en el número 540 de la Calle Alcalá.

Por otra parte, para realizar la gestión vía online se deberá ingresar a la página oficial del Colegio de Registradores de la Propiedad. Además, existe una aplicación del Registro de España desde la cual puede solicitarse esta documentación. La información requerida para efectuar el trámite son: el nombre y apellido del titular y la dirección del inmueble en cuestión.

Respecto al tiempo que puede conllevar la solicitud de la nota simple, la demora de la misma puede rondar entre unas 24 y 48 horas. El coste aproximado del trámite es de 9,02€.

La escritura de compraventa

La escritura de compraventa de una vivienda es la documentación que certifica, como la nota simple, la posesión del inmueble en tanto contiene la información de sus propietarios. Se trata del contrato establecido al momento en que se firmó el boleto de compraventa. Para que tenga validez la firma en cuestión debe haber sido realizada ante escribano público, con la firma de los certificados y en papel timbrado.

¿Cómo obtener este documento?

La escritura de compraventa puede obtenerse solicitándola al notario que realizó la operación de compraventa. Una vez realizada la solicitud su entrega es inmediata y no tiene costo alguno.

Para vender un piso en Madrid contar con esta documentación es obligatorio, ya que será solicitada para iniciar la compraventa y así poder realizar la transmisión de la propiedad. Es decir, el cambio de titularidad.

Certificado de eficiencia energética

Se trata de una documentación que brinda información relativa al consumo energético de un inmueble. Permite que, tanto los propietarios como los potenciales compradores, accedan a esta información relativa al gasto y eficiencia energética.

Este certificado es de carácter obligatorio para poder vender un piso en Madrid, dado que será requerido a la hora de firmar el contrato de compraventa. A su vez, se trata de un documento con información muy importante para incluirlo en los anuncios inmobiliarios.

¿Cómo obtener esta certificación, cuál es su demora y coste?

Para obtenerlo debe recurrirse a un técnico profesional autorizado, quien realizará la inspección del piso y el certificado con el análisis detallado requerido.

El coste dependerá de los honorarios establecidos por el técnico y la cantidad de m2 del inmueble. La demora aproximada puede ser de 1 a 7 días.

Los planos del inmueble: ayudarán a vender un piso en Madrid de manera más rápida

El plano de una propiedad es documento que contiene la representación gráfica de la misma. Incluye las reformas u obras que se hayan realizado y la disposición del mobiliario. También se hayan plasmados en él las instalaciones respectivas y la distribución de las distintas áreas de la propiedad.

Si se desea vender un piso en Madrid esta documentación no es obligatoria. Sin embrago, es recomendable acceder a ellos. Su importancia radica en que suele ser utilizada en los anuncios de venta, ya que permite que los posibles compradores conozcan la distribución y características de la vivienda. En consecuencia, promoverá mayor información sobre la vivienda, aumentando las probabilidades de venta en el menor tiempo posible.

¿Cómo obtener los planos de una vivienda?

Los planos de un inmueble pueden solicitarse en el Ayuntamiento de  Madrid o en Catastro. También es posible obtenerlos a través de la agencia inmobiliaria que esté cargo del proceso de venta del inmueble, en caso de contar con asesoramiento profesional.

La demora aproximada para adquirir los planos ronda entre 1 y 30 días. Respecto al coste, éste puede variar dependiendo de los honorarios que establezca el profesional arquitecto. También influirá en este aspecto el tamaño de la vivienda.

Por otra parte, en sitios web especializados puedes gestionar el trámite en forma gratuita.

La Cédula de habitabilidad no es obligatoria para vender un piso en Madrid

Está documentación requerida en otras ciudades de España no es obligatoria en Madrid, por lo cual no se requiere para la venta de un piso en esta ciudad.

Se trata de un documento que certifica que un inmueble cuenta con todas las condiciones de habitabilidad que están normalizados por ley. Es decir, la cédula de habitabilidad es el documento que determina que una propiedad es segura para ser habitada.

Certificado de Inspección Técnica de Edificio (ITE)

El ITE es una documentación que permite acreditar el estado de habitabilidad del edificio dentro del cual se ubica una vivienda. Asimismo, permite comprobar que el inmueble es seguro para quienes lo habiten, como así también el entorno cercano al que pertenece.

En la Comunidad de Madrid este certificado es de carácter obligatorio en edificios de más de 50 años.

¿Cómo obtenerlo, cuál es su demora y coste?

El Certificado de Inspección Técnica de Edificio puede solicitarse a través del presidente de la comunidad de vecinos o al Ayuntamiento de Madrid.

El coste de la ITE en Madrid, debido a que no está regulado por ley, depende de los honorarios del técnico, del tamaño del edificio y de su estado de conservación. En el caso de que ya haya sido realizada la inspección, el acceso al certificado es gratuito. La demora estimativa desde que se solicita el certificado hasta su obtención es de 1 a 30 días.

Estatuto de la comunidad de propietarios

Se trata de un documento que contiene las normas de convivencia estipuladas por la comunidad de vecinos de un edificio, el administrador del edificio o en el Registro de la Propiedad.

Si bien no es de carácter obligatorio a la hora de vender un piso en Madrid, suele ser solicitado por los compradores a lo largo de las etapas de negociación y en la firma de la compraventa.

¿Cómo obtenerlo, cuál es la demora y el coste?

Esta documentación se obtiene recurriendo al presidente de la comunidad de vecinos. El estatuto no tiene un valor económico, por lo que se puede acceder al la documento de manera gratuita.

La demora en la obtención de este documento puede rondar, estimativamente, entre 1 a 7 días.

Certificado de vivienda libre de cargas, de liquidación de servicios y de deuda cero con la comunidad

El certificado de vivienda libre de cargas es la documentación que incluye una serie de certificados cuya finalidad es acreditar que el piso que se está vendiendo se encuentra libre de deudas.

En el caso del certificado de liquidación de servicios hablamos de un documento que permite constatar que se hallan pagos los servicios de luz, gas y agua, no registrando deudas. Al momento de efectivizar la compraventa, los recibos deberán ser entregados al nuevo propietario para que pueda efectuar el cambio de titularidad de los servicios.

Y, por último, el certificado de libre deuda con la comunidad de propietarios es un documento que permite certificar que la vivienda no posee deudas en relación a las cuotas de la comunidad de propietarios. Al momento en que se concrete la venta del piso deberá notificarse el cambio de titularidad a través de una nota, según lo estipula la Ley de Propiedad Horizontal.

¿Cómo obtener estos documentos, cuál es la demora y el coste de cada uno?

Para acceder al certificado de liquidación de servicios se deberá solicitar a cada una de las empresas las últimas facturas pagas. Este tipo de gestión no implica coste alguno y la demora estimativa es de 1 a 7 días.

En el caso del certificado de libre deuda con la comunidad de propietarios, su obtención debe ser requerido al presidente o administrador del edificio. Luego de solicitado el certificado, su resolución puede demorar de 1 a 7 días.  Su solicitud es gratuita.

Recibo de liquidación del IBI

El Impuesto de Bienes Inmuebles es el tributo que deben pagar todas las personas que sean propietarias de una vivienda en España. El recibo de esta índole indica que dicho impuesto a sido liquidada por la parte correspondiente.

El momento de presentar este certificado será a lo largo de las negociaciones y al momento de la firma de la compraventa. Es un trámite gratuito, inmediato y de carácter obligatorio.

Certificado de deuda cero para vender un piso en Madrid

Este último documento es emitido por la entidad bancaria que corresponda. El mismo permite probar que la vivienda no está sujeta a una hipoteca vigente. Es de carácter obligatorio en los casos en que se ha concluido el pago de una hipoteca sin que se haya realizado la cancelación en el Registro. Se trata de un trámite inmediato y sin costo alguno.

Hasta aquí hemos detallado cada uno de los documentos necesarios para vender un piso en Madrid. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. En OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y para la venta de tu inmueble resulte de manera exitosa.

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El ssäm o saam es una comida coreana que ha llegado Madrid y ha tenido gran aceptación. Esta preparación que cuenta con una hoja crujiente de lechuga para contener sabrosos bocados tanto de carne como pescado. Es una especie de taco, que genera un contraste muy sabroso e irresistible entre lo fresco y mantecoso.

Desde Oi Real Estate te contamos todo acerca de esta deliciosa preparación de comida coreana que puedes encontrar en esta localidad.

¿Qué significado tiene el concepto de Ssäm?

La palabra Ssäm significa envuelto, y este plato de comida coreana es bastante similar a un taco o warp. En esta especialidad asiática no se utiliza una masa, como en el taco, sino una hoja, generalmente de lechuga. También puedes encontrarlo de sésamo, repollo, de shiso, col china o acelga. El relleno contenido por esta verdura, puede ser tanto de pescado como de carne. Esta combinación, genera un contraste por demás delicioso entre lo fresco y lo mantecoso.

Un detalle importante en esta preparación, tiene que ver con la lechuga. Debe ser siempre crujiente, para ello se suele introducir en agua con hielo antes de armar. Esta comida coreana, debe poder comerse en uno o dos bocados, es muy liviana pero con mucha potencia de sabor. La intención es que provoque una explosión en nuestro paladar. Son varias las posibilidades y seguro podrás encontrar una que te encante. Pueden ser salados, dulces, ácido, picante y umami.

Historia del ssäm

Como ya dijimos, es un plato de comida coreana. Su origen se encuentra en la era de la dinastía Goryeo entre los años 918 y 1392. En esos momentos, las doncellas y damas de la corte, eran las que podían disfrutar de esta preparación. Ya para finales del siglo XIX se consideraba una comida tradicional. Para el siglo XX se convierte en un bocadillo muy habitual en las reuniones familiares, y se mantiene hasta hoy.

El chef coreano Luke Jang, cuenta hoy con un restaurante en Madrid, denominado Luke. Este bocadillo cumple la función que tiene para nosotros la paella. Considera que este plato, es especial para cocinar y disfrutar en familia, durante un fin de semana. Cuenta también que realizó su primer ssäm  con solo tres o cuatro años. Según recuerda, era una comida que solían disfrutar en familia, en la terraza, disfrutando de una barbacoa.

La comida coreana, generalmente es saludable. Según el chef, el 60 por ciento de las comidas, tiene como base verduras. La mitad de esta preparación en particular, son vegetales, y la otra mitad es de proteína, aunque no necesariamente de animal. Se pueden utilizar variedades de proteína como el tofu o el tempeh. Otro punto fundamental en este tipo de comidas, tiene que ver con la fermentación sumamente utilizada en muchas preparaciones.

Diferentes gustos para elegir de esta comida coreana

Existen distintas categorías de ssäm, de ellas dependerá el envoltorio con el cual se podrá contener el relleno.

  • Sangchu ssäm: es el más habitual. Se encuentra envuelto en una lechuga
  • Baechu ssäm: Se utiliza para envolver la proteína con una hoja de col china
  • Gimssäm: se prepara con algas
  • Gotgam ssäm: se usa para envolver la proteína caqui seco
  • Hobakip ssäm: se realiza la envoltura con hojas de calabaza
  • Milssäm: se hace con crêpe de trigo
  • Muneo ssäm con rodajas de pulpo
  • EPo’ssäm, contiene el relleno de carne de res.

Es un plato divertido y fácil de compartir. El hecho de encontrarte envuelto en una hoja de lechuga, que es una verdura que le gusta a la mayoría de la gente, puede hacer de esta una excelente opción, además es posible de comer con la mano.

En que sitios puede encontrarse esta preparación en Madrid

  • Tripea: Su dueño, Roberto Martínez, ha establecido su puesto en el Mercado de Vallehermoso, hace unos cinco años. Él fue el primero en dar a conocer este plato de la comida coreana en Madrid. Realizó varias opciones con wagyu, también con papada ibérica, caballa, merluza y ostra escabechada. Roberto tuvo la influencia de la comida asiática y latinoamericana a través de viajes y libros. Gracias a sus estudios e investigaciones, ha realizado un ssäm en la que son varios los países que parecen haber formado parte en su creación.

  • Luke es un restaurante que hace varios años se encuentra emplazado en esta localidad. Allí, ya muchas personas han probado este manjar. Aquí, el chef ha incorporado la opción del cerdo ibérico, un producto muy representativo de nuestro país. Además, se adapta muy bien a la textura y el sabor de la hoja de dragón con la que está realizada.  Luke Jang se encuentra hoy  terminando de perfeccionar un nuevo ssäm para introducir en la carta. Él llevará como protagonista al bife, un corte vacuno muy popular en Estados Unidos, que se destaca por un intenso sabor. Este restaurante, se encuentra emplazado en el barrio de las Salesas.

  • Terzio: Este restaurante, se encuentra al mando del chef Saúl Sanz, en Terzio, en equipo con su hermano. En este local buscan contrastar un interior tierno con una cubierta crujiente preparado de oreja. También han trabajado con perdiz, que ha tenido muy buena aceptación entre los clientes del lugar. Decidieron comenzar a trabajar con esta preparación, ya que la encontraban divertida y desenfadada. Según cuentan, es una forma diferente y saludable de comer ensalada. Un detalle importante que advierten es el de utilizar una salsa que no sea demasiado liquida.

  • Yakitoro: Muy cerca de la  Gran Vía madrileña, se encuentra emplazado el restaurante Yakitoro. Su chef Luis Ángel Pérez, conoció esta preparación  cuando trabajaba con Ramón Freixa. Él cuenta que ha puesto en la carta el taco coreano, al que le agregó un toque mexicano con aliño. Aclara que no dejaba de ser un ssäm de glaseado de pollo en kimchi y miel con guacamole de lima, pico de gallo y tomate picante. Aquí se sirve un ssäm a la brasa de pez limón, con cebolla frita y cebolla encurtida en vinagre de arroz.

Esperamos desde Oi Real Estate que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado.

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Desde el punto de vista de los extranjeros, a España le sucede lo que a varios otros países: se la ve a través de sus íconos, sus paisajes, su cultura. Las cuestiones que nos pesan a los españoles cuando vivimos aquí son, nos guste o no, “problemas nuestros”. Sin embargo, algunos profesionales del sector turístico sugieren que la mirada a veces decaída que tenemos sobre nuestro país es contraproducente con respecto a todo lo que tenemos para ofrecer. Esos mismos especialistas son los que nos recuerdan que España es el primer país en ingresos derivados del turismo europeo.

O el segundo, detrás de Francia, en llegadas internacionales. Pero que si se mide la competitividad turística internacional, desde hace cuatro años el nuestro es el destino turístico más competitivo del mundo.

En la siguiente nota de hoy queremos remarcar los puntos que han hecho crecer al sector turístico español y lo han posicionado en lo más alto de las listas de Europa y el mundo. Aunque aún hay muchas expectativas por cumplir y explorar, hacer visibles las acciones que llevaron hasta aquí nos muestra que el buen camino empezó a transitarse hace rato.

De la mano de las políticas públicas y la tecnología

Entre las principales acciones que fortalecieron al turismo en los últimos años está el apostar a la sistematización de diagnósticos y la incorporación de tecnología. Los resultados demuestran que si se planifica a largo plazo y de manera coordinada, se puede garantizar el éxito progresivo. La creación de una marca país (el logo con el sol de España de Joan Miró), la elaboración de estadísticas a nivel estatal y la ampliación de la oferta de cursos para la formación de profesionales fueron tres pilares fundamentales en este camino.

Para ello fue necesaria la participación de empresas locales con sus pares europeos, así como la financiación cargos y proyectos por parte del gobierno español para trabajar con turoperadores del norte de Europa.

Sin embargo, todas estas políticas para promover a España podrían haber sido en vano si al llegar los turistas se encontraran con un panorama desalentador. Por ello, fue igualmente fundamental la promoción del desarrollo tecnológico de las grandes cadenas hoteleras, que están a la altura de las mejores del mundo. Lo mismo con la creación de empresas como Amadeus, derivada de Iberia, y actualmente proveedora líder de soluciones tecnológicas para la industria de los viajes. Sus números superan el 40% de la gestión de reservas y más del 30% de soluciones tecnológicas (TI) a nivel mundial.

España y su lugar en el turismo europeo

Nuestro país recibió en 2019 a 85 millones de turistas, es decir, casi el doble de su población. Este dato marca la gran capacidad que tiene España para acoger las llegadas internacionales, tanto a nivel hotelero como en pasajes aéreos y aeroportuarios. La inversión en infraestructura se complementa además con la oferta de precios moderados. Esto atrae enormemente a gente de otros países, pero también al turista europeo, acostumbrado a un alto estándar de exigencia.

Para los vecinos en nuestro continente ya es reconocida y valorada tanto la cultura española como nuestro estilo de vida. Los paisajes, las playas, la arquitectura, la profesionalidad en los servicios, una muy buena red de asistencia sanitaria, la gastronomía y las fiestas, hacen de España un destino único.

Si a estos factores se les sigue agregando calidad, aumentarán los ingresos por visitante al día y los ingresos en su conjunto. En ese sentido, nuestro país ya cuenta con la demanda habitual de los turistas vecinos. No obstante, los especialistas sugieren además tomar medidas específicas con respecto al turismo de largo o lejano alcance. En términos geográficos, las visitas provenientes del norte europeo generalmente gastan más en turismo. En otras palabras, es una buena idea adaptar la oferta también a esa demanda y poder adquisitivo.

Perspectivas a futuro: la sostenibilidad social

Una forma de agregar valor a los productos y servicios turísticos es incorporar al sector el carácter de la sostenibilidad social. Para ello, las empresas y organismos participantes deben asumir entre sus costes, la evaluación y posterior mejora del entorno que se ve afectado por el turismo.

El tránsito y en general, el usufructo del territorio, los residuos de las industrias creadas al servicio del visitante y en general el impacto de la presencia humana sobre la naturaleza y el clima deben ser parte de una nueva concepción del turismo. Lo mismo puede decirse sobre cómo influye en las economías locales, sobre todo en las pequeñas poblaciones no acostumbradas al tránsito excesivo de personas.

En este sentido, es imprescindible orientar las políticas estatales de diagnóstico y planificación al estudio de estos impactos, ya sea con estadísticas como con la financiación de proyectos pertinentes.

El turismo europeo ya conoce España pero ¿qué piensan los españoles?

Manuel Butler, actual director de la Oficina de Turismo de España en Londres y ex director general de Turespaña, sugiere que sería positivo que los españoles modificáramos la visión que tenemos de nuestro país: “Esa naturaleza un tanto derrotista, negativa que tenemos en nuestro ADN, hay que cambiarla. Hay que apreciar lo bueno que tenemos y tuvimos, y es mucho, ahora y en el pasado. Y por supuesto, conocer lo malo, para no repetirlo”, añade. “España que, por datos objetivos está entre los TOP15, se puede sentar en la mesa con los países de primera. Lo único que tenemos es que convencernos los españoles que lo podemos hacer poniendo cada uno su grano de arena”.

En ese camino Butler es uno de los partícipes en los productos de Impulsa España un proyecto privado e independiente cuya misión es exponer los valores positivos de nuestro país.

En Oi Real Estate queremos colaborar con este concepto invitando a nuestros clientes y a lectores del blog a conocer algunas de las maravillas que tiene España. Realmente, desde cada lugar se puede fortalecer la identidad que tenemos como país y, con ello, marcar la diferencia. ¡Empieza por conocer Barcelona con nosotros!

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La mejor forma de conocer de manera precisa el valor de un inmueble es mediante un proceso de valoración. Se trata de uno de los pasos a seguir para la compraventa de viviendas. Por lo tanto, se deberán abonar una serie de tributar a lo largo de la operación. En este sentido, nos preguntamos cual es rol que cumple el IVA en tasaciones inmobiliarias.

En este artículo te lo contamos. Además, de manera resumida y precisa, definimos de que se trata una tasación, como se realiza y para qué sirve. ¡Sigue leyendo!

IVA en tasaciones inmobiliarias

¿Qué son las tasaciones inmobiliarias?

Cuando hablamos de tasación de una vivienda nos referimos al informe que se realiza para conocer el valor de la misma a través del uso de una metodología que se basa en una normativa legal.

Las personas que llevan adelante este tipo de procesos son conocidos como tasadores, quienes son expertos en la valorización de inmuebles. En los casos en los que se trata de tasaciones hipotecarias, quien realiza el procedimiento deberá ser una Sociedad de Tasación Homologado por el Banco de España.

¿Por qué son necesarias las tasaciones de inmuebles?

Como hemos dicho, el proceso de tasar una propiedad permite conocer el valor de la misma al momento de querer venderla. Se trata de una acción necesaria para solicitar una hipoteca para comprar un inmueble, para ponerlo a la venta al mejor precio posible o para repartir en caso de que deba ser heredado.

En este sentido, son diversos los motivos por los cuales solicitar una valoración. Estos pueden ser los siguientes:

  • Solicitar un crédito hipotecario. Hablamos de lo que se conoce como tasación hipotecaria. Este tipo de valoraciones son llevadas a cabo por agencias homologadas y designadas por el Banco de España. No obstante, la legislación española prohíbe determinantemente que la empresa a cargo de la tasación tenga vínculo o relación con el banco en el cual se solicita el préstamo.
  • Compraventa de una vivienda. En estos casos, se trata de una tasación comercial y es la herramienta para determinar el valor de mercado de la vivienda. Esta valoración dependerá del estado de la vivienda, sus características y los tipos de servicios con los que cuenta.
  • Realizar una herencia. Ante estas situaciones la tasación sirve para poder conocer el monto del bien y así saber que le corresponde a cada parte.  En estos casos, se habla de tasación judicial.

¿Cuáles son los tipos de tasaciones que existen?

En España, en el marcado existen diversos tipos de tasaciones según el tipo de bien que se desea valorar. Entre ellas las de tipo inmobiliarias.

Además de esta, existen las tasaciones:

  1. Tasación de empresas. Este tipo de valoraciones las realizan abogados u organizamos públicos o privados. Realizan: informes periciales de valoración no judicial; certificaciones; dictámenes de partes o judiciales; dictámenes extrajudiciales y pre informes extrajudiciales.
  2. Tasación de bienes inmuebles. Nos referimos a las valoraciones de una gran variedad de elementos. Ya sea de objetos vinculados a objetos familiares o cotidianos, así como en negocios que involucren algún tipo de inversión. Según la reglamentación se destacan los valores: de mercado; contable; valor a nuevo; de reposición a nuevo; de reposición a estado actual, etc.
  3. Tasación de vehículos. Sirve para realizar los documentos de carácter científico y técnico para valorar coches en dos oportunidades: cuando se debe conocer el valor de reparación o el por qué está siendo refaccionado; o cuando se requiere llegar a un precio para la compraventa o en procesos judiciales de división del bien.
  4. Tasación de Obras de arte: Se realizan para darle un valor monetario a determinados bienes.
  5. Tasación de embarcaciones de recreo: Se trata de la valoración de barcos y es un tipo de procesos muy importante en el mercado de peritaje.

¿Cuál es el rol del IVA en tasaciones inmobiliarias?

El tributo que se le aplica a las valoraciones de inmuebles es el que grava sobre el valor agregado. Es decir, el IVA en tasaciones inmobiliarias es el impuesto que deberá ser abonado para conocer cuál es el precio de una vivienda. Ante la realización de una tasación, la entidad, sociedad o estudio de arquitectura que la lleva adelante el informe emite una factura. Luego, a la base imponible del servicio otorgado se le suma lo correspondiente al IVA.

El porcentaje que se aplica de IVA en tasaciones inmobiliarias, por lo general, es del 21% sobre la base imponible de la prestación dada. En el caso de las tasaciones hipotecarias, este valor debe ser liquidado por el cliente que solicita la valoración. En la factura, el monto del IVA debe estar completamente detallado y desglosado por parte de la empresa que emite el informe de tasación.

Asimismo, el valor agregado en las tasaciones de carácter hipotecarias deberá ser declarado por parte de la Sociedad de Tasación cada trimestre y mediante la presentación a Hacienda según el modelo que corresponda.

¿Cuáles son los impuestos por la venta de una vivienda?

Para poder determinar cuáles son los impuestos que se deben abonar por la venta de una vivienda, además del IVA en tasaciones inmobiliarias, es necesario diferencia el tipo de inmueble que se vende. Es decir, si se trata de una vivienda nueva o una de segunda mano.

Una vivienda nueva es la que se le compra directamente al promotor o que tiene menos de dos años desde la finalización de las obras de construcción. Cuando se trate de este tipo de inmuebles, se deberá abonar el IVA que equivale al 10% del precio de la vivienda. Antes del 2013 el porcentaje era del 4%.

A su vez, se deberá pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Se trata de un tributo de carácter autonómico, cuyo importe depende de cada Comunidad en la que se ubica la vivienda. De manera generalizada, ronda entre el 0,5% y el 1,5 % del valor total de la compraventa. Según la normativa de cada autonomía, existen ciertas bonificaciones si se cumplen determinados requisitos.

Por su parte, las viviendas de segunda mano no están sujetas al IVA ni al AJD, sino que deben tributar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Este tributa también está cedido a las Comunidades Autónomas en la aplicación de si tipo impositivo. Por lo general, la media en España es de un 8% sobre el valor total de compraventa.

Las comunidades que mayor porcentaje de ITP tienen son:

  • Cataluña, Galicia, Aragón y Comunidad Valenciana, con un tipo impositivo que alcanza el 10%;
  • Y a la más económica es el País Vasco con un 4% de valor impositivo.  

Hasta aquí te hemos contado acerca del rol del IVA en tasaciones inmobiliarias. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Realtor te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta de tu inmueble de manera exitosa.

En España la transmisión de propiedades implica una serie de gastos de gestión y de tributos que deben ser rendidos al Ministerio de Hacienda. Los impuestos al vender una vivienda son tres: el IRPF por la ganancia patrimonial, el IBI y la Plusvalía Municipal, por el valor del suelo.

En este sentido, dos de ellos deberán ser liquidados cuando se haya concretado la venta del inmueble y el otro deberá ser abonado junto con el comprador, al momento de la firma del contrato de compraventa.

En este artículo te contamos las características principales de cada uno de estos tributos y de qué manera se calculan. ¡Sigue leyendo!

¿Cuáles son los impuestos a pagar por vender una vivienda?

Si has decidido poner a la venta tu inmueble es indispensable conocer tanto los pasos a seguir para realizar la operación, como así también cada uno de los impuestos que se deberán pagar por la misma.  

  • Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF)
  • La plusvalía Municipal
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles

Ahora, te detallamos de manera detallada que son y como se realiza el cálculo de cada uno de ellos. También, te explicamos cuales son las exenciones en el caso del pago de los tres tributos.

IRPF: ¿Cómo calcular este impuesto al vender un inmueble?

El IRPF es un impuesto estatal y grava sobre los beneficios económicos que adquiere una persona. Es decir, por su ganancia patrimonial. En este caso, se trata de uno de los impuestos por vender una vivienda cuando el valor de venta es mayor al valor de compra cuando se adjudica el bien. En este sentido, si la transmisión de una inmueble por venta ha derivado en una pérdida, no se deberá liquidar el IRPF. No obstante, si deberá incluirlo en la declaración de la renta.

Se trata de un impuesto que debe abonarse al año siguiente de efectuada la venta. Esto se debe a que cada año es obligación realizar la declaración de la renta con todo el patrimonio generado durante el transcurso del año anterior.

Valor de transmisión: ¿Cómo se calcula?

En este punto, se deberán restar al valor de la venta todos los gastos y tributos que se deban abonar para realizar la operación. Algunos de ellos son:

  • Honorarios de la agencia inmobiliaria
  • Plusvalía municipal
  • Gastos de la cancelación registral de la hipoteca

Ahora bien, vamos con un ejemplo el modo de calcular el valor de transmisión (cada uno de estos valores especulativos.

  • Valor de venta: 150.000 euros
  • Gastos de venta:
    • Pago a la agencia inmobiliaria: 7.000 euros
    • Plusvalía municipal: 1.600 euros
    • Gastos de cancelación de la hipoteca (si aplica): 1000 euros

Valor de adquisición y su cálculo

Por otro lado, al momento de calcular cuánto se deberá pagar por el IRPF se deberá calcular el valor de adquisición. Se trata del costo de compra por el cual se recibió el inmueble. Para su cálculo se le deben sumar al valor de compra los siguientes montos:

  • Cada uno de los gastos propios de la adquisición de la vivienda. Hablamos de cada uno de los tributos que se debieron asumir con la hipoteca, los gastos de gestión de notaría, el IVA, el IAJD y el ITP. Si es necesario tener presente que aquellas comisiones pagadas para asumir el crédito hipotecario o sus intereses no se tienen en cuenta para este cálculo.
  • Los montos que se han invertido en reformas o reparaciones que se hayan realizado en la vivienda y que sean considerables. Hablamos de las modificaciones destinadas a ampliar el inmueble, aumentar la superficie o la modificación total de partes esenciales de la vivienda, como ser baño o cocina. Este tipo de refacciones aumentan el valor de la propiedad por lo tanto el de comprar. En este sentido, ese aumento puede repercutir en el cálculo final del IRPF y así provocar una rebaja en la factura fiscal.

Ahora bien, vamos con un ejemplo el modo de calcular el valor de adquisición (cada uno de estos valores especulativos.

  • Valor de compra: 90.000 euros
  • Gastos realizados en la compra:
    • Notaría: 500 euros
    • Registro: 400 euros
    • ITP: 5.600 euros
  • Gastos en reformas: 12.000 euros

Calcular la diferencia y el tipo impositivo aplicable

Luego de calcular el valor de transmisión y el valor de adquisición, se debe calcular cual es la diferencia existente entre ambos valores. Dependiendo del resultado se deberá pagar o no el IRPF. Por lo tanto, si el valor de la diferencia es negativo no se deberá abonar por este tributo.

En caso contrario, si el cálculo da un valor positivo, se le deberá aplicar a dicho monto un porcentaje para saber qué es lo que se deberá pagar de IRPF por esa ganancia. El tipo impositivo es por tramos y es un valor establecido por Hacienda. La tabla se encuentra organizada de la siguiente manera:

impuestos por vender una vivienda

A) Si la ganancia es hasta 6.000 euros: 19%

B) Si la ganancia es entre 6.000 y 50.000 euros: 21%

C) Si la ganancia es entre 50.000 euros y 200.000 euros: 23%

D) Si la ganancia es de 200.000 euros: 26%

Algo a tener en cuanta muy que resulta muy importante, es que cada uno de dichos porcentajes serán aplicado de manera progresiva.

Ahora bien, vamos con un ejemplo el modo de calcular la diferencia entre el valor de transmisión y el de compra (cada uno de estos valores especulativos.

En este caso, al ser un resultado positivo se deberá abonar el IRPF por la ganancia obtenida. Así, los porcentajes se aplican progresivamente. Es decir, a los primeros 6.000 € le aplicamos el 19% y a los 25.900 € que restan el tipo impositivo a aplicar el 23%. Lo que da un total de: 7097 € de IRPF por la venta de la vivienda.

¿Cuáles son las exenciones para el IRPF?

Uno de los principales interrogantes en relación al pago de impuestos a la vivienda por vender y precisamente, por el IRPD es si siempre se está obligado a pagarlo. La repuesta es que existen algunas particularidades que están exentas de pagar el tributa y que son establecidas por la agencia tributaria. Hablamos de exención por:

  • 🔃 Reinversión en una vivienda actual
  • 🤶 Por ser mayor a 65 años de edad
  • 💰 Entregar el piso en dación en pago

Reinversión en una vivienda actual

En los casos en los que sea vendido un inmueble y el dinero obtenido por la operación ha sido utilizada para comprar otra vivienda de residencia habitual nueva es posible quedar por fuera de la obligatoriedad de pagar el IRPF. Aun cuando se haya conseguido obtener una ganancia por la transacción.

Para ello se debe tener en cuantas algunas variables:

  • La vivienda que se vende y compra deben ser de residencia habitual
    • Se debe haber vivido al menos dos años en ella de manera continua
    • Sino se ha vivido continuamente por un mínimo de dos años en la propiedad, justificar porque se realizó el cambio de residencia. Como por ejemplo, por motivos laborales.
    • La nueva vivienda deberá ser en la que se residirá al menos por un plazo mínimo de 12 meses desde el momento en que se concreta la operación.
  • El plazo de la reinversión en la vivienda es por dos años.
  • La reinversión puede sr antes o después de la operación.
  • Se debe reinvertir la totalidad del dinero que se obtiene de la venta de la vivienda.
  • Si sobra un monto de dinero de la venta, este deberá tributar por el IRPF.
  • Si es un vivienda de nueva construcción y se reinvierte dentro de los dos años, pero el inmueble es entregado por fuera del plazo, el beneficio fiscal se mantiene. El plazo se comienza a contar cuando finalizan las obras.
  • Si la vivienda es de residencia habitual pero el monto se reinvierte en la compra de un inmueble en el exterior con el mismo fin, es posible evitar tributar por el IRPF.
  • Se deberá verificar si la excepción de pago se puede realizar según los convenios entre países.

Por ser mayor a 65 años de edad

Otro parte de la población que se encuentra exenta de pagar el IRPF son las personas mayores de 65 años. Este grupo se encuentra libre de todo tipo de abono, y se diferencian del resto de los contribuyentes en tanto no tienen la condición de reinvertir el monto de dinero recibido en una vivienda nueva para tener disponibilidad del beneficio fiscal.

Por el contrario, si la vivienda que es vendida se trata de una segunda residencia, este grupo deberá tributar por ello. Salvo que el dinero de la venta sea utilizado para construir una renta de carácter vitalicio en una entidad bancaria o con una aseguradora. Los requisitos para tan acción son los siguiente

  • Plazo de 6 meses desde la fecha en que se realiza la operación de compraventa.
  • El monto de dinero máximo para reinvertir para poder tener el beneficio fiscal es de 240.000 euros.
  • La renta tendrá que tener una periodicidad menor o igual a un año. Asimismo, la misma comenzará a ser percibida por un año desde su confirmación.
  • Informar a la entidad bancaria o aseguradora que el dinero es a causa de la venta de una vivienda y se requiere la extensión del IRPF

En algunos bancos o entidades se condiciona a una edad máxima la posibilidad de realizar la renta vitalicia. Este límite puede estar entre los 79 y 90 años de edad. Por lo tanto, la persona que requiera la solicitud de esta acción deberá recurrir a la información del ente correspondiente ya que si no lo puede realizar deberá abonar IRPF ante la venta de una vivienda a pesar de tener más de 65 años.

Dación de pago

Hablamos de la forma legal utilizada para acordar una sustitución por la obligación de pago que tiene una persona, denominada deudora, por prestación diferente de parte del acreedor.

Así, la obligación original queda extinguida, fuera cual fuera la prestación realizada en un principio. Una vez consentida la prestación nueva, se alcanzan tres efectos de pago:

  • Extinguir la obligación.
  • Liberar la obligación del deudor.
  • Satisfacer el crédito del acreedor.

En este sentido, este tipo de operaciones logra sustituir una prestación por otra, se trate o no de una cosa material.

Ante la posibilidad de incumplimiento del acuerdo, el acreedor tiene el derecho de restituir al estado original la deuda.

Plusvalía Municipal: uno de los impuestos a pagar por vender una vivienda

Al IRPF se le suma un impuesto a la vivienda por vender y que se denomina, oficialmente, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, popularmente conocido como plusvalía municipal.

La plusvalía es un tributo que grava el incremento que ha tenido el valor de una vivienda durante todo el tiempo que se haya sido propietario de la misma. Se trata de un impuesto cuya competencia se encuentra cedida a las comunidades autónomas. Es decir, debe ser abonado en la Hacienda del ayuntamiento correspondiente según los tipos impositivos fijados por dicho ente.

Ante la venta de un inmueble, el pago de la plusvalía municipal corre a cuenta del vendedor del mismo. Solamente para los casos en los cuales el propietario no viva o no resida en España no se abonará el tributo.

Por otra parte, si la transmisión de la vivienda es a causa de una donación o de una herencia, quien deberá responder por el pago de la plusvalía serán las personas que adquieran la propiedad.

Con respecto a los tiempos de pago, este impuesto deberá ser liquidado dentro del plazo de 30 días hábiles realizada la compraventa o donación. El periodo comienza a considerarse desde el preciso momento en el cual se concreta la operación. Al ser la plusvalía un tributo que está cedido a las comunidades, este período podrá variar según el ayuntamiento en el cual se encuentra el inmueble.

Cuando se tratase de una herencia, el plazo para abonar la plusvalía es de 6 meses, que comienza a contarse desde el momento del fallecimiento del propietario.

¿Cómo se calcula la plusvalía?

Luego del fallo del Tribunal Constituyente el 26 de octubre de 2021 y a partir del 19 de noviembre del mismo año, el calculo de la plusvalía municipal puede realizarse de dos maneras y con dos métodos diferentes.

Para calcular la plusvalía municipal con el método de cálculo objetivo se deberán tener en cuenta las siguientes variables:

  • El valor catastral del suelo que figura al momento de la venta. Este es un dato que puede ser consultado en al recibo de pago del IBI o bien ingresando en el sitio web del catastro.
  • Un coeficiente que se calcula según la cantidad de tiempo que se hay sido titular del inmueble. Este valor es asignado por cada ayuntamiento.

Po su parte, para llevar adelante el método de cálculo real de la plusvalía municipal se deberán considerar los siguientes factores:

  • El respectivo precio de venta del inmueble
  • El precio de la compra
  • Un porcentaje del valor catastral que concierne al valor del suelo
Tiempo durante el cual has sido dueño del inmueble
Coeficiente
Menos de un año 0,14
1 años 0,13
2 años 0,15
3 años 0,16
4 años 0,17
5 años 0,17
6 años 0,16
7 años 0,12
8 años 0,10
9 años 0,09
10 años 0,08
11 años 0,08
12 años 0,08
13 años 0,08
14 años 0,10
15 años 0,12
16 años 0,16
17 años 0,20
18 años 0,26
19 años 0,36
20 años o más 0,45

¿Siempre debe pagarse por la plusvalía municipal?

La Plusvalía Municipal es uno de los impuestos por vender una vivienda que no siempre debe ser abonado. Luego de las últimas actualizaciones realizadas el 10 de noviembre del 2021, quienes han sido propietarios de una vivienda y ante su venta han sufrido pérdidas o una ganancia cero, no deberán pagar por el tributo.

Es decir, si al momento de la realización de la venta de una propiedad se reconoce una pérdida en el valor de la misma, el propietario queda exento de pagar la plusvalía.

¿Qué es el Impuesto sobre Bienes Inmuebles?

El IBI es uno de los impuestos a la vivienda que se paga cada año por tener la propiedad y titularidad de la misma. Se trata de un tributo de carácter municipal y se encuentra regulado por  Ley Reguladora de Haciendas Locales, 2/2004, entre los artículos 60 y 77.

Según la normativa, quien debe hacerse cargo del pago de dicho tributo es la persona propietaria de la vivienda al primero de enero. En este sentido, en la gran mayoría de los casos el impuesto se divide entre las partes, considerando la cantidad de meses que se ha tenido la titularidad del inmueble.

Por último, el IBI se abona una vez al año por parte del propietario del inmueble. Al vender una vivienda se deberá dividir el pago del tributo con el nuevo titular de la misma en relación a la cantidad de tiempo que ha tenido la propiedad.

¿Quiénes se encuentran exentos de pagar el IBI?

Para el pago del IBI existen algunas excepciones. Algunas de ellas se producen de manera automáticas ya que se encuentran reguladas por ley nacionales y municipales. Y, en otros casos, la posibilidad de no abonarlo debe ser solicitada para casos especiales.

Las exenciones automáticas se encuentran:

Estado nacional (local o autonómico), entes destinados a seguridad, defensa, servicios penitenciarios y educativos.

Iglesia católica

Cruz Roja Española.

Además, se encuentran exentas del pago del IBI las sedes diplomáticas y los terrenos destinadas a redes ferroviarias.

Para los casos en los que el beneficio fiscal debe ser solicitado es para los inmuebles que serán destinados al sector educativo o al patrimonio histórico.

¿Qué hacer si al vender una vivienda no se ha cobrado el IBI?

Al tratarse de un impuesto que se encuentra cedido a las competencias de las autonomías, cada ayuntamiento tiene la potestad de fijar sus propios tiempos para girar el tributo.

En algunos casos, puede darse de que el impuesto se encuentre liquidado al momento de realizar la venta. O, por el contrario, que se encuentre pendiente de ser abonado. En el segundo caso lo que puede realizar es:

  • Llegar a un acuerdo con el comprador de la vivienda para que se abone una cuota en el mismo momento de la firma. Este monto se tendrá en cuenta considerando la referencia de lo que se abonando el año anterior a la venta.
  • Quedar a la espera de que la Administración correspondiente cobre el IBI, para luego pedir a la otra persona que reembolse la cantidad que corresponde.

La opción que mejor se adapte dependerá del tipo de comunicación y confianza que se tengas comprador y vendedor al momento de concretar la operación.

¿Cómo se calcula el IBI?

Para llevar adelante el cálculo del impuesto sobre bienes inmuebles es necesario, previamente, llevar adelante otros resultados. Nos referimos al cálculo de:

  • Cuota íntegra

La misma se obtiene de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen que le corresponde al inmueble.

Por lo general, el porcentaje ronda entre el 0,4 a 1,1% del valor catastral y entre 0,3 al 0,9% para bienes inmuebles urbanos y rústicos, respectivamente. Dicho coeficiente puede verse afectado por los aumentos regidos por cada Ayuntamiento en los inmuebles con características especiales que será del 0,6%. Las administraciones podrán establecer un grupo diferenciado para cada municipio que no sea inferior al 0,4% ni mayor al 1,3%.

  • Cuota líquida

Es la que se obtiene de aplicar a la cuota íntegra aquellas bonificaciones previstas por las normas nacionales y locales donde se encuentra el inmueble. Si no existen bonificaciones no se le debe restan nada a la cuota íntegra.

Hasta aquí te hemos contado acerca de cada uno de los impuestos por vender una vivienda en España. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. En OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta de tu inmueble de manera exitosa.

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En la actualidad, acceder a una vivienda para los jóvenes continúa siendo un objetivo no del todo sencillo. Esto puede deberse a una serie de motivos y factores. Entre ellos se encuentra el tema de los precios, sobre todo en las grandes ciudades, donde los costes son más elevados. En ese sentido, poder conseguir una financiación es una tarea sumamente compleja por lo que muchas veces se recurre a la ayuda de los padres para poder lograr el objetivo. Ante estos casos, surgen los interrogantes en relación a como comprar un piso con dinero donado.

En el siguiente artículo queremos detallar cuales son los modos de articular ambas operaciones para reducir algunos costes y evitar conflictos con Hacienda. Es decir, como combinar la donación con la compraventa con el fin del ahorro legítimo.   

¿Cómo se formaliza una donación de dinero?

Antes de entrar en el terreno de la compra de un piso con dinero donado, es preciso detenerse en el modo en que se formaliza ese monto en carácter de donación.

En España, aquel dinero que es entregado de manera gratuita es reconocido como “donación”. Este tipo de acción puede materializarse mediante transferencia, un cheque o en metálico. Por lo tanto, siempre es recomendable registrar la entrega a través de un contrato de carácter privado o acudiendo a un notario.

No obstante, la mejor opción es concretar la operación mediante escritura pública. Un documento firmado por ambas partes, es decir, donante y donatario, y que resulta requisito indispensable para poder acceder a ciertos beneficios fiscales.

Además, es posible determinar que el dinero donado sea de tipo colacionable, sobre todo cuando se trate de un traspaso de padre a hijo. En este sentido, la entrega del dinero es considerada como parte de la herencia que el beneficiario deberá recibir.

El principal objetivo es que la entrega del dinero no sea un prejuicio para el resto de los herederos en un futuro. Por lo tanto, es de gran importancia considerar todos los beneficios fiscales que se pueden aplicar a la transferencia antes de realizarla. De esta manera, se podrán evitar sorpresas, gastos de más y problemas con Hacienda.

En definitiva, antes de comprar un piso con dinero donado es recomendable conocer que tipo de tributos se debe pagar por este tipo de donaciones.

¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar cuando se recibe dinero donado para luego comprar un piso?

Como se mencionó en el punto anterior, una donación de dinero es:

comprar un piso con dinero donado

Una operación que queda sujeta al impuesto de donaciones y sucesiones por donación, cuyo sujeto pasivo será el donatario. Hay que tener en cuenta que la donación de dinero de padres a hijos también tributa. Aunque al realizarla mediante escritura pública, pueden existir bonificaciones.

A partir de allí, quién decida comprar un piso con dinero donado como vivienda habitual deberá afrontar el pago de dicho tributo. Como mencionamos, en determinados casos, es posible beneficiarse con algunas bonificaciones según la comunidad en la que se encuentre residiendo el donatario.

La fórmula que determina el lugar de residencia es considerar aquella región en la que el donatario se haya encontrado más días en los últimos cinco años previos a la donación. No obstante, para poder acceder a determinados beneficios tributarios será necesario cumplir con una serie de requisitos. Uno de ellos, y de los más importantes, es que la donación del dinero sea materializada mediante escritura pública, como lo adelantamos al principio.

Tal es el caso de la Comunidad de Madrid, Andalucía, La Rioja y Murcia. En estas autonomías, para este tipo de acciones el Ayuntamiento competentes aplica hasta un 99% sobre la cuota cuando se trata de padre a hijos. Siempre y cuando se pueda justificar el origen de los fondos y se formalice mediante documento público notarial.

¿Qué sucede si el dinero para comprar un piso es prestado y no donado?

Otra de las alternativas, en vez de comprar un piso con dinero donado, es que el mismo sea prestado. En estos casos, y a diferencia de una donación, cuando se realizan préstamos entre particulares no será necesario el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En estas situaciones lo que se debe realizar es su liquidación mediante el modelo 651 sin pagar. Se trata de la manera de comunicárselo a Hacienda.

Este tipo de préstamos entre ambas partes es de real importancia registrarlo ya que, de lo contrario, la Agencia Tributaria entenderá de que se trata de una donación. Y, en estos casos, se deberá tributar por el Impuesto de sucesiones y donaciones.

En relación a los intereses, según se trate la operación, el préstamo puede o no tener incrementos para su devolución. Sea como sea el acuerdo, es importante que la persona que recibe el dinero lo devuelva tal cual fue pactado en el contrato. A su vez, este documento debe ser lo más similar a un préstamo al uso. En esos casos, Hacienda permite algunas excepciones como: ser empezar el pago del prestamos más tarde o estirar más los plazos de amortización.

Lo importante a saber es que este organismo controla que el acuerdo se cumpla y que el dinero se devuelva según lo pactado.

¿Cómo realizar la donación de dinero si el donante vive en el extranjero?

Como hemos visto, para comprar un piso con dinero donado será necesario tributar, por parte del donatario, el Impuesto de Sucesiones y donaciones. En el caso de que la persona que reciba la donación resida en España y el donante en el extranjero se deberá materializar la operación en un documento que esté avalado por notario. Si se trata de un acuerdo redacto en lengua no española deberá ser previamente traducido y apostillado para que dicho documento tenga validez en el territorio.

No obstante, a partir del Reglamento de la Unión Europea 2016/1191 si la operación es formalizada en algún consulado de España en el extranjero el documento adquirirá validez y no tendrá que ser traducido.

En estos casos, la donación de dinero tendrá que tributar en el país. En caso de que también deba tributar en el extranjero, la persona beneficiaria podrá recibir una deducción por imposición internacional duplicada en los términos que prevé el artículo 23 de la Ley 29/1987. Por lo tanto, se recomienda el análisis y el estudio de este tipo de casos el marco fiscal para poder evaluar los costes de la operación.

¿Cómo realizar la donación de dinero si el donante vive en España y el beneficiario en el extranjero?

A diferencia de la situación anterior, puede suceder que la persona beneficiaria viva en el extranjero y quién dona el dinero para comprar una casa resida en España. Para tales casos, la donación requiere ser documentada ante notario. Especialistas afirman que lo ideal es que la el documento sea firmado en España. De esta manera, se evitan traducciones y otros tipos de formalidades. Y, para las situaciones en las cuales el donatario no pueda viajar a país de residencia del donante, podrá remitir un poder para que este último pueda presentarse solo a la notaría.

En relación al sistema fiscal, por más que el beneficiario viva en el extranjero deberá tributar en el país por el solo hecho e recibir dinero de manera gratuita desde España.

En estas circunstancias, también se podrán aplicar, según el régimen de cada autonomía, las diversas bonificaciones estipuladas por ley. Luego, deberá presentar el donante la declaración fiscal en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.

Motivos para comprar un piso con Oi Real Estate

Luego de realizar todo el procedimiento vinculado a la donación de dinero se deberá proceder a la compra del piso de manera tradicional.

Si estas pensado en comprar una propiedad estás en el sitio adecuado. Nuestra agencia se especializa en cada uno de los pasos que se deben realizar para la compraventa de un inmueble o el alquiler de un piso. Entre ellos, tasaciones inmediatas y la gestión de propiedades, como ser: vender, comprar y alquilar.

Para todo ello, contamos con profesionales especializados y con vocación en el mercado nacional e internacional. Por lo que pueden brindarte la mayor seguridad y confianza al momento de elegir vender o comprar una vivienda en España.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información.

Si te ha surgido algún interrogante respecto a como comprar un piso con dinero donado te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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El contrato de arras es uno de los acuerdos que suelen celebrarse como paso previo a la concreción de una compraventa. Sin embargo, puede ocurrir que tanto vendedor como comprador, por la razón que fuere, no cumplan finalmente con lo que se pactó en dicho acuerdo. ¿Qué sucede cuando se produce el incumplimiento de un contrato de arras? ¿Cómo se puede reclamar cuando la falta proviene del comprador?

En este artículo te contamos cuales son los tipos de contratos de esta índole que pueden celebrarse, cuales son las penalizaciones por no cumplirlo y los modos posible para su reclamo. Sigue leyendo.

¿Para qué sirve la firma de un contrato de arras?

Cuando un propietario pone su vivienda en venta y aparece una persona interesada en ella, es probable que ambas partes, vendedor y comprador, quieran asegurarse de que la compraventa llegará a buen puerto. Con este objetivo suelen firmarse acuerdos previos. ¿Cuáles son? Por un lado está el contrato de reserva y por el otro, el contrato de arras.

Existen dos diferencias sustanciales entre ambos. En primer lugar, el contrato de arras está amparado por el Código Civil, mientras que el de reserva no. E este sentido, el primero de los casos adquiere una mayor seguridad jurídica. En segundo lugar, el contrato de arras puede ser rescindido solo con el pago de una indemnización, mientras que el contrato de reserva sólo puede cancelarse si se especificó en alguna de sus cláusulas. Para conocer más sobre las diferencias entre ambos recomendamos la letra de este artículo ampliamos estas diferencias con más información.

En adelante, haremos referencia únicamente al primero de estos acuerdos y a lo que ocurre cuando una de las partes implicadas no cumple con el pacto. Es decir, detallaremos qué penalizaciones se aplican cuando hay incumplimiento del contrato de arras, cómo se puede reclamar esta situación y de qué manera se puede demostrar que el comprador no cumplió con el trato. A continuación, te lo contamos.

Tipos de contratos de arras

En primer lugar, antes de hablar de penalizaciones y de cómo actuar ante un incumplimiento, es necesario dejar en claro qué tipos de contratos de arras existen. Algunos de ellos implican mayor facilidad para ser rescindidos, mientras que otros no tanto. Por esta razón, antes de firmar uno, es importante tener en cuenta esta información para poder elegir el tipo de contrato más conveniente.

Arras penitenciales

Se trata del contrato que admite mayores posibilidades de desistir de él. En ese caso, la señal de reserva entregada por el comprador funciona como indemnización. Es decir que, en caso de incumplimiento, este monto no le será regresado al comprador, o bien, será el vendedor quien deberá devolverla por duplicado. Esto depende de quién sea la parte incumplidora. Se recomienda firmar este tipo de contrato de arras cuando no hay plena seguridad de querer concretar la compraventa.

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • Régimen de arras penitenciales derecho inmobiliario.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de gastos.
  • Plazo de cumplimiento del contrato.
  • Penalizaciones por el incumplimiento de algunas de las partes.

Arras confirmatorias

Esta clase de contrato, a diferencia del anterior, no admite la posibilidad de desistir de él afrontando una penalización económica. Si bien prevé también la entrega de una señal, esta no sirve para compensar el incumplimiento del pacto. En caso de arrepentimiento, la parte afectada puede exigir la concreción de la compraventa o una indemnización por daños y perjuicios. De todas formas, será necesario presentar una demanda y esperar a que un juez decida cuál debe ser la penalización. Se recomienda firmar este tipo de contrato de arras cuando sí hay seguridad de querer concretar la compraventa.

¿Qué información debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de gastos.
  • La cláusula que indique que si una de las partes desiste del pacto, habrá consecuencias legales.

Arras penales

Este tipo de contrato se encuentra a medio camino entre el de arras confirmatorias y el de arras penitenciales. Si bien no expresa en su contenido que se pueda desistir de él, la entrega de la señal de reserva sí funciona como indemnización cuando se produce un arrepentimiento. Sin embargo, establece penalizaciones, pero no en relación a la señal únicamente. También implica que pueda exigirse la concreción de la compraventa. Se recomienda firmar este tipo de contrato de arras cuando sí hay seguridad de querer concretar la transacción.

¿Qué información debe incluir?

  • Los datos de las partes.
  • Los datos de la vivienda.
  • El precio del inmueble.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • El reparto de los gastos.
  • La cláusula de penalización: pérdida de la señal o devolución del dinero por duplicado. Además, la posibilidad de exigir el cumplimiento de la compraventa.

¿Qué penalizaciones se aplican por incumplir un contrato de arras?

A partir de la descripción de los tres tipos de contratos de arras que existen, podemos concluir en que la única penalización que está definida de forma clara es la que se encuentra en el de arras penitenciales. Este tipo de contrato es, también, el que más suele firmarse de los anteriores. Como mencionamos, la penalización frente a su incumplimiento es no devolver el dinero de la señal, cuando el arrepentido es el comprador, o entregar el doble de ese monto, si quien desiste es el vendedor.

En cuanto al contrato de arras penales, vimos que, si el comprador incumple el pacto, el vendedor puede mantener el dinero de la señal, pero también puede exigir la concreción de la compraventa. Sin embargo, para poder ejecutar esta última cláusula, siempre será necesario acudir a la vía legal.

Con respecto al contrato de arras confirmatorias, reiteramos que no contempla la posibilidad de ser rescindido. Por esta razón, su incumplimiento siempre implicará la necesidad de presentar una demanda y esperar la resolución de un juez.

¿Cómo se puede reclamar ante el incumplimiento de un contrato de arras?

En caso de producirse el incumplimiento del contrato de arras firmado, existen dos maneras de reclamar. Una es por por la vía extrajudicial y, la otra, por vía judicial. Para saber a cuál acudir se debe tener en cuenta todo lo que mencionamos antes, es decir, si el documento refleja o no la penalización a asumir. También será determinante que la otra parte acepte o se niegue a cumplir con las consecuencias. Estas son las diferentes formas de realizar el reclamo:

Por vía extrajudicial

  • Acudiendo a la inmobiliaria, en caso de haber contratado una para llevar a cabo la venta.
  • Enviando un burofax al comprador para solicitar el cumplimiento de la penalización. Este servirá como prueba en caso de arribar a un juicio.
  • Interponiendo un “acto de conciliación” en los juzgados. Se trata de un recurso que permite exigir el cumplimiento del contrato. Al igual que la opción anterior, también sirve como prueba en un juicio.

Por vía judicial

  • Presentando una demanda en el juzgado correspondiente y esperando la resolución del juez.

¿Cómo demostrar que el comprador incumplió con el contrato de arras?

En caso de tener que acudir a la vía judicial o extrajudicial para reclamar por el incumplimiento de un contrato de arras, existen varias formas de demostrar la falta del comprador. En primer lugar, la prueba más irrefutable de todas es que la compraventa no se ha llevado a cabo.

Ahora bien, esto depende del tipo de contrato de arras que se ha firmado: 

  • Penitenciales: este documento estipula de forma clara cuál es la penalización que el comprador debe asumir, que se trata de perder el dinero de la señal. Por esta razón, no es necesario demostrar nada, sólo se retiene ese monto.
  • Confirmatorias y penales: estos dos tipos de contratos no dejan en claro cómo deben asumirse las penalizaciones, por lo tanto, al retener el dinero de la señal, la otra parte puede acudir a la vía judicial para recuperar el dinero. Si esto sucede, será necesario demostrar que ha sido el comprador quien ha incumplido el trato.

¿Cómo se puede probar esta falta del comprador? Aportando elementos como mensajes, emails o notificaciones de burofax que se hayan enviado a la otra parte. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que será el juez quien tenga la última palabra. Dependiendo del tipo de contrato de arras firmado y las circunstancias del caso, este determinará cómo se llevará a cabo la penalización y si el sentenciado estará obligado a cumplirla. 

Hasta aquí hemos detallado que sucede cuando una de las partes provoca el incumplimiento del contrato de arras. A su vez, especificamos cuales son las penalizaciones y cuales son las vías para reclamarlas. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. En OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Contamos con la mejor información y la mayor confidencialidad para realizar la venta o compra de un inmueble de manera exitosa.

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Cuando se lleva adelante cualquier tipo de transacción vinculada a una vivienda se deben firmar y concretar diversos contratos que dan cuenta del acuerdo entre las partes. Por lo tanto, cuando se produce un arrendamiento se deberá firmar un contrato de alquiler. En tanto se trate de una venta, el acuerdo se concretará mediante la firma de un contrato de compraventa. A su vez, para conservar la palabra se firma lo que se denomina contrato de arras. Dentro de este tipo de documentos es posible incluir la exclusividad inmobiliaria.

En este post queremos detallar todo lo relacionado a este tipo de cláusulas: cuánto duran, que ventajas y desventajas tienen, si su cancelación es posible, etc. Esta y otras inquietudes respondemos a continuación. ¡Sigue leyendo!

Exclusividad inmobiliaria

¿Qué es la exclusividad inmobiliaria?

Cuando nos referimos a la exclusividad inmobiliaria estamos hablando de una cláusula que se incorpora en ciertos contratos de intermediación. Es decir, el documento en el cual se acuerda la contratación de los servicios de una agencia para la venta de una vivienda.

En este sentido, cuando se firma este tipo de exclusiva se acepta que la inmobiliaria elegida sea la única con la autorización para llevar adelante el proceso de venta de tu propiedad. Por lo tanto, si la transmisión de la vivienda se concreta a través de otra agencia o de manera particular, la inmobiliaria original puede reclamar el derecho a recibir los honorarios pactados si el comprador fue encontrado por ella. En algunas ocasiones pueden reclamar una comisión si se ha publicado u ofrecido el inmueble mediante terceros.

Principales aspectos del contrato de exclusividad inmobiliaria

En primer lugar, es de gran importancia saber que un contrato de exclusividad inmobiliaria es un documento de carácter privado. En este sentido, cada agencia podrá incluir el tipo de requisitos o condiciones que considere necesarias. Como cualquier contrato, siempre se recomienda leer de manera detallada cada uno de los puntos que lo integran.

Un aspecto a tener en cuenta es que este tipo de contratos de exclusividad inmobiliaria no asegura que la vivienda se venda sí o sí. Lo que sí es de gran probabilidad es que la agencia contratada se comprometa aún más para vender la propiedad.

Según expertos, luego de un análisis de varios contratos de esta índole, existen puntos que se repiten en varios de los documentos. Por lo tanto, la principal recomendación es poner atención en ellos con el objetivo de evitar posibles conflictos.

Exclusividad inmobiliaria mediante una cláusula particular

Se trata de un punto específico en cual se determina que la venta de la propiedad no puede correr por cuenta de otra agencia ni de manera particular. En caso de que el requisito no se cumpla, la inmobiliaria tendrá el derecho a reclamar la comisión acordada como parte de sus honorarios.

Plazo de durabilidad de la exclusividad

En la mayoría de los casos, la exclusividad inmobiliaria ronda entre los tres y seis meses. Se trata de un dato de gran importancia, por lo que debe estar detallado en el contrato. Si figura un plazo de carácter indeterminado la recomendación es no llevar adelante el acuerdo

Prórroga implícita

Los contratos de exclusividad generalmente incluyen y detallan que se debe informar de manera escrita y anticipada que no se continuará con la exclusiva una vez finalizado el plazo acordado. En la mayoría de los casos, este tipo de información debe ser enviada entre 7 y 30 días antes de finalizado el contrato. De lo contrario, la agencia renueva de forma automática el plazo aceptado anteriormente.

Comisiones y honorarios por el servicio

Se trata de un punto esencial, ya que se determina que se deberá abonar a la agencia por la venta de una vivienda y cuáles serán los honorarios de la misma.  

Posibles situaciones extras por la cuales la agencia cobrará sus honorarios

Este tipo de cláusulas irá variando de agencia en agencia. No obstante, existen algunos puntos clave de manera generalizada en una gran cantidad de contratos. En este sentido, la inmobiliaria podrá reclamar su derecho a cobrar sus honorarios en las siguientes circunstancias:

  • La vivienda se vende con otra agencia o de manera personal durante el plazo que dure el contrato de exclusividad con una inmobiliaria determinada.
  • El inmueble es vendido a una persona que ha sido contactada por la inmobiliaria, inclusive luego del transcurso de un año del vencimiento del contrato.
  • Cuando el comprador es familiar de quién contacto con la agencia, o un socio de una empresa que se puso en contacto con el vendedor mediante intermediación de la inmobiliaria.
  • Si la agencia consigue un comprador y el vendedor decide no vender.

Ventajas de un contrato de exclusividad

A continuación, presentamos las principales ventajas que caracterizan a un contrato de exclusividad inmobiliaria.

  • Si se decide firmar este tipo de acuerdo se corre con el beneficio de poseer mejores condiciones a lo largo del proceso de compraventa. Es decir, por la exclusiva la agencia probablemente recudirá el porcentaje de comisión.
  • Además, un contrato de esta índole permitirá obtener mayores herramientas para poder realizar la venta en el menor tiempo posible. Hablamos de recursos tales como: video 360, un tour virtual, planos de la vivienda, etc.
  • El proceso incluirá una mayor participación del agente durante su duración. Es decir, se le dedicará más tiempo a la venta de la vivienda en contraposición de si la propiedad es ofrecida por varias agencias. Esto se debe a que se corre con el riesgo de invertir dinero y tiempo sin lograr la venta. Por lo tanto, será más dificultoso que el agente se involucre al 100% con la operación.

Desventajas de un contrato de exclusividad

Ahora, presentamos las principales desventajas que caracterizan a un contrato de exclusividad inmobiliaria.

  • Ante cualquier otra oferta de interés por la propiedad no será posible llevar adelante su transmisión. Ya sea mediante otra inmobiliaria, un tercero o de manera particular. Por lo tanto, en caso de realizar la venta por fuera de la exclusiva se deberá abonar por el honorario acordado, generando un gasto extra en la operación.

¿Cuándo se recomienda firmar por la exclusividad inmobiliaria?

Firmar un contrato de exclusividad con una agencia en particular dependerá de cada situación y cada necesidad en particular. No obstante, se recomienda este tipo de exclusivas cuando:

  • El propietario de la vivienda se encuentra en comodidad con la agencia, con la tarifa ofrecida y con las condiciones que la misma ha propuesto para su firma.
  • Se ha formalizado un clima de confianza entre el propietario y el agente inmobiliario por el buen trato y porque ha demostrado tener gran conocimiento y experiencia en el mercado.
  • La agencia elegida tiene una muy buena repercusión y una gran presencia en plataformas virtuales inmobiliarios.  

Por el contrario, no se recomienda la firma de este tipo de acuerdo cuando:

  • El servicio ofrecido por la inmobiliaria no termina de adaptarse a las necesidades del vendedor. Así como tampoco satisface la tarifa o no se logró una gran relación con el agente a cargo.
  • Si el conocimiento y experiencia en el mercado inmobiliario de la agencia no genera una total confianza para concretar una operación de manera exitosa.
  • Cuando la inmobiliaria no tiene buenas recomendaciones por parte de personas que ya han contratado sus servicios, o no tiene una buena posición en la red virtual.

¿Cómo negociar la exclusiva con una inmobiliaria?

Un punto importante a tener presente cuando se quiere llevar adelante la exclusividad inmobiliaria es su posible su negociación. Este tipo de opciones se da en los contratos con las agencias tradicionales y no con aquellas que operan de manera virtual. Es decir, las inmobiliarias online. En este sentido, se debe considerar que los contratos sin una cláusula de esta índole muchas veces implican el pago de comisiones más altas.

Por lo tanto, si se elige por la exclusiva de una agencia es posible incluir algunas excepciones. Por ejemplo:

  • Excluir que se les venda la propiedad a determinadas personas. Ese tipo de cláusulas son necesarias cuando la vivienda ya ha sido visitada de manera previa por potenciales compradores. En estos casos, si uno de ellos se decide a adquirir el inmueble, se puede negociar no pagar los honorarios.
  • Bajar los meses o plazo de exclusividad determinado por la inmobiliaria. Estos casos son comunes cuando una vivienda está ubicada en una localidad o zona de alta demanda en el mercado. En este sentido, la probabilidad de venta es mayor, por lo cual la negociación estará en reducir el tiempo de validez del contrato. Los expertos recomiendan que no se superen los seis meses con la exclusividad.

¿Cómo cancelar el contrato?

Luego de la firma de un contrato por la exclusividad inmobiliaria es posible cancelar el acuerdo, aunque puede resultar bastante complejo. Por lo general, la agencia reclama sus honorarios, aunque no se haya encontrado un vendedor. No obstante, se puede solicitar la impugnación del documento si:

  • El inmueble está como copropiedad y uno de sus copropietarios no firmo el acuerdo.
  • Algún tipo de situación de fuerza mayor que justifique la cancelación del contrato. Como, por ejemplo, la pérdida de un empleo.
  • La redacción del documento no está bien realizada.
  • Una de las clausular es considerada abusiva.

En estas situaciones, es importante tener en cuenta que la cancelación de este tipo de acuerdo es costosa y requiere que intervenga un juez. Motivo suficiente para recomendar que se espere al vencimiento del contrato comunicándolo de 7 a 30 días antes que el mismo finalice. Una vez realizado dicho paso, se podrá vender la propiedad con cualquier otra agencia o de manera particular. Como así también, se podrá optar por la exclusividad inmobiliaria con otra agencia.

Hasta aquí hemos detallado todo lo relacionado a la exclusividad inmobiliaria en España. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Realtor te responderemos a la brevedad.

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