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May

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Hace pocos días se ha conocido la previsión para el año 2024 del índice World Cities Prime Residential de Savillis. Según este documento subirá el precio de la vivienda de lujo. Las ciudades de Madrid y Barcelona, se han situado dentro de las diez principales urbes en el mundo en el que se incrementara.

Otro de los datos que ha surgido de este informe, tiene que ver con que cada vez son más los ricos y ultraricos que eligen nuestro país para adquirir una vivienda de lujo. En parte, esto tiene que ver con las características propias de nuestro país. El clima, la cultura y las opciones de ocio y esparcimiento que nos distingue.

Pero no es todo, a esto debemos sumarle la seguridad jurídica y los precios de las viviendas que son más competitivos que en otros países del continente manteniéndolo dentro de los mercados más atractivos. Las ciudades donde más subirá el precio de la vivienda de lujo, serían Madrid y Barcelona, dos destinos muy solicitados en este tipo de viviendas.

La consultora estima que subirá en ambas localidades el precio de la vivienda de lujo entre un 2 y un 3,9 por ciento. Esto se debe principalmente al desequilibrio que existe entre la oferta y la demanda. Tengamos en cuenta que estas ciudades han registrado una importante demanda internacional en los últimos años, con un nivel de oferta más bajo.

En este post, te contaremos todo lo que necesitas saber sobre cómo subirá el precio de la vivienda de lujo en Madrid y Barcelona. Además te detallaremos que sucederá en otras ciudades del mundo. ¿Nos acompañas?

Subirá el precio de la vivienda de lujo en Madrid y Barcelona

El desequilibrio que existe hoy entre la oferta y la demanda, según la consultora Savills será uno de los responsables del incremento en el valor de las propiedades en Madrid y Barcelona. Explican que debido a ello subirá el precio de la vivienda de lujo entre un 2 y un 3,9 por ciento. Según estos datos, quedarían entre las diez ciudades de todo el mundo, donde el aumento será mayor para este tipo de inmuebles.

Debemos tener presente que tanto en Barcelona como en Madrid, hace años que existe una gran afluencia de demanda internacional para este tipo de propiedades y con una oferta muy baja.

El informe presentado, analiza un total de 30 ciudades. Explica que estos inmuebles podrían registrar una subida moderada de alrededor de un 0,6 por ciento, contra el 2,2 por ciento informado durante el 2023. Según detalla, se registrará una subida en los precios en 17 de ellas, pero se producirá de manera más lenta. En las otras 13, por otro lado, subirá el precio de la vivienda de lujo de igual manera o incluso, aclaran, podría ser mayor a la esperada. 

Cómo subirá el precio de la vivienda de lujo en las distintas ciudades

Según el informe, las ciudades que tienen precios comparativamente inferiores a los de otras localidades, tienen mayor probabilidad de incrementar los valores durante el año que viene. Un ejemplo de ello, son los mercados de Sídney y Dubái. Allí se informan las mejores previsiones debido a que se beneficiarán del incremento de población con un nivel socioeconómico alto.

En el caso de Sidney, se estima que subirá el precio de la vivienda de lujo de entre 8 y 9 por ciento. En Dubái, por otro lado, sería de entre un 4 y un 5,9 por ciento.

Para Ciudad del Cabo, Barcelona, Lula Lumpur y Madrid, lo primero que debemos decir es que son las localidades que tienen un precio medio más bajo de todas las analizadas. Se sitúan por debajo de los 8.000 euros el metro cuadrado. Aquí los incrementos se darían entre un 2 y un 3,9 por ciento.

Por otro lado, en Madrid y Barcelona, los valores máximos en los lugares más exclusivos, se encuentran por encima de los 12.000 euros el metro cuadrado. Para los proyectos ultra prime, se fijan en valores cercanos a  los 20.000 euros el metro cuadrado.

Pero no en todas las ciudades se registrarán subidas en los precios de este tipo de viviendas. En 13 mercados, por ejemplo, se esperan caídas. Según explican, estas serían más importantes en Hong Kong, con un -10 por ciento, Singapur y San Francisco, podría rondar entre un -1,9 y un 3,9 por ciento.

Lo cierto es que el segmento residencial de lujo, ha logrado mantener su resiliencia. Más teniendo en cuenta el contexto económico que afrontamos. Las subidas en los tipos de interés y la inflación ha traído importantes dificultades en las familias de todo el continente. En la misma línea, y no habiendo superado del todo esta turbulenta situación, se espera que se mantenga la cautela.

Un dato alentador, es que los bancos centrales, a mediados o finales del año, podrían comenzar a recortar los tipos de interés. Si esto sucediera, podría haber un impulso importante para la actividad inmobiliaria de lujo. Incluso, entienden que podría registrarse un alza en los precios para la última parte del año. 

Aumento en los alquileres en los pisos de lujo

No solo subirá el precio de la vivienda de lujo para la compraventa de viviendas. También el alquiler de este tipo de viviendas en el nuevo año sufrirá incrementos. Según el documento presentado por Savills, las rentas también registrarán un ligero aumento en las 30 ciudades analizadas. Pese a ello, los incrementos serán por debajo de la media histórica.

Si analizamos lo sucedido para el fin del año anterior, la marca indica que los valores han incrementado un 5,1 por ciento de la media. Este parámetro es más del doble del registrado en los pisos en venta que llegaron a un 2,2 por ciento. En Lisboa, por ejemplo la subida ha sido del 39 por ciento interanual. Por otro lado Barcelona informó un aumento el 7,3 por ciento y Madrid de 5,7 por ciento.

Según estos datos Barcelona, se sitúa como la localidad con un mayor incrementó en los precios de las viviendas quedando en tercer lugar. Mientras tanto Madrid, con un 5,7 por ciento queda en la quinta posición.

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En los últimos días, la Comunidad de Madrid ha decidido que aumenta el precio de la vivienda protegida. Esta medida se toma luego de 16 años en los que este valor ha estado fijo. Los incrementos varían dependiendo de la región o municipio en el cuál se encuentran emplazados. De esta forma, el gobierno, decidió que la variación se ha fijado desde un 26 hasta un 56 por ciento. Las mismas, están divididas en Zona A, Zona B y Zona C. Cada una de ellas registrará subidas de distinto tenor.

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, ha informado que el objetivo que buscan es que, al aumentar el precio de la vivienda protegida se pueda impulsar y fomentar la construcción y edificación de este tipo de viviendas. De esta forma, será posible que haya un parque inmobiliario de este tipo para los sectores de población que tienen menos recursos.

Otro punto importante de tener en cuenta es que, nos encontramos en un momento en el que las viviendas han aumentado mucho en su valor. También, las subidas en los tipos de interés han encarecido los préstamos, generando que muchas familias no puedan acceder a adquirir una vivienda. La existencia de la vivienda protegida, es un importante salvavidas para aquellas familias que no tienen el dinero para acceder a otros hogares.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre como aumenta el precio de la vivienda protegida en la Comunidad de Madrid, y los valores que se han fijado en las distintas localidades. ¿Nos acompañas?

Aumenta el precio de la vivienda protegida luego de 16 años

Por medio del Boletín Oficial se ha informado que aumenta el precio de la vivienda protegida en la Comunidad de Madrid. Estos incrementos se han producido luego de 16 años de estar congelados. Esta decisión se ha tomado con el fin de poder fomentar que este tipo de viviendas pueda volver a ser rentable. En los últimos tiempos, las subidas en los precios de los materiales, han traído varias complicaciones en la construcción de vivienda nueva. Si analizamos lo que sucede con la vivienda protegida, la situación es peor. Esto ha llevado a que cada vez sea menos la cantidad de construcción de ellas. Debido a ello, la población de menos recurso tiene menos posiblidades de poder acceder a ellas.

Esta decisión de aumentar el precio de la vivienda protegida no será igual en todos los Municipios. Sino que varía dependiendo de cada región. Los mismos se encuentran entre el 26 y el 56 por ciento.

Para la zona A, el incremento será del 26 por ciento. Por lo tanto, el precio de la vivienda protegida quedará en 2.450 euros. A continuación detallaremos los municios donde este monto regirá:

  • Alcobendas.
  • Boadilla del Monte.
  • Las Rozas.
  • Madrid.
  • Majadahonda.
  • Pozuelo de Alarcón.
  • San Sebastián de los Reyes.
  • Tres Cantos.

En la zona B, por otro lado aumenta el precio de la vivienda protegida en un 33 por ciento. Así el valor de estas edificaciones será de 2.110 euros. A continuación detallaremos los muncipios en los que este coste regirá:

  • Ajalvir.
  • Alcalá de Henares.
  • Alcorcón.
  • Algete.
  • Aranjuez.
  • Arganda del Rey.
  • Arroyomolinos.
  • Brunete.
  • Ciempozuelos.
  • Cobeña.
  • Collado Villalba.
  • Colmenarejo.
  • Colmenar Viejo.
  • Coslada.
  • El Escorial.
  • Fuenlabrada.
  • Fuente el Saz de Jarama.
  • Galapagar.
  • Getafe.
  • Humanes.
  • Leganés.
  • Mejorada del Campo.
  • Moraleja de En medio.
  • Móstoles.
  • Navalcarnero.
  • Paracuellos de Jarama.
  • Parla.
  • Pinto.
  • Rivas-Vaciamadrid.
  • San Agustín de Guadalix.
  • San Fernando de Henares.
  • San Lorenzo de El Escorial.
  • San Martín de la Vega.
  • Torrejón de Ardoz.
  • Torrelodones.
  • Valdemoro.
  • Velilla de San Antonio.
  • Villanueva de la Cañada.
  • Villanueva del Pardillo.
  • Villaviciosa de Odón.

La zona C, por último aumenta en el precio de la vivienda protegida un 36 por ciento, alcanzando los 1.900 euros. Estará formado por el resto de los municipios de la Comunidad de Madrid. Aquí también se unirán los de la Zona D cuyo aumento será de un 56 por ciento.

Aumenta el precio de la vivienda protegida con precio limitado

Por otro lado, aumenta también la vivienda protegida con precio limitado. En primer lugar, en la Zona A el valor pasará de 2.425,60 euros a 2.820 euros. La zona B, por otro lado, irá de 1970.80 euros a 2.430 euros. Por último, la zona C incrementará sus precios de 1.743.40 a 2.180 euros.

Un dato importante a tener en cuenta, es que estos nuevos valores, se actualizarán de forma automática a partir del día 1 de enero del año que viene, de acuerdo con la variación porcentual que se fije por el índice de precios al consumo en dicho momento.

¿Una actualización de precios necesaria?

A la hora de analizar la razón que ha llevado al gobierno de la Comunidad de Madrid, en el Boletín oficial explican que aumenta el precio de la vivienda protegida, debido a la situación económica que se ha vivido.

Como resultado de las subidas de los materiales de construcción, se ha provocado un gran defasaje para las empresas constructoras. También, a esto debemos sumar los problemas que ha dejado como consecuencia la pandemia los aumentos en los costes del gas y el petróleo.

Así es que todas estas situaciones, han generado que el sector de construcción tenga un aumento del 30 por ciento en los costes. No solo de materia prima y honorarios sino también por los nuevos requerimientos normativos para la mejora de la eficiencia energética de la construcción residencial.

Recordemos además, que en el último año, hemos tenido una inflación en todo el territorio que también ha dejado sus efectos negativos. Según el Instituto Nacional de Estadística, ha llegado a un porcentaje cercano al 30 por ciento desde abril del 2008 y hasta septiembre del 2023.

Estos problemas que ha tenido que atravesar el sector, han dejado como consecuencia, un gran descenso de viviendas protegidas iniciadas en la Comunidad de Madrid. Por ello, para incentivar y tratar de promover este tipo de edificaciones, era necesario llevar adelante este aumento en el precio de la vivienda protegida. Como consecuencia de estos cambios, el parque inmobiliario en particular, podría comenzar a resurgir.

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La tecnología evoluciona en todos los campos de nuestra vida. Uno de ellos tiene que ver con  la implementación de la firma electrónica ante el notario. Estas se encuentra normalizadas mediante la Ley 11/2023 del 8 de mayo del año pasado.

Con esta forma, se pueden realizar firmas en las escrituras públicas notariales de forma electrónica. Esto quiere decir que no será necesario dirigirse a las oficinas para poder efectuarlos.

En este post te contaremos de qué se trata y cómo se gestiona la firma electrónica ante el notario. ¿Nos acompañas?

La firma electrónica ante el notario como nueva herramienta facilitadora

Para poder realizar la firma electrónica ante el notario, serán varios los aspectos que tendrás que tener en cuenta. Lo primero que debes saber es que si necesitas de este trámite, tendrás que solicitarlo por medio del Portal notarial del Ciudadano. Esto será para todas las citas con notario que se realizarán a travéz de vídeo conferencias.

La cita podrá pautarse de diferentes formas:

  • La primera será desde la propia notaria. Tendrás que comunicarte, por teléfono, correo electrónico, whatsapp o dirigirte a las oficinas para ello. Deberás aclarar que necesitas que la firma se realice de manera digital.

En este caso, te solicitaran los datos de identificación, como ser DNI, teléfono, correo electrónico, entre todos. Además deberás aclarar que documento es el que necesitas que cuente con la firma electrónica ante el notario.

Cabe destacar que necesitarás estar dado de alta en el Portal Notarial del Ciudadano, y que de esta forma, podrán en la plataforma participar hasta 5 personas en la videoconferencia. Se espera que se pueda ampliar esta cantidad en las próximas mejoras que se le realicen al sistema.

Cuando los datos hayan sido confirmados por el notario, en el portal se abrirá una cita para realizar la firma electrónica ante el notario. La información de ella, será comunicada a los interesados por tres vías. Estas son: correo electrónico, mensaje de texto a los celulares informados y el buzón del portal del ciudadano.

  • La segunda opción es que inicies la cita por medio del Portal Notarial del Ciudadano. Primero deberás ingresar la fecha y el horario conveniente y agregar luego la documentación necesaria. Dentro de la bandeja de entrada, le aparecerá una solicitud.

El Notario se encargará de gestionar la firma, luego de que realice la validación de toda la documentación aportada, para, por último aprobar la cita. Cabe aclarar que, si encuentran algún defecto en la información o existe algo fuera de la ley, la tramitación será cancelada.

Por esta razón, muchas veces, es recomendable que puedas acudir a un notario primero. Así podrás consultar si todo es correcto y no perderás tiempo en el proceso.

El segundo paso, luego de haber obtenido la cita, será el otorgamiento de la escritura notarial por videoconferencia.

Para poder llevar adelante este punto, todos los involucrados deberán haber subido su documento de identidad al Portal Notarial del Ciudadano. Así los profesionales podrán verificarlos.

En el momento en que inicia la videoconferencia, el notario actuante durante el proceso, se identificará y comprobará que el firmante coincide con el DNI que se ha adjuntado. Este proceso se lleva adelante también en la firma presencial.

Una vez zanjado esta parte, deberá leerse la escritura matriz que ha sido enviada por medio de la plataforma. Luego, el notario abrirá el documento para compartirlo en pantalla para que pueda ser observado y verificado por los presentes.

El próximo paso, será iniciar la firma electrónica del documento ante el notario y se habilitará la posibilidad de que cada uno de los interesados ingrese su firma.

Cuando estos tres pasos hayan concluido se dará inicio a la tercera y ultima etapa. Es la firma electrónica ante el notario de la escritura en cuestión. Para ello, él habilitará la firma de los presentes y cada uno de ellos verá un botón verde de firma habilitada. Esto podrá firmarse electrónicamente. Cuando presione ese botón, aparecerá una estaña en la que se deberá seleccionar el certificado que se va a firmar. Este puede ser:

  • Firma electrónica emitida por el Portal Notarial del Ciudadano: para ello, será necesario ingresar luego los códigos de acceso (usuario y firma). Una vez que se haya efectuado, un código llegará al teléfono celular que deberá introducir luego en la aplicación. Este es solo un mecanismo de seguridad. Cuando el proceso quede completado, el certificado contará con una duración temporal y no podrá utilizarse para actuaciones digitales distintas a la firma digital de un documento notarial.

  • Firma emitida por una tercera entidad como la de la FNMT: este certificado de terceros podrá realizarse si es que instalas la aplicación de autofirma. Así podrá cargar la firma por medio de un certificado electrónico e introducir las claves.

Una vez que todos los participantes hayan realizado la firma, aparecerá en la pantalla que la firma ha sido completada. Luego el notario podrá autorizar la escritura con la incorporación de su firma digital notarial.

Qué ventajas tiene esta nueva modalidad

Debes saber que, al poder elegir realizar la firma electrónica ante un notario, los documentos ya se encontrarán digitalizados para su utilización. Por otro lado, este sistema, significa la modernización de todo el servicio público notarial. Es que así, será posible una mayor cercanía y rapidez a la hora de realizar trámites notariales.

Es importante que aclaremos, que esto solo es una opción para los ciudadanos. Esto significa que no es obligatorio que se utilice esta modalidad.

Los mayores beneficiados, probablemente, con esta nueva modalidad son las empresas y sociedades de nuestro país. Esto se debe a que casi todas las escrituras notariales de carácter mercantil y las pólizas podrán firmarse de esta manera.

Así, si las sociedades quisieran optar por este mecanismo, dejarían de perder tiempo teniendo que trasladarse a las notarias. Pese a ello, la realidad es que podría ser una forma de acortar los tiempos para todos los ciudadanos, teniendo que dirigirse a las oficinas para realizar este tipo de gestiones.

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Si estás pensando en la posibilidad de renovar tu vivienda, este post será de mucha ayuda. Es que muchas veces pasa que uno debe confiar plenamente en los arquitectos. Esto se debe a que es complicado entender los planos que nos presentan. Pero no debes desesperarte, aquí te contaremos para qué sirven los planos de una vivienda pero además cómo puedes entenderlos.

Debes tener presente que a la hora de llevar adelante una reforma o incluso de construir una vivienda, los planos son fundamentales. Existen distintos tipos, pueden ser topográficos, de cimentación, de planta, solo por mencionar algunos. La idea de este artículo es que puedas entender un poco más para qué sirven los planos de una vivienda y por qué son tan importantes a la hora de realizar modificaciones en ella.

Recuerda que el plano de planta será la primera tarea del arquitecto. Con él será posible solicitar la aprobación de la licencia de construcción.

Pero no nos apuremos, y vamos paso a paso. Si quieres saber para qué sirven los planos de una vivienda y cómo entenderlos, sigue leyendo este artículo. ¿Nos acompañas?

Para qué sirven los planos de planta de una vivienda

Efectuar una reforma en tu casa no es tarea fácil. Debes saber que llevará bastante tiempo y deberás contratar a un arquitecto que pueda ayudarte en el proceso. Es que tienes que tener presente, por ejemplo, que necesitarás de planos que te permitan solicitar una licencia para poder realizar las modificaciones. Deberás saber cuáles son los planos básicos que serán necesarios efectuar y también qué información aportará cada uno de ellos.

A la hora de empezar una vivienda, por ejemplo, o si buscas reformarla, será importante que puedas entender o mejor dicho interpretar la información que él nos brinda. Además te ayudará a saber la forma en que irá avanzando el proyecto en su conjunto. Por medio de ellos será posible también, de forma efectiva, controlar el presupuesto y saber si puede haber algún tipo de error.

Pero esto no es todo para lo que sirven los planos de una vivienda. Además podrás ver la forma en la que un espacio planea distribuirse y si no estás convencido de ella, modificarla antes de que sea tarde. Sería importante también que a la hora de elegir el profesional que te asesorará y trabajará en el proyecto, sea alguien de confianza para consultar cualquier duda o pregunta. Así será posible realizar las modificaciones necesarias antes de que se realice la aprobación del proyecto de reforma.

Existen varios tipos de planos, y esto se debe a que cada uno de ellos se centrará en un aspecto distinto de la reforma o la construcción. El primero que deberá realizarse es el plano de planta, por medio de él será posible solicitar y aprobar la licencia de construcción. 

Qué es el plano de planta de una vivienda

Como explicamos anteriormente, el plano de planta de una vivienda sirve para que podamos aprobar la licencia de construcción. Es un dibujo en dos dimensiones que debe ser realizado a escala. En él será posible ver cada una de las características en la distribución de las habitaciones. Será como un dibujo de la vivienda, visto de arriba sin techo, y obviamente de un tamaño reducido.

Este plano es nuestro primer acercamiento a cómo será nuestra vivienda, y también el paso previo al inicio de la construcción.

El plano de planta de una vivienda, nos brindará mucha información importante. Allí aparecerán las medidas de cada habitación, los elementos que se utilizarán para la estructura y la ubicación de los cerramientos.

Es importante que tengas presente que el primer plano será mucho más sencillo. Luego, una vez que haya superado el momento de la aprobación se irán agregando más datos y detalles más específicos. Solo por citar algún ejemplo, se incorporarán las instalaciones para los servicios. Pero recuerda que es importante que puedas entender este plano y estés satisfecho con el resultado para que luego no haya inconvenientes. 

Para qué sirven los planos de sección de una vivienda

Una vez que se haya realizado el plano de planta, será necesario completarlo con un plano de sección. Esto es un dibujo de un corte longitudinal o transversal de la planta de la vivienda o de alguna zona en particular de ella.

Este tipo de planos de sección deben ir en conjunto con los planos de planta y nos darán información por ejemplo de la altura de la vivienda, o si existen en ella desniveles de terreno, por citar algunos ejemplos.

Es como si fuera una vista de rayos X de la vivienda. Además, tanto para el arquitecto como para ti serán fundamentales. Allí quedará mucho mejor planteado y visible el detalle de algunas cosas. Por ejemplo, el tipo de materiales que se utilizará en la fachada, en la cocina o en los revestimientos. Por medio de este dibujo, te quedará mucho más claro cómo podría verse finalmente la vivienda. 

La incorporación de los planos 3D para poder entender de manera más clara los planos de una vivienda

Cada vez más es la cantidad de profesionales y clientes que busca poder tener los planos de la vivienda tanto por imágenes como por planos 3D. Es que ciertamente es mucho más fácil para un cliente, o mejor dicho, para una persona que no entiende de planos, captar todo lo que ha proyectado y que sea aprobado sin perder mucho tiempo.

Un dato importante  a tener en cuenta es que cuánto más detalle y precisión tenga el plano, menor será la posibilidad de que haya confusiones o problemas en el proceso de reforma o construcción. Con esto nos referimos por ejemplo a que si en el plano o imagen se encuentra ya el color que se va a utilizar y los materiales que se implementarán, menor será la probabilidad de que haya problemas durante la construcción.

En este mismo plano, será posible también incorporar por ejemplo el mobiliario que se va a utilizar, así podrás analizar cuál será la disposición que te resultará mas provechosa para tu estilo de vida y la forma en que te gusta vivir tu casa.

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Una de las preguntas que surgen a la hora de realizar un testamento tiene que ver con cómo dejar la herencia a un cónyuge. Primero que nada, debes saber que es posible. Solo es importante que sepas que, para ello, se tienen que dar una serie de circunstancias respecto al testador.

Si estás pensando en realizar el testamento y tienes dudas al respecto, no dudes en leer este post. Aquí te contaremos todos los detalles que debes conocer sobre cómo dejar la herencia a un cónyuge, en qué circunstancias es posible hacerlo y los límites que deberás respetar para estar acorde a la ley. ¿Nos acompañas?

¿Cómo dejar la herencia a un cónyuge? ¿Es legalmente posible?

Para poder dejar toda la herencia al cónyuge tienes que tener presente una serie de circunstancias y detalles que deberán cumplirse. Es que existe una legislación que fija ciertos parámetros y puntos para realizar el testamento. Por ello, es importante que puedas saber cómo y cuándo es posible hacerlo.

Lo primero que debemos tener claro son los derechos que el cónyuge del fallecido posee por ley. En este punto se dan dos situaciones. La primera es que quien fallece no haya dejado un testamento. En este caso, se procederá a tomar en cuenta las medidas que se dejan incorporadas en el Código Civil para la sucesión sin testamento. En ellas se fijan que tiene el derecho de heredar, en defecto de sus descendientes y ascendientes del fallecido.

La otra posibilidad es que la persona que fallece haya dejado un testamento donde quede plasmada su voluntad de cómo dividir sus bienes. Es importante que tengas presente que en este caso, será necesario que al efectuar el testamento se cumplan con las porciones que la ley establece. Por medio de ellas, se garantiza a los herederos forzosos o legítimos la protección de su patrimonio. Estos serían los descendientes, ascendientes y cónyuges. Cabe aclarar que la prioridad la tendrán en ese orden.

Según estos datos, no sería posible en ninguno de los dos casos dejar la totalidad de la herencia a un cónyuge, salvo que no haya nadie con más derecho a heredar antes que él. Pese a ello, en la segunda opción, el testador puede establecer que la porción que le corresponda al cónyuge sea mayor a la mínima que se fija por medio de la ley. Esto dependerá de la situación particular y de los descendientes y ascendientes que posea el testador.

¿Cuál es el porcentaje de herencia que se puede dejar a un cónyuge si el fallecido tiene descendientes?

Como dijimos anteriormente, el Código Civil establece un porcentaje de la herencia que puede dejarse a un cónyuge como porción legítima, que debe ser respetado por el testamento. Si el fallecido tiene hijos u otros descendientes en defecto de los hijos, deberá solo dejarse el porcentaje que les corresponde. Este está fijado en dos tercios del patrimonio para el cónyuge.

Un tercio de los bienes del fallecido, deberán distribuirse por igual entre los hijos. En caso de que alguno de ellos haya fallecido, la porción que le correspondería deberá repartirse entre los nietos y otros descendientes.

El segundo tercio del patrimonio deberá distribuirse, en el caso de que así se desee, para mejorar la situación de uno o más descendientes en relación a los demás. Es lo que se conoce como el tercio de mejora.

Por último, la tercera porción de sus bienes, se considera de libre disposición. Esto significa que el testador, tendrá la posibilidad de dejarlo a quien prefiera.

Pero te preguntarás en este momento, qué sucede con el cónyuge. En el caso de que los descendientes se encuentren con vida, no tendrá derecho a heredar el patrimonio del fallecido. Lo que si podrá será usufructuar el tercio de mejora.

Por otro lado, si cuenta entonces el fallecido con hijos, descendientes y cónyuge, el testador, podrá fijar un tercio de la herencia, el de libre disposición. Además podrá dejar el usufructo del tercio de mejora, pero solo eso.

¿Cuál es la porción que le corresponderá al cónyuge si es que hay herederos forzosos

Cuando un testador muere y no tiene descendientes, en el orden de prioridades, le seguirán en la lista de prioridades los padres y demás ascendientes.

En el caso de que el fallecido tenga vivos a sus padres, ascendientes y el cónyuge, el testador si quiere dejar la herencia a éste, deberá reservar para sus padres o ascendientes un tercio de la herencia. Del resto de su patrimonio será posible disponer de la forma que quiera. Por ello será posible dejárselo al cónyuge.

Otro punto que debes tener presente es que es posible que se le deje a la pareja el usufructo de la otra mitad de los bienes patrimoniales con los que cuenta.

De esta forma, si quiere el testador dejar el porcentaje de libre disposición para el cónyuge recibirá un total de dos tercios de la herencia y el usufructo sobre la mitad del patrimonio del fallecido.

Cómo dejar la herencia a un cónyuge en el caso de que el fallecido no tenga descendientes?

En el caso de que el fallecido no tenga descendientes ni ascendientes, el cónyuge tendrá derecho según la ley por un lado al usufructo de dos tercios de la herencia. Además, respecto al tercio de libre disponibilidad, será el testador el que podrá destinarlo para disponer de la totalidad del patrimonio, siempre que se respete el usufructo.

Por todo ello, si el testador busca cómo dejar la herencia a un cónyuge, ésta sería la única forma de hacerlo. Es que en este caso, al no haber ningún otro heredero forzoso con más derecho que el cónyuge, la ley se lo permite.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés. Y no olvides que si quieres conocer más sobre opciones para comprar vivienda en España, tienes mucha información a disposición en nuestro sitio.

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Conocer el precio justo de la vivienda que quieres vender será clave en este proceso. Tienes que tener presente que nadie va a querer pagar de más por ella y ponerla a un valor menor te hará perder parte de tu patrimonio.

Existen muchos aspectos que debes tener presente a la hora de fijar el precio justo de la vivienda. Es un proceso que te llevará tiempo y que debes hacer con la cabeza fría. Esto se debe a que es un aspecto fundamental que podrá provocar que el inmueble se quede frenado en el mercado por mucho tiempo, incluso haciéndote perder dinero.

En este post te contaremos cuáles son los principales aspectos que te ayudarán a fijar el precio justo de la vivienda, así que presta mucha atención. ¿Nos acompañas?

Cuál es la importancia de establecer el precio justo de la vivienda

Si fijas un valor inferior al que en realidad tiene tu inmueble, lógicamente estarás perdiendo parte de tu patrimonio. Pero debes saber que también sucederá esto si es mayor al real. Esto se debe a que cuando las personas entran al anuncio de tu casa, y vean que el precio es superior al que corresponde, nadie se interesará en ella quedando durante meses en el mercado.

Seguramente, podrás decir, solo tardaré más en venderla, pero no es todo. Es que con el paso del tiempo, al no recibir ni ofertas ni visitas, probablemente debas reducir la suma de dinero que pides por ella. Muchas veces, tendrás que vender la vivienda por un precio menor al justo.

Por ello, será necesario que puedas recabar toda la información necesaria, e incluso consultar con profesionales para que evites cometer un error al establecer el precio justo de la vivienda.

Cuáles son los parámetros que tendrás que tener en cuenta para calcular el precio justo de la vivienda

A la hora de establecer el precio justo de la vivienda, deberás tener en cuenta una serie de factores:

  • Las instalaciones con las que cuenta la vivienda.
  • La cantidad de metros cuadrados que tiene.
  • El estado de conservación del edificio.
  • Cómo se desenvuelve el mercado inmobiliario en la zona en la que se encuentra emplazado.
  • Las características edilicias del inmueble.
  • En qué valor se ha fijado el precio promedio del metro cuadrado en ese barrio.

Claves para establecer el precio justo de la vivienda

Anteriormente detallamos el listado de los parámetros que es necesario tener en cuenta para poder establecer el precio justo de la vivienda. Ahora te dejaremos algunos consejos que pueden ser de utilidad para ti a la hora de llevar adelante esta tarea.

El primer lugar, será importante que puedas realizar una recorrida por la zona en la que se encuentra emplazada tu vivienda. Allí debes prestar atención a viviendas que puedan tener características similares a las tuyas para poder saber un parámetro del precio que podrías solicitar. Es importante que intentes que los inmuebles a comparar sean lo más similares al tuyo posible.

Otro punto importante, tiene que ver con poder conocer el valor medio del mercado. Debes saber que este dato nos permitirá tener una idea del valor en que se vende el metro cuadrado construido en esa zona. También deberías indagar respecto a cómo ha evolucionado en los últimos meses. Con esto queremos decir, averiguar si el precio de los inmuebles está a la baja o en alza. Este dato podría darte una idea de si es un buen momento para efectuar la operación.

También será necesario averiguar respecto a las comodidades y servicios que podría tener el nuevo propietario allí. Esto tiene que ver con:

  • Que haya establecimientos educativos, salud y deportivos.
  • La conectividad y la posibilidad de contar con servicios de transporte en las cercanías.
  • Contar con supermercados, shopping o mercados donde puedan satisfacer todas las necesidades que pueda tener el nuevo propietario.

Estos factores, permitirán la comodidad del comprador, con lo que le facilitará mucho la vida que todos ellos sean cubiertos, y serán muy bien valorados.

Herramientas para establecer el valor de tu propiedad

Debes saber que existen algunos parámetros que pueden orientarte en el precio justo de la vivienda. Estos son el valor catastral y el del mercado, son dos datos claves que puedes consultar. Cabe aclarar que ninguno de los dos será el valor que debemos publicar. Solo será un dato que nos orientará.

Lo normal es que el valor, será mayor al catastral para la venta. Se debe principalmente a que en realidad surge de parámetros objetivos. Por ello, el monto a solicitar por la vivienda, será mayor.

El valor del mercado, por otro lado, toma como referencia otros aspectos, que son más temporales. Con esto nos referimos, por ejemplo, a la demanda, el lugar en el que se encuentra emplazada, la situación económica, solo por citar algunos. Por ello, es un valor que puede estar más cercano al que podrás solicitar como el precio justo de la vivienda.

Solicitar una tasación en una inmobiliaria

Debes saber, si estás pensando en vender tu vivienda, que hoy en día muchas inmobiliarias se encargan de realizar la tasación gratuita de tu vivienda. Es importante que tengas presente, que poder fijar el precio justo de la vivienda, puede ahorrarte muchos problemas para el futuro. Por ello, poder recurrir a un profesional puede ser una muy buena opción.

Muchas veces sucede que al fijar por nosotros mismos el monto que solicitaremos, juegan cuestiones sentimentales, por ejemplo que pueden hacernos equivocar bastante. Esto tiene que ver con que quizás hemos pasado muchos buenos momentos, o incluso la historia propia de cada uno.

Por todo ello, contactar a una inmobiliaria, es una gran oportunidad. Así podrá un técnico especialista, analizar cada uno de los detalles para poder fijar el precio justo de la vivienda, sin temor a equivocarte.

Otro dato que debes tener presente es que es recomendable solicitar la tasación por lo menos en tres inmobiliarias como para corroborar que es el correcto.

El volumen de ventas en al zona

La oferta y la demanda de la zona, es otro de los datos importantes que debes intentar conocer. Es que de esta manera podrás saber aproximadamente la cantidad de tiempo que la transacción podría demorar.

También sería útil poder conocer si la zona en la que se encuentra emplazada tu vivienda genera interés. Esto se debe a que es posible que puedas aumentar el precio de ella si en el mercado hay mucha demanda.

Debes tener presente que en las zonas en las que la demanda sea baja, y la oferta de inmuebles alta, es muy posible que necesites una mayor cantidad de tiempo para poder realizar la venta.

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Luego de los inconvenientes que la ley de vivienda ha tenido que sortear para poder ponerla en vigencia, aún mucha gente no tiene una buena valoración de ella. Lo cierto es que incluso varias comunidades han recurrido al Tribunal Supremo para frenar algunos de los puntos que en ella aparecen. En un estudio realizado, se ha indagado acerca de cuáles son los puntos mejor valorados de la normativa. Las desgravaciones fiscales para los arrendadores son las que han quedado mejor posicionadas.

En este post te contaremos respecto a este documento en el que ha valorado los mejores aspectos de la normativa. Allí con una nota de 6,8 puntos, las desgravaciones fiscales para arrendadores han quedado en el primer puesto. ¿Nos acompañas?

Lo mejor de la ley de vivienda: las desgravaciones fiscales para arrendadores

Desde Fotocasa, han realizado un estudio, a nueve meses de que la nueva ley de vivienda entre en vigencia. En él se ha intentado que los consultados puntúen las distintas medidas que la normativa incorpore para saber cuáles son las mejores valoradas.

  • En el primer puesto y con un puntaje de 6,8 sobre 10, han quedado las desgravaciones fiscales para arrendadores.
  • El segundo lugar, lo ha obtenido la instauración de la vivienda asequible incentivada. Allí se han brindado beneficios a entidades que alquilan con precios bajos a personas de pocos recursos. La nota que ha alcanzado ha sido de 6,7 puntos.
  • Siguiendo el podio, el tercer puesto ha sido para la creación de un fondo social de vivienda con 6,6 puntos.
  • Luego, aparece la reserva del 30 por ciento de las nuevas promociones de vivienda nueva como vivienda pública, con un promedio de 6,5 puntos.
  • Los límites de las rentas de grandes propietarios ha obtenido un total de 6,3 puntos.
  • Con 6 puntos ha quedado la imposibilidad de cambiar la calificación de vivienda pública
  • Por último, y con un total de 5,4 puntos ha quedado el recargo del IBI de hasta el 150 por ciento a las viviendas vacías.

 

Las desgravaciones fiscales para arrendadores tienen el mayor respaldo

A la hora de consultar a quienes han participado en el mercado inmobiliario en los últimos tiempos y conocen la ley, cuáles son las medidas que consideran que tienen mayor respaldo, nuevamente han sido las desgravaciones fiscales para los arrendadores quienes han ganado la batalla. Los puntos obtenidos son bastante similares al universo de personas consultadas:

  • Desgravaciones fiscales para arrendadores: 6,8 puntos
  • Instauración de la vivienda asequible incentivada, brindando beneficios a quienes alquilen a precios bajos a personas con dificultades económicas: 6,6 por ciento
  • Fondo social de vivienda 6,5 por ciento

En el otro lado de la vereda, encontramos las medidas que han considerado negativas o que han logrado poco apoyo de los consultados que han dicho conocer respecto a la ley de vivienda:

  • El sobrecargo de hasta un 150 por ciento en el IBI a las viviendas vacías 5,5 puntos
  • Reducción de la cantidad de inmuebles para considerase Grandes Tenedores de vivienda de 10 a 5 obtuvo 5,7 puntos
  • Sustitución del IPC por otro índice para actualizar los aumentos de precios en los alquileres 5,8

 A la hora de hablar de modo más general sobre las expectativas de los consultados respecto a lo que dejará la ley de vivienda, el 36 por ciento de los consultados considera que solo hará las cosas más difíciles. Por otro lado, solo el 16 por ciento considera lo opuesto.

Cuál es la valoración de los colectivos  respecto a la Ley de vivienda

Sabemos que la ley de vivienda ha dividido la opinión de la gente respecto a si puede ser buena para el sector inmobiliario y la solución de los problemas habitacionales o todo lo contrario.

Desde fotocasa, han realizado un análisis respecto a la perspectiva de los compradores, vendedores, arrendatarios y arrendadores.

Si bien algunas de las medidas que ha incorporado la normativa tienen cierta aceptación, la mayor parte tiene que ver con los grupos de oferta. Otros tantos son de los inquilinos que opinan positivamente en un mayor numero de personas que los demandantes. Y esto muchas vences tiene que ver con la situación particular de cada uno y la forma en que puede afectarlos.

Pero veamos algunos detalles para aclarar lo que queremos explicar. Los inquilinos, por ejemplo, consideran positivamente la prohibición de aumentar los precios del alquiler utilizando gastos que usualmente cubre el propietario. El porcentaje obtenido ha sido del 64 por ciento de los consultados, con una puntuación de 7,2.

La instauración de la vivienda asequible incentivada, ha recibido un apoyo del 60 por ciento, con una puntuación de 7,1 puntos.

Los arrendatarios, por otro lado, consideran una buena medida la creación del bono joven. Entre ellos, ha obtenido el 58 por ciento de respaldo y un total de 6,9 puntos.

La protección frente a los desahucios para personas vulnerables, tuvo el 61 por ciento del respaldo con 6,9 puntos.

Respecto a la ampliación de criterios para zonas tensionadas de alquiler, consiguió el 53 por ciento de apoyo con un total de 6,6 puntos.

Los demandantes, por otro lado, valoran positivamente la limitación en las subidas de los alquileres durante el 2024. También la incorporación del índice de actualización de los valores y por último el cambio en la consideración del gran tenedor de vivienda en el que se ha reducido a 5 viviendas.

Al intentar analizar un poco más en profundidad lo que puede generar la ley de vivienda, muchos consideran que utilizar medidas punitivas e incluso con carácter de obligatorias que son impuestas en el mercado de alquiler, suele tener efectos negativos y opuestos a los esperados.

La realidad es que esta normativa, ha sido aprobada sin haber permitido la participación del sector. Esta situación ha llevado a que se genere descontento y contraposición.

En Barcelona, por ejemplo, se puede ver respecto a la contención de rentas de 2020. En ese momento la oferta de vivienda asequible desapareció. Es que los propietarios entienden que las acciones que ha fijado la normativa para incentivar, atraer y motivarlos a incorporarse a este mercado, los hacen sentir mas seguros tanto fiscal como jurídicamente, y son consideradas positivas. Quizás esto tiene que ver con que el sector recibirá con buena cara la posibilidad de fomentar el parque público de vivienda pero sin llegar a traspasar la responsabilidad a los particulares.

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En los últimos días se han dado a conocer nuevas medidas respecto a la vivienda que se implementarán en la Comunidad de Madrid. El plan ha sido informado por Isabel Días Ayuso, la presidenta de la comunidad.

Cuenta con un total de diez nuevas medidas respecto a la vivienda durante este año y el que viene. En él, se incorporan incentivos fiscales, deducciones del IRPF y mucho más.

En este artículo te contaremos en detalle cuáles son las nuevas medidas respecto a la vivienda que se pondrán en marcha en la Comunidad de Madrid. ¿Nos acompañas?

De qué se tratan las nuevas medidas respecto a la vivienda que se han planteado incorporar la Comunidad de Madrid

Uno de los cambios que se ha anunciado tiene que ver con una deducción en el IRPF del 25 por ciento. Podrá ser tomado por aquellas personas que tengan una hipoteca y hayan tenido que afrontar una subida en el interés de la cuota en comparación con el mes de diciembre del 2022.

Otra de las modificaciones, tiene que ver con un cambio respeto al uso de suelo de oficinas. Cabe aclarar que el mismo será temporal. Será un seguro de impago gratuito durante más anualidades y también más oferta en los que son considerados pequeños municipios de la región.

Algo importante a destacar respecto a la Comunidad de Madrid, es que en los últimos años se ha logrado consolidar como la capital, e incluso la región que tiene mayores expectativas tanto de crecimiento como de desarrollo del continente. Explican que para poder abordar los cambios que esta proyección puede generar es necesario poner foco en la vivienda y transformarla en un aliado para conseguir este objetivo.

En este mismo sentido, Ayuso ha convocado a la reunión del Pacto Regional por la Vivienda. Fue llevado a cabo en la sede de la Consejeria, el Pabellón Antonio Palacios. Allí han participado 30 entidades, y la mandataria ha destacado un nuevo proyecto. Este tiene que ver con la creación de lo que se denominó como “versión plus” del Plan Alquila y Mi Primera Vivienda.

Detallaremos a continuación las 10 medidas que integran este plan respecto a la vivienda que se pondrá en marcha en la Comunidad de Madrid.

Nuevas medidas respecto a la vivienda: Plan Alquila Plus

Esta nueva edición, plantea nuevos incentivos. Ahora se ampliarán a tres anualidades el seguro de impago gratuito. Antes, en este mismo sentido, solo se permitían dos para los menores de 35 años y uno en el resto de los inquilinos.

Por otro lado, con el fin de movilizar pisos que se  encuentran desactualizados, se pondrá en contacto a los futuros arrendatarios con empresas que se encarguen de realizar rehabilitaciones.

También se trabajará sobre el Alquila Comparte. Se buscará ofrecer seguridad jurídica a los propietarios que decidan incorporar habitaciones a la renta. 

El Plan Mi Primera Vivienda Plus

Se han planteado mejoras en este programa, con el fin de facilitar el acceso a una hipoteca. Estas están destinados a los madrileños menores de 35 años. Allí se brindará una extensión en la financiación que pasará del 95 a 100 por ciento, aumentando también la edad hasta los 40 años, las familias numerosas y monoparentales.

Las rebajas fiscales dentro de las nuevas medidas respecto a la vivienda

También, se ha avanzado con un plan de medidas de rebajas fiscales tanto para la compra como para el alquiler de viviendas. Con ello, se prevé un ahorro de casi 100 millones de euros.

Respecto al IRPF, habrá una bonificación del 25 por ciento de la diferencia en los intereses abonados a diciembre del 2022 por las subidas en los créditos hipotecarios. El límite anual será de 300 euros y siempre que el préstamo sea de hipoteca variable.

Se incorpora, además, una deducción de 1.000 euros en el mismo tributo para los propietarios que realicen nuevos contratos de arrendamiento de viviendas que hayan estado en desuso en un plazo mayor a un año. Cabe aclarar que deberán tener una duración efectiva mayor a los 3 años.

Nuevas medidas respecto a la despoblación y la vivienda

Otras de las nuevas medidas respecto a la vivienda, tiene que ver con la necesidad de trabajar en la despoblación de algunos pueblos de la región. Se calcula que hoy en día hay un total de 73 pueblos que cuentan con menos de 2.500 habitantes. Por ello, se han planteado incentivos fiscales para los jóvenes de menos de 35 años que se muden a estos lugares. Esto puede ser para compra, reforma o alquiler.

También, se plantea una deducción de 1.000 euros por traslado a dichas localidades en el período impositivo en el que se efectúe. Será necesario que esta vivienda se mantenga durante todo ese año y los tres siguientes.

Se ha fijado también una rebaja en el IRPF para la compra o rehabilitación del domicilio habitual. Será del 10 por ciento del coste, con un límite anual de 1.500 euros. A ella se le sumará otra del 100 por ciento en los Impuestos de Transmisiones Patrimoniales para la compra de viviendas de segunda mano y de Actos Jurídicos Documentados para un inmueble a estrenar.

Se creará también una línea de ayudas para impulsar la obtención municipal de terrenos para inmuebles de obra nueva o la renovación en localidades que cuenten con menos de 20.000 habitantes.

Cambios en la vivienda protegida

Se prevé la aprobación del Reglamento de Vivienda con Protección Pública. Con ella se intenta redundar en una mayor cantidad de actividad para recuperar la figura del arrendamiento con posibilidad de compra.

Además, continuará potenciando un marco regular estable y transparente para ello. Esto se logrará con un Consejo Arbitral como instrumento vanguardista y de referencia para la resolución de conflictos que permita evitar la vía judicial.

Dentro de la misma línea se ha planteado también la actualización de los precios de la vivienda protegida. Allí se fijan precios máximos para la renta y venta de vivienda que se enmarquen en esta categoría.

Nuevas medidas legislativas más flexibles respecto a la vivienda

Ayuso ha explicado que durante los próximos años se buscará facilitar la posibilidad de cambiar el uso de los edificios y suelos destinados para oficinas si se transforman en viviendas para alquiler asequible. La finalidad será poder acortar los plazos y flexibilizar los trámites para la edificación y desarrollo de nuevos suelos.

La industrialización también recibirá nuevas medidas

Según han informado desde la Comunidad de Madrid se seguirá trabajando para crear la mayor hub de industrialización del país. Es que con ello se podrá avanzar en un método de edificación que aporta grandes beneficios. Disminuye los costos económicos, ambientales, reduce los tiempos y los riesgos laborales.

Nuevas medidas respecto a la vivienda y el acceso de las cooperativas a los préstamos.

Otra de las nuevas medidas respecto a la vivienda que se ha conocido tiene que ver con intentar impulsar la promoción de la vivienda en alquiler asequible. Para ello, se facilitará que las cooperativas puedan acceder a préstamos de protección pública. Para ello podrán contar con el aval de la Comunidad por medio de Avalmadrid.

Solicitudes al Gobierno Central

Respecto a la vivienda, Ayuso ha explicado que es responsabilidad del Gobierno poder abordar y hacer algo respecto al problema de la okupación ilegal. Es que considera que es necesario que los propietarios y los inversores puedan tener las máximas garantías respecto a la seguridad jurídica para lograr solucionar el problema habitacional.

Tampoco ha perdido tiempo de hacer referencia a la ley de vivienda a la cuál catalogó de nefasta, que genera perjuicios en la oferta y las subidas en los precios de los pisos.

Ha explicado también que su objetivo es el de ir en sentido contrario. Es que busca distintas forma de aumentar la oferta de vivienda y consolidarse como una región atractiva tanto para la inversión como para las familias. Para ello, es necesario transformar las áreas urbanas y hacerlas más habitables confortables y accesibles para todo tipo de economías

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Tener que transitar por una separación no es nada fácil. Es un proyecto que queda trunco. No importa cuáles fueron los motivos que la propiciaron. Uno de los puntos que luego deberán acordar, tiene que ver con los bienes. Si hay hijos de por medio, quién se quedará con la casa, si es mejor venderla. Estas son algunas de las preguntas que surgirán en este proceso. Pero, ¿es posible vender la vivienda familiar tras un divorcio? Es una de las preguntas más comunes que surgen en este punto.

En este post nos encargaremos de darte toda la información que necesitas sobre cómo vender la vivienda familiar tras un divorcio. También te contaremos de que forma puedes transferir la vivienda en caso de no lograr un acuerdo entre las partes. ¿Nos acompañas?

Cómo vender la vivienda familiar tras un divorcio: dependerá del régimen conyugal

A la hora de divorciarse, no solo deberás preocuparte por la parte emocional, sino que habrá que decidir como será la división de los bienes. Un tema central, suele ser la vivienda familiar. Es que si se ha adquirido durante el matrimonio una casa, ésta puede que sea un 50 por ciento de cada uno. Una de las claves en este punto, suele ser si tienen hijos pequeños. Pero veamos un poco más en detalle que sucederá con la propiedad.

Existen algunos puntos principales que se deben tener presentes en el caso del reparto de la vivienda. Es el régimen en el cuál se encuentra enmarcado el matrimonio. De ello dependerá la forma en que los bienes serán repartidos.

Si es de régimen ganancial, debes saber que todas las ganancias y beneficios que ambos cónyuges hayan adquirido durante el tiempo en el cuál estuvieron casados serán de ambos. Por ello, cuando se fija este tipo de mitología, el patrimonio será común.

Cabe aclarar que existen dos tipos de bienes. Uno es el privativo: estos son los que cada uno poseía antes de la sociedad ganancial. Son los inherentes a la persona como ropa, objetos de uso personal que no se consideren de valor extraordinario. El otro es lo que se conoce como bien común. Aquí nos referimos a los que se han adquirido por el trabajo o la industria de los cónyuges que pasarán a formar parte de dicha sociedad. También entran dentro de esta categoría lo obtenido por rentas de los bienes privativos y comunes que han adquirido durante la unión.

El régimen de separación de bienes, por otro lado, es en el cuál, los miembros de la pareja tiene un patrimonio propio. O sea que no existirá una unión o sociedad. En el caso en que ambos compren un bien en conjunto, cada uno tendrá un porcentaje de la vivienda, siendo ambos propietarios, pese a no tener un patrimonio en conjunto, Así ambos aportarán a las cargas matrimoniales.

En tercer lugar se encuentra el régimen de participación. Aquí los cónyuges tendrán su autonomía respecto a su patrimonio en el tiempo en que el matrimonio continúe. En el caso en que decidan divorciarse, se tendrá que realizar una separación como una sociedad ganancial.

Aspectos a tener en cuenta para vender una vivienda tras un divorcio

Si bien puede parecer fácil decidir vender una vivienda familiar tras un divorcio, lo cierto es que hay aspectos que deberás tener en cuenta para poder hacerlo.

En primer lugar, como explicamos anteriormente, dependerá del régimen matrimonial que se haya fijado. Pero no es el único. También tenemos que valorar aspectos como si existen hijos en común o si hay una hipoteca sobre dicho inmueble.

Si hubiera hijos menores de edad, debes saber que es posible vender la vivienda tras el divorcio. Para poder hacerlo, deberás solicitar la autorización de un juez. De esta forma, él analizará y sopesará la situación en búsqueda del bienestar de los menores.

Por otro lado, si la vivienda se encontrara hipotecada, también será posible vender la vivienda tras el divorcio a un tercero. Para ello, será necesario llevar adelante la venta formal. Con el dinero obtenido por la transacción se cancelará el préstamo solicitado. En caso de que haya una ganancia, luego de abonar la deuda, deberá repartirse equitativamente.

Los distintos regímenes gananciales y su significación a la hora de transferir una vivienda

Al unirnos en matrimonio, se optará por un tipo de régimen matrimonial, y esta modalidad, definirá aspectos de cómo será posible vender la vivienda tras un divorcio.

Mediante el régimen ganancial, en el caso de pasar por un divorcio, tras vender la vivienda, cada uno de ellos recibirá el 50 por ciento de ella. O sea que cada uno recibirá la misma cantidad de dinero. Debes tener presente que hasta que no se haya realizado la disolución del matrimonio, no será posible realizar la venta del inmueble.

En el régimen de separación de bienes, por otro lado, no será necesario llegar a la disolución. Es que, en esta metodología, cada cónyuge cuenta con un porcentaje del inmueble, por lo que así será cuestión de acordar el monto por el que se venderá la vivienda y realizar la división del dinero.

Por último, en caso de que sea una pareja de hecho, cada uno podrá acordar con el otro. Es que ellos son copropietarios de la vivienda. Recuerda que para poder vender necesitarás ponerte de acuerdo con la otra parte.

Qué sucede, si no hay un acuerdo de las partes para vender la vivienda

Si bien, lo cierto es que para poder vender una vivienda tras el divorcio, lo mejor y más fácil es lograr llegar a un acuerdo para poder efectuar la transacción, muchas veces no es posible.

En estos casos, es posible recurrir a un juez para intervenir en la situación. En general y si no hay hijos en el matrimonio, la venta de la vivienda tras el divorcio se llevará adelante por medio de una subasta pública. Ten presente que allí, las condiciones no serán provechosas para ninguno de los cónyuges. Es que por medio de esta modalidad, suele venderse a un precio menor al que le corresponde. Habitualmente podría reducirse entre un 20 y un 30 por ciento.

Por ello, te recomendamos que trates de todas las maneras posibles llegar a un acuerdo para realizar la transacción y no perder dinero en el proceso.

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Por medio del Real Decreto 117/2024 puesto en vigencia el 30 de enero, se han incorporado las Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF e Impuesto de sociedades. Puede que en poco tiempo, esta sea la única forma de hacerlas. Por ello es importante que puedas conocerlas.

Cabe aclarar que solo falta que se pongan en circulación todos los modelos para poder realizarlos. Estas serán muy útiles principalmente para aquellos contribuyentes que hayan cometido pequeños errores. De esta manera, la equivocación cometida podrá modificarse de forma automática por medio de estas Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de sociedades. Así se podrá evitar tener que efectuar un procedimiento rectificativo en Hacienda que suele tardar meses en resolverse.

En este post te contaremos todas las novedades de estas nuevas Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y el Impuesto de Sociedades. Así que no dudes en prestar atención a la información que te traemos. ¿Nos acompañas?

Novedades de Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y el Impuesto de Sociedades

La posibilidad de realizar la rectificación exprés ya está en marcha. Esta nueva manera, podría ser dentro de poco la única posibilidad de realizar modificaciones por errores en la carga de datos al realizar las presentaciones de estos tributos.

El día 30 de enero se ha aprobado el Real Decreto con el número 117/2024. Allí se ha autorizado la utilización de las Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de Sociedades. Con esta nueva modalidad, será posible una rectificación exprés para corregir errores. De esta forma podrán los contribuyentes evitar tener que realizar un procedimiento, que suele ser bastante largo con Hacienda para solucionarlos.

El nuevo sistema permite corregir el error que hayas tenido de forma automática por medio de estas Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de Sociedades.

Pese a ello, a la hora de analizar el sistema, surgen algunas dudas. Por ejemplo, ¿qué sucede si a la hora de realizar el procedimiento Hacienda no acepta nuestras modificaciones? ¿Los Tribunales tendrán en cuenta las justificaciones? Es que es posible que en este tipo de situaciones, Hacienda pueda efectuar una sanción sobre el contribuyente al realizar este procedimiento pidiendo una devolución que no corresponda o ingresando toda la deuda tributaria.

Debes tener presente que ya no será posible iniciar un procedimiento de rectificación de la forma en que se efectuaba antes. La única excepción será cuando la discrepancia por la que deberás rectificar tenga que ver con la vulneración de los preceptos de otra norma. Estas pueden ser la Constitución de nuestro país, el Derecho de la Unión Europea, algún Tratado o Convenio Internacional. 

Dudas que surgen sobre las Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de Sociedades

Así que todos los contribuyentes se encontrarán obligados a realizar las Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de Sociedades. Por lo que si han cometido un error a su favor o a favor de Hacienda, esta corrección deberá realizarse por medio de esta modalidad. Pero pese a que puede ser una buena forma por la que achicar los tiempos para aquellas personas que tengan que corregir un error en la presentación, hay otro punto que deberás tener presente. Con la nueva metodología no será posible que el contribuyente pague para luego, cuando lo haya hecho pueda solicitar la rectificación.

Esta nuevas rectificativas se cargarán casi  instantáneamente, con lo que la autoliquidación definitiva tendrá en cuenta dicha modificación. Pese a ello, debes saber que luego Hacienda podrá analizar la información para corroborar que todo esté correcto y aprobar la declaración.

Otro punto que será necesario recordar a la hora de realizar las Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de Sociedades, tiene que ver con que luego de que Hacienda analice la información presentada, puede que no acepte las modificaciones realizadas. En este caso, la entidad no solo no regularizará la situación del contribuyente, rechazando la presentación, negando que se efectúe esta devolución solicitada o exigiendo la deuda. También, iniciará una sanción por la solicitud indebida de devoluciones, por no ingresar la totalidad del monto que debería pagar o por la deuda tributaria.

Ante esta situación, es difícil saber de que manera el contribuyente pueda ejercer su derecho de discrepar respecto al criterio que tenga Hacienda, con la seguridad de que no tendrá que afrontar una sanción tributaria por interpretar equivocadamente algún aspecto de la declaración o incluso por un error de interpretación. 

Problemas con la nueva metodología de rectificativas

La nueva modalidad que se pondrá en vigencia, tiene un problema. Es que en las Autoliquidaciones Rectificativas de IVA, IRPF y del Impuesto de Sociedades, no permite la exposición de las razones que han llevado al contribuyente a subsanar algún error. Solo funciona como una declaración complementaria. Esto significa que se vuelve a presentar la autoliquidación modificando los datos en los que se hayan cometido errores.

Con esta metodología, a Hacienda le llegará la corrección de los datos que se han presentado y el nuevo total resultante. No sabrá la justificación ni fundamentación que ha generado el cambio.

El contribuyente deberá aportar un documento en la sede electrónica de la AEAT donde informe los motivos de la rectificación. Ahora, si esto no pudiera ser posible, sería conveniente efectuar la presentación de la justificación razonada por el registro de entrada y relacionarla con la autoliquidación que se ha efectuado.

Pero, te preguntarás porque hacer todo esto. Es que así, en el caso de que la autoliquidación sea rechazada por la Agencia y se niegue a realizar la devolución solicitada o exija la deuda total conseguirás así por lo menos que no ejerza una sanción.

Actuando de esta manera, podrías tener una posibilidad de que en los tribunales se invoque la razonabilidad de la interpretación y que al justificar los motivos por los que generaste la rectificativa. Así podrás defender que tu posición tiene que ver con una diferencia de interpretación respeto al criterio que sostiene Hacienda.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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