Autor

May

Explorar

Vender la nuda propiedad es una práctica cada vez más habitual. Es que por medio de ella es posible transferir tu vivienda pero seguir viviendo en ella.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber de esta práctica y cómo puedes sacarle el mejor rédito. ¿Nos acompañas?

 

La nuda propiedad

Se trata del derecho de una persona sobre una cosa de la que es propietario, sin embargo, no puede usarla porque ese derecho se encuentra reservado a un tercero, que posee su usufructo.

Al adquirir una vivienda, un coche o cualquier otra cosa, lo más habitual es adquirir lo que se conoce como la plena propiedad o pleno dominio. Esto quiere decir que, el bien es nuestro y podamos hacer uso de él cuando lo deseemos. No obstante, estos dos derechos pueden ser divididos entre la nuda propiedad y el usufructo.

Hace referencia a la propiedad de la vivienda, en otras palabras, a quien es el dueño del bien. Mientras que, el usufructo se refiere al derecho a utilizar la casa en toda su extensión.

¿Qué es el usufructo?

Según el artículo 467 del Código Civil, el usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos. El titular del usufructo, al que se llama usufructuario, tiene derecho a percibir todos los frutos naturales, industriales y civiles de la cosa (artículo 471).

Puede aparecer el usufructo por diversos motivos:

1. Por herencia: un testador deja la propiedad a una persona y el usufructo a otra o, la ley da la legítima al cónyuge sobre el usufructo de bienes en el caso de la sucesión no testamentaria.

2. Por compraventa: el propietario u otra persona que tenga ya el usufructo puede venderlo. Es decir, que el dueño podrá vender el usufructo y reservarse la propiedad. También, puede suceder al revés. Es decir, que una persona que es propietaria de un bien venda la propiedad, pero se reserve el usufructo.

Según cómo y por qué ha aparecido, el usufructo tiene una duración determinada. Dependerá entonces de su título inicial. Puede ser por un período determinado o condicionada a que suceda algún evento del que no se conoce el momento.

Es posible también que sea vitalicio. Así, el usufructo continuará mientras viva una o varias personas. Este es el caso más frecuente, porque no suelen darse usufructos de duración determinada.

La nuda propiedad y el usufructo: ¿qué diferencias tienen?

La nuda propiedad y el usufructo son derechos distintos. Te enumeraremos algunas de sus diferencias para que todo quede más claro.

  • El nudo propietario es el propietario pero no tiene el uso y disfrute.
  • El usufructuario tiene el uso y disfrute pero no la propiedad.
  • El nudo propietario solo podrá disfrutar de la vivienda cuando termine el usufructo.
  • El nudo propietario no puede alquilar la vivienda, pero sí vender la nuda propiedad a un tercero.
  • El usufructuario puede alquilar la vivienda y obtener una renta. También puede vender el usufructo a un tercero.
  • El usufructuario podrá disfrutar de la vivienda mientras dure su derecho.

Podemos resumir hasta aquí, que aunque el nudo propietario es el dueño de la vivienda, prácticamente no tiene nada. Es por eso que se dice que la nuda propiedad es la “propiedad desnuda”.

¿Es posible comprar solo la nuda propiedad de una vivienda?

La respuesta a esta pregunta es si, se puede comprar la nuda propiedad de una vivienda. Se trata de una opción que por lo general no se tiene en cuenta hasta que te la encuentras al momento de buscar vivienda.

Ventajas de estas transacciones

Comprar la nuda propiedad de la vivienda tiene sus ventajas a comparación del pleno dominio. El principal punto a favor se encuentra en el valor. Es posible obtener grandes rebajas sobre el coste de mercado de la vivienda si únicamente adquieres la nuda propiedad. Para ser precisos, podrás comprar entre un 30% y un 50% más barato. El descuento puede variar dependiendo de las condiciones del usufructo o bien, si se pacta o no un alquiler. A cambio, será necesario esperar para poder utilizar la vivienda.

Esta puede tratarse de una buena opción para comprar una vivienda de segunda mano si dispones de tiempo, no te molesta esperar y lo que más te interesa es el valor. Ten en cuenta que, es fundamental dejar todo bien aclarado en el contrato de compraventa.

Solicitar una hipoteca por la nuda propiedad

Una de las preguntas más frecuentes a la hora de comprar la nuda propiedad de una vivienda es qué sucede con la financiación. Las entidades bancarias conceden hipotecas para comprar la nuda propiedad de la vivienda. Es posible hipotecar la nuda propiedad, sin embargo, no el usufructo. Ten en cuenta que el usufructuario no es el dueño de la vivienda.

Podemos encontrar préstamos hipotecarios para la compra parcial de la vivienda. La diferencia con una hipoteca al uso es que el préstamo solo afecta a la nuda propiedad y eso puede verse reflejado en el coste de tasación de la vivienda en la hipoteca.

En todo caso, los préstamos hipotecarios sobre la nuda propiedad no representan una operación excepcional. Este tipo de compraventa crece a pasos agigantados, a un ritmo del 52% durante los últimos años. Es por esto que las entidades se han habituado a cubrir este tipo de situaciones.

Derechos del nudo propietario

  • Derecho de propiedad: el nudo propietario conserva la propiedad del bien aunque no tenga derecho a su uso y disfrute.
  • Derecho a que se le restituya el uso y disfrute: el nudo propietario recuperará el uso y disfrute del bien una vez se extinga el usufructo, consolidando en su persona el pleno dominio.
  • Derecho de hipotecar la nuda propiedad: el nudo propietario podrá solicitar un préstamo hipotecario sobre la nuda propiedad de un bien inmueble, aunque no disponga de su usufructo.
  • Derecho a realizar obras y mejoras: el nudo propietario puede realizar obras y mejoras en el inmueble usufructuado, siempre y cuando no perjudique con ellas al usufructuario.
  • Derecho a vender la nuda propiedad: el nudo propietario podrá vender la nuda propiedad a un tercero siempre y cuando se respeten los derechos del usufructuario. Aunque cambie el nudo propietario, el usufructuario seguirá disponiendo del uso y disfrute del bien.

Obligaciones del nudo propietario

  • Hacerse cargo de las reparaciones extraordinarias: el nudo propietario debe hacerse cargo del pago de las reparaciones extraordinarias del bien.
  • Hacerse cargo del pago de impuestos y tributos: el nudo propietario es el encargado del pago de todos los impuestos sobre el bien usufructuado, con la única excepción del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
  • Respetar el derecho del usufructuario: el nudo propietario no podrá, en ningún caso, realizar alteraciones en el bien que perjudiquen al usufructuario.
  • Hacerse cargo de los gastos de comunidad: según ha confirmado el Tribunal Supremo, es el nudo propietario el responsable de abonar los gastos de comunidad, y no la persona que disponga del usufructo.
  • Hacerse cargo de la hipoteca: en caso de que al constituirse el usufructo del bien este se encuentra hipotecado, será obligación del nudo propietario afrontar el pago de las cuotas correspondientes.

Nuda Propiedad: La mejor opción para vender si eres jubilado

Te sientes agotado, muy cansado, pero con ganas de experimentar nuevas aventuras. El esfuerzo de años de trabajo ha provocado que tengas una vejez en tu casa, para disfrutar del descanso, de las visitas familiares, un lugar en el que puedas disfrutar de lo que te resta de vida; que puede ser muchísima si se la sabe aprovechar.

No obstante, es común que el dinero que recibas de tu jubilación no sea suficiente para salir a buscar nuevos desafíos y surja el planteamiento de estrategias para obtener dinero. Con él, puedes viajar a dónde quieras, comprarte algo que deseas hace mucho tiempo o solamente darte la posibilidad de tener una mejor calidad de vida.

Si ya pensaste en todas las alternativas que se te vienen a la cabeza y ninguna te propone disfrutar y al mismo tiempo generar ingresos, la nuda propiedad es tu trampolín hacia la victoria.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Vender la nuda propiedad es solo transferir aquel derecho de una persona sobre una cosa en la que su relación con ella es de ser única y solamente propietario. Como propietario, tiene el dominio sobre la cosa, pero no ostenta la posesión por haber sido cedida ésta a través de un derecho real denominado usufructo.

Cada vez son más las personas que deciden realizar esta transacción con el fin de poder continuar habitando su vivienda. Debes tener presente que al hacerlo podrás tener ventajas y desventajas. Por ello antes de tomar una decisión te recomendamos que analices bien tus opciones.

Poder conocer cuáles son los riesgos que corres te permitirá poder adelantarte a cualquier inconveniente que puedas enfrentar en el futuro. Ademas podrás tener un plan alternativo ante una eventualidad. Recuerda que hacer este tipo de transacciones, debe ser algo meditado.

En este post te contaremos cuáles son los riesgos y beneficios que puedes afrontar si decides vender la nuda propiedad de tu vivienda o si deseas adquirir un inmueble bajo esta metodología. ¿Nos acompañas?

¿En qué consiste vender la nuda propiedad?

La venta de la nuda propiedad reporta ventajas a las dos partes, pero también conlleva algunos riesgos que conviene conocer antes de tomar la decisión final.

Vender la nuda propiedad es una opción cada vez más válida para aquellas personas que deseen vender su casa sin dejar de vivir en ella. Así, pueden continuar disfrutándola el resto de su vida y, a la vez, obtienen un beneficio económico inmediato a cambio de ceder la nuda propiedad de su vivienda.

¿Quién puede usar esta modalidad para vender su casa?

Debes saber que cualquier persona que así lo desee puede poner en venta su propiedad de esta manera. Sin embargo, existe un perfil que es el más habitual en estos casos. Kenari Orbe asegura que esta alternativa “está pensada principalmente para las personas mayores, ya que en muchos casos las pensiones de jubilación no garantizan un adecuado nivel de vida.” Además de esta forma, podría utilizar el dinero para emprender nuevas aventuras.

De hecho, este perfil de vendedor podría incluso ampliarse con el tiempo. Debido al problema demográfico que sufre nuestro país y al posible debilitamiento del sistema de pensiones, el interés por la venta de la nuda propiedad “puede aumentar entre las personas mayores jubiladas o con edades cercanas a la jubilación”, apunta Orbe.

Cuestiones previas a tener en cuenta antes de vender la nuda propiedad de tu vivienda

Antes de proceder a la venta de la nuda propiedad de su vivienda habitual, el propietario deberá valorar algunos puntos clave de esta operación. El primero de todos ellos es que “las facturas de los suministros deben ser abonadas por el vendedor/usufructuario”, explica Kenari Orbe. Por ello, este gasto deberá continuar haciéndolo el propietario del usufructo. Es que debes tener presente que es un gasto que se genera al habitar la vivienda.

Por otro lado, no son pocas las ocasiones en las que, además de vender la nuda propiedad, se decide también alquilar una parte o la totalidad del inmueble a un tercero. Esto es posible hacerlo, pero se tendrá que asumir que el contrato de alquiler termina cuando termina el usufructo. O sea, cuando fallece el vendedor, señala Orbe. Por eso, será necesario dejar este punto en claro el arrendatario, para evitar problemas en el futuro.

Kenari Orbe también señala como punto importante de esta operación la titularidad del inmueble en cuestión. Esto se debe a que en estos casos pasa al comprador de manera irrevocable. Así, “los herederos legales del vendedor no podrán revocar la operación y, por tanto, no recuperarían la casa”, recuerda Orbe.

Los riesgos que se asumen

Lo primero que el comprador debe tener en cuenta es que no podrá disponer de la propiedad de inmediato. Esto supone que no podrá vivir en ella y que, en caso de querer venderla, “deberá hacerlo de forma que se respete el derecho de usufructo”. Es decir, el nuevo comprador deberá acogerse también a las condiciones de la nuda propiedad. Debes tener presente que es muy posible que te resulte más dificultoso encontrar a otro propietario que quiera acogerse a esta clausula. Debido a ello, si necesitas vender de manera urgente la vivienda, puede ser un problema.

Por otro lado, puede considerarse un inconveniente el hecho de no conocer exactamente el estado en que se recibirá la propiedad cuando cese el derecho de usufructo. Por otro lado, según Kenari Orbe, si el comprador desea hacer cualquier obra o reforma en la propiedad deberá consultar. Este tipo de acciones deben ser acordadas con el usufructuario . Este punto deberás tenerlo presente ante cualquier tipo de intervención en el inmueble. Ten presente que estas reformas, deberán realizarse mientras el usufructuario se encuentre habitando la vivienda, por lo que deberá estar de acuerdo con tener su hogar en obra.

Por último, el comprador debe valorar el hecho de que “serán a su cargo los gastos de notario, de Registro de la Propiedad, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y la Plusvalía Municipal. Y, en el momento en el que fallezca el vendedor, deberá abonar el importe del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Además, el nudo propietario deberá hacerse cargo también del pago de los gastos generales de la Comunidad de Propietarios”.

Por todo lo que te comentamos, sería prudente que puedas analizar bien la situación, con el fin de poder establecer si es una buena inversión para ti. Es importante que puedas sopesar tus opciones para poder tomar la mejor decisión.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, desde su creación ha sido establecido como un tributo temporal. Pese a ello, desde el Consejo General de Economistas, plantean otra posibilidad. Según explican, sería muy probable que se pueda sostener a lo largo de los próximos años. Esta postura, ha sido conocida dentro de la presentación que han realizado de los documentos de la Planificación de la Renta 2023 y el Cierre fiscal del Impuesto sobre Sociedades 2023.

Debemos recordar que, en días pasados, el Tribunal Constitucional ha decidido respaldar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Esta situación se ha dado, luego que la Comunidad de Madrid realizara una recusación al tributo. Este gravamen, se había establecido por la necesidad de lograr recaudar fondos para las arcas del estado. Este dinero, sería destinado a lograr paliar los efectos de la grave crisis del Covid en nuestro país que ha tenido que enfrentar el mundo entero.

En este post te contaremos todas las novedades respecto al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y te contamos sobre la posibilidad de que se extienda su vigencia. ¿Nos acompañas?

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas podría extender su vigencia

Luego de que el Tribunal Constitucional haya decidido respaldar el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, desde el Consejo General de Economistas, han alertado que consideran que este tributo duraría más de los previsto en su creación. Ahora, aquellos grandes patrimonios que hasta el momento no debían afrontar ningún tipo de gasto por él probablemente busquen realizar cambios en sus inversiones para poder reducir el coste fiscal.

Desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales, perteneciente al Consejo General de Economistas, han elaborado dos documentos en los que expresan la posibilidad de que continúe en vigencia el tributo que se encarga de gravar los patrimonios superiores a los 3 millones de euros. Cabe recordar que desde la Comunidad de Madrid habían realizado una presentación de inconstitucionalidad.

Allí se establecían distintos puntos por los que el gobierno de Ayuso, consideraba que se vulneraban derechos y garantías constitucionales. Pese a ello, desde el Tribunal Constitucional, no le han dado la razón. El pasado 7 de noviembre se dio a conocer la sentencia en la que reafirma el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

Pese a haber perdido la batalla, Ayuso ha informado que pretende realizar una nueva ley de manera urgente, con la que todo lo recaudado por el tributo sea transferido a la Comunidad Autónoma. Al parecer, no será la única localidad que podría tomar esta medida. Desde Andalucía, están analizando la posibilidad de llevar adelante medidas similares.

El presidente de la organización del Registro de Economistas, ha expresado que es necesario que se coordine entre todas las administraciones con el fin de brindar un mejor servicio a los contribuyentes para que ellos cumplan con las necesidades tributarias. 

Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas como es posible reducir los costes fiscales para reducir el impacto

Una de las particularidades de los documentos que han realizado desde el Registro de Economistas, tiene que ver con algunas claves para lograr aminorar los costes a afrontar en los pagos fiscales del corriente año. También, se han presentado algunas novedades, tanto legales como respecto a la jurisprudencia de las últimas modificaciones.

Primero haremos referencia a la planificación respecto a la renta. Sobre ello, desde el Registro de Economistas, han realizado unas cien recomendaciones para los contribuyentes con el fin de minimizar el coste final del IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio. Para ello, han efectuado una diferenciación sobre los perfiles. Con esto nos referimos a si son trabajadores, empresarios, arrendadores, personas mayores de 65 años o inversores.

Por otro lado, han realizado un total de 65 recomendaciones del Impuesto sobre Sociedades. La intención es la de planificar una exitosa factura fiscal de las empresas.

Desde el Consejo General de Economistas, los fiscalistas han hablado sobre los nuevos límites que se deben tener en cuenta con el fin de reducir la factura fiscal del IRPF. Esto se debe a las aportaciones a los sistemas de previsión social. También han hecho hincapié sobre la complejidad de la normativa que puede llegar a ser un problema para desincentivar la aportación y el ahorro. Será necesario además que se tengan en cuenta los montos que serán aplicados durante el 2024 con el fin de reducir el rendimiento neto tanto para la renta de inmuebles como las nuevas deducciones por el ahorro energético.

Otro punto importante a tener en cuenta, es que es posible que este año finalicen la mayor parte de este tipo de deducciones. Por ello, explican que sería una buena medida que si algún contribuyente estuviera pensando en invertir, este es el mejor momento. Recuerda que antes de poner manos a la obra, seria beneficioso consultar los aspectos formales para poder obtener los certificados necesarios. Es que para obtener estas deducciones deberás presentar los certificados que acrediten la reducción energética

Posponer ventas y servicios

Respecto a las recomendaciones efectuadas por la entidad, otro de los puntos que han presentado, sobre el Impuesto a las Sociedades, que tiene que ver con la posibilidad de realizar algún tipo de inversión en ahorro energético. Es que muchas empresas están analizando la posibilidad de realizar algunas tareas de rehabilitación. Mediante estas acciones se busca mejorar el autoconsumo de servicios, por medio de por ejemplo la incorporación de paneles solares o placas fotovoltaicas. Si tu empresa se encuentra en esta situación debes tener presente que es posible amortizar de manera libre hasta 500.000 euros. Pero para ello, será necesario que la reforma se realice y este en funcionamiento en el transcurso de este año.

Es importante que recordemos que el Constitucional ha decidido avalar la legalidad del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Será bueno que tengas en cuenta todas las opciones presentes para reducir los costes de los impuestos y tributos. Poder planificar y acelerar algunas inversiones puede brindar mayor rentabilidad y minimizar el coste fiscal.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Una de las dudas que suele surgir tiene que ver con si es posible vender una vivienda con deudas. Es que la situación económica de nuestro país puede ser un problema. El aumento de la inflación, las subidas en los servicios, ha traído problemas grandes a las familias para cubrir los gastos básicos. Por ello, en muchos casos algunas familias han tenido que dejar de abonar impuestos referidos a la vivienda.

Lo cierto es que la ley no prohíbe la posibilidad de vender una vivienda con deudas. Lo que debes tener presente es que puede generar serios problemas para la persona que esté interesada en comprarla. Por esta razón, deciden no realizar la compra, con el fin de evitar el inconveniente.

En este post queremos contarte sobre las posibilidades y problemas que puede conllevar el hecho de vender una vivienda con deudas. ¿Nos acompañas?

Es posible vender una vivienda con deudas

Si te encuentras en una situación apremiante, por la que necesitas realizar la venta de una vivienda con deudas, debes tener presente algunos aspectos importantes.

Lo primero que debemos dejar claro es que la ley no te impide hacerlo. Pero, es muy posible que los compradores rehúyan a este tipo de compras.

Ante esta situación es necesario que analices el tipo de deudas que posee la vivienda. Esto se debe a que no es lo mismo que los pagos sean de una hipoteca, que de gastos de la comunidad de propietario, incluso de suministros del inmueble.

La situación económica actual que atraviesa nuestro país ha generado dificultades. Por un lado, el Euríbor se ha disparado, el Banco Central ha llevado adelante subidas en los tipos. Esta medida, ha sido para poder detener la inflación que azotaba todo el continente. Pero ha traído como consecuencia, un endurecimiento en las condiciones de las hipotecas e importantes subidas en los costes mensuales de los pagos. Así, muchos ciudadanos han tenido muchos problemas para poder hacer frente a los gastos de la vida diaria y los préstamos solicitados. Por este motivo, muchas familias han tenido que vender sus inmuebles

Pero al tomar la decisión de vender,  suele ocurrir que no se pueda hacer frente a las deudas, con lo que se ven en la obligación de vender una vivienda sin haber logrado dejar las cuentas en cero.

Distinguir el tipo de deudas con las que cuenta una vivienda antes de vender

Es importante que puedas distinguir el tipo de deudas que tiene tu vivienda antes de vender. Debes tener en claro que pueden ser de distinta naturaleza. Ellas pueden ser: hipotecarias, gastos de la comunidad de propietarios, facturas  impagas de suministros o tributarias.

A la hora de vender una vivienda que cuenta con deudas, debes saber que tendrás que informar que existen cargas pendientes sobre ella a los interesados en adquirirla. Para ello, deberás informar que tipo de cargas pendientes existen sobre el inmueble. Es que así, será posible que quienes quieren adquirir el inmueble, sepan la situación. Así no habrá problemas más adelante y decidan cancelar la transacción. Siempre es mejor ser honesto, e informar estas situaciones para evitar problemas antes de firmar. Más que nada teniendo en cuenta que las cargas pendientes, dependiendo de su naturaleza, se transfieran a los nuevos propietarios.

Qué sucede con las deudas tributarias al vender una vivienda

Las deudas tributarias a la hora de vender una vivienda, son por ejemplo las del impuesto de Bienes Inmuebles, o tasas de basaura. A la hora de transferir una vivienda, estos impuestos pasarán a los nuevos propietarios. Pese a eso, debemos aclarar que deberán hacer frente solo a la deuda de los últimos dos años.

Si necesitas averiguar si existen deudas en un inmueble, será posible acercarse al organismo responsable. Este sería el Ayuntamiento de la localidad en la que se encuentra emplazado.

Deudas por impago de la hipoteca

Este tipo de deudas a la hora de vender una vivienda, es una de  las más habituales. Esto se debe a los problemas de las subidas en el Euribor. Para poder averiguar si un inmueble posee deudas de este tipo, será necesario solicitar una nota simple. Este trámite debe realizarse en el Registro de la Propiedad. Solo deberás contar con algunos datos del inmueble. El documento, contiene la información sobre las cargas que posee el inmueble, y también figurarán los datos de los propietarios.

En estos casos, generalmente el nuevo propietario suele solicitar una nueva hipoteca. Luego de ello, con el dinero recibido el antiguo propietario podrá cancelar la suya.

Las deudas en los suministros

Otro tipo de deudas que pueden existir a la hora de vender una vivienda, pueden tener que ver con los suministros. Estos gastos, son bastante habituales aunque pueden generar problemas para los nuevos propietarios, si deciden comprar el inmueble.

Si necesitas consultar si existen facturas impagas, debes saber que este es un dato que también aparecerá en la nota simple.

Estos gastos recaen en los titulares, no en los inmuebles. Se debe a que las compañías que brindan estos servicios se encuentran obligados a brindar suministros a los propietarios. Pero, es posible que si quieren solicitar el alta de un nuevo titular, deberá primero cancelarse las deudas para poder dar el alta a un nuevo contrato.

Qué sucede con las deudas en las comunidades de propietarios al vender una vivienda

El último tipo de deuda al que nos referiremos es el de la comunidad de propietarios. Un punto importante de aclarar primero, es que la Ley de Propiedad horizontal establece la obligatoriedad de todos los propietarios a abonar los gastos extraordinarios de una comunidad. La realidad es que no todos los propietarios lo realizan. Por esta razón es muy común que surjan períodos impagos.

Si decides vender una vivienda con deudas de este tipo, se las estarás transfiriendo al nuevo propietario. Éste deberá afrontar las cargas del último año en curso más las correspondientes a los tres años anteriores.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

A veces a la hora de realizar distintos tipos de trámites es posible que surjan dudas respecto a los poderes notariales. Es que son documentos que no solemos necesitar con frecuencia y muchas veces no tenemos muy en claro de que se trata.

Por ejemplo, si estás pensando en vender o comprar una vivienda que se encuentra emplazada en otro país, los poderes notariales serán de suma utilidad. Es que por medio de ellos, podrás designar a una persona como tu apoderado para hacerlo. También, es posible que al vender tu propiedad, alguna persona se acerque a ti para hacerlo con un poder de representación por ser extranjero. Por ello, es importante saber de qué se trata y si es legal.

Lo primero que tienes que saber es que un poder es un documento público. Para que tenga validez debe haber sido certificado por un notario. Por medio de él, se le permite a una persona física o a una empresa designar a otra persona como representante. Esto significa que le da la potestad de actuar en su nombre para la realización de determinados actos jurídicos. Para que este trámite tenga validez, será necesario que el representante acredite esa designación como apoderado mostrando una copia autorizada. A este tipo de trámite, se lo denomina poderes notariales.

Un punto importante a tener en cuenta es que es posible revocar este tipo de documentos en cualquier momento. Para ello, solo será necesario que solicites la devolución de la copia autorizada que debe presentar el representante.

Si has tenido algún conflicto con la persona a la cuál le has entregado este poder, debes saber que sería conveniente realizar una escritura de revocación del poder. Además, luego de ello deberás notificar esta revocación al representante por medio de un notario. Cabe aclarar que no será necesario que sea el mismo que ha realizado el primer documento.

En este post te contaremos todo lo que necesita saber sobre los poderes notariales, para qué sirven y cuáles son los implicancias. ¿Nos acompañas?

Los poderes notariales: ¿para qué sirven?

Muchas veces, realizar algunos trámites pueden ser una complicación para personas mayores, o propietarios de distintas empresas. Para evitar tener que recurrir personalmente, suelen realizarse estos poderes notariales. Es que estos documentos, son autorizaciones legales, que permiten tanto a personas físicas como propietarios de empresas, nombrar a otras como representantes que puedan efectuar actos jurídicos en nuestro nombre.

Es importante que tengas presente que es posible realizar la revocación de este documento en cualquier momento. Para poder hacerlo, existen dos maneras distintas.

  • La primera tiene que ver con pedirle a la persona que has designado como representante, la devolución de la copia autorizada del poder.
  • Puede suceder que la revocación se solicite luego de algún problema entre las partes, con lo que no sea posible efectuar esta solicitud. En este caso, podrás realizar una escritura de revocación del poder. Será necesario también notificar a esta persona por medio de un notario que se ha efectuado este trámite. Cabe aclarar, que no es obligatorio que sea el mismo profesional el que realice ambos documentos.

Para que el representante pueda acreditar esta autorización, será necesario que cuente con una copia autorizada del poder y pueda exhibirlo en el momento de llevar adelante este acto. Si por alguna razón, no contara con el poder notarial, no podrá efectuarlo.

¿Puede este documento ser utilizado en otro país?

En los últimos tiempos la incorporación de la firma electrónica reconocida, ha permitido algunas facilidades. Es que por medio de ella es posible remitir telemáticamente y de forma inmediata la copia autorizada de los poderes notariales. Estos pueden ser enviados a las distintas notarías sin la necesidad contar con la copia autorizada. De esta manera, es posible ahorrar bastante tiempo en la espera de la obtención de la escritura que necesitará el apoderado para efectuar los trámites para los cuales se ha solicitado el documento.

Un punto importante que debes tener presente es que los poderes notariales en nuestro país, cuentan con un reconocimiento internacional. Esta certificación es la conocida como Apostilla de la Haya. Al realizar este trámite, es posible que sea reconocida la eficacia jurídica que este documento entre todos los países que forman parte del Convenio de la Haya. Cabe aclarar que son muy pocos los países que no se hayan adherido a este acuerdo.

Esta apostilla, es una anotación que debe efectuarse en el documento público notarial. Así pueden utilizarse en otros países. Siempre y cuando se haya realizado el trámite de certificación.

¿Existen distintos tipos de poderes notariales?

Si estás analizando la posibilidad de realizar un documento de este tipo, debes tener en claro que existen distintas clases. Por ello, dependerá de la elección, tanto la redacción como el tratamiento personalizado que deba efectuarse para llevarlo adelante.

Ten presente que será de suma utilidad, que puedas acercarte y consultar con tu notario de confianza o elegido. Él podrá informarte acerca del tipo de poderes notariales que puedes necesitar, más adecuados para tus intereses.

Una de las distinciones que podrás observar en este documento, tiene que ver con las facultades que quieras delegar a tu representante. Algunos de ellos, incluyen un poder de acción de una amplísima gama de actos. Este documento, tiene el nombre de poder general.

Los poderes notariales, no tienen un formato cerrado, por ello es posible configurarlo dependiendo de las necesidades del cliente. Por ello, se dice que existen tantos tipos de poderes como actos o negocios puedan existir.

¿Qué tipo de poderes existen?

Pese a ello, a continuación realizaremos algunas distinciones, sobre los más comunes y cuál es su funcionalidad:

  • El poder para pleitos: este tipo de poderes notariales, sirven para facultar a un procurador a personarse en un juicio. De esta forma podrá representarlo durante el proceso.
  • Poderes notariales para poder contraer matrimonio: mediante este tipo de documento, es posible que los cónyuges que residen en lugares diferentes del mundo o del país, puedan casarse.

No todos los actos o negocios jurídicos pueden ser efectuados por un representante. Un ejemplo de ello, son los testamentos. Es que tenemos que tener presente que otorgar los bienes propios, salvo en el caso de algunas legislaciones autonómicas, es considerado como un acto personalísimo. Por lo que no será posible utilizar poderes notariales para tal efecto.

Por estas razones, te aconsejamos que consultar con un notario que te aconsejarte sobre el tipo de documento que puede cumplir con el objetivo que necesitas.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

En nuestro país la cultura de adquirir una vivienda es algo muy común y lo cierto es que tiene muchos beneficios. Son numerosas las personas que intentan comprar una vivienda para dejar de pagar un alquiler. Es una forma de sentir estabilidad, pertenencia por un objetivo financiero, y brinda la opción de modificar y adaptarla según los gustos personales de cada propietario.

Son muchos los ciudadanos de nuestro país que sueñan con la posibilidad de contar con una casa propia, donde sentirse plenos y conformes con el lugar en el que habitan. En este artículo te contaremos cuáles son los beneficios que trae aparejada la posibilidad de adquirir una vivienda propia en la que iniciar una vida nueva.

Adquirir una vivienda: los beneficios de una nueva etapa de tu vida

La mayoría de las personas, en algún momento de su vida, se plantea la posibilidad de realizar la compra de una vivienda propia. Quizás esta situación se debe al inicio de una vida nueva, mudarse de la casa de los padres, iniciar una vida con una pareja, o solo por el hecho de haber conseguido un trabajo estable que permita una inversión como esta. Si bien es un momento y una situación sumamente nueva, son muchas cosas las que debemos analizar antes de iniciar este maravilloso sueño.

La población de nuestro país, parece estar bastante ligada a esta posibilidad. Es que si comparamos nuestro país con otros de Europa, no es tanta la cantidad de gente que elige comprar una vivienda si tiene la posibilidad de hacerlo. En cambio, aquí en España, parece ser exactamente la opción opuesta. Tenemos una cultura de la propiedad, que parece estar muy extendida además de interiorizada en la población. Es muy común también la solicitud de hipotecas para lograr cumplir ese sueño de la vivienda propia y que cuente con todos los derechos legales correspondientes y necesarios.

¿Cuáles son los beneficios de adquirir una vivienda?

Los propietarios, cuando son consultados acerca de las razones que los han movilizado para intentar adquirir una vivienda resaltan distintos tipos de beneficios. Una de ellas, es la de sentir cierta estabilidad y pertenencia, gracias a la obtención de este objetivo financiero. Otros explican que lo que más los motiva, es el hecho de poder realizar modificaciones en el inmueble. También la posibilidad de adaptarla con los gustos y necesidades propias de cada uno. Asimismo, otros propietarios, explican que puede ser una buena inversión.

Otro punto a tener en cuenta, es que muchas veces es parte de un proyecto en conjunto con una pareja y tiene un condimento sumamente importante, como el inicio de una familia.  Existen además, algunas cuestiones fiscales que pueden llegar a ser beneficiosas. Ellas tienen que ver, por ejemplo, con desgravaciones fiscales por invertir en una determinada comunidad.

¿Qué debemos analizar a la hora de adquirir una propiedad?

Como dijimos anteriormente, la mayor parte de los ciudadanos de nuestro país, sueña con el día en que pueda tener el beneficio de adquirir una vivienda propia. Para lograr este objetivo, será importante en primer lugar realizar un análisis del mercado inmobiliario. Será necesario primero determinar la zona en la que le gustaría establecerse. A partir de allí, sera el momento de buscar una propiedad que le resulte interesante y que sea posible de costear para su capacidad adquisitiva.

Poder adquirir una vivienda , es un evento importante en la vida. Se supone que este será el lugar en el que pasaremos el resto de nuestra vida, o por lo menos muchos años de ella. A la hora de elegir una propiedad, hay varios aspectos a los que debemos prestar mucha atención.

Algunos detalles importantes a la hora de adquirir una vivienda

Entorno de la propiedad que puede traerte más beneficios a la hora de adquirir una vivienda

Poder realizar un análisis de las proximidades será de suma utilidad. Allí prestaremos especial atención en los detalles que sean importantes para nosotros. Algunos de ellos pueden ser si existen escuelas, plazas, comercios, hospitales, o aquellas necesidades que consideremos esenciales para nuestro estilo de vida. De esta forma, en las cercanías será posible resolver cualquier situación que pueda surgir.

El valor

Debemos recordar que el mercado inmobiliario no siempre se encuentra estable. En muchas oportunidades se enfrenta a grandes contrastes y fluctuaciones que generan variaciones en los precios de las propiedades. Muchos expertos consideran que el sector inmobiliario es uno de los motores financieros de nuestro país además de un sector seguro para invertir. En este momento, se nota una subida en el precio de las viviendas. Por este motivo, también aclaran que es un buen momento para realizar la compra de inmuebles.

Analizar los gastos que deberemos afrontar al adquirir una vivienda

Si bien uno de los principales problemas que debemos afrontar al momento de comprar una vivienda es el precio de la misma. Debemos recordar que tendremos que pagar los costes que se le añaden, más los impuestos que se pagarán por vivir en ella.

Los costes al momento de la compra, serán por ejemplo: la hipoteca, IVA, cargas, gastos por la firma del contrato, registro de la propiedad, entre otros. Por el lado de los servicios, podríamos mencionar el gasto de energía, agua y gastos de comunidad.

Tipo de domicilio

Poder analizar el tipo de vivienda en la que queremos vivir es de suma importancia. También deberemos analizar cuáles son nuestras expectativas con dicha adquisición. Podría ser un piso, una casa independiente o un adosado. Si bien, muchas veces dependerá más de cuál es el presupuesto que podemos destinar en ella, sería interesante poder analizar y partir de la opción que más se ajusta a nuestra manera de vivir o a nuestras expectativas.

Beneficios de asesorarte por medio de una inmobiliaria para adquirir una vivienda

Muchas veces surge la duda de si es mejor realizar la compra de una vivienda por medio de una inmobiliaria. Debes saber que consultar en estas agencias, te permitirá asesorarte respecto a los precios, zonas más económicas, características de las viviendas y opciones que puedes necesitar.

Además si necesitas solicitar una hipoteca, ellos podrán asesorarte sobre como realizarlo y aconsejarte al respecto. Por otro lado, cuentan con todo tipo de viviendas, con lo que es muy posible que puedas encontrar lo que buscas de manera más ágil y confortable.

Por último, recuerda que estarás tratando con profesionales, que se ocuparán de realizar todos los tramites pertinentes con profesionalidad y agilidad.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

El usufructo en una herencia, implica que será posible tener el derecho a utilizar un bien o una serie de ellos sin que sean tuyos. Hay dos maneras por las cuáles es posible que esto suceda. Una de ellas es por el derecho a la propiedad y la segunda, a través de la posesión. Tener algo, sin ser el dueño de ello, significa que solo será posible que lo utilices, y sin deber asumir aquellas obligaciones referidas a la propiedad aunque tampoco podrás venderlo.

Al realizar un contrato de alquiler, por ejemplo, uno toma posesión de un bien, pero no es el propietario. Solo podrás utilizarlo siempre que se haya establecido la conformidad del acuerdo con el arrendador. El propietario, por su parte, perderá el derecho de posesión, mientras lo estés utilizando y debe asumir las obligaciones referidas a la propiedad, como el pago del IBI. En este post te contaremos acerca del usufructo en una herencia, cuáles son los diferentes tipos que existen y sus características. ¿Nos acompañas?

Qué es el usufructo

Éste es un derecho que permite el disfrute de una cosa de la que no somos propietarios y de sus frutos. Quien sea designado como usufructuario de una propiedad, estará habilitado a hacer uso de la misma. Esto significa que podrá vivir allí, o si quiere alquilarla para obtener una renta. Lo que no estará habilitado a hacer, es realizar la venta del inmueble, debido a que no es el propietario del mismo.

Por otro lado, el nudo propietario, será el dueño del bien en cuestión. Debido a ello, no podrá ejercer la posesión del bien. Esto durará la cantidad de tiempo que se haya establecido en el acuerdo.

Existen distintos tipos de usufructo, y cada uno de ellos cuenta con distintas características que lo distinguen.

Tipos de usufructo en la herencia

Usufructo en la herencia legal

Se encuentra constituido específicamente por una disposición legal. Según nuestras leyes, solo podría tratarse del usufructo legal del cónyuge viudo. Esta clase, solo podrá ser llevada adelante siempre que no se haya separado ni legalmente, ni de hecho al momento en que se produjo el deceso. En este caso, la ley establece algunos parámetros y porcentajes que puede percibir. Los que detallaremos a continuación:

  • Recibirá un tercio de mejora del usufructo, si existen hijos o descendientes
  • Le corresponderá la mitad, si no han tenido hijos pero si cuenta con ascendientes
  • Dos tercios del usufructo de la herencia le corresponderán si no cuenta el fallecido ni con descendientes ni ascendientes.

Usufructo vitalicio de una herencia

En este caso, nos referimos a aquel que solo se encontrará en posibilidad de utilizar hasta el fallecimiento del usufructuario. Cuando se establece una herencia testada, generalmente se deja el usufructo vitalicio de los bienes al conyugue viudo. En este caso, hasta el fallecimiento, puede disfrutarlos y  mantenerlos en buen estado, pero al no ser propietario de ellos, no podrá ser heredada por su familia, si la hubiera.

Usufructo en la herencia voluntaria

Este tipo de usufructo de una vivienda, se dispone voluntariamente por la persona que sede en su testamento en favor de la persona que él decida. Como dijimos anteriormente, esto le dará la posibilidad al usufructuario de disfrutar de aquellos bienes a los que se les haya dejado en usufructo y de los productos que de ellos pueda obtener.

Vale recalcar que esto significa que no podrá realizar la venta de dichos objetos, ni hipotecarlos, o sea, no podrá disponer de ellos. Una vez que el usufructo haya llegado a su fin, debe entregarlos al propietario en buen estado y forma.

Es importante entender a que nos referimos con los productos que sea posible obtener de ellos. Estos tienen que ver con la posibilidad de alquilar las propiedades, o incluso, si se realiza en el terreno algún tipo de plantación o producción de bienes.

Usufructo en la herencia temporal de una vivienda

Es la sesión durante cierta cantidad de tiempo, establecida por el propietario. Una vez concluido el plazo, deberá hacer entrega nuevamente de la propiedad a su dueño real.

Un detalle a recalcar, es que si no se ha realizado una especificación en el plazo de usufructo, se considera que posee carácter vitalicio, con lo que la extinción se realizará al fallecimiento del usufructuario o por la renuncia expresa al derecho.

Qué bienes suelen dejarse en usufructo

Los más comunes, son los bienes inmuebles. Por ejemplo, cuando una pareja se casa o decide realizar la unión de hecho, es muy común que la vivienda habitual, se deje en usufructo vitalicio en favor del cónyuge viudo. De esta manera, es posible protegerlo, de que cualquier otro heredero pueda disponer de la vivienda, dejando desprotegido al viudo.

En el segundo escalón, se encuentran las acciones o particiones societarias. Allí, el usufructuario, podrá percibir los beneficios generados por la empresa, si bien el socio será el heredero nudo propietario.

El tercer término: el dinero. Este caso es más complicado. Generalmente se utiliza una cuenta corriente, de la que podrá disponer los fondos, pero al terminar el plazo del usufructo, deberá obligatoriamente devolver la misma suma que había acreditada en la misma. De esta forma, si bien debe reintegrarlo, los intereses de ese dinero, pertenecerán al usufructuario.

Cuando se extingue el usufructo en la herencia

El usufructo puede ser temporal o vitalicio, pero existen distintos motivos que pueden llegar a modificar el plazo en el que se mantenga.

  • Fallecimiento del titular del derecho: Debes saber que este derecho no es posible de transmitir a otros familiares.
  • Expiración del tiempo acordado.
  • Renuncia del usufructuario, es posible que la persona decida renunciar voluntariamente y de forma gratuita a su derecho. También puede llegar a un acuerdo con el propietario para venderle su derecho.
  • Debido a recaer la nuda propiedad y el derecho de posesión del usufructuario. El usufructuario puede llegar a un acuerdo con el propietario para obtener la titularidad del bien, pasando a ser propietario.
  • Desaparición total o extinción del bien. Esto quiere decir que una vez que la propiedad o el bien desaparecen, no podrá hacer uso del mismo.
  • Falta de utilización del derecho. Si no hace el usufructuario uso de su derecho en un plazo de seis años sobre un bien mueble o treinta en un bien inmueble, perderá los derechos.
  • Por expropiación forzosa. Si quien es dueño de la propiedad, se ve privado de la titularidad del bien debido a una expropiación forzosa, propiciada por la Administración Publica. Deberá por ello, compensar al usufructuario por medio de una indemnización o haciendo entrega de un bien de valor similar.

Calcular el usufructo de una herencia

Realizar este tipo de cálculos puede ser útil al momento en que el propietario tome la decisión de vender el bien que está siendo usufructuado. Muchas veces además, se utiliza para conocer el valor del Impuesto de Sucesiones.

Primero que nada, debes saber, que será distinta la fórmula del usufructo temporal al vitalicio. A continuación explicaremos ambas formas.

Usufructo temporal de una herencia

Para este cálculo, se estima el 2 por ciento del valor total del bien  por cada año, y no deberá excederse del 70 por ciento.

Probemos analizar un ejemplo: si decido ceder una vivienda, durante un plazo de 3 años, que se encuentra valorada en 100.000 euros, debo realizar la siguiente ecuación:

Multiplico la cantidad de años por el porcentaje correspondiente, o sea 3 x 2 = 6.

Al valor estimado de mi propiedad, debo multiplicarla por el 6 por ciento (un 2 por ciento por cada uno de los 3 años cedidos), dando como resultado 6.000 euros.

Usufructo vitalicio

Te contaremos cuál es la fórmula más fácil para calcular este usufructo. Lo que debes hacer es restar 89 años a la edad del usufructuario. Ese resultado será el que deberás aplicar al valor total del bien, nuevamente con un máximo del 70 por ciento y un mínimo de 10 por ciento.

Si decido ceder a mi padre, que tiene 65 años una propiedad que se encuentra tasada en 100.000 euros. Debo restar 89 a los 65 años, lo que me da como resultado 24 por ciento. A los 100.000 de la valuación, debo multiplicarla por el 24 por ciento, resultando un total de 24.000 euros.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Los problemas laborales y económicos de los jóvenes, han traído como consecuencia la dificultad para ellos de acceder a una vivienda. Por ello, desde el Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de nuestro país, se ha realizado un estudio acerca de la cantidad de personas de entre 16 y 29 años que se encuentran emancipados.

En los últimos tiempos, la cantidad de jóvenes que han logrado adquirir una vivienda, ya sea para comprar como para alquilar, ha disminuido notoriamente. Para entender esta situación es que se deben analizar las distintas problemáticas por las que tienen que transitar y sortear.

Al analizar la situación de los jóvenes en la inserción en el mercado laboral, nuestro país comparado con el continente, se encuentra en una situación complicada. Es que según Eurostat, el 40 por ciento de los menores de 25 años se encuentra de paro. Esta cifra se establece ocho puntos por arriba de la media fijada en los países vecinos.

En este post te contaremos cuáles son los problemas de vivienda para jóvenes y las circunstancias que enfrenta este grupo etáreo hoy en día. ¿Nos acompañas?

La difícil situación de los jóvenes para acceder a una vivienda

La situación económica que vive nuestro país, ha generado muchos problemas para los jóvenes. Hoy en día, el paro, la precariedad, la inestabilidad e incertidumbre, ha generado cambios importantes para las personas de entre 16 y 29 años para acceder a una vivienda.

Es que este grupo etáreo, hoy en día tiene muchos problemas para acceder a una vivienda, principalmente debido a la imposibilidad de tener un trabajo estable. Esta actualidad impide que muchos de ellos puedan acceder con garantías a poder adquirir una propiedad. Es claro que la situación de generaciones anteriores, ha ido mutando en el tiempo.

Un dato significativo que nos permite de alguna manera poder afirmar esta situación tiene que ver con los datos que ha arrojado el estudio de Eurostat. Allí se ha informado que en este momento nuestro país se encuentra liderando, a nivel europeo, la cantidad de jóvenes que se encuentra de paro. Más de un 40 por ciento de los menores de 25 años, es la cifra que se ha reportado.

Pero la problemática de este sector de la sociedad no termina allí. Es que según Expresa Ana Puigdevall, quien es la tesorera de FIABCI España y directora general de API en nuestro país, otro de los problemas, tiene que ver con la precariedad de las condiciones laborales de quienes poseen un empleo. Explica que el salario promedio de los jóvenes, no es mayor a los mil euros al mes. Esta cifra es la mitad de lo que perciben los mayores de 55 años. Incluso, el empleo, la mayoría de las veces es temporal, lo que no permite que tengan una estabilidad económica.

La emancipación y la posibilidad de adquirir una vivienda para los jóvenes

La situación económica que hemos relatado anteriormente, trae una lógica consecuencia. La imposibilidad de emancipación de este grupo etáreo, por la imposibilidad de acceder los jóvenes a una vivienda. Esto se ve reflejado en los datos que han informado desde el Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de nuestro país. Según se ha podido conocer, solo un 17,3 por ciento de la población que se encuentra entre los 16 y los 29 años ha logrado emanciparse.

Tenemos que tener claro, que hoy en día, para los jóvenes, es mucho más difícil que para generaciones anteriores poder acceder a una vivienda. Sumado a todos los problemas laborales, debemos recalcar que en este momento los alquileres son tan altos, y sus salarios tan bajos que deben tomar la decisión de quedarse en la casa de los padres, para poder costear su vida diaria.

Según Ana Puigdevall, hay otro punto importante a tener en cuenta. Es que para los jóvenes que han podido formarse, y que tienen un potencial acceso a mejores empleos con un salario más importante, hoy en día no saben si se quedarán viviendo en nuestro país. Por ello, no toman la decisión de adquirir una vivienda.

 

Cuáles son las alternativas a las que pueden recurrir los jóvenes

Hoy en día, y pese a la situación económica que vive nuestro país, existen algunas alternativas a las que es posible acogerse. Una de ellas es el Plan Estatal de Vivienda. Mediante él , es posible solicitar ayudas para menores de 35 años. Para poder acceder, es necesario que los ingresos en la unidad de convivencia sean menores a tres veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples. Esta medida, esta destinada al alquiler, rehabilitación y promoción de inmuebles y ha sido puesta en marcha en casi las 7.000 poblaciones que cuentan con menos de 5.000 habitantes de nuestro país.

Para aquellos que estén interesados en rentar una propiedad, serían del 50 por ciento. Esto sucederá siempre y cuando el coste mensual del alquiler no supere los 600 euros. En caso de que el valor sea de entre 601 y 900 euros, la ayuda sería de hasta un 30 por ciento.

Otra opción posible tiene que ver con la posibilidad de solicitar una hipoteca. Para ellos, explican que es aconsejable que la persona pueda contar con ahorros con los que pueda cubrir entre un 25 y un 30 por ciento del valor del inmueble que se quiera adquirir.

Existen además, algunas entidades financieras que ofrecen la posibilidad de acceder a ventajas para jóvenes. En algunos casos tiene que ver con una reducción en los intereses hasta que el solicitante cumpla los 35 años. Esta diferencia y la edad establecida tiene que ver con la idea de que para ese momento, ya podría tener ingresos más estables para poder hacer frente a las cuotas.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Los grandes tenedores de viviendas siguen generando dudas, debido a las nuevas directivas establecidas con la nueva Ley de Vivienda.

Tenemos que tener presente que, antes de la normativa, se establecía de esta manera un titular con más de 10 propiedades. Con la incoporación de la nueva Ley se ha establecido un cambio en este punto. Ahora, seran los propietarios que cuentan con más de 5 inmuebles en una zona tensionada .

En este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre los grandes tenedores de viviendas y sus nuevas implicancias. ¿Nos acompañas?

Grandes tenedores de vivienda: quienes son en la nueva normativa

Respecto a los grandes tenedores de vivienda, debes tener presente que existe una distinción entre las zonas tensionadas y las que no.

Si eres una persona física o dueño de una empresa, y cuentas con más de 10 inmuebles urbanos, sin contar garajes o trasteros, o cuentas con una superficie construida con más de 1.500 metros cuadrados, serás considerado dentro de esta categoría.

Por otro lado, debes saber que si estas propiedades, se encuentran en lo que se consideran zonas declaradas tensionadas, la cantidad de propiedades descenderá a la mitad.

Es importante dejar en claro cuáles son las viviendas que se incluyen dentro de esta categoría. Es que solo se tendrán en cuenta, para ser considerado grandes tenedores de viviendas, aquellas propiedades emplazadas en ciudades o puebles que puedan ser habitadas. Para ello, será necesario que cuenten con la cédula de habitabilidad. Por ello es que quedarán exentos los garajes, locales y trasteros. Esto sucederá debido a que si bien son urbanos, no pueden utilizarse de manera residencial.

Respecto a la vivienda habitual, también surgen algunas dudas sobre si sería incluida en la cantidad de inmuebles considerados. Sobre este punto, explican, que no se establece una distinción literal en la nueva Ley de vivienda. Será computada, por esta razón, dentro de la cantidad de propiedades contabilizadas.

Otra de las situaciones que genera incertidumbre, tiene que ver con las titularidades por copropiedad o herencia. La legislación, no hace una alusión particular sobre ello. Dentro del artículo 19 de la normativa, se aclara que el Gobierno, tiene la potestad de solicitar a los grandes tenedores de viviendas que informen sobre las distintas posesiones y la finalidad. Así podrán analizar de manera individual cada uno de los casos.

Grandes tenedores de viviendas: cuáles son sus consecuencias

Una de las consecuencias más importantes que deberán afrontar los grandes tenedores de viviendas, tiene que ver con la limitación a la hora de actualizar los precios de los alquileres. Según la nueva normativa, desde el mes de marzo del 2022, hasta el 31 de diciembre del corriente año, este valor no podrá incrementarse más del 2 por ciento. Luego, durante el 2024 a la hora de realizar esta actualización, la subida no podrá ser mayor al 3 por ciento.

Si estás considerado dentro de esta categoría, realizar un nuevo contrato también tendrá sus limitaciones. A la hora de alquilar una vivienda a un nuevo inquilino, éste acuerdo no será posible que exceda el límite máximo del precio aplicable al sistema de índices de precios de referencia que se publicarán. Es importante aclarar que este punto se tendrá en cuenta para todas aquellas transacciones que se efectúen a partir del 26 de mayo de este año, momento en que la normativa entró en vigencia.

Cabe aclarar que estas limitaciones, del sistema de índices de precios de referencia, se aplicaran a los inmuebles que se encuentren emplazados en una zona tensionada y sobre el que no haya tenido en los últimos 5 años un contrato de arrendamiento vigente.

Pero, es posible que te preguntes qué sucede respecto a los contratos de renta cuando el propietario no es considerado dentro de los grandes tenedores de vivienda. Para estos casos, la renta no podrá ser mayor a la establecida en el contrato anterior, una vez que ya se haya establecido la cláusula de actualización anual. Existen algunas excepciones en las cuáles se pueden incrementar como máximo un 10 por ciento para el alquiler. Algunas de ellas tienen que ver con que en los dos años anteriores se hubieran realizado trabajos de rehabilitación o mejoras que permitan un ahorro energético. También cuando en el mismo periodo de tiempo se  hubieran efectuado obras de mejoras de accesibilidad.

Qué son las zonas tensionadas

Un punto fundamental para poder establecer a los grandes tenedores de vivienda tiene que ver con el establecimiento de las zonas de mercado residencial tensionados.

La nueva Ley de vivienda, le da la potestad a las Administraciones de las distintas Comunidades la posibilidad de establecer esta característica en localidades que cumplan alguna de las siguientes particularidades.

  • La primera tiene que ver con que el precio, tanto de compra o de renta de un inmueble haya aumentado en esa localidad, durante los últimos 5 años. El valor, podrá incrementarse por como máximo 3 puntos más que el IPC de esa Comunidad Autónoma.
  • En segundo lugar, que la carga media del coste de la hipoteca o de renta se encuentre por encima del 30 por ciento de los ingresos medios. Esto será considerando los gastos y suministros básicos para la vida diaria.

Es importante aclarar que será necesario que se realice la presentación administrativa por parte de Comuna. Su vigencia se establecerá por 3 años, aunque es posible solicitar una prórroga.

Que una Comunidad Autónoma establezca una zona tensionada implica dos puntos importantes. Por un lado la posibilidad de modificar el régimen de prórrogas para los contratos. Esto significa que una vez que se haya cumplido el período de prórroga, el arrendatario, tendrá la posibilidad de  solicitar una prórroga extraordinaria. El plazo máximo para ello es de tres años, en las que se mantendrán las condiciones del contrato vigente.

El propietario deberá aceptarlo. Podrá evitarse, siempre y cuando se hayan establecido otros términos, o que se haya legalmente informado al arrendatario la necesidad de ocupar el inmueble. La propiedad debería utilizarse como vivienda habitual para si mismo o familiares.

La otra implicación, tiene que ver con la limitación del precio de la renta. Se fijarán porcentajes máximos para estas subidas en los valores de los alquileres. El tope, dependerá de si son considerados grandes tenedores de vivienda o no.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Ante el proyecto que lleva adelante la Unión Europea de mejorar la sostenibilidad de las viviendas en el continente, se ha conocido una nueva directiva de Eficiencia Energética aprobada. Se espera aún poder conocer la redacción final que ha generado desde la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (DEEE).

Debemos recordar además que en este año, la presidencia estará en manos de España. Debido a ello se espera abordar nuevos retos en la rehabilitación energética de un total de 1.400.000 viviendas para el año 2023.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber respecto a la nueva directiva de Eficiencia Energética aprobada y cuáles son los planes para los próximos años. ¿Nos acompañas?

De que se trata la nueva directiva de eficiencia energética aprobada este año

Un primer punto a tener en cuenta antes de adentrarnos en la nueva directiva de eficiencia energética tiene que ver con un panorama de lo que puedo hacerse hasta ahora. Según el último boletín trimestral, realizado desde el Observatorio de Vivienda y Suelo, perteneciente al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se ha informado que en el año pasado, se han aprobado un total de 65.556 ayudas para rehabilitación. Sobre ello, debemos tener en cuenta, que la expectativa era llegar en el 2030 a una cifra cercana a las 300.000 anuales. Cabe aclarar que estos datos no son exactos, aunque de todas maneras, sería un estimativo informado para ese período.

Sobre la nueva directiva de Eficiencia Energética aprobada durante este año, se establece un nuevo marco de construcción y rehabilitación, teniendo en cuenta un contexto de crisis climática por un lado y el encarecimiento en los costes de energía.

Esta modificación, consideran, que será clave para la forma en la que se podrá continuar la edificación en nuestro país y el continente en general. Aclaran desde la Asociación de Promotores Constructores de España que hay un calendario muy distinto respecto al cumplimento de los plazos. Allí se marca el 2030 como plazo de ejecución para privados, mientras que para el 2027, inmuebles de administraciones públicas.

 

¿Podría ser posible que las administraciones públicas puedan acoplarse a la nueva directiva de Eficiencia Energética aprobada en el 2023?

En la nueva directiva de Eficiencia Energética, aprobada en el 2023, se establece un plazo de cuatro años a los edificios utilizados por las distintas administraciones públicas para la adaptación energética de ellos. Este cambio, supone un gran esfuerzo para poder lograrlo, principalmente si tenemos en cuenta las condiciones en las que muchos de estos inmuebles se encuentran.

Un punto importante, será no dejar para último momento la puesta en marcha de las reformas. Esto podría generar problemas, más que nada teniendo en cuenta los fondos que serán necesarios para realizarlas.

Los edificios utilizados para las administraciones públicas, se considera que son responsables de entre un 5 y un 10 por ciento del consumo de energía total de la Unión Europea. La normativa, respecto a este tipo de inmuebles, establece reducciones anuales acumulables de un 1,9 por ciento, con el fin de lograr entre el año 2020 y 2030 una merma del 19 por ciento.

Otro de los cambios que trae la nueva directiva de Eficiencia Energética que fue aprobada, tiene que ver con fijar una reducción adicional del 11,7 por ciento a los objetivos globales que se habían fijado para el 2020. La aplicación de este, se llevaría adelante por medio de mecanismos como el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima. Ellos son los que desarrollan los objetivos de la Directiva de Eficiencia Energética en cada uno de los países.

 

Algunos retos que deberán afrontarse

Luego de haber puesto en marcha el plan para la descarbonización plena, se han encontrado en el proceso algunos temas que hay que resolver.

Tenemos que tener presente que existe una gran cantidad de inmuebles en nuestro país, que son muy antiguos. Lo que requerirá de trabajos intensos e importantes para lograr alcanzar la mejora de la eficiencia energética. Para ello se han puesto en marcha los fondos Next Generation.  Con ellos se busca ayudar a los propietarios a contar con los fondos para poder hacer estas mejoras. Según los objetivos que se han considerado, es necesario alcanzar un total cercano a las 1.400.000 viviendas rehabilitadas. Esto debería lograrse en un plazo de entre el 2020 y el 2030.

Durante el 2020, la tasa de solicitud de renovación ha alcanzado aproximadamente 30.000 inmuebles. Esto supone, que para el 2030, esta cifra debería multiplicarse diez veces.

Analizando estas cifras, es claro que es un objetivo muy ambicioso. Por ello desde los Colegios de Arquitectos, intenta colaborar con las Oficinas de Apoyo para la Rehabilitación con el fin de lograr que esta nueva directiva de Eficiencia Energética pueda ser puesta en marcha, luego de haber sido aprobada.

Una de las preocupaciones más grandes que plantean desde esta entidad tiene que ver con la forma en que se gestionan estos Fondos Next Generation. Es que, explican que son muchos los expedientes que se encuentran a la espera de que estos trámites avancen. Estos aún no han sido procesados para obtener las ayudas por medio de las subvenciones y poder efectuar las modificaciones. Muchas comunidades de propietarios, demoran bastante en logar un acuerdo con la empresa de rehabilitación. Por este motivo no pueden poner manos a la obra, ya que primero quieren conocer cuáles son las ayudas a las que podrían acceder.

Por todo ello, es necesario que las Comunidades Autónomas puedan agilizar este proceso. Este será un requisito indispensable para los próximos años, si es que se quiere lograr ejecutar la cantidad de rehabilitaciones que se han pautado. Explican que son muchos los expedientes que esperan resoluciones para poder iniciar. Y debemos tener presente que la legislación europea ha establecido el 31 de agosto del año 2026 como fecha límite para la ejecución de esos fondos.

Respecto a las viviendas de nueva construcción, es importante recalcar que el sector ha podido adaptarse bastante bien. Incluso, explican que si bien la obligación para estas construcciones como calificación mínima es la B, gran parte del sector de construcción intentan ser más exigentes.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas