Si tienes pareja, uno de los pasos más importantes es ir a vivir juntos. Esto se debe a que es en la convivencia del día a día cuando realmente vemos si somos compatibles para vivir en pareja. Sin dudas es una prueba de fuego para cualquier relación. En muchos casos, se acuerda que uno de los dos vaya a vivir al piso del otro. Y es ahí cuando surgen dudas ¿puede vivir mi pareja en mi piso de alquiler?¿debo avisar a mi casero si viene a vivir conmigo?¿me puede reclamar por incumplir el contrato?¿qué pasa si después dejamos de vivir juntos?
Es por eso que hoy con Oi Real Estate te queremos dar la respuesta a estas y otras dudas que puedan surgir durante esta situación. Si quieres saber todos los detalles…
¡No te lo pierdas y continua leyendo!
En este artículo encontrarás:
¿Estoy obligado por ley a avisar que mi pareja vivirá en mi piso de alquiler?
Es conveniente avisarle a tu casero, ya que la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla la sustitución de la pareja en el alquiler para el caso del fallecimiento del arrendatario. Esto siempre y cuando estén casados. Para ejercer este derecho hay que comunicar la muerte en el plazo de tres meses al arrendador, junto con la documentación que acredite de la defunción y el cumplimiento de los requisitos expresados.
Sin embargo, también está la opción de que puedan acreditar una convivencia mínima de dos años o sin dicho requisito, tengan descendencia común
Y si llega a existir el caso de que exista una deducción autonómica por alquiler, sólo tendrá derecho a ella el titular del contrato. En esa situación, además de darle aviso a tu casero, es recomendable modificar el contrato de alquiler para que ambos puedan tener derecho a esa deducción fiscal.
Entonces, aunque no estés obligado por ley, lo mejor siempre es comunicarlo, para evitar posibles líos.
¿Qué ocurre si no le doy aviso al propietario?
Si decides no notificar nada y el propietario se entera o tiene conocimiento de que tu pareja empieza a compartir tu piso, puede considerar que se ha producido un subarriendo o una cesión no consentida del contrato de alquiler. En ese caso puede iniciar el procedimiento para finalizar el contrato, ya que de lo contrario se incumpliría el artículo 8 de la Ley mencionada.
¿Qué pasa si dejamos de vivir juntos?
Si se le informaste a tu casero que la pareja se mudaba a vivir en el inmueble, y ahora la convivencia terminó y teniendo en cuenta que están casados o son pareja de hecho, el artículo 12 de la Ley de Arrendamientos Urbanos nos indica qué pasos debemos seguir.
Dentro del artículo se indica que el inquilino debe informar que renuncia al contrato por separación o divorcio. Luego el propietario puede solicitar al cónyuge que se quede en la vivienda. Siempre y cuando este confirme su intención de permanecer en ella y, por lo tanto, asumir la responsabilidad total del contrato de alquiler.
Si el inquilino no contesta en un plazo de 15 días, se considerará que el contrato queda finalizado.
En el caso de que una parte de la pareja abandone la vivienda sin avisar al propietario, el que se queda en el inmueble le tendrá que informar de la situación al casero. Esto deberá ocurrir en el plazo de un mes si su intención es continuar con el contrato de alquiler.
Ahora bien, si es una pareja de hecho, la persona que se quede tiene derecho a permanecer en la vivienda siempre que se pueda acreditar la convivencia durante los dos años anteriores, o bien se tengan hijos en común.
Quién tiene derecho a quedarse el piso de alquiler en caso de que la pareja se separe o divorcie
Una causa muy común al momento de rupturas o conflictos de pareja es cuando viven juntas en un piso de alquiler. Ya sea por divorcio o separación de pareja de hecho, ¿Quién tiene derecho a quedarse en el piso?
Dentro de los procedimientos de divorcio y separación matrimonial, dentro del mutuo acuerdo, o un juez, otorgan el uso y disfrute de una vivienda. Esto durará hasta el momento de haber constituido el domicilio familiar a uno de los cónyuges. Ya sea en propiedad o en alquiler.
En este caso, esta medida se llevará a cabo cuando la vivienda es utilizada por la familia en régimen de propiedad o arrendamiento.
Cuando una pareja de hecho o un matrimonio que está ocupando una vivienda en alquiler, se rompe, es importante comunicar al arrendador del inmueble la nueva situación. Y el hecho de no hacerlo puede traer consecuencias tanto para:
- El cónyuge que pretende quedarse en la que ha sido la vivienda familiar.
- Para el cónyuge que la abandona.
Las consecuencias y el accionar son distintas. Una depende cuando sólo uno de los cónyuges es el firmante del contrato de alquiler y la otra es que ambos sean coarrendatarios.
Una parte de la pareja es quien firma el contrato de alquiler
En el primer caso, si la voluntad del cónyuge no titular es seguir viviendo en el inmueble, debe cumplir con los requisitos que establece el artículo 15 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. De esta forma se podrá evitar que el arrendador finalice este contrato. Siempre y cuando el uso y disfrute del inmueble sea atribuido en el procedimiento judicial de divorcio, separación o nulidad matrimonial.
Coarrendatarios
En el segundo caso, cuando ambas partes han firmado el contrato y uno de ellos abandona la vivienda, se deberá comprobar cuál es el régimen de responsabilidad que se estableció en el contrato. Este podrá ser de mancomunidad o de solidaridad. Lo que supone que a cada uno le corresponda su parte o cuota en el contrato o bien que cada uno tenga una obligación sobre la totalidad del contrato.
¿Cómo debes comunicarle al casero que tu pareja se va del piso de alquiler?
Habrá que comunicarle al arrendador a través de burofax o requerimiento notarial. De esta forma se podrá establecer un prueba indiscutible de la admisión por el dueño de la vivienda.
El nuevo titular del inmueble le deberá pedir al propietario que ponga a su nombre los recibos de la renta que le corresponderá a partir de ese momento.
Esperamos que este post acerca de todo lo que necesitas saber sobre tu pareja yendo a vivir a tu piso de alquiler, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!
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