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Leticia Redacción

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Aquí te contaremos qué es una quita hipotecaria y cuáles son los pasos a seguir para conseguirla. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si en algún momento has atravesado una situación económica complicada es posible que hayas analizado la opción de refinanciar tu préstamo hipotecario con el objetivo de conseguir una mejora en las cuotas. En ese caso, lo más probable es que hayas oído hablar sobre la quita hipotecaria.

Aquí te contaremos en detalle de qué se trata la quita hipotecaria, cómo solicitarla al banco, cómo negociar y algunas soluciones legales para cancelar tus deudas si tienes dificultades para abonarla.

Quita: ¿De qué se trata?

Cuando hablamos de quita nos referimos a una reducción del importe de una deuda que se lleva a cabo cuando el deudor tiene dificultades para continuar abonando las cuotas establecidas, poniendo el riesgo el pago de la deuda restante.

Es posible que solicite la quita tanto el deudor como el acreedor. Si la lleva a cabo el deudor, lo solicita directamente a las entidades con las que se ha contraído la deuda. Si lo realiza el acreedor, de manera voluntaria renuncia a una parte de la deuda.

La quita hipotecaria

Por su parte, la quita hipotecaria implica la eliminación de una parte de la hipoteca, en el caso de que las cuotas de esta impliquen, como mínimo, el 60% de los ingresos del deudor. De esta manera, los bancos brindan la posibilidad al deudor poder continuar abonando la deuda con cuotas más accesibles cuando no llegan a pagar la cuota hipotecaria. Esta es una de las opciones que hay disponibles para no llegar a la ejecución hipotecaria.

La quita hipotecaria es parte del código de buenas prácticas que realizan los bancos. Dentro de este código también se encuentran la dación en pago y la reestructuración de la deuda.

¿De qué manera funcionan las quitas?

Una quita supone que el capital que se debe devolver sea más bajo gracias a haber eliminado la parte que corresponde a la quita. Es por esto que, las cuotas que se deben abonar a continuación se calculan sobre el capital restante, lo que implica que estas cuotas sean más bajas y sencillas de abonar por parte del deudor.

Luego de aprobar la quita, se vuelve a realizar un plan de pagos. Este plan de pagos es el que se calcula tomando como referencia el capital que resta, y es el que dará la posibilidad de determinar cuotas más bajas y fáciles de asumir.

¿Cómo conseguir una quita en la hipoteca?

Existen dos maneras de acceder a una quita hipotecaria: por medio del Código de Buenas Prácticas bancarias, o bien, por medio de la Ley de Segunda Oportunidad.

Código de Buenas Prácticas bancarias

Se trata de un código que han firmado la mayoría de bancos en España cuyo objetivo es mejorar las prácticas bancarias y las relaciones entre entidades bancarias y clientes en momentos complicados para estos últimos.

Los bancos que han firmado este código están obligados a cumplirlo en caso de que el cliente lo solicite. Las medidas que establece este código son aplicadas si el cliente está atravesando dificultades económicas para hacer frente al pago de la hipoteca. Estas medidas se distribuyen en tres fases:

Las medidas previas: se trata de las primeras medidas que deben aplicarse cuando se utiliza el Código de Buenas Prácticas bancarias. Aquí se establecen períodos de carencia o se amplía el plazo de amortización del préstamo hipotecario para facilitar el pago del mismo.

Medidas complementarias: en caso de que las medidas previas no hayan bastado para solucionar el problema, es posible solicitar las medidas complementarias. Contemplan una quita en la hipoteca. Para poder tener acceso a ella es fundamental haber aplicado antes las medidas previas.

Medidas sustitutivas: son las últimas medidas del Código de Buenas Prácticas bancarias y contemplan la dación en pago.

Ley de Segunda Oportunidad

Se trata de una herramienta de auxilio destinada a todo tipo de personas sobreendeudadas. Aplica tanto a personas físicas (particulares y familias) como personas jurídicas (autónomos y empresas) insolventes, ambas pueden solicitar acogerse a esta ley para eliminar una parte o la totalidad de sus deudas.

Esta ley implicó un cambio en las deudas impagadas, ya que previamente, tras haber entregado la vivienda al banco, era necesario continuar abonando la deuda en cuestión.

Por otro lado, con la nueva Ley de la Segunda Oportunidad que surgió de la reforma de la Ley Concursal en septiembre de 2022 hay más opciones para el deudor que busque cancelar sus deudas pero mantener su vivienda familiar.

Se trata de una ley destinada a brindar cobertura legal a las personas que se encuentran en una situación de endeudamiento crítico. Por ejemplo, particulares que no tienen la posibilidad de asumir el pago de su préstamo hipotecario.

¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Para acogerse a esta ley es necesario presentar una solicitud de mediación ante un notario o el registro mercantil que corresponda. El mediador tendrá que establecer un plan de reestructuración de la deuda, allí se considera la situación personal y económica del solicitante. En este plan de reestructuración es posible solicitar una quita hipotecaria, ya que se comprende como una medida que facilitará al deudor el pago de la deuda restante.

Luego, el mediador debe presentar el plan de reestructuración a los acreedores (en el caso de un préstamo hipotecario, ante el banco en cuestión). Si los acreedores dan el visto bueno al plan, este se aplica.

Sin embargo, si los acreedores no lo aceptan, el mediador tendrá que presentar el plan de reestructuración ante el Juzgado de Primera Instancia o Juzgado Mercantil que corresponda. En resumen, el proceso pasará al plano judicial, donde un juez se encargará de determinar cómo se debe abordar el pago de la deuda y si el plan de reestructuración presentado tiene o no validez.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la quita hipotecaria. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos cuáles son los bancos obligados a aplicar las medidas de ayuda para los hipotecados a tipo variable. Continúa leyendo el artículo para saber más.

¿Qué bancos se han adherido a las medidas de ayuda?

Ya son más de 50 las entidades financieras que optaron por sumarse al acuerdo hipotecario que fue pactado entre el sector y el Gobierno. Se trata de medidas de ayuda para aquellos deudores hipotecarios vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad, según indica la resolución de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Actualmente hay 54 entidades que, luego de suscribir el pacto, están obligadas a cumplir con las medidas de ayuda. Aquí va un listado para que sepas a cuáles acudir:

  • Arquia Bank
  • Abanca
  • BBVA
  • Banco de Crédito Social Cooperativo
  • Banco Caminos
  • Banco Sabadell, Banco Santander
  • Bancofar
  • CaixaBank
  • Bankinter
  • Caja de Crédito de los Ingenieros
  • Caixa Popular-Caixa Rural
  • Caixa Rural Galega
  • Caixa Rural de Callosa d’en Sarriá
  • Caixa Rural de Turís
  • Caixa Rural San Vicente Ferrer de la Vall d’Uixó
  • Caixa Rural Torrent
  • Caixa Rural de L’Alcudia
  • Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ontinyent
  • Caja Rural Católico-Agraria
  • Caja de Crédito de Petrel
  • Caja Laboral Popular
  • Caja Rural Central
  • Globalcaja

Las cajas rurales de: Albal, Alginet, Altea, Asturias, Cheste, Granada, Guissona, Navarra, Villar, del Sur, La Junquera de Chilches, San Isidro de Vilafamés, San Jaime de Alquerías del Niño Perdido, San José de Burriana, San José de Nules, San Roque de Almenara y San Josep de Vilavella.

Del mismo modo, los códigos los han suscrito Cajamar, Cajasur Banco, Colonya-Caixa D’estalvis de Pollensa, Deutsche Bank, Eurocaja Rural, Evo Banco, Ibercaja Banco, ING, KutxaBank, OpenBank, Targobank, Unicaja Banco y Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI).

¿Quiénes se verán beneficiados con las medidas de ayuda?

El Gobierno prevé que las medidas podrían ser de gran ayuda para un millón de hogares. Por otro lado, según indica el Ministerio de Asuntos Económicos, la adhesión de los principales bancos y cajas brindará la posibilidad de que queden cubiertas más del 97% de los préstamos hipotecarios.

¿A qué se deben las medidas de alivio?

Sin lugar a dudas, tras la gran subida de las cuotas de las hipotecas variables muchas familias se vieron afectadas. Es por esto que el Gobierno y a la banca llegaron a un acuerdo para aliviar la carga financiera de las familias más vulnerables. Luego de varias semanas de negociaciones entre el Ejecutivo, las patronales bancarias (AEB, CECA y UNACC) y el Banco de España, el 22 de noviembre el Consejo de Ministros aprobó las medidas, por medio de un Real Decreto-ley. Y el Pleno del Congreso de los Diputados lo convalidó el día 15 de diciembre. Contó con 289 votos a favor, cero en contra y 60 abstenciones.

De este modo, después de algunas semanas de negociación entre el Ministerio de Asuntos Económicos y las patronales del sector financiero, se logró la modificación el Real Decreto Ley 6/2012 para brindar mayor protección a aquellos deudores hipotecarios más vulnerables.

Puntualmente, se trata de norma para mejorar el tratamiento de las familias vulnerables, aportando un nuevo marco de actuación temporal para familias en riesgo de vulnerabilidad a causa de la subida de tipos. Además, adopta mejoras para simplificar la amortización anticipada de los créditos y la conversión de las hipotecas a tipo fijo. En resumen, se eliminan las comisiones por todo el 2023.

Medidas de ayuda

Aquí va un resumen que reúne los puntos básicos de las medidas de ayuda para los hipotecados a tipo variable:

Medidas de ayuda para hipotecados vulnerables

Cuando hablamos de hipotecados vulnerables nos referimos a aquellos hogares con rentas menores a 25 200 euros anuales. En otras palabras, se trata de familias con ingresos de hasta tres veces el IPREM. Por otro lado, también es una característica que dediquen más de la mitad de su renta mensual al pago de la cuota hipotecaria. El Gobierno calcula que, aproximadamente, unos 300 000 hogares cumplen estas características.

Supuestos y sus medidas

Caso 1: en caso de que su esfuerzo hipotecario haya aumentado más de un 50%, los hogares tendrán la posibilidad de reestructurar la hipoteca con una rebaja del tipo de interés por un periodo de 5 años de carencia (hasta Euríbor -0,10%, desde el Euríbor +0,25 actual). Del mismo modo, se podrá ampliar a dos años el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda y, también, se contempla la opción de una segunda reestructuración, de ser necesaria. Además, se establece un nuevo plazo de solicitud para alquiler en caso de ejecución de la vivienda habitual.

Caso 2: en caso de que su esfuerzo hipotecario se haya aumentado menos de un 50%, tendrán la posibilidad de acceder a una carencia de 2 años, un tipo de interés más bajo durante la carencia y una extensión del plazo de hasta 7 años.

Se trata de una medida necesaria para familias que, debido a la subida de tipos de interés, alcancen niveles de esfuerzo hipotecario muy altos reciban un tratamiento adecuado. Esto se debe a que la situación les puede generar la necesidad de reducir gastos y es probable que se ponga en riesgo el pago de la cuota hipotecaria.

Aquí va un ejemplo para comprenderlo mejor. La aplicación de estas medidas brindará la posibilidad de que un hogar con una hipoteca tipo de 120 000 euros y una cuota de 524 euros por mes luego de la revisión de tipos de interés, logre bajar la cuota por el periodo de carencia de 5 años en más de la mitad, hasta los 246 euros.

¿Qué hay de los hipotecados en riesgo de vulnerabilidad?

Las medidas de ayuda también beneficiarán a aquellos deudores de clase media en riesgo de vulnerabilidad.

Puntualmente, se trata de los hogares con renta menor a 29 400 euros por año. En otras palabras, tres veces y media el IPREM. También, para aquellas hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022 que tengan una carga hipotecaria mayor al 30% de su renta y que haya aumentado, mínimo, un 20%.

Los bancos deben ofrecer a todos estos casos la opción de congelar durante 12 meses de la cuota hipotecaria, un tipo de interés más bajo sobre el principal aplazado también por 12 meses y una extensión del plazo de la hipoteca de hasta 7 años.

Adhesión voluntaria de los bancos y obligación de cumplimiento

El Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad fue de adhesión voluntaria por parte de los bancos, como el código para deudores vulnerables. No obstante, las entidades se encontrarán obligadas a cumplirlos una vez suscritos.

Para la adhesión, el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se regulaba el nuevo código establecía un tiempo máximo de cuatro semanas. Las posteriores variaciones serán publicadas cada mes en la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional y en el BOE, a menos que no haya ninguna modificación.

Con carácter excepcional, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional tendrá la posibilidad de autorizar la apertura de nuevos períodos de adhesión para los bancos que opten por reconsiderar su decisión inicial. Luego del cierre de los mismos, actualizará la información de su página web.

Las entidades que comiencen su actividad luego del plazo de cuatro semanas, tendrán la opción de pedir su adhesión hasta la finalización de la vigencia del Código de Buenas Prácticas, que se establece en dos años.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los bancos que se han adherido a las medidas de ayuda para hipotecados vulnerables. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos si optar por una hipoteca fija en 2023 es buena idea o no. Con ofertas por debajo del 3% TAE, y el euríbor que no deja de aumentar la decisión no es sencilla. Continúa leyendo el artículo para enterarte qué es más conveniente.

La situación del mercado hipotecario

Sin lugar a dudas, el mercado hipotecario sufrió una gran revolución el año pasado. Incluso, una gran cantidad de expertos coinciden con la idea de que la era de las hipotecas baratas ha llegado a su fin. El euríbor, cerró el año ubicándose por encima del 3%, esto significa que sufrió un increíble aumento, teniendo en cuenta que comenzó el año en el -0,5%. Este aumento fue consecuencia de la política monetaria más restrictiva. Todo esto, ha generado que las cuotas hipotecarias que deben pagar por mes aquellos que cuenten con un préstamo a tipo variable aumenten significativamente.

El euríbor en el 3%: no se esperan grandes subidas para 2023

Sin embargo, la realidad es que el aumento de las cuotas no es la única consecuencia. Además, los bancos optaron por cambiar su oferta, encareciendo las hipotecas fijas. Esto se debe a que la mayoría busca un refugio en ellas por la estabilidad que brindan, por esto las entidades han abaratado las hipotecas variables, que dependen del euribor. Si bien no se esperan subidas significativas, se prevé que el euríbor continuará escalando, es lógico que surja la duda de qué conviene hacer, si la hipoteca fija es la mejor opción para 2023.

El temor a que el euríbor continúe en ascenso y en la revisión anual aumente demasiado la cuota mensual de la hipoteca genera que las hipotecas fijas sean el producto más buscado. Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) del mes de octubre dejan ver que el 66,8% de las nuevas hipotecas son a tipo fijo y solo un 33,2% a tipo variable. Sin embargo, el tipo de interés medio al comienzo del préstamo en octubre fue más bajo en el caso de las variables, que se ubicó en el 2,03%. Con respecto a las fijas, el interés se ubicó en el 2,74%.

Qué opciones de hipotecas fijas hay en 2023

Los datos actuales del mercado nos indican que las entidades ofrecen hipotecas fijas a partir del 3% hasta llegar a superar, en algunos casos, el 5%. Entre las opciones más económicas se encuentra la hipoteca fija de Evo Banco. Cuenta con una TAE del 3,13%, sin embargo, el cliente debe tener tres productos vinculados (Nómina, seguro de hogar y seguro de vida). Por otro lado, ImaginBank también brinda una hipoteca fija muy competitiva con una TAE del 3,17%, con un producto vinculado, se trata de la domiciliación de nómina. Luego se encuentran las hipotecas fijas más caras. Por ejemplo, la hipoteca fija sostenible de Triodos con una TAE del 5,82%. Banco Santander no se queda atrás, con una hipoteca fija con una TAE del 5,23% sin ningún producto vinculado.

Las hipotecas variables 2023

Nuevamente, Evo Banco vuelve encabeza la lista con la mejor hipoteca a tipo variable. Presenta una TAE del 3,4%, debes contar con dos productos vinculados (domiciliar la nómina y contratar seguro del hogar). ING también tiene una hipoteca variable bastante competitiva, con una TAE del 3,89% con tres productos bonificadores, se trata de domiciliar la nómina, contratar seguro del hogar y seguro de vida.

Las hipotecas mixtas: una opción muy interesante

Ante esta situación, muchos ponen el foco en las hipotecas mixtas como una de las mejores opciones. Sin embargo, es necesario tener en claro que no son muchos los bancos que brindan está opción. Entre ellos resalta nuevamente Evo Banco con una oferta de hipoteca mixta que ofrece una TAE del 2,83% con tres productos bonificadores. Por otro lado, OpenBank ofrece una TAE del 3,33% y la hipoteca mixta de ING, del 4,02%, con productos vinculados.

¿Qué se prevé para 2023 en el mercado hipotecario?

Se prevé que para 2023 tenga lugar una estabilización del euríbor, además de una pérdida de competitividad del tipo fijo en favor del mixto y el variable. Por otro lado, también se espera una desaceleración de la inflación, y leve caída del precio de la vivienda. Al contar con un euríbor diario estabilizado por encima del 3%, se espera que los nuevos préstamos hipotecarios a tipo fijo pierdan su competitividad en 2023, exceptuando contados casos. Por esto, en 2023 se prevé una tendencia a la baja en la contratación de hipotecas fijas. En el caso de las variables, se espera que sea un tipo de financiación a valorar durante este año, fundamentalmente debido a al esperado descenso del euríbor hacia fines de año. De la misma manera los bancos, probablemente, opten por bajar un poco sus diferenciales variables para brindar ofertas más atractivas.

Por último, las hipotecas a tipo mixto son una opción que debemos tener en cuenta mientras el euríbor continúe con su tendencia alcista. Debido, principalmente, a la seguridad que brinda su parte fija y la posibilidad de contar con un euríbor más bajo que el actual cuando llegue el momento de su parte variable.

La oferta de hipotecas

Se espera que para este año haya una competitividad de precios importante en la oferta de hipotecas variables, a tipos de entre 0,5% y el 0,8% más euríbor. Por otro lado, la oferta de hipoteca fija en 2023 indica que se estabilizarán entre el 4 y el 5% TIN, algo por encima del euríbor. De todas formas, este año el mercado será bastante dinámico, y presentará la posibilidad de encontrar ofertas muy concretas y puntuales con tipos de interés por debajo del euríbor, de entre el 2 y 3% TIN. Es por esto que este año será clave considerar la oferta hipotecaria a tiempo real ya que los precios se modifican cada semana.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre optar por una hipoteca fija en 2023. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos qué son las arras penitenciales y cuando es conveniente firmarlas. Continúa leyendo el artículo.

Contratos de arras

Al momento de solicitar hipoteca, hay pasos fundamentales que debes dar para llevar a cabo la compra de un piso. Sin embargo, también debes poner atención en algunas etapas previas, ya que la compra comienza desde el momento en el que viste la vivienda que te interesa, no cuando ya cierras la compraventa.

Aquí entran los contratos de arras, ya que sirven para asegurarte de que la vivienda será tuya. Entre ellos, uno de los más útiles es el de arras penitenciales que, vale aclarar, no tiene ninguna relación con ir a la cárcel si no cumples con tus obligaciones.

Contrato de arras penitenciales: ¿De qué se trata?

Antes de llevar a cabo la firma de la compraventa ante notario es muy común y aconsejable firmar un contrato de arras. Se trata de un documento que sella el compromiso del dueño de la vivienda para venderla y del comprador para adquirirla, además, contiene las condiciones del acuerdo.

Por otro lado, el contrato de arras implica el pago de una cantidad de dinero que sirve como reserva y un adelanto que luego se descuenta del precio de compra. Ten en cuenta que no debes confundir el contrato de arras con el contrato de reserva.

Es importante aclarar que existen distintos tipos de contratos de arras que varían dependiendo del acuerdo y las consecuencias por incumplirlo. En otras palabras, lo que sucederá si una de las partes decide echarse atrás.

Las arras penitenciales: también se les llama arras de desistimiento, ya que permite al vendedor y al comprador retirarse de la operación. Dicho de otra forma, es posible no cumplir con el compromiso a cambio de una indemnización que recoge el artículo 1454 del Código Civil.

El artículo establece que, en caso de haber mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.

Diferentes tipos de arras

Las arras penitenciales son las únicas recogidas en el Código Civil. Sin embargo, también podemos encontrar otros dos tipos de arras.

  • Las arras confirmatorias: que como su nombre lo indica, confirman la compraventa con la entrada de un dinero que entrega el comprador. A diferencia de las penitenciales, este tipo de arras no permite que ninguna de las dos partes decida echarse atrás. En caso de hacerlo, la parte perjudicada tendrá la posibilidad de pedir que se cumpla el contrato o solicitar una indemnización.

  • Las arras penales: tampoco están reguladas expresamente en el Código Penal, sin embargo, se rigen por las cláusulas penales del mismo. Este contrato no permite desistir libremente a ninguna de las partes, lo que sí establece es la pena que habrá que pasar y que, por lo general, se trata de una cantidad de dinero a modo de indemnización.

Las arras incluyen la siguiente información

El contrato de arras no es solo la reserva de la vivienda y, por eso, no es aconsejable firmarlo a la ligera. Al final, el contrato de arras reúne los puntos básicos de la compraventa. Se trata de la siguiente información:

  • Precio de la compraventa.
  • Cuál será la forma de pago.
  • Cuánto dinero se entrega como señal y si luego se restará al precio de compra.
  • Con cuánto tiempo cuentas para firmar el contrato de compraventa y encontrar el préstamo hipotecario.
  • Quién deberá abonar cada uno de los gastos de la compraventa.
  • Los datos del comprador, vendedor y de la propiedad.
  • El compromiso de firmar el contrato de manera pública.

Se trata de un resumen de la compraventa con información fundamental, principalmente porque fija el tiempo con el que cuentas para conseguir financiación para comprar la vivienda.

¿Quién debe abonar el contrato de arras?

No existe ninguna norma al respecto, dependerá del acuerdo al que lleguen dos partes. Lo más común es que se pague a medias, o bien, si el comprador o el vendedor han contratado una agencia, este contrato se incluya en los servicios.

De lo que no cabe ninguna duda es de quien entrega el dinero del contrato de arras. Este es siempre será el comprador, esto se debe a que es quien busca asegurarse la compra de la vivienda.

¿Cuál es el porcentaje del precio que se abona en las arras?

Nuevamente, el porcentaje a pagar será el que las dos partes crean oportuno. Lo más habitual es abonar entre un 5% y un 10% del precio de compraventa de la vivienda.

La duración de un contrato de arras

En este caso también se acuerda entre las partes. Se trata de una parte de gran importancia del contrato. Esto se debe a que, si se pasa el plazo del contrato de arras sin firmar la compraventa, cualquiera de las partes podrá solicitar una indemnización. Esta indemnización variará según el tipo de contrato de arras.

Es por esto que, ante la duda, lo ideal es ser precavido y firmar unas arras largas para que tengas tiempo de encontrar una buena hipoteca.

¿Es posible anular un contrato de arras penitenciales?

Como ya hemos mencionado sí, se trata de la característica principal del contrato de arras penitenciales. Es posible anularlo en cualquier momento y con total libertad.

Sin embargo, al hacerlo será necesario abonar la indemnización que indique. En el caso del comprador, perderá el dinero que adelantó en las arras y para el vendedor, el doble de esa suma.

¿Qué sucede si no encuentras una hipoteca?

Una de las preguntas más habituales es qué sucede con las arras si no se consigue la hipoteca para comprar el piso.

A menos que en el contrato se especifique algo al respecto, lo mismo da el motivo por el que decidas echarte atrás. En resumen, perderás el dinero de las arras.

Lo bueno es que cuentas con la posibilidad de incluir cláusulas de ese tipo en el contrato de arras, que será de utilidad para liberarte si no te concede el préstamo hipotecario.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre las arras penitenciales. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos todo lo que debes saber sobre los tipos de interés de una hipoteca, por ejemplo, cómo y por qué se decide. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

A la hora de buscar la hipoteca que mejor se adapte a ti, es normal encontrarse con una gran cantidad de dudas. Principalmente, hay dos preguntas frecuentes que afectan prácticamente a la mayoría, se trata de qué tipo de interés elegir para la hipoteca y si los seguros del préstamo hipotecario son obligatorios.

Aquí te daremos la respuesta de estas dos preguntas, además, te explicaremos cuál es la diferencia entre una hipoteca a tipo fijo, a tipo mixto o a tipo variable.

Principales diferencias entre una hipoteca fija y una variable

En el mercado hipotecario podrás encontrar tres tipos de hipotecas dependiendo del tipo de interés:

  • Hipotecas fijas
  • Hipotecas variables
  • Hipotecas mixtas

Cuando hablamos de una hipoteca a tipo fijo nos referimos a un tipo de interés que no se modifica durante toda la vida del préstamo hipotecario, por eso se le llama fija. Lo mejor de esta opción es que, en todo momento sabes lo que vas a abonar por mes, desde el comienzo hasta el final del préstamo.

A diferencia del tipo fijo, con una hipoteca variable el tipo de interés sí se modifica con el paso del tiempo. El motivo es que para calcularlo se utiliza un índice de referencia, el más utilizado en España es el euríbor. En este caso, se suma al euríbor un diferencial o porcentaje añadido, además, se lleva a cabo una revisión cada 6 o 12 meses para adaptar la cuota a la evolución del índice.

En cada revisión de la hipoteca el tipo de interés que debes abonar y por ende, la cuota hipotecaria, variará dependiendo de lo que haga el euríbor. Si éste sube aumentará la cuota y si baja, la cuota será también más baja.

Por otro lado, también existe una modalidad de hipotecas mixtas que han comenzado a ganar cada vez mayor popularidad durante los últimos años. Se trata de un tipo de préstamo combina un periodo inicial a tipo fijo con otro variable luego. En otras palabras, comienzas abonando un interés fijo al comienzo, entre 2 y 10 años y luego se activa un tipo variable para lo que reste de la vida de la hipoteca.

¿Cuál es el mejor tipo de interés de una hipoteca?

Decidir entre una hipoteca a tipo fijo, variable o mixta no es tarea fácil, será necesario tener en cuenta la situación económica y personal de cada individuo.

Con respecto al factor económico es importante estudiar la evolución del euríbor y los tipos de interés del dinero. Otro punto fundamental, es intentar adelantarse a lo que pueda suceder a largo plazo. Hacerlo es posible, sin embargo, esto no quita que sea sumamente complicado.

Por ejemplo, si prevés que el tipo de interés del dinero aumentará, una hipoteca a tipo fijo puede ser una buena protección ante ese caso. Sin embargo, se trata de una opción más costosa como punto de partida.

Por otro lado, la parte personal es también muy importante. Tiene mucho que ver el nivel de seguridad que te interese. Con una hipoteca a tipo fijo siempre estarás al tanto de lo que vas a abonar, esto te permitirá organizar mejor tus finanzas a largo plazo.

Además, te encontrarás protegido ante una posible subida del euríbor. Sin embargo, también hay puntos en contra. Por ejemplo, es posible que resulten más costosas de partida, en ocasiones es difícil encontrar una oferta atractiva y la amortización anticipada del préstamo es más cara.

Con una hipoteca a tipo variable deberás abonar menos al comienzo y tendrás mayor flexibilidad, sin embargo, tu cuota puede aumentar significativamente si lo hace el euríbor.

En resumen, una hipoteca a tipo variable es más económica al comienzo, pero también es menos estable o segura que una a tipo fijo.

¿Es obligación contratar los seguros?

Únicamente hay un seguro de hipoteca obligatorio por ley para todas las viviendas hipotecadas, se trata del seguro por daños e incendios. De este modo lo establece el artículo 8 de la Ley 1/1981 de regulación del mercado hipotecario y el Real Decreto 716/2009.

Por lo general, este seguro se incluye dentro del seguro de hogar como una de sus coberturas, de ahí surge la falsa creencia de que contratar un seguro de hogar con la hipoteca es algo obligatorio.

Incluso, a pesar de que el seguro por daños e incendios sea obligatorio, ningún banco puede obligarte a contratar el suyo para acceder la hipoteca. La ley hipotecaria de 2019 te permite contratar un seguro similar por tu cuenta y presentarlo para que te concedan el préstamo hipotecario.

No obstante, a pesar de no ser obligatorios, muchos seguros de la hipoteca son útiles. Por ejemplo el seguro de hogar cubre la vivienda más allá de los daños por incendio, un seguro de vida te asegura que la vivienda quedará pagada y tus seres queridos tendrán donde vivir si a ti te sucede algo.

¿El préstamo hipotecario desgrava en la declaración de la renta?

Con carácter general, la deducción por compra de vivienda habitual solo beneficia a aquellos que compraron la propiedad antes de 2013. En caso de que lo hayas hecho pasada esa fecha, tendrás la posibilidad de desgravar por la hipoteca en tu declaración de la renta, excepto que tu comunidad autónoma incluya una deducción específica por adquisición de vivienda habitual.

A partir de este punto, existen dos opciones en las que sí es posible desgravar la hipoteca de tu vivienda en la declaración de la renta.

Préstamo para reformas

Una de ellas es si has solicitado un préstamo hipotecario para hacer reformas que mejoren la eficiencia energética del inmueble. En este caso, lo que será posible desgravar es lo que has abonado por las obras, más que la hipoteca en sí misma.

Por otro lado, algunas comunidades permiten desgravar las obras de ampliación de la vivienda, lo que aplicaría del mismo modo que en el primer caso.

Hipotecas para pisos de alquiler

Otro supuesto son las hipotecas de pisos para alquilar. Al realizar la renta y calcular cuánto has obtenido por el alquiler, tendrás la posibilidad de restar como gasto los intereses que hayas abonado por el préstamo hipotecario.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los tipos de interés en una hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Aquí te contaremos en qué se diferencia el Loan to Value del Loan to Cost. Continúa leyendo el artículo para enterarte cuáles son las principales diferencias entre estos indicadores.

En el mundo de las hipotecas hay una infinidad de términos con los que, la mayoría de nosotros, nos encontramos a la hora de buscar nuestro primer préstamo hipotecario. Resulta muy importante tener todos estos nuevos conceptos en claro antes de firmar un contrato hipotecario. Aquí te contaremos qué son el Loan to Value y el Loan to Coast y cuáles son sus principales diferencias.

Loan to Cost y Loan to Value: ¿Qué son?

La realidad es que su significado es muy similar, sin embargo, no son lo mismo. Al momento de comprar una vivienda y, generalmente, solicitar una hipoteca es muy importante tener en cuenta algunos puntos. El principal es entender de qué manera funciona el proceso de la firma del préstamo hipotecario.

Debemos tener en cuenta que una hipoteca es un préstamo por medio del cual una entidad bancaria nos brinda cierta cantidad de dinero para tener la posibilidad de adquirir un inmueble. Lo más común es que una entidad bancaria financie, un mínimo del 80% de la compra, esto significa que, se trata de un producto que entraña un riesgo importante para el banco.

Por ese motivo, las entidades bancarias se toman el trabajo de realizar un estudio detallado del perfil de las personas que solicitan un préstamo hipotecario.

¿Qué analizan los bancos?

Las entidades bancarias suelen analizar lo siguiente antes de dar el visto bueno a una hipoteca:

Tipo de contrato: los bancos prefieren contratos indefinidos, por ejemplo de funcionario, sin embargo eso no quiere decir que un autónomo no tenga la opción de acceder a una hipoteca.

Los ingresos del solicitante: la cuota hipotecaria que deberá abonar por mes el cliente no debe ser mayor al 30% o el 35% de los ingresos de los titulares del préstamo.

Cantidad de ahorros: mientras mayor sea el capital que se brinde al comienzo, la entidad bancaria contará con mayor seguridad. Lo mínimo es brindar el 30%. Ten en cuenta que siembre se calcula un 10% de ahorros para gastos además el 20% restante del precio del inmueble, ya que el banco generalmente concede el 80%.

Loan to Value y Loan to Cost

Por otro lado, el banco suele tener como guía para saber si conceder o no un préstamo hipotecario al Loan to Value, sin embargo, también se lo ve escrito como Loan to Cost. La realidad es que no son lo mismo, aquí te explicaremos por qué.

Loan to Value (LTV)

Se trata de un indicador que se encarga de medir la relación entre el préstamo concedido y el valor del objeto adquirido. Se trata de la relación entre el préstamo hipotecario que se va a firmar y el valor de la tasación de la vivienda que se va a adquirir.

El LTV por lo general se indica en porcentaje. Si la cifra supera el 80% para la entidad bancaria va a suponer un riesgo importante conceder la hipoteca, esto quiere decir que podría denegar la operación.

Loan to Cost (LTC)

Se usa al momento de financiar una construcción para definir qué parte del proyecto se costeará con fondos propios y cuál por medio de una financiación. De esta forma, es posible calcular el riesgo que implica la operación en cuestión.

Esto quiere decir que la diferencia más importante entre estos dos conceptos es que el LTV se utiliza para algo ya finalizado, mientras que LTC es para un proyecto en construcción. En resumen, los dos sirven como indicadores de riesgo, lo que no es igual es lo que se encargan de medir.

¿Cómo bajar el Loan to Value?

Existe la posibilidad de que solicitemos el préstamo hipotecario para una vivienda, pero que el LTV sea mayor al 80% y que, por ende, la entidad bancaria nos deniegue la operación. En este caso hay algo que podemos hacer:

  • Brindar una mayor cantidad de ahorros

Tener ahorros es fundamental, ten en cuenta que, mínimamente, lo ideal es contar con un 30% del valor de la propiedad. En caso de no alcanzar esa cifra, lo más probable es que nos encontremos con dificultades para acceder a la hipoteca.

  • Optar por una vivienda con un valor de compra más bajo

En caso de que el problema sea que la cuota mensual de la futura hipoteca sea mayor al 30% de nuestro salario, una buena opción es optar por un inmueble de menor valor.

  • Tener un aval

Si tu perfil implica un riesgo importante para el banco, contar con un aval puede ser una oportunidad de que la entidad te conceda el préstamo hipotecario.

Por último, si se da el caso de que una entidad bancaria no nos conceda una hipoteca siempre está la posibilidad de probar con otro banco. Comparar es un punto fundamental si quieres encontrar la hipoteca que mejor logre adaptarse a tus necesidades.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre las diferencias entre Loan to Value y Loan to Cost. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos todo lo que debes saber sobre la oposición a la ejecución hipotecaria. Continúa leyendo artículo para saber más.

La oposición a la ejecución hipotecaria tiene lugar si el deudor presenta algún motivo o disconformidad con la demanda. Sin embargo, el proceso judicial al que debe hacer frente el deudor de un préstamo hipotecario está diseñado en pro de los intereses del acreedor.

Es por esto que, el ejecutado no cuenta con demasiadas posibilidades. No obstante, según la legislación vigente, existen algunos motivos por los cuales el deudor hipotecario tiene la opción de oponerse, entre ellos se encuentran los interesantes y efectivos. Aquí te contaremos lo que necesitas saber al respecto.

Oposición a la ejecución hipotecaria: ¿De qué se trata?

Para entender de qué se trata la oposición a la ejecución hipotecaria, antes será necesario definir el procedimiento de ejecución de hipoteca.

Ejecución de hipoteca

Una ejecución de hipoteca es un procedimiento civil que surge por un incumplimiento de obligación asegurada. Generalmente, se debe a un impago de las cuotas de una hipoteca, sin embargo, un préstamo hipotecario puede garantizar otro tipo de obligaciones.

Lógicamente, el acreedor de la hipoteca busca cobrar lo que se le debe, para conseguirlo hace valer sus derechos por medio de este procedimiento judicial diseñado con ese fin. Dicho procedimiento, fue creado para facilitar la reclamación del acreedor. Lleva el nombre de “ejecución hipotecaria” debido a que tiene carácter ejecutivo.

En otras palabras, un acreedor hipotecario no reclama como un mero acreedor. Cuenta con mecanismos procesales que lo ayudarán a ejecutar la garantía de una manera más rápida y severa. La hipoteca es un préstamo especialmente garantizado.

La ejecución hipotecaria es un proceso en el que directamente se pasa de la demanda a la subasta del bien. Aquí va el orden básico:

  • Se realiza la demanda ejecutiva.
  • Luego, se le notifica de la demanda al deudor.
  • Requerimiento de pago al deudor, en caso de que el acreedor no lo ha efectuado extrajudicialmente.
  • Certificar que existe un préstamo hipotecario. Esto se realiza por medio de la inscripción en el Registro de la Propiedad.
  • Se subasta el bien hipotecado.
  • El acreedor recibe el pago.

Sin embargo, amparado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, el deudor cuenta con el derecho a oponerse a una ejecución procesal. Aquí es donde entra la “oposición a la ejecución hipotecaria”.

Oposición a la ejecución hipotecaria

El problema fundamental de la oposición a la ejecución hipotecaria es que el interesado no posee tantos medios como en un procedimiento de ejecución ordinario. En estos casos, es necesario que exista uno de los motivos registrados en el artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Cuáles son los plazos para una oposición de la ejecución hipotecaria?

Conocer los plazos de una oposición hipotecaria es muy importante. Según indica el artículo 556 de la mencionada Ley de Enjuiciamiento Civil, el plazo de oposición a la ejecución es de 10 días hábiles. Recuerda que no se consideran los fines de semana ni días festivos. El plazo comienza a correr a partir del día siguiente al día en el que el deudor reciba la notificación de la demanda.

¿Es posible ampliar el plazo?

No es posible. Sin embargo, como para tener la posibilidad de prestar oposición es necesario que el demandado cuente con un abogado, si no posee los recursos suficientes es preciso que se le designe uno de oficio y esto puede implicar algo más de tiempo. De esta manera, el juzgado tendrá que suspender el cómputo del plazo hasta que sean nombrados el abogado y procurador de oficio.

En caso de que no se cuente con los recursos necesarios para contratar un abogado, el deudor que desee oponerse tendrá que dirigirse al Colegio de Abogados más próximo y exponer el caso para solicitar acceso a la justicia gratuita.

Oposición a la ejecución hipotecaria fuera de plazo

En caso de presentar la ejecución hipotecaria fuera de plazo es muy probable que sea declarada extemporánea y se desestime.

No obstante, hay tres Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que nos brindan la posibilidad de presentar oposición a una ejecución hipotecaria fuera de plazo. Sin embargo, esto tiene lugar solo cuando existen cláusulas abusivas en el contrato.

La doctrina judicial indica que el propio juez, de oficio, posee la obligación de analizar si hay cláusulas abusivas en el contrato. En otras palabras, no se trata de una facultad del tribunal, sino una obligación. Por ende, en caso de que el juez determine que hay cláusulas abusivas, es posible la oposición extemporánea.

Las causas de una oposición a la ejecución hipotecaria

Ahora que hemos aclarado todo lo relativo al plazo para presentar la oposición a la ejecución hipotecaria, aquí van los motivos tasados en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Extinción de la obligación directa o de la garantía

El primer motivo que puede alegar el deudor es que el préstamo ha sido abonado, por ende, la hipoteca está cancelada.

El artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil deja ver los mecanismos para certificar que el pago se ha generado y la deuda se ha extinguido. Consiste en presentar un certificado del Registro de la Propiedad o una escritura de cancelación de hipoteca.

Un error en la cantidad exigible

Otra de las causas para oponerse al procedimiento de ejecución hipotecaria es que la cantidad que figura en la demanda no es la que se debe en realidad.

Es posible demostrar esta situación al presentar una libreta en la que se encuentren reflejados los asientos de la cuenta. La oposición se admitirá si la cantidad es distinta a la que presentó el ejecutante.

Ejecución de bienes hipotecados sobre los que hay prenda sin desplazamiento

Significa que, si hay otra hipoteca previa a la que se pretende ejecutar, no puede llevarse a cabo dicha ejecución. Sin embargo, así debe figurar inscrito en el Registro de la Propiedad.

Ya que las hipotecas se ejecutan por orden de prioridad y el Registro de la Propiedad sigue el principio jurídico de que el primero en el tiempo tiene prioridad, una hipoteca no tiene la posibilidad de ser ejecutada en caso de que exista un préstamo hipotecario anterior. El deudor solo debe presentar la correspondiente certificación registral.

Cláusula contractual de carácter abusivo

Es la causa de oposición a la ejecución hipotecaria más habitual. Consiste en demostrar que el acreedor usa una cláusula contractual abusiva para determinar la cantidad demandada.

El tribunal dará vista a las partes para resolver el problema. Por ende, probablemente sea necesaria la comparecencia en la oposición a la ejecución hipotecaria.

La vista de oposición de ejecución hipotecaria presenta el mismo esquema que el de un procedimiento civil. Consiste en instar a ambas partes a comparecer para que presenten sus alegatos y se realicen las pruebas pertinentes.

Ante este tipo de oposición, el ejecutado cuenta con posibilidades reales de que se anule el procedimiento. Esto se debe a que, en muchos casos, los contratos con el banco presentan cláusulas que pueden considerarse abusivas, algunas de las más comunes son:

  • Un vencimiento anticipado.
  • El interés variable se encuentra sujeto al IRPH.
  • Intereses de demora.
  • Cláusulas suelo.

En caso de que en la vista de oposición de ejecución hipotecaria se determine que hay cláusulas abusivas, cuentas con dos posibles escenarios. El primero es que el procedimiento de ejecución hipotecaria sea sobreseído, el segundo, que la cláusula abusiva se declare nula.

El deudor hipotecario se beneficia en ambos casos. Es posible que no se anule la ejecución, sin embargo, la cantidad demandada se reducirá sustancialmente.

Por otro lado, si se presenta el carácter abusivo de alguna cláusula contractual como fundamento de oposición a la ejecución hipotecaria y es desestimado, el ejecutado cuenta con la posibilidad de presentar un recurso de apelación.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la oposición a la ejecución hipotecaria. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos a qué nos referimos cuando hablamos de una hipoteca titulizada. Continúa leyendo para saber más.

Hipoteca titulizada

Es probable que el concepto de hipoteca titulizada no suene demasiado familiar, sin embargo, es importante tener en claro de qué se trata. En el siguiente artículo te contaremos todo lo que debes saber sobre la hipoteca titulizada de una manera sencilla. Además, te explicaremos cómo puedes saber si tu hipoteca ha sido objeto de un proceso de titulización.

Por otro lado, si descubres que tu préstamo hipotecario está titulizado, lo más probable es que quieras saber de qué manera puede afectarte. Aquí te explicaremos qué sucede ante esta situación.

¿De qué se trata?

Una hipoteca titulizada surge cuando el banco ha llevado a cabo la venta del préstamo hipotecario a un tercero.

Los bancos optan por la titulación hipotecaria con el objetivo de obtener liquidez. Los motivos pueden ser varios, porque la necesiten, porque deseen realizar proyectos de expansión o bien, por cuestiones vinculadas con su rating de riesgo.

Más allá del motivo, la operación consiste en ceder los derechos de cobro de las cuotas y los correspondientes intereses a cambio de un precio.

Es importante tener en claro que la transmisión de los derechos de crédito es completamente legal en virtud del artículo 1.112 del Código Civil. Sin embargo, ¿Qué significa la titulización?

Cuando hablamos de titulización nos referimos a transformar un activo determinado (en este caso préstamos con garantía hipotecaria), en un instrumento financiero más sencillo de negociar. Estas operaciones se encuentran en el ordenamiento jurídico.

Del mismo modo, las entidades bancarias agrupan algunas hipotecas con características parecidas y sobre ellos crean un título valor transmisible (del mismo modo que los bonos). Una vez que se vende el título, se traspasan los préstamos subyacentes y los derechos que contienen.

¿Mi hipoteca está titulizada?

Según las buenas prácticas, el prestatario debe ser informado si ha tenido lugar una titulización de la hipoteca. No obstante, los bancos suelen incluir una cláusula en el contrato dónde se aclara que existe la posibilidad de proceder a la titulización sin tener que comunicarlo.

La realidad es que el acreedor puede ceder sus derechos de crédito y no tiene ninguna obligación de dar explicaciones. De modo que, existe la probabilidad de que tu préstamo hipotecario esté titulizado y no lo sepas.

¿Cómo saber si tu préstamo hipotecario está titulizado?

Aquí te contaremos cómo saber si tienes una hipoteca titulizada paso a paso.

El banco: en primer lugar debes solicitar la información al banco. Es posible preguntarlo directamente al banco. Sin embargo, no tiene la obligación de responder al requerimiento.

Sociedad Gestora del fondo de titulización de activos: de no obtener respuesta en el banco puedes acudir a la Sociedad Gestora del fondo de titulización de activos. El motivo es que, para llevar a cabo el proceso de titulización hipotecaria, el banco debe crear un fondo. Luego, cede las hipotecas a esta institución y es ella la que se encarga de emitir los títulos. De este modo, podrías requerir a la Sociedad Gestora del fondo que tiene el préstamo hipotecario. Sin embargo, es posible que redirija la solicitud al banco, de modo que te encontrarías en la misma situación.

Registro de la Propiedad: aquí es posible que figure inscrito el fondo de titulización hipotecaria, no obstante, la realidad es que no tiene por qué ser así en todos los casos. En caso de que sí figure, tendrás la seguridad de que tu hipoteca ha sido titulizada.

Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV): los fondos de titulización son supervisados por la CNMV. Es posible acceder al registro público de este organismo por medio de su web, allí se recogen las nuevas titulizaciones.

Dirigirse al juzgado: otra opción es preguntar, directamente, en el juzgado.

¿Qué implica que mi hipoteca esté titulizada?

La realidad es que en una hipoteca titulizada no se modifica ningún elemento objetivo de la misma. En otras palabras, todas las condiciones se mantienen igual que como han sido firmadas. Sin embargo, la titulización implica algunas consecuencias debido a que modifica los elementos personales del préstamo hipotecario.

Por ejemplo, el banco deja de ser el acreedor, ya que ha vendido el préstamo a un tercero. Si bien conserva la titularidad registral, solo se ocupa de la gestión del préstamo, si no hay ningún acuerdo en contra. De ese modo lo indica el Banco de España.

Por este motivo, el banco no tiene derecho a reclamarte la deuda y menos aún, iniciar un procedimiento de ejecución hipotecaria. En caso de hacerlo, probablemente se declare improcedente si se ha titulizado el 100% del préstamo hipotecario.

¿Una hipoteca titulizada es inembargable?

La respuesta es no. No debes dejar de abonar las cuotas hipotecarias, ya que siempre puede existir alguien legitimado para ejecutar la garantía hipotecaria.

El fondo de titulización hipotecaria tiene la hipoteca en su balance, sin embargo, no cuenta con personalidad jurídica para ejercer acciones judiciales.

No obstante, los inversores que compraron los títulos pueden reclamar si se da un caso de impago. No es nadasencillo determinar quiénes son y estos valores, por lo general, están compuestos por una gran cantidad de hipotecas.

Por otro lado, si te interesa vender la vivienda hipotecada, no afecta en nada que se haya producido una titulización hipotecaria, siempre y cuando se cancele la hipoteca o la entidad bancaria consienta una subrogación.

En resumen, una hipoteca titulizada solo puede ocasionar inconvenientes en caso de que necesites acordar unas nuevas condiciones. En este caso, será necesario pactar una novación con el nuevo acreedor.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la hipoteca titulizada. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos cómo puedes utilizar el nuevo Código de Buenas Prácticas y cuáles son los requisitos que debes cumplir si te ha aumentado la cuota hipotecaria. Continúa leyendo el artículo para saber más.

El 9 de marzo de 2012 fue aprobado el Código de Buenas Prácticas Bancarias. Se trataba de un paquete de medidas urgentes que tenían como objetivo proteger a los hipotecados con menos recursos. Sin embargo, debido al contexto que vivimos actualmente, el Ministerio de Economía, la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores han puesto en marcha una reforma y ampliación de estas medidas para 2023. El principal objetivo es adaptarlas al escenario actual.

Aquellos que cuenten con hipotecas variables, cuya cuota está aumentando debido a la subida del euríbor, se preguntarán cuándo es posible solicitarlo y qué tipo de ayuda es posible obtener. Aquí te contaremos todo lo que necesitas saber sobre el nuevo Código de Buenas Prácticas.

¿De qué se trata el nuevo Código de Buenas Prácticas?

El 23 de noviembre de 2022, el Boletín Oficial del Estado publicó el nuevo Código de Buenas Prácticas. El principal objetivo fue reducir los efectos de la subida del euríbor a las familias de clase media con una hipoteca variable por medio de tres mecanismos:

  • Disminuir la carga hipotecaria de las familias.

  • Reestructurar la deuda hipotecaria.

  • Brindar mayor transparencia para mejorar la oferta hipotecaria.

Las familias más vulnerables, que no lleguen a pagar la cuota hipotecaria podrán optar entre dos tipos de ayuda. Por un lado, pueden ampliar el plazo de devolución del préstamo hasta 7 años, de este modo, la cuota mensual será más baja. La otra opción es pasarse a una hipoteca fija, en este caso, las cuotas sean estables. Para cualquiera de las dos opciones, la aplicación de estas medidas puede ser solicitada hasta el 24 de noviembre del 2024, por un periodo de dos años luego de su aprobación.

Requisitos a cumplir para poder acogerse

Si quieres acogerte al nuevo Código de Buenas Prácticas para familias con dificultades para abonar la cuota de su préstamo hipotecario a causa de la escalada del euríbor, será necesario cumplir con algunos requisitos. Aquí te explicaremos uno por uno:

Debes tener firmado un préstamo hipotecario para vivienda habitual antes del 31 de diciembre.

El precio de compraventa no debe ser mayor a 300 000 euros.

Los ingresos de la unidad familiar no deben ser mayores a 29 400 euros brutos por año, esto es 3,5 veces el IPREM.

En caso de que un miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad que supere el 33%, una situación de dependencia o incapacidad por enfermedad, el límite se extiende a los 37 800 euros, esto es 4,5 veces el IPREM.

En caso de que un miembro de la unidad familiar sufra de parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual mayor al 33%, discapacidad física o sensorial del 65% o más o de incapacidad por enfermedad grave, el límite se extiende a los 46 200, se trata de 5,5 veces el IPREM.

La cuota hipotecaria representa más del 30% de los ingresos netos familiares. Para comprenderlo mejor, si ingresan 2000 euros netos mensuales y debes pagar 700 euros por la cuota hipotecaria, te encuentras destinando más del 30% al pago de la hipoteca.

En los cuatro años previos, la unidad familiar debió sufrir circunstancias familiares de especial vulnerabilidad. Por ejemplo que el esfuerzo para pagar la hipoteca se haya multiplicado por un 1,2. También, en caso de que hayan tenido lugar algunas de las siguientes situaciones:

Uno de los miembros presente una discapacidad del 33% o más, dependencia o incapacidad permanente para trabajar por enfermedad.

Si en la casa residen familiares hasta tercer grado en situación de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que no les permita trabajar.

En caso de que uno de los miembros de la unidad familiar sea víctima de violencia de género, de trata o explotación sexual.

¿Cómo presentar la solicitud al Código de Buenas Practicas?

Para solicitar la adhesión al nuevo Código de Buenas Prácticas debes seguir algunos pasos. Aquí te contaremos todo sobre el proceso para acogerse a esta nueva ayuda si tenemos problemas para abonar las cuotas hipotecarias:

En primer lugar, el banco enviará la información simplificada sobre las medidas alternativas disponibles.

El hipotecado tendrá la posibilidad de elegir la medida que le resulte más beneficiosa.

Luego, el banco entregará una propuesta gratuita con la información del tipo de novación elegida.

Por último, el hipotecado tendrá que entregar la documentación que el banco solicite para acreditar que cumple con los requisitos del Código de Buenas Prácticas. Por otro lado, también se podrá autorizar al banco para que revise estos documentos de forma telemática. Se trata de los siguientes:

  • Las rentas anuales de la unidad familiar.
  • Una Copia de las últimas tres nóminas.
  • Libro de familia.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Copia de la escritura de compraventa.
  • Declaración de discapacidad, de ser el caso.
  • Declaración responsable.

Una vez comprobada toda la información y llevada a cabo la petición de novación, el banco contará con 15 días para su formalización.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el nuevo Código de Buenas Prácticas. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Aquí te contaremos cómo se prevé que cambien las condiciones de las hipotecas al 95%. Se trata de algo que puede afectar a los jóvenes de Madrid. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

El mercado lanza un aviso para aquellos jóvenes que residen en la Comunidad de Madrid y se encuentran analizando la posibilidad de beneficiarse de las hipotecas al 95% para comprar una vivienda por medio del programa ‘Mi Primera Vivienda’.

Programa Mi Primera Vivienda

Se trata de una propuesta que busca facilitar a los menores de 36 años el acceso a una vivienda propia. Esto se logra por medio de hipotecas que implican una menor exigencia de ahorros que las habituales. Este programa fue aprobado en el mes de septiembre de 2022, cuando el Gobierno regional selló un pacto con Caixabank, Santander e Ibercaja.

¿Cómo funciona el programa?

Las bases del programa indican que la Comunidad ha puesto a disposición de las tres entidades un presupuesto de 18 millones de euros, 6 millones a cada una. El principal objetivo es lograr ampliar la financiación bancaria hasta el 95% del valor de tasación de las viviendas o el precio de compra, en caso de que éste sea más bajo. Con la ayuda de las garantías públicas, se logra reducir el importe que los jóvenes deben aportar con sus ahorros para la compra de la vivienda. Además de los gastos de constitución del préstamo respecto a las hipotecas tradicionales, que por lo general, ofrecen un límite del 80%.

El programa Mi Primera Vivienda establece una periodicidad inicial de un año. En otras palabras, aquellos que sean menores de 35 años tendrán la posibilidad de solicitar estos préstamos hasta después de verano. Cuentan con posibilidad de prórroga, si bien es aconsejable comenzar con el proceso de solicitud lo antes posible. Esto se debe a que, se prevé un endurecimiento de las condiciones de financiación que tendrá lugar en los próximos meses.

Sin lugar a dudas, nos encontramos atravesando un momento de gran incertidumbre. En medio de esta escalada de los tipos de interés, lo mejor es tener en claro que las ofertas que hay hoy en día pueden cambiar. Esto las transformaría en productos que nos resultan menos convenientes. En caso de que los bancos continúen cambiando sus estrategias de precios, nos encontraremos en un escenario de tipos bastante más elevados.

Varios de los bancos que son parte del programa ‘Mi Primera Vivienda’ afirman que a corto plazo no tienen planes de modificar las condiciones. Sin embargo reconocen que no descartan llevarlo a cabo en un futuro. Teniendo esto en cuenta, no hay dudas de que resulta conveniente que los potenciales beneficiarios realicen las solicitudes lo antes posible.

¿Qué ofertas de hipotecas al 95% para jóvenes podemos encontrar hoy?

  • Caixabank: brinda a los menores de 35 años una hipoteca fija con un tipo de interés del 2,7% bonificado. Para acceder a ella será necesario domiciliar la nómina. Dicha oferta se canaliza a por medio de imagin, la plataforma de servicios digitales y estilo de vida para jóvenes impulsada por la entidad. Además, la solicitud y la gestión se llevan a cabo de manera online con la aplicación de imagin.

  • Santander: este banco nos ofrece dos opciones. Por un lado, una hipoteca variable con un tipo de interés del 1,79% para los primeros seis meses que luego pasa a euríbor + 0,69%, siempre que se apliquen las máximas bonificaciones. Entre ellas se encuentra, domiciliar la nómina, usar las tarjetas de la entidad y contratar varios seguros. La segunda opción es una hipoteca fija, con un interés del 3,99% en los primeros seis meses y del 3,89% los siguientes, también con las máximas bonificaciones.

  • Ibercaja: también brinda opciones por medio de su ‘Hipoteca Vamos’. La hipoteca fija tiene un interés del 2,75% con las máximas bonificaciones, es decir: nómina, el seguro de hogar y el de vida. Por otro lado, la hipoteca variable ofrece un interés del 0,99% para el primer año y de euríbor + 0,69% los siguientes, con bonificaciones.

Es necesario tener en cuenta que existen bancos que, sin ofrecer condiciones específicas para jóvenes, también cuentan con opciones bastante competitivas, tanto en precio como en porcentaje de financiación. Es por esto que resulta importante comparar ofertas personalizadas de diferentes entidades antes de tomar una decisión.

Los requisitos para acceder al ‘Programa Mi Primera Vivienda’

Los jóvenes deben cumplir con algunos requisitos para tener acceso al programa. Aquí te contaremos cuáles son los principales:

  • Edad: será necesario ser menor de 36 años en el momento de solicitar el préstamo.
  • Solvencia: debes ser solvente y contar con los recursos necesarios para hacer frente al pago del préstamo, a pesar de tener pocos ahorros.
  • Residir en Madrid: tendrás que poseer y acreditar la residencia legal en la Comunidad de Madrid, continuada e ininterrumpida, durante los dos años inmediatamente previos al momento de presentación ante el banco de la solicitud de financiación.
  • Primera vivienda: debe ser la primera adquisición de vivienda a la que se accede en régimen de propiedad.
  • Vivienda habitual: la vivienda a adquirir debe encontrarse en el territorio de la Comunidad de Madrid. Además, tendrá que destinarse a vivienda habitual y permanente del destinatario, durante mínimo por dos años a partir la fecha de adquisición de la misma.
  • Precio: el precio de adquisición de la vivienda, sin los gastos y tributos inherentes a la compra, debe ser igual o menor a 390 000 euros.

Por otro lado, es importante tener en cuenta que será necesario brindar una documentación concreta al momento de realizar la solicitud y que los beneficiarios también adquieren un compromiso.

Un reajuste de fondos

A fines del 2022, el Gobierno de la Comunidad de Madrid solicitó datos a las tres entidades para estudiar cómo evoluciona el programa y sopesar la posibilidad de un reajuste de las cantidades inicialmente otorgadas a cada una de ellas (6 millones de euros).

En el artículo 13 de la orden que recoge las bases del programa dice que las entidades que, pasados los primeros 3 meses de vigencia del convenio, no logren conceder hipotecas respaldadas por, mínimo, el 20% del depósito efectuado por la Comunidad de Madrid, serán consideradas entidades con baja ejecución. Esto es, una cifra de 1,2 millones de euros.

Ante esta situación, oída la entidad en la Comisión de Seguimiento del correspondiente convenio, se retirarán los fondos depositados por parte de la Comunidad de Madrid que no se encuentren afectos a operaciones hipotecarias vigentes. Los fondos que se retiren serán repartidos a partes iguales entre las otras entidades financieras que hayan firmado convenios. En caso de que no quedasen entidades restantes, se retirará por la Comunidad de Madrid el importe, quedando el mismo a disposición de la firma de otros convenios con terceras entidades financieras, nuevamente, a salvo de aquellos fondos afectos al cumplimiento de hasta un máximo del precitado 15%”.

Caixabank es la entidad que mayor demanda tiene hasta el momento. Esta entidad asegura que cuenta con una importante cantidad de solicitudes y espera agotar rápido los fondos que ha recibido de manos de la Comunidad de Madrid para facilitar la compra de vivienda por parte de los jóvenes que no cuentan con ahorros.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre estos cambios en las hipotecas al 95% para los jóvenes. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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