Autor

Cecilia

Explorar

La inestabilidad económico-política ocasionada por, entre otras cosas, el accionar bélico de Rusia sobre Ucrania, hace preveer al Banco Central Europeo un segundo semestre de recaudos. En lo que va del 2022 las autoridades del organismo habían subido los tipos de interés luego de más de una década de relativo estancamiento. Ahora, con el objetivo de intentar controlar el alza récord de los precios, evitar la recesión económica y una crisis energética, prepara mayores aumentos. A continuación te contamos los fundamentos de estas medidas y sus posibles consecuencias, tanto para el sector inmobiliario como para otros actores de la economía.

Por qué el Banco Central Europeo toma esta medida

Tal como había anunciado, el BCE se preparó de cara a iniciar agosto con nuevas medidas, si acaso el diagnóstico del primer semestre lo demanadaba. En ese camino, no llama del todo la atención el comunicado sobre la aplicación de una nueva subida a los tipos de interés. Según sus números, es necesario doblar la apuesta al 0,5%, frente al 0,25% que había comunicado el mes pasado, para combatir la inflación. En efecto, el alza sostenida de precios en la eurozona tuvo un récord del 8,6% en junio, mientras que en España alcanzó los dos dígitos, marcando el nivel más alto desde 1985.

El BCE sigue así los pasos que adoptaron bancos centrales europeos del Reino Unido, Noruega o Suecia, así como los de Australia, Canadá y EUA. Se espera que al restringir la oferta de dinero, se reduzca la demanda, y por ende tengan que bajar los precios para adecuarse a ella.

Se den o no estas predicciones, algunos expertos opinan que el impacto negativo de la medida será limitado. Esto en comparación con la crisis de 2008, donde el euríbor llegó a situarse por encima del 5%, y en los próximos meses, en general, el mercado ve al indicador hipotecario entre el 2% y el 3% para 2023.

Consecuencias en el sector inmobiliario

En el sector inmobiliario los más afectados serán quienes estén pagando una hipoteca y otros préstamos a un tipo de interés variable dependiente del euríbor. Todos ellos se enfrentan a un sobrecoste mensual que se sumará al encarecimiento de la cesta, el combustible y los servicios.

También les implicará nuevos cálculos a aquellos que necesiten financiación para comprar una vivienda ya que, lógicamente, el alza en el interés bancario los afecta.

No obstante lo mencionado, algunos economistas esperan efectos positivos a largo plazo o ven estas medidas como una “oportunidad” para determinados actores. Específicamente, los hogares que no posean deudas hipotecarias pueden tener un incremento de renta al conseguir rendimientos positivos por invertir su dinero. En este sentido, la noticia es buena para los rentistas y para Hacienda, que podrá gravar estos rendimientos en el IRPF.

Consecuencias de las medidas del Banco Central Europeo en otros sectores

Otro colectivo que se verá afectado por el cambio en la política monetaria son las familias que recurren al crédito para financiar su consumo corriente. Esto, por supuesto, debería ser una de las consecuencias más importantes a tener en cuenta.

Y los sectores vulnerables no son sólo las personas de recursos limitados, que ya es malo que lo sean, sino también las familias cuyos ingresos dependen de sus pequeñas empresas. Al complicarse la financiación, las empresas de mediano y pequeño tamaño tendrán más dificultades para que les renueven el circulante y acceder a nuevos préstamos. Un informe del Banco de España ya constata el endurecimiento de las condiciones que establece el sector financiero al conceder créditos a familias y empresas, y espera una mayor contracción tanto de la oferta como de la demanda en verano. Recordemos que las pequeñas empresas suponen más del 97% del total en España, tienen un alto endeudamiento y están muy afectadas por los costes laborales y la energía.

En general, muchas empresas terminarán por trasladar la suba a los consumidores de sus productos, algo que ya es habitual cuando aumentan sus costes. La subida del precio de la energía y las cotizaciones sociales, indefectiblemente impactará también en el tramo final de la cadena de producción.

En el extremo positivo de la balanza, algunos expertos señalan aún que el desendeudamiento no será imposible con estos parámetros y que a largo plazo la subida de tipos también tendrá efectos positivos. Esto se basa en la expectativa de que al generarse créditos más caros mermará la actividad económica a corto plazo, lo que con el tiempo se traducirá en menores precios para contrarrestar la falta de demanda, bajará la inflación y se podrá preveer un crecimiento más sólido y sostenible.

El Banco Central Europeo prepara más subidas de tipos

Según confirmó la máxima autoridad del BCE, Christine Lagarde, tras la subida de 50 puntos básicos de julio, habrá otra en septiembre. Expertos señalan que podría ser de al menos 50 puntos básicos y situarse en el 1%, pero eso dependerá de la evolución de la inflación. De hecho, para evitar sorpresas, la planificación debería contar con los números previstos a largo plazo. Siguiendo ese camino, las expectativas de inflación a cinco años se encuentran actualmente entre el 2,5% y el 2,8%, por lo que los tipos deberían situarse entre el 2% y el 2,5%.

Otro punto a considerar es el tipo de cambio entre el euro y el dólar, que en las últimas semanas, ha favorecido a la moneda estadounidense. Como parte de sus funcinones centrales, el BCE deberá hacerse cargo de que el euro no se deprecie y no se debiliten las economías europeas integradas. Los especialistas indican que el diferencial entre el Sistema Federal de Reservas de EUA (FED) y el BCE no debería superar los 150 puntos básicos.

Con este panorama, desde todos los sectores de la economía de nuestro continente se deberá entonces seguir atentos, no sólo a las medidas del Banco Central Europeo, sino al impacto del contexto político de la guerra y a las definiciones de las otras grandes economías del mundo.

Suscríbete a nuestro Boletín y sigue leyendo más noticias del sector inmobiliario, como la que te recomendamos a continuación:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

¿A quién no le gusta pagar sólo por lo que usa, en vez de hacer grandes inversiones que no ameritan el rédito que se obtiene por ellas? Pues ésa es la idea de la propiedad fraccionada: un sistema de co-propiedad que empieza a tener auge en España, sobre todo para quienes buscan una segunda vivienda para uso propio. En esta nota te contamos qué es y cómo funciona esta propuesta que está en pleno crecimiento.

De la demanda a la oferta

Si las crisis hacen ejercitar la creatividad y hallar nuevas alternativas, esta propuesta podría ser un gran ejemplo. Cuando estudios específicos del sector inmobiliario indicaban el aumento exponencial de la demanda de segunda residencia, la venta freccionada vio su oportunidad de hacerse visible. En efecto, los expertos señalan que dicha demanda había crecido hasta un 50% en las últimas semanas. Al mismo tiempo, quienes han hecho punta en este tipo de ventas reconocen que España dispone de 18 millones de viviendas que se usan tan solo un 15% del tiempo. Para ese público está mayormente dirigida la propuesta, esto es, para inversores europeos interesados en tener una vivienda unos meses en el sur del continente.

Cómo funciona la venta fraccionada

En principio, este modelo trata de partir de la demanda del inversor. En ese camino, la idea es que quien quiera comprar se acerca a la empresa que ofrece el servicio con su presupuesto y sus deseos. Una vez que se define el dinero disponible a invertir, el lugar geográfico deseado y el tiempo que se quiere usar la vivienda, la empresa comienza la búsqueda de posibilidades.

Normalmente el período de tiempo que se usa para vacacionar es de un mes y medio en total. Por esta razón las firmas dedicadas a la venta fraccionada toman ese parámetro como base de la oferta. Dicho de otro modo, dividen el uso de cada propiedad en octavos, dándole a cada inversor el derecho a seis semanas de propiedad. Ciertamente, dentro de esas seis semanas cada co-propietario debe contar con un tiempo en temporada alta, todo lo cual se dirime con un medidador específicamente destinado a ello.

Una de las ventajas de este tipo de operación es que legalmente los compradores se constituyen como una Sociedad Limitada. En este camino, cada persona puede disponer de su parte como si fuera una inversión inmobiliaria que puede deshacer en cualquier momento. Para ello, primero se ofrece la operación al resto de propietarios y si ninguno aceptase se pone a disposición de la red de clientes que tiene la empresa.

Al haber una sociedad de por medio debe existir alguien que regule y establezca los acuerdos entre los socios del activo. Es parte de la oferta de este tipo de operaciones que dicha administración la haga la misma empresa, si acaso no quisieran hacerse cargo de ello los mismos propietarios.

Diferencias con otros modelos

Para asegurar la diferencia con otros modelos de negocios, el concepto de venta fraccionada de viviendas hace hincapié en algunos aspectos centrales. Uno de ellos es el marco legal que respalda la compra y que asegura el efectivo derecho de propiedad de los clientes. Así, se distancia del modelo de multipropiedad, en el que se paga por un derecho a uso de la vivienda. En el caso de la vivienda fraccionada, como se dijo anteriormente, se conforma una Sociedad Limitada, por la cual cada uno es propietario en función de lo que haya pagado y puede vender su parte cuando deja de interesarle formar parte.

Por otro lado, también se busca que este tipo de inversión sea efectivamente para uso propio, o en su defecto, familiar. En otras palabras, que no se convierta en una inversión del tipo Airbnb o de alquiler vacacional para terceros. Para motivar a que esto no suceda, las empresas que ofertan estos contratos sugieren que, en caso de no poder disfrutar de las semanas que le toque a un cliente, pueda éste “vender” ese tiempo a los otro propietarios. De esta manera, el dinero de esa o esas semanas se le restará de los gastos de mantenimiento que tiene la vivienda.

Disponibilidad de viviendas fraccionadas en España

Los especialistas en el sector indican que España dispone de 18 millones de viviendas que se usan tan solo un 15% del tiempo. Ante semejante número, las empresas promotoras de este tipo de venta establecieron acuerdos con agencias inmobiliarias para ofrecer descuentos a los clientes que busquen esta opción. En ese marco, alegan disponer desde áticos de un millón de euros hasta villas de 10 millones de euros. Si esos son los precios máximos, sólo hace falta dividir el valor de la propiedad deseada en octavos para estimar de cuánto debería ser la inversión inicial. Vale aclarar, que si se quiere disponer de más de una fracción puede hacerlo siempre y cuando ninguno de los propietarios posea más de la mitad de la vivienda. Esto a los fines de respetar los requisitos legales de la administración.

Cómo acceder a una compra fraccionada

La principal empresa que lleva adelante esta propuesta en España es Vivla, que trabaja junto con un despacho de abogados y fondos de inversión que le dan sustento a la propuesta. Se trata del fondo americano de capital semilla FJ Labs, el venture capital barcelonés Extension Fund y el británico Fasanara, entre otros. Su actividad se centra en el sur del país, donde hay gran cantidad de viviendas especiales para este uso. Así que si estás buscando una posible inversión, tal vez la compra fraccionada sea tu alternativa.

Si te ha interesado este artículo, puedes seguir leyendo más en el siguiente post:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

En esta nota, desde OI REAL ESTATE, te presentamos tres opciones para vender tu piso. En momentos en los que el mercado inmobiliario se encuentra alterado por la economía y las nuevas reglamentaciones, te puede resultar útil conocer diferentes alternativas. ¿Has oído hablar ya de los portales inmobiliarios, las agencias o los “personal shopper”? Aquí te explicaremos en qué consiste cada opción y cuáles son las ventajas de cada una de ellas. Nuestro objetivo es que elijas la más conveniente, según la situación por la que requieras vender tu casa o departamento.

Tomar la decisión de vender: conoce tus opciones

No siempre es fácil tomar la decisión de vender tu piso. Hay veces que se venden por necesidad más que por haber transitado el desprendimiento de lugares en los que se ha vivido algún tiempo. En esos casos, cuesta establecer no sólo el momento para ponerlo a la venta sino el precio, que puede estar sometido a valoraciones afectivas antes que a la realidad del mercado.

Otras veces es difícil decidir porque son varios lo implicados en las conversaciones previas. Allí cada cual tendrá sus puntos de vista, sus experiencias y sus contactos, y habrá que dirimir varias cuestiones antes de ponerse de acuerdo.

Puede también que la venta del piso sea más una obligación que una decisión. En los casos en los que la vivienda sea un capital de herencia a repartir entre los interesados, es probable que se necesite cierto asesoramiento legal.

Por supuesto, también están los casos en los que el piso se vende por necesidad o conveniencia económica, o sencillamente por cambiar de aires, de ciudad, o de proyecto inmobiliario.

En cualquiera de estos casos existen opciones para vender tu piso. Y lo mejor, es que en realidad no son excluyentes, sino que tienden a complementarse y ser de mucha utilidad si se las sabe aprovechar. A continuación repasaremos las más importantes

Opción 1: el portal inmobiliario

Publicar en un portal inmobiliario es tal vez una de las opciones más compunes cuando has decidio vender tu piso. No sólo le otorgará gran visibilidad a tu propiedad, sino que además hay alternativas sencillas y gratuitas para incursionar. En nuestro país, por ejemplo, Fotocasa está muy posicionado en estos aspectos y recurrir a ellos es contar con más de veinte años de experiencia en el rubro.

Cierto es que aquí el trabajo de publicidad debe hacerlo el cliente, en el sentido de proveer buenas fotos de la vivienda y descripciones claras y certeras de su condición y calidad. A ningún comprador le gusta encontrarse con sorpresas cuando va a ver una casa, por lo tanto, es mejor siempre ser preciso con la información. Es positivo también, remarcar las ventajas del barrio o las comodidades del edificio y todo aquello que pueda interesar a las necesidades de los potenciales compradores.

Un plus que tiene este portal es el de ofrecer el servicio Visita Express, una visita virtual que permite a cualquier usuario visitar de forma virtual, en 3D. En este caso, se podrá contar también con un agente inmobiliario, a fin de que resuelva las inquietudes en el mismo momento.

Opción 2: el agente inmobiliario

Esta es la mejor opción si para vender nuestro piso requerimos además algún tipo de asesoramiento de las normas o la realidad del mercado. El agente o la agencia inmobiliaria nos ofrecerá unos servicios que por nuestra cuenta quizás no sepamos o no podamos gestionar. Cómo decíamos más arriba, el caso más usual es establecer el precio justo de la propiedad, el que responda a tus necesidades y al mercado., Además, será el encargado de facilitar las visitas a la vivienda, resaltar sus virtudes y calidades, así como negociar con el comprador a la hora de cerrar el trato. Esto último es muy importante porque nos facilita entonces la parte legal y administrativa de la operación, a la que podemos no estar habituados.

Para contratar los servicios de los profesionale sinmobiliarios debemos tener en cuenta que habrá entonces un coste. Normalmente, el mismo oscila entre el 3% y el 7% del valor de la compraventa de la vivienda, es decir, un 5% de media. En una propiedad vendida a 300.000 euros, esto significaría paragar al agente unos 15.000 euros. Pero debemos tener en cuenta que, en la mayoría de los casos, aquí también se está pagando por la rapidez con la que, gracias a la especificidad y conocimiento del rubro, se puede cerrar la venta.

Opción 3: el “personal shopper”

Una figura un tanto más nueva y para muchos, aún desconocida, es la del “personal shopper inmobiliario”. En este caso su tarea se concentra en las necesidades de los compradores, por lo cual, deberá contar con una cartera de propiedades en venta que pueda ofrecer. Dichas viviendas serán sometidas a una determinada selección producto del conocimiento que este profesional tiene sobre el mercado comprador.

Vale aclarar, que el listado de propiedades con el que se maneja el personal shopper no está vinculado a ninguna agencia en particular, por lo cual sus opciones son más amplias. Esto es muy relevante si acaso hemos decidido no trabajar con una agencia y en cambio optar por difundir y vender nuestro piso nosotros mismos.

Por supuesto, también debe estimarse un coste por estos servicios, pero el mismo estará charlado antes de iniciar el proceso de búsqueda. En general, se prevee entre el 1% y el 3% del valor de venta de la propiedad.

Hasta aquí te contamos las más comunes opciones para vender tu piso. Cierto es que la selección se basó en propuestas que ofrece el mercado, con profesionales trabajando detrás de cada una de ellas.

Hoy en día existen otras posibilidades, en especial en cuanto a la difusión, ya sea por redes sociales o incluso grandes sitios web que usualmente se dedican a vender productos. Sin embargo, dado el tipo y magnitud de la inversión, y en especial si requieres algún asesoramiento específico, siempre es recomendable recurrir a los profesionales. Revisa en nuestra web los servicios de OI REAL ESTATE y verás que seguro podremos ayudarte a conseguir tu mejor compra-venta.

Si te ha interesado este artículo, te recomendamos seguir leyendo la siguiente nota:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Las modificaciones en los indices de referencia catastrales generaron nuevas inquietudes con respecto a la tasación de una casa. Si bien la modificación es más un traslado de responsabilidad que una novedad procedimental, es siempre positivo revisar este requisito habitual en las operaciones inmobiliarias.

En Oi ReaL Estate te contamos en qué consiste la tasación de una casa, quién las realiza y quién debe solventarlas.

¿Por qué son relevantes las tasaciones?

En los últimos días se ha venido hablando de una medida que corre desde este año relacionada con la modificación de los índices de referencia de Catastro. El cambio fue introducido en el Boletín Oficial mediante la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. En ese sentido, el objetivo es reducir las diferencias que se dan al calcular determinados impuestos inmobiliarios con criterios desfazados respecto del mercado. En concreto, la valoración de Catastro incide en el cálculo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Sucesiones y Donaciones. Como era de esperarse, al ser tributos que afectan a casi cualquier operación de traspaso de propiedades, surgieron críticas e impugnaciones al darse varios casos en los que el valor designado por el organismo público se ubicaba por encima del valor de mercado. Según la nueva normariva tal litigio es responsabilidad del contribuyente, quien de darse esa situación deberá recurrir a la tasación pericial de un profesional especializado en la valoración inmobiliaria cuando se presente la liquidación del impuesto.

Si no has tenido aún que responder por estos impuestos o te encuentras en situación de realizar por primera vez una operación que incluya la compra, herencia o donación de un inmueble, estas novedades deben servir para inferir ciertas cuestiones básicas. La primera de ellas es que la tasación de una casa es una herramienta requerida por determinados organismos de control o financiamiento. El objetivo es que puedan arbitrar consensuadamente el valor de una propiedad, a fin de proceder con los efectos legales y administrativos de este capital. La segunda cuestión es entender a las tasaciones como actividades específicas de profesionales cualificados cuya tarea es estimar el valor de mercado de la vivienda en la fecha en la que se realiza la tasación.

¿En qué casos se requiere hacer la tasación de una casa?

El caso más habitual en el que se hace una tasación es en la compraventa de la vivienda, para que las partes intervinientes en esta operación tengan una referencia de lo que vale la misma. Pero también se debe recurrir a esta instancia si se es sujeto de una herencia, una donación, o, como se decía al principio, hay una situación de discrepancia catastral con el inmueble.

En el primer caso habitualmente hay una tasación hipotecaria, que es la que se realiza cuando para comprar una vivienda se necesita financiación a través de una hipoteca. Aquí el banco necesita saber lo que vale realmente ese inmueble y para ello, hace su propia valoración a fin de conocer el riesgo que va a asumir a la hora de prestar el dinero para la compra de la vivienda. En ese caso la tasación de una casa implica un informe realizado por un profesional en el que se indica cuál es el valor real de la vivienda en el mercado. Como todo esto le sirve al banco para analizar la solvencia del comprador, la tasación actúa como una garantía y en ese sentido estas instituciones financieras suelen recurrir a sociedades tasadoras de su confianza. Esto puede presentar incidencias en cuanto a la imparcialidad del informe, y en eso debe estar atenta sobre todo, la parte compradora.

¿Quién paga las tasaciones?

La mayoría de los bancos financian hasta el 80% del valor de la vivienda que refleja la tasación. Dicho de otro modo, le toca responsabilizarse al comprador por el restante 20% ya sea mediante ahorros u otro tipo de financiación. Entre estos gastos, el banco suele incluir los costes de tasación a quien se concede la hipoteca, dentro de la cantidad que financia el cliente.

Esto es así en tanto y en cuanto nos remitamos únicamente a la operación inmobiliaria. Pero como decíamos antes, también se realiza una tasación en el caso de que haya que subsanar una discrepancia catastral. Aquí la valoración de la vivienda se realiza por parte de la Administración pública a fin de calcular impuestos sobre bienes raíces. Sucede que con la normativa que corre a partir de este año, a veces la valuación de Catastro supera la del mercado. Es entonces cuando aparecen quejas porque se tributa demás por una vivienda que no lo vale. En ese caso la responsabilidad de solicitar la subsanación corre por cuenta del contribuyente. Ese procedimiento requiere de un profesional para que documente la existencia de la vivienda. La labor de dicho técnico será, entonces, constatar que efectivamente no coincide la realidad inmobiliaria con la descripción reflejada en el Catastro y habilitar el curso del pedido en lo legal y administrativo.

¿Qué se tiene en cuenta en la tasación de una casa?

En términos generales, los parámetros decididos por Hacienda y que aplica Catastro se determinaron teniendo en cuenta el promedio de precios de zonas homogéneas de cada municipio. Ello, por supuesto, no tiene en cuenta las especificidades de cada piso, en particular de los de segunda mano. Las tasaciones de mercado, por su parte, son las que tienen en cuenta los bancos y allí sí se contempla otra serie de parámetros. Los más importantes tienen que ver con:

  • La ubicación de la vivienda y su conexión con el transporte y las instituciones públicos;
  • La conexión con servicios, y la cercanía de supermercados y centros ocio, en el caso de ser propiedades vacacionales;
  • La situación u orientación que ocupa la vivienda dentro del edificio o consorcio;
  • La superficie y número de habitaciones que tiene;
  • La distribución y la calidad de los materiales de construcción;
  • La antigüedad y el estado de conservación;
  • La disponibilidad de garage, trastero o ascensor.

Todos estos criterios, como se refleja a lo largo de la nota, son mensurados por profesionales técnicos específicos. Si te encuentras en situación de recurrir a ellos, no dudes en buscar a los mejores para que puedan garantizarte el precio justo y el tránsito más efectivo ante cualquier procedimiento legal o administrativo vinculado a la tasación de tu casa.

Puedes profundizar en estos y otros temas suscribiéndote a Oi Real Estate. Para este post, te dejamos aquí la siguiente sugerencia:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

La decisión de la Administración pública de aumentar el valor catastral afecta indefectiblemente el cálculo de impuestos para la compra de una casa. El eje de la discusión está puesto en la sobrevaluación que esto genera, en especial en las viviendas de segunda mano, donde el mercado tiene otros criterios de colocación de precios. En esos casos, Hacienda estaría cobrando un impuesto basado en un rango más alto de lo que la propiedad vale.

En Oi Real Estate te contamos de dónde proviene esta modificación y cómo afecta los costes de adquirir una propiedad en España.

Por qué se modificó el valor catastral

La justificación de esta medida se debe básicamente a la actualización de la base de determinados impuestos que habían quedado desfazados con respecto al valor real de las propiedades. Esto afectaba negativamente al fisco, ya que habilitaba el cálculo de cargos menores a recaudar por las operaciones inmobiliarias de compra, donación o herencia. De esta manera, el Gobierno realizó el cambio mediante la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude, aprobada el pasado verano.

El problema que surge con esto es que al subir los parámetros, algunos índices se acomodan correctamente y en otros casos, resulta que el valor otorgado por Catastro es superior incluso al del mercado. Recordemos que el sector inmobiliario debe tener en cuenta, además de las fluctuaciones propias de la oferta y la demanda, otros factores vinculados a la calidad de la vivienda en venta. Por ejemplo, la ubicación, el estado de reforma o la distribución interior de las casas, son puntos que suben o deprecian a las mismas.

Los expertos señalan que el nuevo índice de referencia aumenta drásticamente un 17% los impuestos que se pagan al comprar una casa usada. Así lo manifiesta la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) luego de consultar a más de 400 agencias inmobiliarias en todo el país. Frente a ello, el organismo ha empezado los reclamos contra Hacienda, dado que la modificación tiene efecto sobre varios impuestos. Esencialmente incide sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), Actos Jurídicos Documentados (AJD) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD).

Modificación en el valor catastral: Los reclamos del sector inmobiliario

El aspecto económico

El estudio realizado por la FAI indica que el desfazaje entre los precios del mercado y el de Catastro es notable y que el sobrecoste se está produciendo en una de cada cinco compraventas. En el informe, que puede consultarse en su sitio web, la Federación reclama a Hacienda por lo que ha dado en llamar un “catastrazo”. Entre otros puntos, afirman que “este nuevo sistema supone una injusta y nueva carga fiscal y un desembolso económico más para el comprador, lo que desincentivará o puede llegar a frenar una parte de las compraventas, sobre todo entre las personas que quieren adquirir su primera vivienda habitual y en un contexto económico actual complejo marcado por una inflación en máximos históricos”.

El aspecto legal

No obstante, el reclamo no se restringe únicamente a remarcar los efectos contraproducentes que tiene la medida con respecto a los bolsillos de los controbuyentres y, a futuro, al mismo mercado. Desde la Federación advierten que podría incluso tratarse de una política anticonstitucional: “el hecho que Hacienda haya traspasado al contribuyente la carga de la prueba para demostrar el valor del bien adquirido, cuando no está de acuerdo, podría interpretarse como poner en duda la veracidad de la fe pública notarial en las compraventas de mercado, que son la mayoría, y, en consecuencia, podría ser considerado como una práctica confiscatoria y anticonstitucional“.

La crítica deriva de que en la norma se traslada al ciudadano la responsabilidad de impugnar. Conviene recordar que, hasta la entrada en vigor de la normativa, era el fisco el encargado de hacerlo, en caso de darse esa situación. Ahora, el contribuyente deberá recurrir a la tasación pericial de un profesional especializado en la valoración inmobiliaria cuando se presente la liquidación del impuesto.

El aspecto normativo

Finalmente, y más allá de solicitar la revisión de la norma que, preveen, solo puede causar una ola de litigios contra la Administración pública, la FAI reclama también por la pertinencia del ITP. En ese caso, la solicitud es para que el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales quede “exento en el caso de una primera vivienda habitual no de lujo para favorecer la emancipación y el acceso a una vivienda en propiedad“. Esto, claro está, debería ser acompañado de otras políticas tendientes a solucionar todo el problema de acceso a la vivienda que aqueja a España.

Cómo afecta la modificación del valor catastral a los contribuyentes

Considerando los precios de las viviendas de segunda mano, la FAI avanza en el detalle de su informe. El criterio para seleccionar estas últimas es que, por las razones ya mencionadas, son las más afectadas por el nuevo índice de referencia. Según sus números, el 76% de las agencias encuestadas afirman haber constatado una tributación superior al valor de las escrituras. En algunas CCAA, incluso superan ese porcentaje. Son los casos de Aragón, Asturias, Comunidad Valenciana y La Rioja. Murcia, con casi un 93% y Castilla-La Mancha, con un 100%, registran los números más altos del país. Baleares, Madrid y Galicia se encuentran por debajo del 70%, igual que Navarra y el País Vasco, donde este valor de referencia no se aplica.

No obstante, el dato más importante para el contribuyente lo declaran al calcular cuántos impuestos se pagan de más con esta medida. Según el informe, en lugares como Canarias o Galicia el sobrecoste tributario supera el 20%. En las CCAA de Cataluña, la Comunidad Valenciana, Aragón y La Rioja los valores se ubican por encima del promedio nacional (17,1%). Observando el otro extremo, las CCAA con menor sobrecoste son Extremadura y Baleares (por encima del 11% en ambos casos). En definitiva, la FAI advierte que la medida afecta en no menos de dos dígitos el incremento de impuestos en todo el territorio nacional. Se espera, en consecuencia, que a la luz de los reclamos y de las crecientes recusaciones mediante tasación pericial, estas modificaciones sean revisadas.

Si requieres adentrarte más en este tema puedes seguir leyendo el siguiente artículo:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

La reapertura de la economía y el levantamiento de medidas restrictivas a la circulación, producto del actual contexto de pospandemia, parece animar a los extranjeros a invertir en España. Así lo indican los números del INE (Instituto Nacional de Estadísticas), que muestran una recuperación en el sector inmobiliario cercana a la de 2019. Incluso, ya hay algunas comunidades en donde el porcentaje de compra-ventas superó a aquellas medidas.

En Oi Real Estate te contamos el panorama actual del mercado inmobiliario español y cuáles son los puntos de mayor interés para los inversores de otros países.

Un contexto a medias favorable para los extranjeros

El mercado inmobiliario español lleva varios años siendo reconocido como uno de los de mayor interés para inversionistas extranjeros. En parte esto se debe a su ubicación geográfica y su invaluable oferta en témrinos de lugares de descanso, pero también cultural, laboral e innovativa. En ese marco, además, España sigue siendo, frente a otros mercados similares tales como Francia e Italia, algo más económico para las operaciones de compra-venta de casas.

Como en tantos otros sectores, sin embargo, la actividad se vió mermada durante la pandemia por Covid-19 y últimamente, también por el conflicto bélico iniciado entre Rusia y Ucrania. Más allá de las consecuencias específicamente económicas de ambas crisis, justamente esos dos países solían representar un porcentaje de interés en la compra de viviendas. Concretamente, los inversores rusos se ubican como uno de los diez principales compradores de vivienda en nuestro país, al menos desde 2015. Los ucranianos, por su parte, están entre los veinte primeros. Entre ambos, desde entonces hasta la actualidad han realizado el 4,5% de las operaciones inmobiliarias realizadas en España por extranjeros.

Como era de esperarse, la guerra entre esos países redujo el caudal de inversiones. Actualmente los números muestran que el año pasado las inverisones rusas representaron poco más del 2%, frente al 3,8% del 2015. En el caso de los ucranianos la reducción fue algo menor, del orden del 1,8% en 2015 al 1,2% hasta el año pasado. Esto afecta especialmente a las comnunidades autónomas más cercanas a esos países, como Cataluña y Valencia donde la exposición al mercado ruso es más elevada.

Los números de la recuperación del sector

Según los números del INE, en 2019 las operaciones inmobiliarias en nuestro país rondaron el medio millón en relación a la venta de inmuebles. Entre ellas, prácticamente el 17% se debió a inversionistas extranjeros, con 84.263 viviendas. En 2021 esa cantidad llegó a las 86.524, lo que representa un 3% más de casas. En este sentido, si bien en cuanto al porcentaje total de propiedades vendidas en España, las inversiones extranjeras son algo menores (15,3%), el sector se ha mantenido en constante ascenso por más de una década.

Entre las comunidades autónomas que más vendieron en 2021 respecto de los años previos a la pandemia se encuentran las del norte, Aragón y Asturias, y las islas Baleares y Canarias. En prácticamente todos los casos la diferencia entre el 2019 y el año pasado rondó el 0,3%. Sin embargo en las Baleares el aumento fue aún mayor: un 4%, hasta alcanzar el 39,5% de las ventas.

Los pueblos que más seducen a los extranjeros

El portal inmobiliario Idealista ha realizado un análisis de los pueblos que mayor interés despiertan entre los extranjeros, más allá de los clásicos destinos costeros tales como Barcelona. La lista -basada en el porcentaje de visitas realizadas al sitio desde otros países-, cuenta con 22 pueblos de menos de 5.000 habitantes donde el interés por comprar una casa es mayor desde el extranjero que en España.

Algunas de las CCAA con mayor afluencia de extranjeros son las de Castilla y León, Islas Canarias y la Comunidad Valenciana. En el primer caso, las estrellas son los municipios salmantinos de Garcirrey (69%) y El Milano (66 %). En el segundo, Valle Gran Rey (57%), en La Gomera, y Alajero (52%), en Santa Cruz de Tenerife. Ciudad Quesada (55%) y Benitachell son los pueblos más atractivos de Alicante, en la Comunidad Valenciana.

Sin embargo la mayor cantidad de visitas (en porcentaje y cantidad de pueblos buscados), se encuentran en Andalucía y las Islas Baleares. La Comunidad del sur es referencia por pueblos como: Fuente Obejuna (Córdoba) (77%); Laroya (61%), Arboleas (54%), Albanchez y Lubrín (todos en Almería, con el 51%); y luego Cómpeta (57%), Canillas de Albaida y Sayalonga, en Málaga, con un 54%.

Finalmente, Mallorca despierta el interés de extranjeros para mudarse a lugares como Cala Ratjada (63%), Cala Millor y Cala Bona (53%), Sa Coma (52%), Deya y Cala D’Or, con un 51%.

De un extremo al otro, cómo es hoy la inversión extranjera en España

Si se analiza el listado anterior haciendo el corte por provincias, el comportamiento en los últimos años ha sido más bien fluctuante. En términos generales, el mayor número de compraventas igualmente se mantiene sobre las regiones costeras del Mar Mediterráneo y los archipiélagos, que en conjunto suman más del 80% de las operaciones realizadas por extranjeros en España en 2021. No obstante, la provincia más concurrida no es catalana (tradicional y creciente destino para personas de otros países), sino Alicante. Allí, los extranjeros compran una de cada cinco viviendas que se adquieren en nuestro país, resultando en un porcentaje del 19,4% del total. En segunda posición se sitúa Málaga (12,6%), seguida recién por Barcelona (8%), Madrid (7,1%), Baleares (6,8%), Valencia (5,9%) y Murcia (5,4%).

En efecto, en la comparación con el contexto previo a la pandemia, algunas de las comunidades que solían estar siempre en alza respecto del interés extranjero mostraron el año pasado cierto descenso. Desde 2019 a 2021 se vieron valores negativos en Cantabria (de 5,5% a 4,3%), Cataluña (de 16,5% a 14,8%), Madrid (del 9,7% al 8%), Murcia (del 26,8% al 23,4%) y Comunidad Valenciana (del 34,1% al 28,5%),

Como puede apreciarse, no obstante la Comunidad Valenciana marca la mayor caída (5,6%) respecto de su comportamiento habitual, también es hoy una de las que más inversiones extranjeras atrae, respecto del total de compras registradas en España. De hecho, junto con Andalucía y Cataluña concentran el 63% de las ventas de viviendas a extranjeros en nuestro país.

¿Te ha interesado este artículo? ¿Estás buscando propiedad en España y quieres saber más sobre los mejores lugares para instalarte? Continúa leyendo otro de los varios artículos de nuestro Boletín de Noticias. Hoy te sugerimos:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Con las modificaciones definidas para este año por Catastro, sus valores de referencia para las tasaciones han hallado un desfazaje no esperado con los del mercado, en desmedro de los contribuyentes. Se estima que entonces aumentarán en un 25% las tasaciones inmobiliarias para impugnar los valores fijados por el organismo. En este marco, el intento de actualización de parámetros sugeridos para prevenir el fraude fiscal puede derivar en una ola de litigios para corregir los números. En la nota de hoy analizamos por qué estas tensiones entre el mercado y la administración pública necesitan una actualización constante y cómo incide en este caso, en el cálculo del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el de Sucesiones.

Una disyuntiva que sólo se corrige actualizando valores

Está dicho y comprobado: el mercado es dinámico y oscila por la tensión entre la oferta y la demanda. La administración, en cambio, requiere de normas y éstas, de acuerdos entre las partes. Sucede entonces que ocurren desfazajes entre los parámetros a aplicar en determinadas actividades y eso genera disyuntivas respecto de cuál es el criterio más apropiado. Esto es válido para innumerables situaciones en donde intervienen el mercado y una administración central y por supuesto, el sector inmobiliario no escapa a ello.

Cuando ocurre una sucesión o una transmisión de una propiedad deben pagarse impuestos que se calculan en base al valor que tiene la vivienda. Es allí cuando entrana a jugar los criterios de Catastro y los del mercado inmobiliario. Los primeros son, por supuesto, los que terminan siendo juzgados como menos ceñidos a la realidad. Esto pasa, justamente, porque existe un desfazaje entre el contexto crítico económico y el momento en que fueron designados sus parámetros. De allí, la importancia de ajustarlos. Con todo, puede que esos ajustes no atiendan cada caso particular, lo cual es en cierta medida lógico, ya que se trata de medidas de aplicación general. Es entonces cuando pueden impugnarse los valores aplicados por el organismo.

Cómo aplicará la medida al ITP y Sucesiones

La semana pasada se anunció que las tasaciones periciales inmobiliarias aumentarán un 25% debido a la impugnación del valor de referencia que ha establecido Catastro desde este año. La medida alcanza a las transmisiones realizadas entre particulares que tributan por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Sucesiones. El número surge de las estimaciones que tiene el organismo público respecto de las valoraciones asignadas a los inmuebles y que no se corresponden con las del mercado. Tal desfazaje entre los valores de referencia entre uno y otro ámbito hizo que se elevaran en ese porcentaje las valoraciones del organismo público por encima de las del sector inmobiliario. Por este motivo, se espera que las mismas se impugnen con una tasación pericial realizada por un profesional especializado al presentar la liquidación fiscal.

La base de dichas impugnaciones es que los parámetros decididos por Catastro para este año se determinaron teniendo en cuenta el promedio de precios de zonas homogéneas de cada municipio. Ello implica, además de cierto nivel de generalidad, que no considera las fluctuaciones del propio mercado. Concretamente los ajustes que vienen teniendo los valores de los inmuebles a causa del contexto económico y las nuevas normas en discursión para el área. Pero por sobre todas las cosas, los parámetros de la Administración pública no diagnostican la situación específica de cada casa, tal como sí debe hacerlo una inmobiliaria al establecer el precio de compra-venta. Dicho en otras palabras, no tiene en cuenta factores relevantes como el estado de conservación, la orientación o la calidad del inmueble.

¿Se puede impugnar el valor aplicado al impuesto por ITP y Sucesiones?

Dado que el valor de Catastro incide en el cálculo de los impuestos de ITP y Sucesiones, es lógico esperar que surja gran número de impugnaciones. Esto se dará presumiblemente en los casos en los que el valor designado por el organismo público se ubique por encima del valor de mercado. Para dicho procedimiento, se deberá recurrir a la tasación pericial de un profesional especializado en la valoración inmobiliaria cuando se presente la liquidación del impuesto. Al respecto el magistrado de lo Contencioso-Administrativo, Pablo Álvarez, indica que en rigor es posible recurrir tanto la liquidación como la autoliquidación. Esto “abre un periplo de impugnaciones, previo pago de la liquidación”. Lo que en definitiva hará que “aumente la litigiosidad porque existe un mayor margen de impugnación de las liquidaciones tributarias”.

Recordemos que los parámetros instaurados por Catastro se alinean a medidas que la Administración nacional y Hacienda están tomando para evitar fugas en el fisco. Específicamente, la aparición del nuevo valor en la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, busca reducir los “márgenes de error” que se dan al calcular el impuesto con criterios desfazados.

En cualquier caso, los litigios surgen siempre cuando se estipula cobrar al contribuyente un impuesto que no refleja la real ganancia del capital adquirido. Al ser menester que esto no suceda, pero tampoco se devalúe el fisco, se deberá prestar atención a cómo actualizar los valores de manera equitativa. Así como el mercado tiene en su balanza el platillo de la oferta y el de la demanda, la administración pública tiene en la suya los de la norma y el reclamo social. Habrá que ver dónde recae el peso en lo que resta del año.

Si te ha interesado este artículo te recomendamos la siguiente nota:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

La semana pasada la presidenta de la comunidad de la capital española, Isabel Díaz Ayuso, anunció la ampliación hasta el 25% de la bonificación en el impuesto de sucesiones y donaciones entre hermanos, tíos y sobrinos. Con esta medida, desde su gobierno buscan amortiguar la carga de impuestos en Madrid, como parte de un conjunto de políticas de ayuda a los ciudadanos más vulnerables. Te contamos el contexto y el alcance previsto de estas medidas, y cómo incidirá a futuro en el bolsillo de los madrileños.

La medida del gobierno, a la medida de los contribuyentes

El anuncio de la bonificación en el impuesto de sucesiones alimenta las expectativas de los madrileños por las medidas que puedan tomar las autoridades para reducir la carga impositiva en esta comunidad. Esta política, según los cálculos del Gobierno regional, afectará a unos 11.500 contribuyentes, generando un impacto fiscal de casi 48,3 millones de euros.

Con estas expectativas, el objetivo es sumar propuestas de rebajas fiscales en un contexto en el que la situación habitacional restringida en las grandes ciudades se suma al recorte de ingresos que han sufrido muchas familias por la crisis sanitaria primero y la inflación después. Ese es el marco, además, que motivó a las autoridades locales a introducir bonificaciones para las sucesiones con este grado de parentesco. De hecho, fue la primera comunidad autónoma en hacerlo, en 2019.

El refuerzo a esta medida se suma al conjunto de propuestas que el gobierno tiene en dirección a reducir la carga fiscal de los contribuyentes. Se une, por ejemplo, a la deflactación declarada en todos los tramos del IRPF. Recordemos que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se modificó recientemente para combatir los efectos de la inflación.

El detalle de la bonificación

El tributo sobre las sucesiones ya había sido reformado anteriormente para las relaciones directas o de descendencia, dentro del núcleo familiar. En 2006 la modificación estableció que para los impuestos de sucesiones y donaciones entre hijos y padres, y entre cónyuges, la bonificación sería del 99%. Desde su entrada en vigor, la norma motivó un aumento en el número de autoliquidaciones de un 178% para sucesiones y un 1.400% para donaciones. La nueva bonificación incrementa en más de 10% la rebaja actual y entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2023.

Actualmente las sucesiones entre hermanos o a sobrinos cuenta igualmente con una bonificación, siempre menor a las de descendencia. Está establecido que por este impuesto se pueda deducir un 15% sobre la sucesión entre hermanos y un 10% si es entre tíos y sobrinos. La medida anunciada ahora por Isabel Díaz Ayuso eleva al 25% la bonificación para todos estos grados de parentesco.

Este tipo de políticas, igualmente, pueden repercutir favorablemente en la colaboración con el fisco más allá del contexto económico actual. En rigor, las sucesiones son un tema que genera muchas consultas e inquietudes por parte de los contribuyentes. Esto se debe a que no ven como algo necesario, o incluso justo, el pagar un tributo sobre una propiedad sobre la cual ya se han hecho todas las descargas posibles correspondientes. En ese punto, que el Estado se quede con una parte de lo heredado sencillamente por la transacción, desmotiva el blanqueo de herencias. A largo plazo, esto repercute en las cuentas fiscales de la comunidad. Este tipo de reducciones, en cambio, habilitan a que las transacciones estén declaradas de antemano. Sin dudas, es una buena noticia para el mejor control del fisco pero también, para mayor tranquilidad de los ciudadanos.

Impuestos en Madrid

Expectativas por la reducción de impuestos en Madrid

El debate por el equilibrio fiscal requiere de grandes acuerdos, en una discusión que fácilmente se traslada de la teoría a la práctica, y viceversa. Si bien hace tiempo que se inició una baja de impuestos en Madrid, lo cierto es que en muchas CCAA el tema presenta disyuntivas. Básicamente, la disquisición está entre aumentar los ingresos del ayuntamiento mediante el incremento de impuestos, o el de bajarlos para evitar la morosidad. En un caso, el riesgo es que los impuestos sean un factor prohibitivo para acceder a ciertos bienes, y en el otro caso, que la recaudación sea demasiado baja. O se le pide mucho a un grupo de cada vez menos personas, o se le pide poco a la generalidad de la población. Allí está el viejo dilema.

En cualquier caso, Madrid es hoy la comunidad autónoma que mayores bonificaciones aplica en los impuestos patrimoniales. En este marco, es uno de los focos a observar por otras comunidades autónomas, a la espera de los posibles caminos que pueda derivar la reforma fiscal general. Recordemos que el debate sobre esta política se encuentra aún aplazado por la Ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aún cuando ya cuenta con una primera propuesta elaborada por expertos. Ante la mirada atenta de todos los sectores que esperan una armonía en las cuentas fiscales, cada medida es de interés local, pero también, nacional.

Si quieres conocer más sobre los antecedentes de este tema, sumérgete en las notas de Oi Real Estate, donde encontrarás todos los análisis y novedades de lo que ocurre en el sector inmobiliario de nuestro país. Suscríbete a nuestro boletín para recibir en tu correo las últimas noticias, o accede al buscador para encontrar más artículos y profundizar en temas de tu interés, como el siguiente:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Barcelona es un mercado que no deja de sorprender y sigue cautivando la mirada de locales e internacionales. A pesar de las crisis, primero sanitaria con el COVID-19 y luego con las restricciones a la actividad, sigue seduciendo a inversores de todos lados. Ese perfil le permite augurar un aumento en las viviendas de lujo este año, a pesar de que la obra nueva sigue parada.

En la nota de este sábado te llevamos a conocer el panorama actual inmobiliario de la siempre sorprendente Ciudad Condal.

Barcelona se prepara para recibir nuevos inversores

Cada vez más, la costa catalana resulta de interés para quienes quieren comprar viviendas de lujo en una comunidad que ostenta vista al Mar Mediterráneo. Además, sus conocidos atractivos culturales y su demostrada incursión en los mercados del entretenimiento y la innovación llama la atención de locales y extranjeros.

En el mercado inmobiliario, esto se ve especialmente en la demanda de viviendas de lujo por parte de inversores que cuentan con grandes patrimonios. Se calcula que los precios en ese sector subirán un 4% este año, según las previsiones volcadas en el informe Barcelona Insight. Se trata de un segmento que viene cotizando en alza desde hace más de diez años, alcanzando un 21,7% hasta 2021. Esto, considerando las crisis que han sacudido a España y al mundo en los últimos años, genera una sensación de resguardo. Por supuesto, esto es válido para quienes tienen los recursos de acceder a estas viviendas. No obstante, se espera que la llegada de estos inversores también repercuta en otro perfil de consumidores.
Mientras tanto, el mercado residencial de lujo en Barcelona ha demostrado un repunte relativamente rápido tras las restricciones por la cuarentena 2020-2021. El número de operaciones de compraventa creció en un 38% en favor del año pasado, y un 13% respecto a 2019, con un total de 66.000 transacciones.

Barcelona: mercado de elite también para la innovación

Expertos señalan que el número de personas que viven en Barcelona con un patrimonio superior a 30 millones de dólares crecerá un 61,3%, hasta alcanzar los 2.298 en 2026. A tan poca distancia de ese momento, España se posiciona como uno de los quince países con mayor número de grandes fortunas residiendo entre sus fronteras. Esto invita a consolidar un nuevo tipo de consumidor en la región, que además del aspecto residencial le seduce el mercado digital y tecnológico.

Ambas tendencias tienen una visible causa justa. Respecto del sector inmobiliario, Barcelona tiende a ser un mercado de elite porque aún con los precios en alza sigue siendo una alternativa más económica que los centros turísticos de Francia o Italia. Hay actualmente un 15% de los compradores que son extranjeros. Los mismos acceden a propiedades cuyos precios rondan los 8.200 euros/m2 y precios super lujo que superan los 20.000 euros/m2.
Por otra parte, esos compradores representan un segmento de inversores jóvenes, de entre treinta a cuarenta años, que se trasladan para unirse al creciente sector digital y tecnológico de la ciudad. Allí el mérito lo tiene el propio sector de empresas surgidas de start-up, en donde Barcelona está tercera en Europa. En este escenario, la expectativa es que se abran nuevos mercados acordes a las necesidades crecientes de estas compañías.

Nuevas iniciativas pero sin obras nuevas

A pesar del generoso panorama que perfila a Barcelona como un mercado de elite para grandes inversores locales y extranjeros, la base sigue siendo la vivienda construida. Como en el resto de las grandes ciudades de España, la obra nueva ha tenido un feroz desaceleramiento en parte por las restricciones durante la cirsis sanitaria pero aún más por las medidas impuestas al sector.

Se estima que en respuesta a las medidas regulatorias, se relevaron sólo 8.119 viviendas terminadas en 2021, frente a las 44.160 de 2008. Esto significa un drástico descenso de más del 80% en trece años. En ese período, el mercado inmobiliario general, sea de alquileres, casa nueva o de segunda mano, se vio afectado por diferentes medidas que proclamaban, sobre todo, buscar soluciones al problema de acceso a la vivienda. En los últimos cinco años en Barcelona se vio lo que, en parte, fue percibido también en otras regiones de nuestro país:

  • En 2017: la prohibición de construir nuevos hoteles aumentó la demanda de alquileres vacacionales.
  • En 2018: se exigió que en los proyectos de más de 600 m2 se destinara un 30% a viviendas sociales.
  • En 2020: Cataluña introdujo un nuevo límite de alquiler.
  • En 2021: se prohibieron todos los alquileres de habitaciones privadas a corto plazo.

Aunque esta última medida fue anulada recientemente por el Tribunal Constitucional, la Ley de Vivienda que se prevee esté definitivamente aprobada en los próximos meses podría devolver las competencias de control de alquileres a las regiones. Deberá prestarse atención, entonces, a que las medidas no desmotiven las nuevas inversiones y mercados potenciales que pueden hacer seguir creciendo a la ciudad y la población de Barcelona.

Si te ha interesado este artículo puede que quieras también seguir conociendo más aspectos de la actualidad catalana en esta otra nota:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Uno de los tributos que se deben pagar en un contrato de compra-venta es el conocido como “Plusvalía Municipal”. El mismo se calcula, justamente, sobre una ganancia en la transacción, pero no siempre le corresponde a la misma figura responsabilizarse por él. En esta nota te contamos detalles inherentes a la norma, que pueden ayudarte a responder algunas de las consultas más habituales sobre este impuesto.

El detalle de la norma

Toma nota de esto si compras una propiedad a alguien que no reside en España: el pago de la plusvalía municipal le corresponde al comprador. En efecto, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (o “Plusvalía Municipal”), no aplica a todos por igual. Hace más de dos décadas, la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales del Estado impulsada por el Gobierno español estableció algunas diferencias. Ese impuesto, que básicamente se paga por el incremento del valor del suelo, queda a cargo de distintas figuras. En la compra del terreno para una inversión inmobiliaria se responsabiliza al promotor. En otros casos, al vendedor -cuando se han obtenido ganancias en el traspaso-, o al donatario, en caso de haber recibido una herencia. No obstante, los extranjeros no residentes en España quedan liberados de declarar y pagar este tributo.

¿Se puede solicitar un reembolso por pagar la plusvalía municipal?

Recordemos que, en líneas generales, la Ley de Haciendas Locales intima a pagar la plusvalía al vendedor de la vivienda, pero excluye al no residente. En ese sentido, es el comprador el encargado de presentar y pagar el impuesto frente al Ayuntamiento donde se encuentre la casa. No obstante, la Ley General Tributaria (LGT) le permite exigir el reembolso de la plusvalía municipal a este tipo de vendedor. La dificultad aquí proviene de que se trata de una acción civil, lo cual presume muchas veces extensos tiempos procesales. Concretamente, si el vendedor se niega a compensar al comprador en el pago de la plusvalía, la norma habilita al reclamo vía judicial.
Una forma de evitar esta instancia es adelantarse al momento del reclamo y tener pactada la compensación en el momento de la compra. Con esta idea, la escritura de la venta se convierte en una herramienta para proteger, de alguna manera, a quienes adquieren una vivienda. Así, al interponer una cláusula en el contrato, se puede acordar que el vendedor rebaje el precio de la vivienda en compensación por los gastos de plusvalía saldados por el comprador. Lógicamente, estos son acuerdos a nivel de contractual, que sólo involucran al notario y a las partes. En términos formales, igualmente será el comprador el que deberá declarar y liquidar el pago de la plusvalía municipal.

¿Puede el comprador recurrir este impuesto?

Según José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, el comprador podría valerse de la letra de la norma para recurrir el impuesto. Cotejando con la conveniente asesoría legal, se entiende que si el comprador en estos casos es quien reemplaza como contribuyente al vendedor, ello no desliga a este último como el principal responsable. De esta manera, Salcedo señala que el comprador gozaría de legitimación para recurrir, tanto en reposición ante el Ayuntamiento, como en vía económico-administrativa. Apelando al artículo 232.1 de la LGT, esto significaría que “estarán legitimados para promover las reclamaciones económico-administrativas: a) Los obligados tributarios y los sujetos infractores. b) Cualquier otra persona cuyos intereses legítimos resulten afectados por el acto o la actuación tributaria”.
A pesar de que esto también puede implicar tiempos más laxos que los de acordar todo previamente mediante un contrato, el interponer un recurso para recuperar la plusvalía municipal que el vendedor no residente no quiere abonar puede ser una opción más.

¿Cómo se calcula el monto a pagar por este impuesto?

Si evaluamos la letra y lo que sucede efectivamente en la práctica, hay dos métodos para calcular la base imponible del impuesto. En el primer caso, la norma indica que se debe multiplicar el valor catastral del inmueble con los coeficientes que se aprueban cada año. Los mismos están contemplados, por ejemplo, en la ley de Presupuestos Generales del Estado y evolucionarán en función del mercado inmobiliario. Con este método, el contribuyente tiene la posibilidad de tributar en función de la plusvalía real obtenida en el momento de la transmisión del inmueble. Se trata de datos que están en la escritura o en sus anexos, por lo que calcular el impuesto por esta vía no debería plantear muchos problemas.
Un segundo método surge de calcular la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o adquisición del inmueble. Esta fórmula se aplica habitualmente cuando el contribuyente puede demostrar que la plusvalía real es inferior a la resultante del método de estimación anterior. Por ello es necesario contar con una copia de la escritura de adquisición, para que el comprador pueda aportarla al Ayuntamiento y así tributar por el incremento de valor realmente obtenido.

Entonces, ¿cuál es la mejor forma de gestionar el pago de la plusvalía municipal?

A los efectos de un proceso transparente de compra-venta de una casa, el vendedor tendrá que poner en conocimiento del comprador la existencia de cualquier comprobación de valores que se le hubiera podido notificar en relación con el inmueble. Recordemos que antes de venderlo, debió adquirirlo en determinadas condiciones y por tanto debe estar declarado a efectos del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, o de Sucesiones y Donaciones, si lo adquirió por herencia o donación.

Dadas estas alternativas, las partes pueden calcular las respectivas responsabilidades fiscales e impositivas sobre números reales y atendiendo a cada caso específico. Si hubo ganancias, se tributará sobre ellas de la manera en que la Ley lo indica. Pero también es importante recordar que toda colaboración y acuerdo previo puede resultar en que la balanza con Hacienda se incline hacia el contribuyente. Tal sería el resultado si se demuestra que no hubo ganancias con la venta de la casa y por ende el impuesto no tendrá que pagarse. Como es de esperar, igualmente se deben presentar ante el Ayuntamiento la escritura de adquisición, así como la comprobación de valores que en su caso se hubiera podido notificar al no residente, para acreditar que no ha habido incremento. En este caso es el vendedor que reside en el extranjero quien debe aportar dicha información, ya que es quien oportunamente adquirió la vivienda y pudo recibir la comprobación de valores.

En todo caso, es positivo estar al tanto de las normas y asesorarse correctamente antes de iniciar un proceso de compra-venta. Si esta es su situación, no dude en consultar a los especialistas en el mercado.

Oi Real Estate

Siga leyendo más sobre este tema en el siguiente artículo:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas