Autor

Agustina Redacción

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó, finalmente, la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que se estaba debatiendo en el Senado. La nueva normativa implica varias modificaciones en las operaciones del sector inmobiliario y significa un incremento en varios de los tributos que intervienen en ellas. En este artículo te contamos cómo la Ley de Fraude Fiscal modificará finalmente a los beneficios fiscales que implicaba hasta ahora la donación de vivienda.  

El Ministerio de Hacienda, encabezado por María Jesús Montero, presentó un anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal en octubre del 2020. El principal objetivo de esta iniciativa era, precisamente, disminuir los niveles de elusión fiscal. ¿De qué manera? A través de la modificación de una serie de normas tributarias y regulaciones en otros ámbitos. El anteproyecto fue aprobado y a partir de allí emprendió su camino para convertirse finalmente en ley.

El proyecto fue debatido en la Cámara de Diputados del Congreso y aprobado allí el pasado 25 de mayo. Luego, el 17 de junio, ingresó en el Senado. En ambas cámaras, los partidos integrantes presentaron diferentes enmiendas al proyecto. Estas son aquellas con las que hoy, finalmente, la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal entra en vigencia, teniendo en cuenta su reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Cómo modificará esta nueva normativa a los beneficios fiscales que, hasta hoy, implicaba la donación de vivienda? A continuación te lo contamos.

¿Qué normativa regía hasta hoy para la donación de vivienda y qué cambios se buscó introducir con la Ley de Fraude Fiscal?

La donación de vivienda o pacto sucesorio es un acto por el cual una persona entrega un bien inmueble a otra a título gratuito, como obsequio. Esta implicó siempre una ventaja fiscal con respecto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). ¿De qué se trataba este beneficio?

Aquellos donatarios que quisieran vender la vivienda antes de producirse el fallecimiento del donante no debían tributar en el IRPF, como sí ocurre en el resto de las operaciones de compraventa inmobiliaria. Ahora bien, ¿qué intentaba modificar respecto a esto el proyecto original de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal?

En definitiva, Hacienda buscaba eliminar este beneficio con la nueva ley. Por eso, aquellos contribuyentes que quisieran vender un bien inmueble recibido en donación antes de fallecer el donante sí comenzarían a tributar en el IRPF. 

¿Qué enmiendas presentó el PSOE para mantener las ventajas fiscales de la donación de vivienda?

Sin embargo, de todas las medidas y ajustes que la iniciativa incluía, la eliminación de ventajas fiscales en los pactos sucesorios fue la que más revuelo causó, especialmente en el sector inmobiliario. Aparentemente por esta razón, cuando el proyecto ingresó en el Senado, fue el mismo PSOE quien presentó una serie de enmiendas. Entre ellas, algunas que buscaban mantener estos beneficios. ¿De qué se trató la propuesta de los Socialistas?

En principio, propusieron mantener estos beneficios en la venta de inmuebles obtenidos por pactos sucesorios. ¿En qué ocasiones? Sólo cuando la transacción ocurra cinco años después de producida la donación o el fallecimiento del causante. De esta manera, igualmente existiría un período transitorio de cinco años en el cual no se aplicarían las ventajas fiscales correspondientes, como sí ocurre actualmente. Los beneficios sólo se obtendrían cuando la venta se produjera luego de cumplido este plazo.

Finalmente, la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que fue publicada en las últimas horas en el BOE y, por lo tanto, ya ha entrado en vigencia, contempla las enmiendas presentadas por el PSOE. Es decir, que todos los pactos sucesorios que se produzcan de aquí en más en territorio español contarán con sus beneficios fiscales correspondientes. Esto, siempre y cuando la venta de los bienes inmuebles recibidos en una donación ocurra luego del período de cinco años mencionado.

¿Cómo queda regulada la donación de vivienda a partir de hoy, con la entrada en vigencia de la Ley de Fraude Fiscal?

Los Socialistas propusieron modificar, específicamente, el artículo 36 de la Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este, a partir de ahora, quedaría de la siguiente manera:

Artículo 36. Transmisiones a título lucrativo.

“Cuando la adquisición o la transmisión hubiera sido a título lucrativo se aplicarán las reglas del artículo anterior, tomando por importe real de los valores respectivos aquellos que resulten de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sin que puedan exceder del valor de mercado.

No obstante, en las adquisiciones lucrativas por causa de muerte derivadas de contratos o pactos sucesorios con efectos de presente, el beneficiario de los mismos que transmitiera, antes del transcurso de cinco años desde la celebración del pacto sucesorio o del fallecimiento del causante si fuera anterior, los bienes adquiridos, se subrogará en la posición de éste, respecto al valor y fecha de adquisición de aquellos, cuando este valor fuera inferior al previsto en el párrafo anterior.

En las adquisiciones lucrativas, a que se refiere el párrafo c) del apartado 3 del artículo 33 de esta Ley, el donatario se subrogará en la posición del donante respecto de los valores y fechas de adquisición de dichos bienes.”

Otras medidas

Cabe aclarar que la nueva Ley de Fraude Fiscal también implica que, las transmisiones realizadas mediante pacto sucesorio entre las mismas personas se acumularán. Es decir, que pasarán a ser consideradas como una única transmisión, en caso de que se realicen dentro de un plazo de tres años.

También es importante mencionar que los pactos sucesorios afectados por la nueva normativa serán únicamente aquellos efectuados luego del 11 de julio de 2021, día en que la nueva ley fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigencia.

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Los bienes inmuebles tienden a incrementar su valor de mercado con el correr de los años. Al producirse una operación de compraventa, existe un tributo que grava esta diferencia positiva entre el precio de adquisición de una vivienda y su precio de venta. Se trata de la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). ¿Qué ocurre con esta plusvalía cuando se recibe un bien inmueble en herencia o donación? A continuación te lo contamos y te mostramos cómo calcular el importe a pagar por ella.

Plusvalía significa, por definición: “aumento en el valor de una cosa”. En el caso de los bienes inmuebles, que suelen aumentar su precio a medida que pasan los años, se trata de la diferencia positiva entre su valor de adquisición o compra y su valor de transmisión o venta. La plusvalía municipal es el tributo que se encarga de gravar esta disparidad. ¿Sólo se aplica cuando se lleva a cabo una compraventa? No, también deberá ser aplicado cuando se produzca una herencia o una donación.

En este artículo te contamos de qué se trata la plusvalía municipal, quiénes deben soportarla en una herencia o donación y cómo se calcula el valor a pagar por ella, ¡sigue leyendo!

¿Qué es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal?

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) es aquel que grava la diferencia positiva entre el precio de adquisición o compra de una vivienda y su precio de transmisión o venta. También se lo conoce como plusvalía municipal, ya que se trata de un tributo directo recaudado por cada municipio en particular.

Es importante mencionar que el IIVTNU grava únicamente a los bienes inmuebles de naturaleza urbana. Es decir, que las fincas rústicas no están sujetas a él. También, que su pago sólo incumbe al momento de producirse una compraventa, una herencia o una donación, nunca antes. Esto se debe a que el momento de la transmisión es el único en donde puede compararse su precio con el de adquisición.

Ahora bien, como mencionamos, una de las operaciones afectadas por la plusvalía municipal es la de compraventa. ¿Quién debe abonar el impuesto en este caso? En casi todos los casos es el vendedor. Sin embargo, existen algunas ocasiones en donde el comprador asume esta responsabilidad. En este artículo tratamos este tema con más detalle.

A continuación hablaremos específicamente de cómo se aplica el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) cuando se produce una herencia o donación.

¿Cómo grava la plusvalía municipal a la herencia y a la donación?

A diferencia de las operaciones de compraventa, en donde la carga por el IIVTNU o plusvalía municipal es soportada por el transmisor, en estos dos casos son los receptores quienes deben hacerse cargo. Dejemos bien en claro quiénes son ambos sujetos pasivos:

  • Herencia: en este caso, quienes deberán abonar la plusvalía municipal serán los herederos.
  • Donación: aquí, el tributo deberá ser soportado por los donatarios.

Cómo calcular el importe a pagar de plusvalía municipal por una herencia o donación

Para determinar el importe final que deberá pagarse por el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) será necesario calcular o reunir primero dos elementos: la base imponible y el tipo impositivo. Te contamos cómo:

Base imponible

Al calcular este primer elemento es que sabremos de cuánto fue el incremento de valor que el inmueble ha experimentado a lo largo de los años. Para esto es importante contar con dos datos: 

El valor catastral del bien inmueble 

Debe ser aquel correspondiente al momento en que se produce la herencia o donación. ¿Dónde puede consultarse? En el último recibo del IBI o en el sitio web del Catastro.

El porcentaje de incremento de valor que se produjo a lo largo de los años

Este valor puede calcularse según:

  • La cantidad de años que hayan transcurrido desde la adquisición del bien inmueble hasta el momento en que se produjo la herencia o donación.
  • El coeficiente que haya establecido el Ayuntamiento correspondiente, que debe ubicarse siempre por debajo de los siguientes valores:
    • 3,7% cuando han transcurrido entre 1 y 5 años.
    • 3,5% cuando han transcurrido hasta 10 años.
    • 3,2% cuando han transcurrido hasta 15 años.
    • 3% cuando han transcurrido hasta 20 años.

Como habrás notado, los coeficientes mencionados determinan cuánto se debe aplicar sobre los inmuebles de hasta 20 años de antigüedad, no más. Esto quiere decir que, cuando la vivienda heredada o donada supere esa cantidad de años, el porcentaje de plusvalía municipal seguirá siendo siempre de hasta un 3%.

Tipo impositivo

Se trata de la tasa porcentual que se aplicará a la base imponible para, finalmente, obtener el valor a pagar. El mismo es también determinado por cada Ayuntamiento y no podrá superar el 30%.

Ejemplo de cálculo del valor a pagar de plusvalía municipal por una herencia o donación

Vamos a graficar lo expuesto anteriormente con un ejemplo: una persona adquiere una vivienda en Sevilla en el año 2009, luego decide donarla a un familiar en el año 2021. Es decir, que han transcurrido 12 años. En el último recibo del IBI el valor catastral que figura es de 45.000 euros. ¿Cómo se determina el valor a pagar en este caso?

Datos necesarios para realizar el cálculo:

  • Valor catastral: 45.000 euros.
  • Años completos transcurridos: 12 años.
  • Porcentaje de incremento a aplicar en Sevilla (2021): 3,2%
  • Tipo impositivo en Sevilla (2021): 26,8%

Cálculo del valor a pagar por la plusvalía municipal:

  • Incremento de valor: 3,2% x 12 años = 38,4%
  • Base imponible: 45.000 euros x 38,4% = 17.280 euros
  • Tipo impositivo: 26,8%

Valor a pagar: 17.280 x 26,8% = 4.631,04 euros

Es importante tener en cuenta que en este ejemplo utilizamos los coeficientes aplicados por el Ayuntamiento de Sevilla. Sin embargo, en todos los otros casos será necesario consultar los valores determinados por el municipio correspondiente.

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Si bien dejar un bien inmueble en herencia sigue siendo la opción más común entre aquellos propietarios que buscan ayudar a sus seres queridos, la donación no se queda atrás. Se trata de una decisión que depende de cada caso en particular, ya que es posible que en determinadas circunstancias donar un bien ofrezca más ventajas que dejarlo en herencia. ¿Cuáles son los beneficios que implica la donación de una vivienda? ¿Pueden llegar a perderse con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal? En este artículo te lo contamos.

No siempre dejar un bien en herencia es la mejor opción cuando se quiere ofrecer una ayuda a un ser querido. La donación de vivienda implica una serie de beneficios que otro tipo de operaciones no. En este artículo te contamos cuáles son, para que puedas tomar la mejor decisión. ¡Sigue leyendo!

¿De qué se trata la donación en vida de una vivienda?

El Código Civil, en sus artículos 618 y 629, define a la donación como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.” También indica que “la donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación.” ¿Qué significa esto?

En primer lugar, la ley contempla que cualquier sujeto puede entregar cualquier tipo de bien a otro, a título gratuito. Por otro lado, para que la donación se haga efectiva, el beneficiario debe aceptar formalmente este obsequio.

Sin embargo, la gratuidad de este acto no es total. Tanto donante como donatario deben afrontar el pago de una serie de impuestos. ¿Cuáles son?

Impuestos que gravan la donación de vivienda

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

El donatario, es decir, quien recibe la donación, deberá abonar este tributo de acuerdo al valor del bien inmueble que le fue obsequiado. Se trata de un gravamen que se recauda en todo el territorio español, pero cuya administración está cedida a las diferentes Comunidades Autónomas. Por lo tanto, la aplicación de reducciones y bonificaciones puede variar según la región. En este artículo te ofrecemos una guía para entender cómo se aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en las diferentes Comunidades.

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

En este caso, el donatario sólo deberá abonar este tributo cuando se trate de un inmueble de, precisamente, naturaleza urbana. Es decir, que no aplica a los terrenos que se encuentran en áreas rurales. La plusvalía municipal, como su nombre lo indica, es recaudada por cada municipio en particular.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Los dos tributos que mencionamos anteriormente gravan al receptor de la donación. Sin embargo, en el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es el donante quien debe abonarlo. ¿Qué excepciones hay? El propietario no tributará en el IRPF cuando el bien inmueble entregado sea su vivienda habitual y cuando tenga más de 65 años de edad.

Beneficios de la donación de vivienda

Permite beneficiar a los seres queridos en el momento que se desee

La donación, a diferencia de la herencia, puede ser realizada en cualquier momento. De esta manera, no será necesario esperar a que se produzca el fallecimiento del propietario para que el beneficiario reciba los bienes. De hecho, esta es la razón más frecuente por la cual muchas personas eligen brindar una donación en vida.

Permite evitar conflictos al momento de la repartición de bienes

Las discusiones cuando se produce el fallecimiento de un allegado y es necesario repartir sus bienes suelen ser muy habituales. Es por esta razón que para un propietario con varios herederos puede ser más beneficioso realizar donaciones en vida, para evitar que luego se produzcan este tipo de conflictos.

Permite imponer al donatario un plazo o una condición

El donante tiene la posibilidad de someter la donación al cumplimiento de un plazo o de una condición, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos por la ley. ¿De qué se tratan estos plazos y condiciones?

  • Plazo: puede imponerse para someter la donación a un acontecimiento futuro y que existe la certeza de que ocurrirá. Por ejemplo, cuando se quiere donar un bien inmueble a un menor edad pero que este lo reciba cuando cumpla los dieciocho años.

  • Condición: puede imponerse cuando este acontecimiento futuro es incierto y no se sabe si ocurrirá. Por ejemplo, cuando se quiere donar un bien inmueble a una persona, pero solo se desea hacer efectiva la donación si contrae matrimonio o estudia determinada carrera.

Permite reservar la facultad de disponer de lo donado

El donante, una vez efectuada la donación, tiene la posibilidad de reservar su facultad de disponer de algunos de los bienes donados. Cabe aclarar que no puede disponer de todos ellos, sino que sólo de algunos. En caso de que el donante muera sin hacer uso de este derecho, es el donatario quien pasará a ser el titular pleno, libre y definitivo de estos bienes.

En este sentido, es importante resaltar que, con este tipo de acuerdo, el donante nunca podrá recuperar la propiedad de lo donado luego de efectuada la donación, sino que sólo podrá disponer de estos bienes en favor del donatario.

Permite que lo donado vuelva a ser propiedad del donante

A pesar de lo mencionado en el último punto, es importante aclarar que existe un pacto de reversión de la donación. Para acceder a él es necesario formularlo de esta manera desde un principio, en vez de elegir un acuerdo de reservación de facultades. ¿De qué se trata?

En caso de arrepentimiento, el donante puede, cualquiera sean las circunstancias, establecer el derecho de volver a adquirir lo donado. Esta recuperación de los bienes ocurrirá cuando finalice el plazo o cuando se cumpla la condición, en caso de que se haya establecido alguna de ellas.

Permite mantener el usufructo de la vivienda

En caso de que el donante desee seguir haciendo uso, goce y disfrute del bien inmueble donado, existe la posibilidad de elegir reservarse el usufructo y transmitir sólo la nuda propiedad al donatario.

Cuando el acuerdo se trata de un usufructo vitalicio, el donatario no puede vender, alquilar, hipotecar, ni disponer de la vivienda hasta que se produce el fallecimiento del donante. Es decir que sólo cuando eso ocurra el beneficiario del pacto podrá convertirse en titular pleno. También existen casos en los que el usufructuario termina renunciando al usufructo. 

En este artículo te contamos más acerca del usufructo y sobre cómo tributa en el IRPF.

Permite su revocación en algunos casos

El Código Civil contempla algunas causas por las cuales es posible revocar una donación. Ellas son:

  • Superveniencia de hijos: un donante sin descendencia puede revocar la donación en caso de tener un hijo luego de efectuada la misma.
  • Supervivencia de hijos: un donante sin descendencia puede revocar la donación en caso de que resulte estar vivo un hijo que se creía fallecido.
  • Incumplimiento de cargas: un donante puede revocar una donación si el donatario deja de cumplir alguna de las condiciones impuestas.
  • Ingratitud: un donante puede revocar una donación si el donatario comete algún delito en contra suyo. También, si lo acusa de delitos que dan lugar a procedimientos de oficio o acusación pública, aún si puede probarlo. Esto no ocurre si el delito cometido por el donante fue contra el mismo donatario, su cónyuge o sus hijos.

Permite acceder a beneficios fiscales

En caso de que el donatario desee vender la vivienda obtenida antes de producirse el fallecimiento del donante, no solo tiene posibilidad de hacerlo, sino que, a diferencia del resto de las ventas de bienes inmuebles, podrá acceder al beneficio de no tributar en el IRPF.

¿Perderá o mantendrá sus beneficios la donación de vivienda con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal?

La Cámara de Diputados del Congreso aprobó el pasado 25 de mayo el proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, cuyo principal objetivo es disminuir los niveles de elusión a través de la modificación de varias normas tributarias. Este 17 de junio el proyecto ingresó al Senado. Allí, los diferentes partidos que componen la cámara se encuentran presentando diferentes enmiendas antes de proceder a la votación. Se espera que, una vez finalizado este período, la normativa sea aprobada.

¿Qué modificaciones introduciría esta ley con respecto a los beneficios en la donación de vivienda? Precisamente, eliminaría la ventaja fiscal para los donatarios de no tributar en el IRPF al vender el bien inmueble obtenido antes de que se produzca el fallecimiento del donante. Sin embargo, el PSOE presentó una serie de enmiendas que permitirían mantener dicho beneficio. En este artículo te contamos de qué se tratan.

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Muchas ciudades alrededor del mundo compiten por romper sus límites del Skyline. Son muchos los arquitectos que se emprenden en el trabajo de diseñar los edificios más altos y costosos para batir el récord mundial. La firma CTBUH, Council On Tall Buildings and Urban Habitat, actualiza constantemente el listado con los 5 mil edificios más altos del mundo, todos estos superan los 150 metros de altura. En la actualidad, el Burj Khalifa situado en Dubai es el más alto del mundo. En OI REAL ESTATE, te presentamos los edificios más altos del mundo.

Burj Khalifa

El Burj Khalifa es el rascacielos más alto del mundo. Está situado en Dubai, Emiratos Árabes Unidos

El edificio posee 828 metros de altura, con un total de 163 pisos y 58 ascensores. El proyecto estuvo a cargo de la firma Emaar Properties y su construcción se llevó a cabo por los arquitectos Skidmore, Owings y Merril. La misma duró 6 años y costó 1,5 miles de millones de dólares.

Torre de Shanghai

La Torre de Shanghai, se encuentra ubicada en China en la ciudad de Shanghai. Este rascacielos es 200 metros más corto que el Burj Khalifa. Cuenta con 632 metros de altura, posee 128 pisos y 106 ascensores considerados los más rápidos del mundo, con una velocidad de 18 metros por segundo. Su construcción costó 2200 millones de dólares.

Abraj Al Bait

El Abraj Al Bait es el tercer edificio más alto del mundo, su característica es su torre del reloj, siendo el más grande del mundo con un tamaño de 43 metros de alto y largo. El mismo posee 601 metros de altura, su inauguración tuvo lugar en el año 2012 y se encuentra ubicado en Makkah, Arabia Saudita.

Es un edificio de 120 pisos y 96 ascensores. Su construcción duró 7 años y costó 15 miles de millones de dólares.

Ping An International Finance Center

El centro financiero Ping An es el edificio más alto inaugurado en el año 2016. Con un total de 599 metros de alto. Se encuentra situado en Shenzhen, China.

El rascacielos cuenta con 116 pisos y 80 ascensores. Su construcción duró 7 años y costó 713 millones de dólares.

Goldin Finance 117

El Goldin Finance 117 es un rascacielos de 597 metros de altura, dos menos que el Centro Financiero Ping An. Este se encuentra situado en Tianjin, China. Es un proyecto diseñado por la firma P&T Group.

Su inauguración se llevó a cabo en el año 2020 y se utiliza para oficinas laborales. Asimismo, en él podrás encontrar un hotel.

edificios más altos del mundo

Lotte World Tower

El Lotte World Tower es una torre inaugurada en el 2016, se encuentra situada en Corea del Sur, siendo allí el más alto hasta el momento, con 554 metros de altura.

El proyecto corresponde al arquitecto Kohn Pedersen Fox. Su construcción tardó 7 años y costó 713 millones de dólares.

One World Trade Center

El One World Trade Center, es un rascacielos ubicado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos, siendo el más alto del país.

El mismo posee una altura de 541 metros y está en el puesto 7 de los edificios más altos del mundo. Cuenta con 110 pisos y 73 ascensores.

Su construcción tardó 8 años y costó 3.9 miles de millones de dólares.

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CTF Finance Centre

El CTF Finance Centre es un rascacielos ubicado en la ciudad de Guangzhou, China. La torre es un proyecto del arquitecto Kohn Pedersen Fox, cuenta con 530 metros de altura, 111 plantas y 86 ascensores.  Su construcción tomó 6 años de trabajo y costó 450 millones de dólares.

Tianjin CTF Finance Centre

La torre Tianjin CTF Finance Centre, se encuentra ubicada en el Área de Desarrollo Económico de Tianjin. Es el segundo rascacielos más alto de la ciudad.

El proyecto se inauguró en el año 2019, cuenta con 530 metros de altura y 97 plantas, allí se albergan 300 departamentos de servicios y un hotel de cinco estrellas.

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La Torre CITIC

La Torre CITIC, también conocida con el nombre de China Zun, es el edificio más alto de Beijing.  Su construcción finalizó en el año 2018.

Cuenta con 528 metros de altura. Posee un total de 109 pisos y 101 ascensores. El uso de este edificio está dedicado a albergar oficinas comerciales.

Un detalle característico de esta torre es que su parte superior se vuelve transparente y ofrece la mejor vista de la ciudad, por la noche se ilumina y se puede ver desde cualquier punto de Beijing

Shanghai World Financial Center

La torre Shanghai World Financial Center es un rascacielos ubicado en Shanghái, China. Es el segundo edificio más alto de la ciudad.

La misma cuenta con 491 metros de altura. En su totalidad tiene 101 pisos y 91 ascensores.

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El proyecto tardó 11 años en ser construido y costó 850 millones de dólares. Esta diseñado por Kohn Pedersen Fox.

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En los últimos doce meses se ha registrado un aumento del 10, 1% en el precio de la vivienda de segunda mano en toda España. Sin embargo, esta mejora no parece ser acompañada por los valores observados en los principales centros urbanos. Son hasta dieciocho las ciudades españolas que han sufrido caídas en el precio de la vivienda durante el último año. ¿A qué se debe esta disparidad? En este artículo tratamos de explicarlo y te mostramos cómo evolucionaron los precios en cada ciudad, cada Comunidad Autónoma y cada Provincia.

La pandemia de COVID-19 significó un gran impacto para todas las áreas de la economía durante el año 2020. El sector inmobiliario no fue la excepción: también se vio gravemente afectado por las medidas que debieron tomarse para aliviar la situación sanitaria. ¿Qué ocurrió con el precio de la vivienda? Si bien descendió a mediados del año pasado, los valores alcanzados no llegaron a ser tan bajos como los que hubo entre los años 2013 y 2018. Por otro lado, desde noviembre de 2020 hasta ahora, los precios han aumentado considerablemente, superando incluso, a los valores del 2019, previos a la pandemia. En este artículo ampliamos con más información esta evolución del precio de la vivienda en los últimos meses.

Sin embargo, un nuevo análisis de Idealista arroja como resultado que, si bien el precio de la vivienda aumentó un 10,1% en estos últimos doce meses, en los grandes centros urbanos ha descendido. A continuación te mostramos cómo fue evolucionando el precio de la vivienda en diferentes ciudades, Comunidades Autónomas y Provincias durante el último año. También intentaremos explicar a qué se debe esta disparidad entre la recuperación de los precios a nivel país y la depresión en los centros urbanos. ¡Sigue leyendo!

Evolución del precio de la vivienda en las ciudades

Son hasta dieciocho las ciudades en donde se han registrado caídas en el precio de la vivienda en los últimos doce meses. Se trata, precisamente, de los mercados más importantes de España. A continuación veremos en qué ciudades cayeron más estos valores, dónde aumentaron ligeramente, cuáles son los centros urbanos más caros actualmente y cuáles los más baratos:

Ciudades en donde más cayó el precio de la vivienda

  • Ceuta (-8,5%)
  • Soria (-5,8%) 
  • Sevilla (-5,6%)
  • Alicante (-5,1%)
  • Barcelona (-4,2%).

Más abajo se ubican:

  • Bilbao (-1,8%)
  • Valencia (-0,6%)
  • Málaga (-0,2%) 

Ciudades en donde se incrementó el precio de la vivienda

  • Huesca (17,2%) 
  • Castellón de la Plana (10,3%) 
  • Lleida (9,9%)
  • Badajoz (6,2%)
  • Palma (0,1%)
  • Madrid (0,8%)

Ciudades más caras actualmente

  • San Sebastián (4.858 euros/m²)
  • Barcelona (3.988 euros/m²) 
  • Madrid (3.757 euros/m²)
  • Palma (3.056 euros/m²) 
  • Bilbao (3.002 euros/m²) 

Ciudad más barata actualmente

  • Lleida (1.055 euros/m²)

Evolución del precio de la vivienda en las Comunidades Autónomas

En este caso, a diferencia de las ciudades, observamos que en todas las Comunidades el precio de la vivienda es más elevado que hace un año. A continuación veremos en qué autonomías se incrementaron más estos valores, dónde aumentaron menos, cuáles son las Comunidades más caras actualmente y cuáles las más baratas:

Comunidades en donde el precio de la vivienda aumentó más

  • Navarra (11,6%)
  • Cataluña (11,1%) 
  • Comunitat Valenciana (11%)
  • Andalucía (9,2%) 
  • La Rioja (8,2%) 
  • Castilla-La Mancha (8%)
  • Madrid (7,6%)
  • Extremadura (7,5%)
  • Aragón (6,5%)
  • Canarias (6%)
  • Murcia (5,1%)
  • Castilla y León (4,4%)
  • Asturias (3,7%)
  • Galicia (3,5%)

Donde el precio de la vivienda aumentó menos

  • Cantabria (2,5%)
  • Baleares (2,7%)

Comunidades más caras actualmente

  • Baleares (3.169 euros/m²) 
  • Madrid (2.945 euros/m²)
  • Euskadi (2.668 euros/m²)
  • Cataluña (2.325 euros/m²) 

Las Comunidades más baratas actualmente

  • Castilla-La Mancha (875 euros/m²)
  • Extremadura (933 euros/m²)
  • Murcia (1.056 euros/m²)

Evolución del precio de la vivienda en las Provincias 

Si observamos cómo evolucionó el precio de la vivienda en las diferentes provincias, notaremos que sólo dos de ellas han experimentado caídas en los últimos doce meses. A continuación veremos en qué Provincias se produjeron estos descensos, dónde aumentaron más los precios, cuáles son las Provincias más caras actualmente y cuáles las más baratas:  

Provincias en donde descendió el precio de la vivienda

  • Soria (-6,5%)
  • Palencia (-0,1%)

Donde más aumentó el precio de la vivienda

  • Lleida (16,2%)
  • Navarra (11,6%)
  • Toledo (11,1%)
  • Tarragona (10,3%)
  • Castellón (9,7%)
  • Madrid (7,6%) 
  • Barcelona (6,7%)

Estados más caras actualmente

  • Guipúzcoa (3.181 euros/m²)
  • Baleares (3.169 euros/m²)
  • Madrid (2.945 euros/m²) 
  • Barcelona (2.739 euros/m²)
  • Vizcaya (2.619 euros/m²) 

Las Provincias más baratas actualmente

  • Ciudad Real (768 euros/m²) 
  • Toledo (793 euros/m²) 
  • Cuenca (798 euros/m²)

¿Por qué el precio de la vivienda aumentó en general pero descendió en las ciudades?

En primer lugar, es posible que el precio de la vivienda haya aumentado a nivel general, en todo el territorio español, como efecto colateral de esa atípica caída que tuvo el año pasado por la pandemia de COVID-19. Es decir, si bien el precio del m² se encuentra actualmente en niveles más altos que en 2019, se trataría más que nada de una recuperación luego de esos meses en donde la economía se deprimió considerablemente.

Baja actividad económica en las ciudades

Sin embargo, ¿cómo se explica que en las ciudades el precio de la vivienda no solo no se haya recuperado, sino que haya descendido? Antes que nada, es bien sabido que las medidas restrictivas que el Estado debió adoptar para enfrentar la pandemia afectaron, más que nada, a la actividad económica en los grandes centros urbanos. Es decir, en los lugares donde la población se concentra más. Es probable que esta sea una de las razones por las cuales el precio de la vivienda en las ciudades se vio más afectado que en otros sectores de las diferentes Comunidades y Provincias.

Cambios en los gustos y preferencias sobre vivienda

Por otro lado, muchos expertos afirman que el COVID-19 también ha influido en los gustos y preferencias de las personas en materia de vivienda. El hecho de pasar más horas en casa, haciendo tareas que antes se realizaban fuera de ella, como trabajar y estudiar, hizo que muchos españoles comenzaran a buscar viviendas fuera de los grandes centros urbanos. En especial, hogares que cuenten con más espacios al aire libre. ¿Pudo esto también haber determinado el descenso en el precio de la vivienda en las ciudades? ¿Seguirá avanzando esta tendencia de los españoles a moverse fuera de las grandes urbes? Sólo queda seguir observando la evolución de los precios en los próximos meses. 

¿Estás pensando en vender tu propiedad? En OI REAL ESTATE podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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La arquitectura románica es un estilo de construcción que se desarrolló y se propagó por toda Europa durante más de dos siglos, que abarca aproximadamente desde finales del siglo X hasta bien entrado el siglo XIII. Refleja las influencias de las corrientes provenientes de la península Ibérica a través de Italia y Francia.

En OI REAL ESTATE, te presentamos diez obras de la arquitectura románica alrededor de España.

Arquitectura Románica

La arquitectura románica, como mencionamos surge en la península Ibérica y luego se extiende a través de Italia y Francia. Años más tarde se extiende por todo el norte de España. Este estilo dejo su huella sobre todo en los edificios religiosos, como catedrales, iglesias, monasterios, claustros y capillas. Estos aún sobreviven y algunos se conservan mejor que otros. Los monumentos de uso civil como puentes, palacios, castillos, murallas y torres también se construyeron con este estilo, pero pocos se encuentran hoy de pie.

Monasterio de Sant Pere de Rodes

En primer lugar, encontramos el Monasterio de Sant Pere de Rodes, situado en Port de la Selva, Girona. Comenzó a construirse la abadía en el siglo X y más tarde, por el año 1022 se consagró como la actual iglesia que es.

El mismo posee una estructura muy compleja. La fachada está inspirada en las monumentales obras arquitectónicas romanas.

Su claustro es el eje central de esta obra maestra, el mismo se eleva sobre la montaña, desde allí se pueden apreciar sus hermosas vistas a la bahía de Llançà y al Port de la Selva.

Iglesia de Sant Vicenç de Cardona

En segundo lugar, se encuentra la Iglesia de Sant Vicenç en la ciudad de Barcelona. Esta obra es uno de los templos religiosos construido entre los años 1029 y 1040. Se encuentra dentro del recinto amurallado del castillo de Cardona. El mismo es Monumento Nacional desde el año 1931 hasta la actualidad y se encuentra en perfecto estado de conservación.

Esta iglesia es considerada una de las mejores obras de la arquitectura románica en España.

Monasterio de Santa Maria de Ripoll

En tercer lugar, se encuentra el Monasterio de Santa Maria de Ripoll en Girona.  Esta obra es una de las construcciones del siglo XII que quedan en pie junto a una parte del claustro. Sin embargo, no se terminó hasta principios del XV. Esta misma se sometió a una profunda restauración en el siglo XIX que lo dejó con muy pocos elementos de la arquitectura románica.

En la actualidad, se la considera una cumbre de la escultura románica monumental de Cataluña.

La Iglesia de Sant Climent de Taüll

En cuarto lugar, se encuentra la Iglesia de Sant Climent de Taüll en Lleida.

Actualmente, sus piezas se encuentran en el Museo Nacional de Arte de Cataluña, en Barcelona. Y este es considerado máximo exponente de la arquitectura románica catalán. Asimismo, se declaró patrimonio mundial por la UNESCO, junto con otras nueve iglesias románicas catalanas.

La Iglesia se destaca por su torre campanario, con una altura de seis pisos que parece competir en altura con el entorno montañoso de Taüll.  

Monasterio de Santa María de Poblet

En quinto lugar, encontramos el Monasterio de Santa María de Poblet en Tarragona.

El Monasterio de Poblet comenzó a construirse en el año 1166. El mismo cuenta con un claustro central de estilo románico, y otros tres más de estilo gótico.

Catedral de San Pedro

En sexto lugar, encontramos la Catedral de San Pedro localizada en Jaca, Huesca

La obra pertenece a los finales del siglo XI, es una construcción contemporánea a la de Santiago de Compostela.

La Catedral de San Pedro a lo largo de los siglos sufrió ciertas modificaciones que hicieron que su fachada sea distinta de la de aquella época. Desde su interior los rasgos de arquitectura románica se pueden apreciar mejor.

Monasterio de San Juan de la Peña

En séptimo lugar, hallamos El monasterio viejo, también conocido como el Monasterio de San Juan de la Peña, situado en Botaya, Huesca.

Sus dependencias más antiguas se construyeron entre los siglos IX y XI. El panteón de Nobles y la iglesia de estilo románico se consagraron en el año 1094.

Castillo de Loarre

En octavo lugar, se encuentra el Castillo de Loarre, situado en Huesca. Esta obra es la más importante, antigua y mejor conservada de la arquitectura románica en España. Su construcción data del siglo XI, lo que más impacta por lo bien conservada que está.

Monasterio de San Salvador de Leyre

En noveno lugar, se encuentra el Monasterio de San Salvador de Leyre, situado en Yesa, Navarra

El monasterio se consagró en el año 1057. En su conjunto posee dos partes construidas en estilo románico de gran importancia. Por un lado, la cabecera y por el otro, la portada occidental. Ambas están divididas por una gran nave de arquitectura gótica.

En la actualidad, se encuentra conservada en un estado muy bueno.

Iglesia de Santa María La Real de Sangüesa

En décimo y último lugar, se encuentra la Iglesia de Santa María La Real de Sangüesa en Navarra.

La iglesia de Santa María La Real, en un templo, declarado Monumento Nacional, que data de los años en los que surge Sangüesa como primera etapa sobre la Ruta Jacobea hacia Santiago. Es una de las obras más importantes del arte medieval navarro, organizada en dos secciones: una inferior, formada por la portada con sus arquivoltas, y otra superior, con una doble arquería y un apostolario.

Aquí debajo te dejamos más artículos relacionados.

“Cinco famosos arquitectos que construyeron post-mortem” y “Arquitectura minimalista”

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Estrellas de la arquitectura del siglo XX como Le Corbusier, Louis Kahn, Frank Lloyd Wright, Charles Rennie Mackintosh y Ludwig Mies van der Rohe, no pudieron ver sus proyectos terminados. Muchos artistas no siempre tienen la suerte de poder ver sus obras finalizadas. Un claro ejemplo y el más conocido es el templo de la Sagrada Familia, del arquitecto español Antoni Gaudí, en la ciudad de Barcelona obra que comenzó su construcción por el año 1882 y aún continúa en la actualidad. En OI REAL ESTATE, te presentamos cinco famosos arquitectos que construyeron post-mortem.

Le Corbusier

El arquitecto Le Corbusier, es el primero de los cinco famosos arquitectos. Nació en 6 de octubre de 1887 en La Chaux-de-Fonds al oeste de Suiza. Es considerado a lo largo de su carrera como “El padre de la arquitectura moderna” y uno de los arquitectos más influyentes del siglo XX, junto a arquitectos como Frank Lloyd Wright y Ludwig Mies van der Rohe, mencionados más adelante.

Sus obras más destacadas son, La Villa La Roche, una de las viviendas más destacadas de la arquitectura moderna. La Villa Le Lac, una villa construida para sus padres en el año 1923 en Corseaux, cerca de Vevey, en el cantón de Vaud, en Suiza. El Museo Nacional de Arte Occidental, un museo situado en Tokio, Japón, dedicado exclusivamente al arte de Occidente. Entre otros.

Polideportivo de Bagdad

El Polideportivo de Bagdad es un gimnasio diseñado por Le Corbusier y levantado poco después de su muerte.

Le Corbusier recibió el encargo de este proyecto en el año 1957 y luego de visitar la ciudad de Bagdad produjo unos 500 bocetos para el futuro edificio. Sin embargo, dicho proyecto se abandonó al año siguiente por cuestiones políticas. Finalmente, se retomó y se construyó en el año 1982 bajo la dirección del arquitecto George Marc Presenté.

La capital Irakí hospeda el polideportivo edificado en material de hormigón.  Le Corbusier  dejó habilitados los planos del proyecto antes de su fallecimiento para que algún día se llevara a cabo. En el año 1978, 15 años después de la muerte del arquitecto, se retomó el proyecto bajo la presidencia de Saddam Hussein. La obra tardó dos años, se inauguró en 1980.

Años más tarde, el instituto unió fuerzas con la Fundación Le Corbusier, la Universidad de Bagdad, la UNESCO y la Embajada de Francia para dar a conocer su difícil situación del edificio a través de un libro y una conferencia.

Louis Isadore Kahn

Louis Kahn, es un renombrado arquitecto asentado en Filadelfia, los Estados Unidos. Es uno de los arquitectos más influyentes del siglo XX.

Su carrera estuvo enfocada en la luz. “La elección de la estructura es sinónimo de la elección de la luz que da forma a ese espacio. La luz artificial es sólo un breve momento estático de la luz, es la luz de la noche y nunca puede igualar a los matices creados por las horas del día y la maravilla de las estaciones.” Kahn.

Sus principales obras son, Galería de Arte de la Universidad de Yale en New Haven, Centro de Arte Británico de Yale, New Haven en Connecticut, Museo de Arte Kimbell en Fort Worth, Texas, Estados Unidos, Entre otros.

Four Freedoms Park en Nueva York

Kahn diseñó en el año 1974 un parque en memoria al presidente estadounidense Franklin D. Roosevelt. El parque es conocido como Four Freedoms Park y se encuentra situado en Nueva York. Este mismo se inauguró en el año 2012, casi 40 años después del fallecimiento de su arquitecto. El jardín posee un estilo brutalista y se corona con un monumento de granito que enmarca un busto de Roosevelt. Kahn falleció el mismo año que diseño el proyecto.

arquitectos que construyeron post-mortem

Frank Lloyd Wright

Frank Lloyd Wright, es un arquitecto, diseñador de interiores, escritor, y educador estadounidense. Wright  propuso a lo largo de su carrera el diseño de estructuras que estuviesen en armonía con el entorno que las rodeaba, una filosofía conocida como arquitectura orgánica. Su famosa obra, La Casa de la Cascada es un claro ejemplo de esto.

Casa Massaro en el estado de Nueva York

La Casa Massaro, es una casa en el lago diseñada por el arquitecto estadounidense Frank Lloyd Wright. La obra se construyó 50 años después de que el arquitecto plasmara su proyecto. Los motivos de la tardanza por los que Wright nunca consiguió llevarla a cabo fue la falta de financiación.

arquitectos que construyeron post-mortem

Charles Rennie Mackintosh

Charles Rennie Mackintosh, fue un arquitecto, diseñador y acuarelista escocés, que participo con gran influencia en  el movimiento Arts and Crafts. Asimismo, fue uno de los profesionales más destacados vinculado al Art Nouveau. Entre sus principales obras arquitectónicas se destacan, House for an Art Lover en Glasgow, Hill House en Helensburgh, Ruchill Church Hall en Glasgow y The Royal Highland Fusiliers Museum en Glasgow, entre otros.

Casa para un amante del arte en Glasgow

La casa para los amantes del arte, también conocida como House For An Art Lover, en su traducción al inglés fue diseñada por Mackintosh, junto a su esposa Margaret Macdonald en el año 1901. En 1928 Mackintosh fallece pero la obra se retomó en 1989 y logró abrirse al público en 1996, 68 años después del fallecimiento del arquitecto.

arquitectos que construyeron post-mortem

Ludwig Mies Van Der Rohe

Ludwig Mies Van Der Rohe, fue un arquitecto y diseñador industrial de nacionalidad germano-estadounidense. Junto a los arquitectos Frank Lloyd Wright y Le Corbusier, dos de los cinco famosos arquitectos mencionados, es reconocido como uno de los precursores de la arquitectura moderna.

Edificio Mies en Indiana

El edificio se dibujó en el año 1952, en paralelo al famoso diseño de la Casa Farnsworth. Sin embargo, este quedó en el olvido. Finalmente, este mismo año, a 52 años de la muerte del arquitecto Mies, el proyecto sigue en pie y se planea su inauguración para dentro de unos meses.

arquitectos que construyeron post-mortem

Luego de leer, los cinco famosos arquitectos que construyen sus obras luego de fallecidos te dejamos artículos relacionados que pueden ser de tu interés.

“Fantásticos modelos de Arquitectura Catalana del Mediterráneo” y “Maestros de la arquitectura: Frank Lloyd Wright”

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El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es uno de los tantos tributos que gravan la propiedad sobre una vivienda. Algunos de ellos son recaudados por el Estado, otros son gestionados por cada Comunidad Autónoma y algunos son responsabilidad de cada municipio. Este último es el caso del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Pero ¿qué es el IBI? Muchos contribuyentes se hacen esta pregunta a menudo. En este artículo te ofrecemos una guía para que sepas todo acerca de este tributo.

Ser propietario de un bien inmueble implica afrontar el pago de una serie de impuestos. Algunos de ellos son obligatorios por el solo hecho de poseer esa titularidad, otros recién aparecen en escena al realizar una operación de compraventa. En este caso, hablaremos de un tributo que los propietarios de viviendas deben abonar todos los años, aún sin realizar ningún tipo de transacción. Sin embargo, también toma un papel importante cuando se produce una compraventa.

¿Qué es el IBI o Impuesto sobre Bienes Inmuebles? A continuación te contamos todo lo que debes saber acerca de este tributo: cómo se calcula su valor, qué exenciones y bonificaciones hay respecto a su pago, cuándo y cómo debe abonarse y quién debe encargarse de hacerlo cuando se produce una compraventa. También qué novedades surgieron con respecto a él en esta primera mitad de 2021. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es el IBI?

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo de tipo directo. Se encarga de gravar la titularidad de derechos reales sobre viviendas, pero también sobre otros bienes inmuebles como locales y garajes. Se tributa de manera anual, por lo tanto, una vez por año, los propietarios de estos bienes están obligados a abonar lo que corresponde al ejercicio. 

El IBI es un impuesto municipal, por lo tanto, su recaudación está en manos del ayuntamiento correspondiente y los valores a pagar son determinados por cada municipio en particular. Vale aclarar que desde el momento en que una persona adquiere un bien inmueble, se encuentra en la obligación de inscribirse en la Dirección General del Catastro y de pagar el IBI todos los años.

¿Cómo se calcula?

Como mencionamos, es cada ayuntamiento el responsable de fijar el valor a pagar por cada bien inmueble que se encuentra dentro del municipio correspondiente. ¿Cómo llegan a este resultado? Para realizar el cálculo parten del valor catastral de cada bien. ¿Dónde se encuentra esta información? El valor catastral de una vivienda puede ser consultado en el Catastro Inmobiliario.

Si bien no está determinado en ningún lado, por lo general, el valor catastral de un bien inmueble suele depender de los siguientes factores:

  • La localización del bien inmueble.
  • Su valor en el mercado actual.
  • Las características urbanísticas de su terreno.
  • El costo material de su construcción.
  • Su antigüedad.

Una vez que el ayuntamiento calcula el valor catastral, teniendo en cuenta los factores mencionados, establece sobre él un tipo a aplicar, que es diferente para cada inmueble. Para realizar esta parte del cálculo, cada municipio utiliza los coeficientes determinados por el Ministerio de Hacienda, que están asentados en la Ley de Haciendas Locales.

Si bien este paso sí está regulado por una normativa que se aplica de igual manera en todo el territorio, es cada ayuntamiento el que finalmente decide qué valor aplicar, dentro de los límites que determinó Hacienda. Por ejemplo, los bienes inmuebles que más abundan son los de naturaleza urbana. En estos casos los valores catastrales oscilan entre el 0,4 y el 1,3%. 

¿Qué inmuebles están exentos del IBI?

Cabe destacar que existen algunos bienes inmuebles que no están obligados a tributar en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Si bien es probable que tu caso no se ajuste a ninguno de ellos, no está demás tenerlo en cuenta. Los inmuebles exentos del IBI son:

  • Los pertenecientes a la Iglesia Católica y a asociaciones confesionales no católicas que estén legalmente reconocidas.
  • Aquellos que son propiedad del Estado o de las Comunidades Autónomas, incluyendo aquellas entidades que están relacionadas con la seguridad o la educación.
  • Los espacios destinados a la defensa nacional.
  • Las sedes diplomáticas o embajadas de otros países.
  • Aquellos que son propiedad de la Cruz Roja.
  • Cualquier construcción registrada como patrimonio histórico.
  • Aquellos que sean de considerable antigüedad y que se encuentren en las grandes ciudades.
  • Aquellos terrenos ocupados por líneas de ferrocarril y construcciones que se encuentren en ellos.

¿Qué bonificaciones existen?

Como mencionamos, probablemente tu caso no se ajuste a ninguno de los que están contemplados en las exenciones. Sin embargo, también existe la posibilidad de obtener una bonificación en el IBI por parte del municipio. En caso de convertirse en beneficiario de estas reducciones, el monto a pagar será menor. ¿A qué bienes inmuebles se les aplican bonificaciones?

  • Viviendas de protección oficial. A ellas se les aplica una bonificación del 50% durante los 3 primeros años. Este período comienza a contarse luego de que el inmueble es registrado en la Dirección General del Catastro.
  • Inmuebles rústicos pertenecientes a cooperativas agrarias. En estos casos, la reducción en el valor a pagar por el IBI puede llegar a ser de hasta 95%.
  • Viviendas donde habitan familias numerosas. Existen ocasiones en las cuales los ayuntamientos otorgan bonificaciones especiales a este tipo de familias. 

¿Cuándo y cómo se paga el IBI?

Ahora que conoces qué es el IBI, cómo calculan los municipios el valor a pagar por él y qué exenciones y bonificaciones existen al respecto, es probable que te preguntes cuándo y cómo debe abonarse.

En definitiva, es cada ayuntamiento el que define el período dentro del cual los contribuyentes pueden realizar el pago de este tributo. Incluso, algunos municipios aplican bonificaciones cuando el IBI es abonado por adelantado. Por el contrario, a aquellos que se retrasan en el pago, se les aplica una penalización. Esta suele implicar un recargo de hasta un 20%.

El pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) puede ser hecho directamente en la oficina de recaudación de cada ayuntamiento, o bien, mediante domiciliación bancaria. Esta última opción permite abonar el tributo en diferentes plazos. Además, algunos ayuntamientos ofrecen descuentos a los contribuyentes que domicilian el pago de este gravamen.

¿Quién paga el IBI en una compraventa?

Ahora bien, es importante aclarar que, si bien el IBI debe ser abonado por los propietarios de bienes inmuebles cada año mientras dure su titularidad, al momento de producirse una compraventa pueden surgir varias dudas. ¿Quién paga el IBI luego de producirse la transacción? ¿El vendedor o el comprador?

El Real Decreto Legislativo 2/2004, por el cual se aprobó el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, da a entender que aún así el propietario venda la vivienda el día 2 de enero y sólo haya sido su titular durante dos días del año, deberá abonar el IBI correspondiente a todo el ejercicio.

Sin embargo, ante lo injusto que puede significar esto, la Sentencia 409/2016 del Tribunal Supremo, Sala Primera, de lo Civil, recurso 2110/2014, ha modificado la doctrina jurisprudencial. A partir de esta resolución, el propietario puede trasladar el pago del IBI al comprador de manera proporcional al tiempo en que cada una de las partes haya sido propietaria del inmueble durante ese año.

En este artículo ampliamos con más información este tema.

Últimas novedades respecto al IBI

Recargo para viviendas vacías

En el marco de las negociaciones por la futura Ley de Vivienda, que busca limitar los precios de los alquileres, el PSOE y UP acordaron la creación de un impuesto a las viviendas que se encuentran vacías por un tiempo prolongado. Sin embargo, la realidad es que esta tasa se materializará en un recargo en el IBI. En este artículo te contamos todo acerca de esta modificación en la normativa.

Baja en la recaudación

Los ingresos en las arcas públicas por el IBI han disminuido en 2020, año en donde la situación económica se vio fuertemente influenciada por la pandemia de COVID-19. Es la primera vez que esto ocurre desde que el tributo fue creado en el año 1990, ya que ha sobrevivido a todas las burbujas inmobiliarias y a todas las crisis. En este artículo te contamos todo acerca de esta baja en la recaudación del IBI que se registró respecto al año pasado.

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La arquitectura minimalista es una tendencia que, a pesar del paso del tiempo, sigue vigente en nuestro día a día. Se trata de un estilo en donde “Menos es Más” está basado en recortar los excesos, respetar las formas y utilizar la menor cantidad de adornos posibles, aprovechando el espacio de una manera funcional. Es el arquitecto germano-estadounidense Ludwig Mies Van Der Rohe quien, en el año 1930, acuñó el término de arquitectura minimalista. Sin embargo, este movimiento comentó a ser popular en los años ´60 y más tarde, a finales de los 80 alcanzó su máximo esplendor. La arquitectura minimalista busca la esencia de cada elemento. Aquí no importa el resultado estético, sino lo que transmite cada diseño. Asimismo, se aprecia la integración de la construcción con el entorno y el respeto hacia la naturaleza.

En OI REAL ESTATE, te presentamos la arquitectura minimalista y sus características.

Arquitectura minimalista y la abundancia de simplicidad

Cada espacio de la vivienda o el edificio se acomoda de manera natural. Las fachadas son en su totalidad lisas. Y los espacios interiores apuestan por la amplitud y por integrar ventanas u otros elementos sin alterar el uso. Es un estilo que se caracteriza por ser siempre simple. En el que se busca mantener la armonía en todos los ambientes. Se intenta siempre la alineación perfecta.

Arquitectura minimalista: Menos es más

El arquitecto Ludwig Mies Van Der Rohe es un arquitecto y diseñador industrial de nacionalidad germano-estadounidense. Es uno de los principales exponentes de esta corriente arquitectónica, su táctica era adaptar los elementos de la construcción de tal manera que en su acabado final sea una expresión de la simpleza en su estado más puro.

A finales de los años 80, este modo de construcción se tornó muy popular. La teoría del minimalismo busca diseños con simplicidad de formas, espacios, materiales, detalles y colores. Todas las edificaciones son de colores claros, en las que predomina el blanco, aquí se utiliza iluminación de luz fría y se construyen espacios abiertos.

Hoy en día, la arquitectura minimalista sigue siendo elegida por muchos, lo que le permite ser una tendencia en diseño y construcción.

Te presentamos las obras más destacadas de Ludwig Mies van der Rohe

La Casa Farnsworth

En primer lugar, encontramos uno de los íconos más históricos de la arquitectura minimalista. Se trata de La Casa Farnsworth, una increíble obra que se construyó en la década de los 1950 ‘s en Chicago, Illinois. Cuenta con 150 metros cuadrados de superficie y su fachada está hecha con paneles de vidrio. La dueña original fue Edith Farnsworth, una doctora de esa zona. El proyecto llegó a ser tan popular que previo a iniciar la obra se exhibieron en el Museo de Arte Moderno en Nueva York en el año 1947.

Hoy en día, está designada como monumento histórico de los Estados Unidos, y cumple la función de museo.

Arquitectura minimalista

El Pabellón alemán

En segundo lugar, se encuentra el Pabellón alemán, una obra para la Exposición Internacional de Barcelona de 1929.   El intercambio de ideas y las discusiones provocadas en torno al período de entreguerras, influyeron profundamente en Ludwig Mies van der Rohe, algo que reflejó muy notoriamente en el diseño del pabellón con el que participó en la exposición. Este fue un evento clave en la historia de la arquitectura, ya que fue uno de los primeros actos que demostró el futuro modernista que se estaba iniciando en la arquitectura. 

Arquitectura minimalista

La Villa Tugendhat

En tercer lugar, La Villa Tugendhat, se encuentra situada en Brno, República Checa. La obra se construyó en el año 1930 por el arquitecto Van Der Rohe y es un perfecto ejemplo de su concepto de arquitectura “Menos es más”. Para su construcción el arquitecto empleó el hierro en su estructura y el ónice para los muros. Este último material es considerado una piedra semipreciosa, por lo que fue toda una revolución para la arquitectura.

Lilly Reich, diseñadora moderna alemana y el arquitecto Van Der Rohe diseñaron el mobiliario a base de materiales como tubos, maderas y cuero. Asimismo, incluso diseñaron la famosa silla Brno que continúa siendo fabricada en la actualidad. La casa es un espacio totalmente conectado a su entorno que sorprende por su modernidad.

Arquitectura minimalista

Minimalismo por el mundo

Estados Unidos también se sumó desde sus inicios al movimiento minimalista propuesto por Ludwig Mies Van Der Rohe.

Glass House

Es una casa situada en Connecticut, Estados Unidos. Esta obra también es conocida como hogar de Philip Johnson, cuya construcción data del año 1949. Esta construcción es el primer aporte de la arquitectura moderna en los Estados Unidos. El dueño del hogar buscó crear una vivienda moderna que se integrara a su entorno naturalmente con tintes del minimalismo. Dicho entorno, es el gran protagonista de una casa fabricada en material de vidrio con espacios transparentes. Desde el interior de la casa uno puede apreciar la naturaleza externa y disfrutar el paisaje.

Arquitectura minimalista

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En su nuevo informe de Consenso Económico, correspondiente al segundo trimestre de 2021, la consultora PwC hizo hincapié en la reforma fiscal que se avecina en España. Los cambios tendrán su origen en el compromiso que el Gobierno asumió con la Comisión Europea. Diferentes empresarios y directivos de compañías españolas que fueron consultados para este estudio se oponen a un incremento tributario. Incluso piden la eliminación de los impuestos de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y Patrimonio (IP). A continuación te contamos de qué se trata esta propuesta y qué otras medidas sugieren.

La consultora multinacional PwC lanzó un nuevo informe de Consenso Económico en España, correspondiente al segundo trimestre del 2021. En esta ocasión, se prestó especial atención a la cuestión impositiva y a la reforma fiscal que entrará en vigor en el año 2023. Estos cambios se darán en el marco del compromiso asumido por el Gobierno con la Comisión Europea, como contrapartida a la llegada de los fondos del Programa Next Generation EU.

Según informa PwC, para realizar este estudio consultó a un panel de 410 expertos seleccionados, entre los cuales se encuentran diferentes empresarios y directivos de compañías españolas. En relación a la cuestión tributaria, los consultados opinaron que es necesario transformar el sistema fiscal y restaurar la suficiencia financiera. A continuación te contamos por qué los entrevistados proponen la eliminación del Impuesto de Sucesiones (ISyD) y el Impuesto de Patrimonio (IP). En ambos casos se trata de gravámenes que intervienen y afectan a las operaciones del sector inmobiliario. También, qué otras sugerencias ofrecen en materia impositiva y cómo analizan la situación económica actual en España. 

Cómo analiza la coyuntura el nuevo informe de Consenso Económico 

Para hacer referencia a la actual situación económica en España, tras un 2020 marcado por los efectos negativos del COVID-19, PwC utiliza la expresión “con la cabeza fuera del agua.” En este sentido, afirma en su nuevo informe de Consenso Económico que “la economía ya emerge. La buena marcha de la campaña de vacunación y el levantamiento paulatino de las restricciones se están dejando notar en la mejora de las expectativas de crecimiento, tanto en España como en Europa y en el conjunto del mundo.”

La mayoría de los expertos consultados en el estudio consideran a la presente situación económica como regular. También creen que las expectativas para los próximos meses son muy favorables. En cuanto al sector inmobiliario, lo más destacable es el aumento en la demanda de las familias que prevén. Esta tendría como consecuencia un incremento en la compraventa de viviendas.

¿Cómo se analiza la reforma fiscal y por qué se pide la eliminación de los impuestos de Sucesiones y Patrimonio?

En síntesis, los empresarios y directivos de compañías españolas que PwC consultó para elaborar su nuevo informe de Consenso Económico, ofrecieron en relación a la cuestión tributaria, propuestas para obtener más ingresos en las arcas estatales y generar menos gasto público. Las sugerencias para alcanzar este nivel de eficiencia a nivel impositivo están divididas en los siguientes apartados:

Cómo recaudar más

La mayoría de los encuestados, casi un 70%, están en desacuerdo con un aumento impositivo generalizado. Estos expertos apuestan, en cambio, por un mayor esfuerzo del Estado contra el fraude fiscal. Sobre esta cuestión existe un proyecto de ley que actualmente se está debatiendo en el Senado.

Sin embargo, hablando de tributos en concreto, ante la posibilidad de aumentar los tipos del IVA existe cierta división. Son mayoría los empresarios y directivos que están en contra. Las medidas o recargos transitorios para elevar la presión en impuestos directos, como el IRPF o el Impuesto de Sociedades, también son rechazadas por gran parte de ellos. Tampoco creen que deberían realizarse ajustes en la fiscalidad de las rentas salariales ni en las cotizaciones sociales, que ya tienen una carga impositiva importante.

Dónde meter la tijera

En términos generales, al hablar de qué recortes debería hacer el Estado para recuperar la suficiencia financiera, el estudio de PwC apunta principalmente hacia el gasto corriente. De hecho, tres de cada cuatro entrevistados están de acuerdo en que las reducciones comiencen por ahí.

Por otro lado, varios expertos afirman que otra forma de ganar eficiencia es reducir las bonificaciones y los tipos reducidos en algunos impuestos. Casi la mitad de ellos están a favor. Sin embargo, al referirse a tributos en concreto, solo en el caso del Impuesto de Sociedades hay un porcentaje significativo que defiende suprimir las exenciones y bonificaciones que se aplican actualmente. En el caso del IRPF y el IVA no existe un consenso para eliminarlas.

Eliminación del Impuesto de Sucesiones, del Impuesto de Patrimonio y simplificación del Impuesto sobre Sociedades 

Como adelantamos al inicio de este artículo, los empresarios y directivos que participaron de este estudio piden la eliminación de los impuestos de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y Patrimonio (IP). Ambos tributos intervienen y afectan a muchas operaciones del sector inmobiliario, mayoritariamente las que tienen que ver con, precisamente, herencias y donaciones de bienes inmuebles.

Cabe mencionar nuevamente el proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. Actualmente, esta propuesta se encuentra ingresada en el Senado y pendiente de aprobación. La regulación impulsada por Hacienda eliminaría los beneficios en los pactos sucesorios. También modificaría la base imponible del Impuesto de Patrimonio (IP), entre otros tributos que intervienen en operaciones inmobiliarias. Sin embargo, el PSOE ha presentado una enmienda que mantendría las ventajas fiscales de las donaciones en vida de bienes inmuebles. ¿Se tendrán en cuenta las opiniones de los expertos plasmadas en el informe de Consenso Económico confeccionado por PwC para seguir modificando el proyecto?

Por otra parte, los entrevistados defienden la simplificación de las contribuciones fiscales por parte de las empresas. En este sentido, piden que los esfuerzos de la inspección se centren en los grandes grupos empresariales. En concreto, el 77,7% de los empresarios y directivos apoya el reciente pacto de la OCDE. Este busca establecer un tipo mínimo del 15% en el Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, casi la mitad cree que es poco probable que este acuerdo se lleve a la práctica.

Cómo financiar los servicios públicos

En cuanto a la forma de financiación de los servicios públicos, se preguntó a los entrevistados por una propuesta del Gobierno en particular. Se trata de la posibilidad de establecer un peaje a las autovías. Un 36,5% se manifiesta en contra de esta medida.

Incluso más oposición genera la fórmula del copago en la educación, que es rechazada por el 39,4% de los expertos. Por el contrario, la incorporación de sistemas de copago en los servicios de sanidad pública y en los medicamentos cuentan con un respaldo significativo.

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