Autor

Agustina Redacción

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El precio de la vivienda viene fluctuando considerablemente en los últimos años, sin embargo, no lo hace de igual manera en todo el territorio español. ¿Cómo evolucionaron los valores del mercado inmobiliario durante el 2021? ¿En qué regiones de España aumentaron más? ¿Cuáles son actualmente las comunidades más caras para comprar una vivienda y en cuáles se espera que los precios aumenten más durante el 2022? En este artículo te lo contamos.

Los precios en el sector inmobiliario vienen recuperándose hace tiempo luego del impacto que significaron las medidas restrictivas adoptadas para enfrentar la pandemia de COVID-19. No obstante, hay ciertas comunidades en las que estos valores estuvieron aumentando por encima de la media a lo largo del 2021. ¿Cuáles son? ¿Se trata también de las comunidades más caras hoy en día para comprar una vivienda? ¿Cuáles son las cuatro regiones españolas en donde es más costoso adquirir un inmueble?

A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre la evolución del precio de la vivienda en las diferentes comunidades durante el 2021. También, lo que se espera que ocurra con los valores de las diferentes regiones en este 2022. ¡Sigue leyendo para enterarte!

 

¿Cómo evolucionó el precio de la vivienda durante 2021?

Como ya es sabido, la pandemia de COVID-19 tuvo un fuerte impacto en la economía. Múltiples sectores y mercados se han visto afectados y el de la vivienda no fue la excepción. Como todos los años, el portal inmobiliario Fotocasa publicó su informe “La vivienda en venta en España”, en donde analizó la evolución de los precios en el mercado inmobiliario y los comparó con los de años anteriores. 

A través de este estudio, la empresa pudo averiguar que la variación anual del valor de la vivienda en 2021 experimentó un aumento del 1,7%. A su vez, el precio medio se incrementó en 11 de las 17 comunidades autónomas españolas que se analizaron en el informe.

comunidades más caras comprar vivienda

¿En qué comunidades ha aumentado más el precio de la vivienda durante el último año?

Según el estudio de Fotocasa, La Rioja fue la comunidad en donde más aumentó el precio de la vivienda durante el 2021 (5,4%). A esta región le siguen Andalucía (3,9%), Baleares (3,4%), Aragón (3,3%), Cataluña (2,6%), Galicia (2,5%), Madrid (2,1%), Cantabria (1,9%), Castilla y León (0,9%), Canarias (0,9%) y la Comunidad Valenciana (0,8%). 

De esta manera, las comunidades de Andalucía, Baleares y Madrid culminaron su sexto año de incrementos anuales en el precio de la vivienda. Por otro lado, sólo seis regiones finalizaron el 2021 con una variación negativa.

Ahora bien, más allá de las fluctuaciones que se dieron en este último año, ¿cuáles son las comunidades de España más caras para comprar una vivienda? ¿Coinciden con las mencionadas o no?

¿Cuáles son las comunidades españolas más caras para comprar una vivienda?

En el ranking de regiones en donde el precio de la vivienda es más alto, Madrid se encuentra a la cabeza por cuarto año consecutivo, es decir, desde 2018. Luego, le sigue la Comunidad de Baleares, que por primera vez ha superado los precios del País Vasco durante el 2021. De esta manera, ahora se posiciona en el segundo puesto de las regiones más caras para adquirir un inmueble.

¿Cuáles son los precios promedio en estas comunidades? En este momento, el precio por metro cuadrado en la Comunidad de Madrid se encuentra aproximadamente en 3.123 euros. Mientras tanto, en Baleares el metro cuadrado ronda los 2.890 euros, en el País Vasco, los 2.882 euros y en Cataluña los 2.544 euros. 

En conclusión, Madrid, Baleares, País Vasco y Cataluña son las cuatro regiones españolas en donde comprar una vivienda es más caro. Todos los precios mencionados superan a la media nacional que se encuentra en un precio de 1.907 euros por metro cuadrado.

¿En qué regiones españolas se espera que aumente más el precio de la vivienda durante 2022?

Según la agencia Foro Consultores “seguimos con una España a dos velocidades: hay ciudades donde los precios crecerán de manera importante y en otras no, porque no hay demanda”. 

Por otro lado, Ernesto Ferrer-Bonsoms, director de Real Estate de Intrum España y director de negocio de Solvia afirma que los precios crecerán más en las grandes ciudades. “Concretamente, estamos observando mayores incrementos en ubicaciones como Madrid, Barcelona, Málaga, Bilbao, Sevilla, Valencia o Alicante”, detalla. Desde la consultora Colliers también adhieren y agregan que “aquellas zonas con mayor actividad económica, generadoras de riqueza y por lo tanto mayor capacidad de pago de sus ciudadanos, y que a su vez suponen un polo de atracción de población, tendrán un incremento significativamente superior al resto”.

Por su parte, el Consejo General de los Agentes de la Propiedad habla de los grandes polos turísticos como “puntos calientes” del mercado. Un ejemplo de ello es la Comunidad de Baleares. Esta denominación se debe a que son zonas que atraen el interés de inversores internacionales, los cuales están dispuestos a pagar más que los compradores nacionales. 

¿En dónde se espera que el precio de la vivienda se mantenga estable o descienda?

A diferencia de las regiones mencionadas antes, en las ciudades más pequeñas del interior peninsular y la costa atlántica, que se caracterizan por bajas densidades de población, se espera que la tendencia sea mucho más moderada durante el 2022. Incluso, podría producirse una bajada de precios en estas zonas.

Desde Colliers también creen que habrá estabilidad en “aquellas ubicaciones donde, por motivos políticos o dejación de funciones, se han paralizado el desarrollo los ámbitos urbanísticos sufrirán doblemente la escasez de suelo y el incremento de precio de vivienda, especialmente de obra nueva”.

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A la hora de adquirir un inmueble, existe la opción de elegir uno de segunda mano o uno de obra nueva. ¿Cuáles son las ventajas de comprar una vivienda nueva que no se repiten en los casos de propiedades usadas? ¿Qué pasos se deben seguir para que la operación sea exitosa? En este artículo te lo contamos.

La compra de una vivienda de obra nueva implica tener los mismos cuidados que en cualquier otro tipo de operación inmobiliaria. Sin embargo, hay cuestiones a las que hay que prestarle especial atención. ¿Cuáles son las ventajas y los pasos a seguir al comprar una vivienda nueva? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles son las ventajas de comprar una vivienda de obra nueva?

Sin entrar en detalles, las viviendas de segunda mano suelen requerir de algún tipo de reforma una vez adquiridas, contar con un planteamiento y un diseño más antiguo, generar un mayor gasto energético y poseer cualquier otro tipo de defectos.  

En cambio, las viviendas de obra nueva son construidas bajo los estándares determinados por el mercado actual y, por esta razón, pueden ser más convenientes. Por otro lado, actualmente parece estar dando mejor respuesta a las preferencias en vivienda posteriores al confinamiento por el COVID-19.

En cuanto a la financiación, las viviendas de obra nueva también facilitan los pagos iniciales que deben realizarse, ya que, durante los dos años aproximados que dura la construcción, el propietario puede ir adelantando un 20% del precio inicial y, luego, solicitar una hipoteca por el 80% restante.

¿Cuáles son los pasos necesarios para comprar una vivienda nueva?

Si bien existen escenarios específicos, los pasos a seguir en toda compra de una vivienda nueva suelen ser los siguientes:

Fijar un presupuesto   

Saber con cuánto presupuesto contamos para adquirir la vivienda es, quizás, el paso más importante de todos. Dependiendo del dinero del que se disponga, se necesitará un crédito hipotecario mayor o menor. 

Si bien los bancos suelen dar hipotecas que cubren alrededor del 80% del valor de la vivienda, existen casos en los que, dependiendo del perfil del cliente y de otras cuestiones, pueden llegar a conceder una que cubra hasta el 100%. A esto se le deben sumar los gastos e impuestos de la compra.

Lo ideal es que la cuota mensual a pagar por la hipoteca nunca supere el 40% de los ingresos netos familiares que se perciben en el mes.

Buscar la vivienda nueva indicada

El siguiente paso consiste en elegir una nueva casa que se adecue a nuestros deseos, necesidades y circunstancias. Internet es una herramienta imprescindible en este sentido, ya que las promotoras suelen publicar las propiedades en sus páginas webs y otros portales inmobiliarios. Una vez que se encuentra la vivienda adecuada, es importante realizar todas las visitas posibles.

Solicitar un crédito hipotecario

En primer lugar, es importante investigar las condiciones del préstamo, como el tipo de interés o su duración. Luego, para conceder la hipoteca, el banco deberá tasar la vivienda. El coste de este trámite es de entre 250 y 600 euros y corre por cuenta del comprador.

Los tipos de hipoteca más comunes son:

  • Fija: se le aplica el mismo tipo de interés hasta que finalice el préstamo, sin importar si los tipos de interés suben o bajan.
  • Variable: el importe de sus cuotas mensuales varía según las fluctuaciones del índice de referencia correspondiente, que suele ser el Euribor.
  • Mixta: el tipo de interés se mantiene fijo durante un período inicial pero luego se vuelve variable.

La elección de una u otra depende de las circunstancias de cada comprador. En general, a quienes poseen un salario les conviene solicitar una hipoteca fija. En cambio, a aquellas personas que pueden llegar a cancelar la hipoteca con dinero de, por ejemplo, una herencia, les conviene más una variable.

comprar vivienda nueva

Solicitar información a la promotora

La promotora está obligada a entregar una serie de datos y documentos acerca de la obra al comprador. En primer lugar, es importante comprobar que el propietario del solar es quien dice ser y si el mismo está sujeto a alguna carga, lo cual puede constatarse en el Registro de la Propiedad.

Por otro lado, es importante constatar en el ayuntamiento correspondiente si se cuentan con las licencias necesarias para construir y si existe alguna servidumbre en favor del municipio. Por ejemplo, puede ocurrir que el mantenimiento de la urbanización sea responsabilidad de los propietarios y no de ayuntamiento.

En resumen, los datos y documentos más importantes en esta instancia son:

  • Cédula de habitabilidad
  • Certificado final de obra
  • Seguro decenal 
  • Licencia de primera ocupación
  • Garantía obligatoria 
  • Precio y forma de pago
  • Instrucciones de uso y conservación de las instalaciones
  • Instrucciones de evacuación del inmueble 
  • Datos y planos de la vivienda con información detallada 

Examinar la garantía

Según lo dispuesto por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), en la construcción de viviendas de obra nueva se debe ofrecer cobertura de mano de obra y materiales. El objetivo es cubrir cualquier desperfecto que pueda surgir a lo largo del proceso.

La cobertura suele ser de diez años para defectos estructurales, de tres años para defectos de habitabilidad y de un año para defectos en los acabados.

Conocer los impuestos y gastos que se deben pagar al comprar una vivienda nueva

La compra de una vivienda de obra nueva está sujeta a los siguientes tributos y comisiones:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): es del 10% en toda España, excepto en Canarias, donde es del 6,5%.
  • Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD): su valor varía en cada comunidad autónoma.
  • Comisión de apertura: puede ser de hasta un 2% sobre el capital prestado para la hipoteca, aunque este porcentaje puede variar e incluso puede no llegar a cobrarse.

Cerrar la operación con la firma de los documentos necesarios

A medida que avanza el proceso, estos son los documentos que se deben firmar para ir cerrando la operación:

  • Contrato de arras o contrato de reserva: ambos tienen como objetivo reservar la vivienda mediante el pago de una señal y fijar las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la compraventa. A su vez, establecen el plazo máximo dentro del cual se deberá desembolsar el dinero restante para cerrar la operación.
  • Contrato de compraventa: tiene como objetivo concretar la compraventa de manera privada.
  • Escritura de compraventa: tiene como objetivo concretar la compraventa de manera pública, con la presencia de un notario. Reviste mayor seguridad jurídica que el contrato privado de compraventa.

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El Gobierno ha lanzado el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 con la idea de facilitar el acceso a la vivienda de determinados sectores de la población, entre otros objetivos. Para ello, uno de los programas que comenzará a implementar consiste en ayudas a la compra de vivienda destinadas a jóvenes. ¿En qué consistirán estas subvenciones? ¿Cuáles serán los requisitos para acceder a ellas? ¿Qué otras ayudas se implementarán? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado en enero el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, a través del cual se regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el incentivo a la compra y el alquiler para algunos colectivos. También, al aumento del parque público de viviendas, que se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿Cómo serán las ayudas para la compra de vivienda destinadas a jóvenes que introducirá este nuevo Plan Estatal de Vivienda? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Por qué el Gobierno decidió implementar ayudas para la compra de vivienda destinadas a jóvenes?

Facilitar el acceso a la vivienda para los jóvenes españoles es uno de los principales objetivos del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Por otro lado, la lucha contra la despoblación en lo que se conoce como “España vacía”, también se ha convertido en un gran reto para el Gobierno central y los autonómicos. 

En este sentido, Guillermo Fernández Vara, presidente de la Comunidad de Extremadura, aseguró recientemente que esta “España vacía” se poblará con “empleos dignos y viviendas asequibles para la gente”. Con este propósito, el de incentivar que más personas vayan a vivir a las regiones más deshabitadas, el Gobierno otorgará ayudas directas para la compra de vivienda.

¿En qué consistirá este programa de ayudas para la compra de vivienda destinado a jóvenes?

Este programa estará destinado a personas de entre 18 y 35 años que estén buscando comprar un inmueble cuyo destino vaya a ser el de vivienda habitual. 

La primera de las condiciones para acceder a la ayuda será que la propiedad deseada valga menos de 120.000 euros. El monto de la subvención será de hasta 10.800 euros y, a su vez, no podrá exceder el 20% del coste de adquisición de la vivienda. En caso de que el inmueble sea adquirido por varias personas, el importe del beneficio para cualquiera de los compradores se determinará aplicando un porcentaje proporcional a la parte que le corresponda.

La otra de las condiciones para recibir la ayuda es que el inmueble se encuentre en núcleos de población pequeños o áreas rurales en las que residan menos de 10.000 habitantes.

¿Cuáles serán los requisitos para acceder a este programa?

Todos los jóvenes de entre 18 y 35 años que deseen acceder a esta ayuda para la compra de vivienda deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber suscrito o estar en condiciones de suscribir un contrato público o privado de compra de un inmueble luego del 1º de enero de 2022. Desde ya, la propiedad debe encontrarse en un núcleo de población pequeño y puede tratarse de una vivienda que todavía no se ha edificado.
  • Contar con una renta anual igual o inferior a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 24.318 euros anuales. Este umbral será de cuatro veces el IPREM cuando se trate de personas con discapacidad y de cinco en los casos de personas que posean estos tipos específicos de discapacidad: parálisis cerebral, enfermedades mentales, discapacidades intelectuales o discapacidades del desarrollo. También, su grado de discapacidad reconocido debe ser igual o superior al 33%.
  • Aportar la escritura pública o contrato privado de compraventa que acredite la adquisición de la vivienda dentro de los tres meses posteriores a la fecha de notificación de la concesión de la ayuda. 
  • Hacer que el inmueble adquirido se convierta en su residencia habitual por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su compra. Dicho plazo podrá ser inferior en caso de que se produzcan cambios de domicilio por cuestiones laborales. También, cuando el beneficiario venda la propiedad y reinvierta la totalidad del importe obtenido en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente.

ayudas compra vivienda jóvenes

¿Quiénes no podrán acceder al beneficio?

Esta ayuda a la compra de vivienda cuenta con una serie de excepciones. En primer lugar, no se concederá a aquellos solicitantes que sean propietarios o usufructuarios de una vivienda dentro del territorio español. 

Sin embargo, no se considerará a quienes sean propietarios o usufructuarios de una vivienda si la han obtenido por una herencia o una transmisión mortis causa sin testamento. Por otro lado, también se exceptuará de este requisito a quienes sean titulares de una vivienda pero acrediten que la misma no se encuentra disponible a causa de una separación o divorcio, o cualquier otra causa ajena a su voluntad que haga que no pueda habitarla.

¿Qué otras ayudas para jóvenes se implementarán con el nuevo Plan de Vivienda?

Además de las ayudas para comprar, el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 implementará ayudas para el alquiler, también destinadas a jóvenes de entre 18 y 35 años. El principal requisito para acceder a ellas será poseer ingresos inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). 

La subvención cubrirá el 60% del importe de la renta en alquileres de hasta 600 euros o de hasta 900 en casos específicos. También será compatible con el nuevo Bono Alquiler Joven aunque, en ese caso, el valor de la ayuda se reducirá hasta el 40% de la diferencia entre el valor de la renta y los 250 euros del bono. Por otro lado, la suma de ambas ayudas no podrá superar el 75% del precio del alquiler.

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El nuevo valor de referencia inmobiliario del Catastro entró en vigencia el 1° de enero de 2022. Desde ese entonces, es la base imponible de tributos que entran en juego, por ejemplo, en operaciones de compra de vivienda. ¿De qué se trata? ¿Cuáles son los impuestos que afecta? ¿Por qué este nuevo valor de referencia está haciendo que muchos compradores se arrepientan luego de firmar un contrato de arras? ¿Qué consecuencias puede traer esto? En este artículo te lo contamos.

El Ministerio de Hacienda presentó a fines del 2020 un anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. El principal objetivo de esta iniciativa era disminuir la elusión fiscal a través de la modificación de determinadas normas tributarias. La propuesta fue debatida y aprobada en la Cámara de Diputados y en el Senado, en donde consiguió su aprobación final. Finalmente, la ley fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de julio, momento desde el cual se encuentra vigente. Sin embargo, el nuevo valor de referencia inmobiliario del Catastro entró en vigencia recién el 1° de enero de 2022.

¿Qué precauciones se deben tomar con respecto a este valor de referencia antes de firmar un contrato de arras por la compra de una vivienda? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consiste el nuevo valor referencia inmobiliario del Catastro?

La Ley 11/2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, aprobada en julio del año pasado, introdujo modificaciones en el cálculo de la base imponible de algunos tributos. Si bien la normativa fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) seis meses antes, dichos cambios entraron en vigencia recién el 1° de enero de 2022. ¿En qué consisten las nuevas disposiciones?

En el caso del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), ya no es el valor real de un inmueble el que determina sus bases imponibles, sino su valor de mercado. Y ¿cómo se determina este valor de mercado? A partir del valor de referencia inmobiliario fijado por la Dirección General del Catastro, que se encuentra publicado aquí. De esta manera, cada año que transcurra el organismo fijará un nuevo valor de forma simultánea para todos los municipios.

¿Cómo afecta a la compra de vivienda de segunda mano?

Como mencionamos, uno de los tributos afectados por las nuevas disposiciones de la Ley de Fraude Fiscal es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este gravamen debe abonarse luego de comprar una vivienda usada. Desde el 1° de enero de este año, entonces, su base imponible ya no es el precio pagado por cada contribuyente, sino el valor de referencia fijado por el Catastro.

En caso de que el comprador escriture la operación ante un notario por un valor inferior al de referencia, la Hacienda autonómica lo obligará a tributar por el valor fijado por el Catastro. Para ello podrá notificarle la liquidación correspondiente sin necesidad de iniciar una comprobación de valores. 

También existe la posibilidad de que aquellos contribuyentes que declaren de acuerdo al valor escriturado, es decir, por debajo del valor de referencia del Catastro, sean sancionados por no respetar las nuevas disposiciones de la Ley de Fraude Fiscal.

¿Por qué el nuevo valor de referencia está haciendo que muchos compradores se arrepientan después de firmar un contrato de arras?

El contrato de arras es un documento que, mediante su firma y la entrega de una señal, permite “reservar” una vivienda en la que haya interés de adquirir. Luego de la entrada en vigencia de las modificaciones descritas, se volvieron comunes los casos de potenciales compradores que, tras firmar un contrato de arras, han decidido no seguir adelante con el proceso porque descubrieron que debían pagar más por el ITP de lo que esperaban. 

¿Qué consecuencias implica arrepentirse luego de la firma de un contrato de arras?

Existen tres tipos de contrato de arras: penitenciales, confirmatorias y penales. El de arras penitenciales admite la posibilidad de arrepentirse utilizando la señal de reserva como indemnización. De esta manera, si el comprador desiste, este monto es retenido por vendedor. En cambio, el de arras confirmatorias y el de arras penales no admiten explícitamente la posibilidad de desistir de él afrontando una penalización económica. Por eso, si el comprador se arrepiente, el vendedor puede exigirle la concreción de la compraventa o iniciar acciones legales. 

Teniendo en cuenta esto, en todos los casos es recomendable firmar un contrato de arras cuando exista plena seguridad de querer concretar la compra. Sin embargo, en muchos casos, la firma se lleva a cabo precipitadamente y sin revisar con anticipación el valor de referencia que el Catastro fijó para ese inmueble. 

¿Por qué es importante revisar el valor de referencia de un inmueble antes de firmar un contrato de arras?

Si el valor de referencia de la vivienda en la que hay interés de comprar es superior al precio que se deberá pagar por ella, el comprador deberá pagar más de lo que tenía previsto por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Por esta razón, si el interesado no tiene capacidad de asumir el sobrecoste, que en algunos casos puede suponer varias decenas de miles de euros extra, la operación puede fracasar. Esto, como dejamos en claro anteriormente, significa la pérdida de la vivienda pero también del dinero que se entregó como señal al firmar el contrato de arras. 

La otra alternativa para el comprador es hacer frente al incremento, siempre y cuando pueda permitírselo financieramente. En ese caso, tendrá la posibilidad de impugnar a posteriori el valor de referencia que se le haya computado en su autoliquidación del ITP. De esta manera podrá procurar que Hacienda devuelva el incremento que tuvo obligación de ingresar.

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El período para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021 está a la vuelta de la esquina. A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio, los contribuyentes españoles deberán declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Antes de que esa fecha llegue, nos anticipamos para que estés al tanto de todos los cambios que se implementarán en esta ocasión. ¿Cuáles serán los tramos del IRPF que se aplicarán a nivel estatal y en cada una de las comunidades autónomas en este 2022? ¿Qué regiones mantendrán sus tipos impositivos y cuáles los modificarán? En este artículo te lo contamos.

Los tramos del IRPF se modificarán en este 2022, tanto en el plano estatal como en algunas comunidades autónomas. En la primera parte ya te contamos cuáles serán los tipos que se aplicarán en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha. Ahora, en esta segunda parte, te contamos cuáles se aplicarán en las regiones de Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Todo lo que debes saber sobre la Renta 2021-2022

El próximo 6 de abril comienza el plazo establecido por el Ministerio de Hacienda para que todos los contribuyentes españoles presenten su declaración de la renta. Por eso, es importante conocer con anticipación los cambios que habrá este año, tanto en el tramo estatal como en el autonómico.

En cuanto al estatal, la novedad más destacada es que aumentará el número total de tramos. Hasta este momento eran cinco, pero ahora pasarán a ser seis. El que se incorporará será un nuevo tipo marginal del 47%, que deberán abonar quienes hayan percibido rentas superiores a 300.000 euros durante el 2021.

Por otro lado, en el campo autonómico, las principales modificaciones estarán presentes en las comunidades de Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana. Sin embargo, no todas ellas afectarán a los contribuyentes de la misma manera: en algunos casos la tributación del IRPF será más dura y en otros más baja para rentas concretas.

A continuación veremos en detalle cómo quedarán los tramos del IRPF que se aplicarán en este 2022 a nivel estatal y a nivel autonómico.

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán a nivel estatal?

Estos son los tramos del IRPF que Hacienda aplicará en la declaración de la renta 2021-2022 para toda España:

Base imponible Tipo impositivo
Hasta 12.450 euros 19%
Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros 24%
Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros 30%
Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros 37%
Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros 45%
Más de 300.000 euros 47%

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán en las comunidades de Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y La Rioja?

Castilla y León

En esta región la escala de tramos del IRPF se mantendrá igual que el año pasado. Los tipos marginales son cinco, con un mínimo de 9,5% y un máximo de 21,5%. Así es como quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Castilla y León para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 14%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 18,5%
A partir de 60.000 euros 21,5%

Cataluña

Aquí también se mantendrá sin cambios la escala del IRPF que en este caso cuenta con siete tramos. Mientras el tipo marginal mínimo es del 12%, el máximo es del 25,5%. Estos serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Cataluña para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 17.707,20 euros 12%
De 17.707,20 euros a 33.007,20 euros 14%
De 33.007,20 euros hasta 53.407,20 euros 18,5%
De 53.407,20 euros hasta 90.000,00 euros 21,5% 
De 90.000 euros a 120.000 euros 23,5%
De 120.000 euros a 175.000 euros 24,5%
A partir de 175.000 euros 25,5%

Comunidad Valenciana

En esta región se añadirán dos nuevos tramos de IRPF que se aplicarán a las rentas más altas. Hasta ahora, el tipo máximo era del 25,5% pero este año se establecerá un 27,5% para bases liquidables generales superiores a 140.000 euros, y un 29,5% para rentas de a partir de 175.000 euros. Mientras tanto, el tipo mínimo se mantendrá en 10%. Así quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en la Comunidad Valenciana para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 17.000 euros 11%
De 17.000 euros a 30.000 euros 13,9%
De 30.000 euros a 50.000 euros 18%
De 50.000 euros a 65.000 euros 23,5%
De 65.000 euros a 80.000 euros 24,5%
De 80.000 euros a 120.000 euros 25%
De 120.000 euros a 140.000 euros 25,5%
De 140.000 euros a 175.000 euros 27,5%
A partir de 175.000 euros 29,7%

Extremadura

Esta comunidad cuenta con una escala de nueve tramos, en donde el tipo marginal mínimo es de 9,5% y el máximo es de 25%. No se aplicará ningún cambio en esta ocasión. Por eso, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Extremadura quedarán así para la próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12,5%
De 20.200 euros hasta 24.200 euros 15,5% 
De 24.200 euros hasta 35.200 euros 16,5%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 20,5%
De 60.000 euros hasta 80.200 euros 23,5%
De 80.200 euros hasta 99.200 euros 24%
De 99.200 euros hasta 120.200 euros 24,5%
A partir de 120.200 euros 25%

Galicia

En esta región también se conservarán los mismos siete tramos del año pasado, en donde el tipo marginal mínimo es del 9,5% y el máximo es del 22,5%. De esta manera, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Galicia quedarán así para la declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,8%
De 20.200 euros hasta 27.700 euros 15,5%
De 27.700 euros hasta 35.200 euros 17%
De 35.200 euros a 47.600 euros 18,5%
De 47.600 euros a 60.000 euros 20,5%
A partir de 60.000 euros 22,5%

Madrid

En esta comunidad también se mantendrá sin cambios la escala de cinco tramos en donde el tipo marginal mínimo es de 9%, mientras que el máximo es del 21%. Así quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en la Comunidad de Madrid para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 17.707,20 euros 11,2%
De 17.707,20 euros hasta 33.007,20 euros 13,3%
De 33.007,20 euros hasta 53.407,20 euros 17,9%
A partir de 53.407,20 euros 21%

Murcia

En esta comunidad se reducirán los tipos marginales en los cinco tramos establecidos. De esta manera, el tipo marginal mínimo quedará en 9,7% y el máximo en 22,9%. Estos serán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Murcia para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,7% (antes era de 9,8%)
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,72% (antes era de 11,98%)
De 20.200 euros hasta 34.000 euros 14,18% (antes era de 14,62%)
De 34.000 euros hasta 60.000 euros 18,54% (antes era de 18,86%)
A partir de 60.000 euros 22,90% (antes era de 23,1%)

La Rioja

Esta comunidad cuenta con siete tramos del IRPF, en donde el tipo marginal mínimo es de 9% y el máximo es de 27%. No se introducirán modificaciones con respecto al año pasado. Así es como quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en La Rioja en para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 20.200 euros 11,6%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 14,6%
De 35.200 euros hasta 50.000 euros 18,8%
De 50.000 euros a 60.000 euros 19,5%
De 60.000 euros a 120.000 euros 25%
A partir de 120.000 euros 27%

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El período para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021-2022 está a la vuelta de la esquina. A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio inclusive, los contribuyentes deberán dirigirse a las oficinas de Hacienda, comunicarse telefónicamente con el organismo o ingresar a su sitio web para declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Antes de que esa fecha llegue, es importante estar al tanto de todos los cambios que se implementarán en esta ocasión. ¿Cuáles serán los tramos del IRPF que se aplicarán a nivel estatal y en cada una de las comunidades autónomas en este 2022? ¿Qué regiones mantendrán sus tipos impositivos y cuáles los modificarán? En este artículo te lo contamos.

Los tramos del IRPF se modificarán en este 2022, tanto en el plano estatal como en algunas comunidades autónomas. En esta primera parte te contamos cuáles serán los tipos que se aplicarán en toda España y en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Todo lo que debes saber sobre la Renta 2021-2022

El próximo 6 de abril comienza el plazo establecido por el Ministerio de Hacienda para que todos los contribuyentes españoles presenten su declaración de la renta. Por eso, es importante saber con anticipación que este año habrá cambios tanto en el tramo estatal como en el autonómico.

En cuanto al estatal, la novedad más destacada es que aumentará el número total de tramos: hasta este momento eran cinco, ahora pasarán a ser seis. El que se incorporará será un nuevo tipo marginal del 47%, que deberán abonar quienes hayan percibido rentas superiores a 300.000 euros.

Por otro lado, en el campo autonómico, las principales modificaciones estarán presentes en las comunidades de Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana. Sin embargo, no todas ellas afectarán a los contribuyentes de la misma manera: en algunos casos la tributación del IRPF será más dura y en otros más baja para rentas concretas.

A continuación veremos en detalle cómo quedarán los tramos del IRPF que se aplicarán en este 2022 a nivel estatal y a nivel autonómico.

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán a nivel estatal?

Estos son los tramos del IRPF que Hacienda aplicará en la declaración de la renta 2021-2022 para toda España:

Base imponible Tipo impositivo
Hasta 12.450 euros 19%
Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros 24%
Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros 30% 
Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros 37% 
Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros 45%
Más de 300.000 euros 47%

¿Qué tramos del IRPF se aplicarán en las comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria y Castilla-La Mancha?

Andalucía

En esta región se aplicarán ocho tramos y se reducirá el tipo aplicable a partir del cuarto. De esta manera, los tres primeros se mantendrán en 9,50%, 12% y 15%, es decir que no habrá cambios. Mientras tanto, el tipo máximo pasará del 24,3% al 23,7%. Así es como quedarán todos los tramos del IRPF en Andalucía:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros a 28.000 euros 15%
De 28.000 euros a 35.200 euros 15,6%
De 35.200 euros a 50.000 euros 18,7%
De 50.000 euros a 60.000 euros 18,9%
De 60.000 euros a 120.000 euros 22,9%
A partir de 120.000 euros 23,7%

Aragón

Se trata de una de las regiones con una de las escalas más amplias, ya que cuenta con diez tramos diferentes. En esta autonomía el tipo mínimo es del 10% y el máximo es del 25%. Veamos cuáles serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Aragón para esta próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12,5%
De 20.200 euros a 34.000 euros 15,5%
De 34.000 euros a 50.000 euros 19%
De 50.000 euros a 60.000 euros 21%
De 60.000 euros a 70.000 euros 22%
De 70.000 euros a 90.000 euros 22,5%
De 90.000 euros a 130.000 euros 23,5%
De 130.000 a 150.000 euros 24,5%
A partir de 150.000 euros 25%

Asturias

Esta región también mantendrá su escala de ocho tramos. En ella el tipo mínimo es de 10% y el máximo, de 25,5%. Así quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta de los en para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 10%
De 12.450 euros a 17.700 euros 12%
De 17.700 euros a 33.007 euros 14%
De 37.007 euros a 53.407 euros 18,5%
De 53.407 euros a 70.000 euros 21,5%
De 70.000 euros a 90.000 euros 22,5%
De 90.000 euros a 175.000 euros 25%
A partir de 175.000 euros 25,5%

Baleares

Esta comunidad tampoco alterará su escala de nueve tramos, en la que se fijará un tipo marginal mínimo de 9,5% y uno máximo de 25%. Estos serán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en las Islas Baleares para esta próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 10.000 euros 9,5%
De 10.000 euros a 18.000 euros 11,8%
De 18.000 euros a 30.000 euros 14,8%
De 30.000 euros a 48.000 euros 17,8%
De 48.000 euros a 70.000 euros 19,3%
De 70.000 euros a 90.000 euros 22%
De 90.000 euros a 120.000 euros 23%
De 120.000 euros a 175.000 euros 24%
A partir de 175.000 euros 25%

Canarias

En esta región existen siete tramos diferentes de IRPF que también serán conservados en esta ocasión, en donde el tipo mínimo es del 9% y el tipo máximo es del 26%. Así es como quedarán los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Canarias para esta declaración de la renta 2021-2022:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9%
De 12.450 euros a 17.707 euros 11,5%
De 17.707 euros hasta 33.007 euros 14%
De 33.007 euros hasta 53.407 euros 18,5%
De 53.407 euros a 90.000 euros 23,5%
De 90.000 euros a 120.000 euros 25%
A partir de 120.000 euros 26%

Cantabria

En esta región existen siete tramos de IRPF, en donde el tipo mínimo es de 9,5% y el máximo es del 25,5%. De esta manera, los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Cantabria quedarán así para la próxima declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 34.000 euros 15%
De 34.000 euros hasta 46.000 euros 18,5%
De 46.000 euros a 60.000 euros 19,5%
De 60.000 euros a 90.000 euros 24,5%
A partir de 90.000 euros 25,5%

Castilla-La Mancha

Esta comunidad tampoco ha modificado los tramos del IRPF aplicando. Se trata de cinco tipos marginales en donde el mínimo es de 9,5% y el máximo es de 22,5%. Así es como quedarán entonces los tipos aplicables a cada tramo de la renta en Castilla-La Mancha para esta declaración de la renta:

Base imponible Tipo impositivo
De 0 a 12.450 euros 9,5%
De 12.450 euros a 20.200 euros 12%
De 20.200 euros hasta 35.200 euros 15%
De 35.200 euros hasta 60.000 euros 18,5%
A partir de 60.000 euros 22,5%

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Con el correr de los años, los bienes inmuebles suelen incrementar su valor de mercado. ¿Qué ocurre cuando queremos vender una propiedad cuyo precio es mayor que en el momento que la adquirimos? En este artículo te contamos de qué se trata la plusvalía de un inmueble y quién la paga en una compraventa. También, qué excepciones a su pago existen y cómo calcular su valor a pagar en este 2022.

CONTENIDO ACTUALIZADO

Plusvalía significa, por definición: “aumento en el valor de una cosa”. En el caso de los bienes inmuebles, que suelen incrementar su precio a medida que pasan los años, se trata de la diferencia positiva entre su valor de compra y su valor de venta. Es decir que, al pensar en vender una propiedad, es importante prestar atención a cuál fue su precio de adquisición y cuál es el precio al que corresponde venderla ahora. Sólo de esta manera puede saberse si existe plusvalía. El valor actual de mercado de un inmueble puede ser determinado mediante una tasación o valoración.

Ahora bien, ¿existe un impuesto que se encarga de gravar esta plusvalía? ¿Quién paga la plusvalía de un inmueble en caso de compraventa?¿El comprador o el vendedor? ¿Existen exenciones a su pago? ¿Cómo se calcula? A continuación respondemos todas estas dudas para que puedas entender mejor de que se trata la plusvalía de un inmueble, ¡sigue leyendo!

¿Qué es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal?

El tributo que grava el incremento de valor de un bien inmueble entre el momento de su compra y el momento de su venta es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). También es conocido como plusvalía municipal, ya que se trata de un tributo directo recaudado por cada municipio. 

Es importante aclarar que el IIVTNU sólo grava a los bienes inmuebles de naturaleza urbana. Por esta razón, las fincas rústicas no están sujetas a él. También, que su pago sólo incumbe al momento de producirse una compraventa, nunca antes.

¿Cómo se calcula el valor a pagar por la plusvalía municipal en 2022?

Para calcular el valor a pagar por la plusvalía municipal luego de una compraventa es necesario multiplicar la base imponible de este tributo por el coeficiente que haya determinado el ayuntamiento en donde se encuentra la vivienda. Este porcentaje no puede superar el 30% en ningún caso.

Si bien hasta el 10 de noviembre de 2021 existía una única manera de calcular la base imponible de este impuesto, ese día entraron en vigencia dos nuevos procedimientos. El primero de ellos se basa en el valor real de la plusvalía y el segundo, en el incremento “objetivo” que sufrió el valor del terreno. A partir de estas nuevas modificaciones, los contribuyentes tienen la posibilidad de elegir libremente entre cualquiera de los dos métodos, dependiendo de cuál les resulte más conveniente. Veamos cómo se realiza el cálculo en ambos casos:

Nuevo cálculo de la base imponible en función de la plusvalía real

La fórmula que se aplica en este caso es:

Valor de transmisión de la vivienda — Valor de adquisición de la vivienda x Porcentaje del valor catastral del terreno = Base imponible

  • El valor de transmisión es el precio por el cual la vivienda fue vendida.
  • El valor de adquisición es el precio que la vivienda tenía al momento de ser adquirida por el vendedor, sin importar si fue a través de una compra, de una herencia o de una donación.
  • El porcentaje del valor catastral que corresponde al terreno es un dato que puede encontrarse en el recibo más reciente del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o en el sitio web del Catastro Inmobiliario.

Nuevo cálculo objetivo de la base imponible

Este método, por su parte, consta de la siguiente fórmula:

Valor catastral del terreno x Coeficiente determinado por el municipio = Base imponible

  • El valor catastral que corresponde al terreno, como mencionamos, es un dato que puede encontrarse en el recibo más reciente del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o en el sitio web del Catastro Inmobiliario.
  • Los coeficientes determinados por cada municipio para el pago de la plusvalía municipal dependen de los valores máximos que el Ministerio de Hacienda haya fijado. Los coeficientes que se aplican dependen de la cantidad de años que el vendedor haya sido propietario de su inmueble:

Tiempo durante el cual la persona ha sido propietaria Coeficiente máximo
Menos de un año 0,14
1 año 0,13
2 años 0,15
3 años 0,16
4 años 0,17
5 años 0,17
6 años 0,16
7 años 0,12
8 años 0,10
9 años 0,09
10 años 0,08
11 años 0,08
12 años 0,08
13 años 0,08
14 años 0,10
15 años 0,12
16 años 0,16
17 años 0,20
18 años 0,26
19 años 0,36
20 años o más 0,45

¿Quién paga la plusvalía de un inmueble en una compraventa?

Ahora que sabemos de qué se trata este impuesto y cómo se calcula su valor a pagar nos preguntamos, ¿quién paga la plusvalía municipal al producirse la compraventa de un inmueble? ¿El vendedor o el comprador?

En principio, la obligación de abonar la plusvalía de un inmueble en una compraventa recae siempre sobre el vendedor, que es el sujeto pasivo del IIVTNU. Sin embargo, puede llegar a corresponder al comprador en los siguientes casos:

  • Cuando ambas partes acuerdan que sea el comprador quien abone el impuesto. 
  • Cuando el vendedor no resida en España.

Sin embargo, cabe aclarar aquí que, en caso de no producirse el pago por la plusvalía municipal, el ayuntamiento correspondiente reclamará al sujeto pasivo, es decir, al vendedor, luego de transcurridos treinta días hábiles desde la fecha de la transacción.

Otros casos en los que debe abonarse la plusvalía de un inmueble y sus sujetos pasivos

Las operaciones de compraventa de un inmueble no son las únicas sujetas al pago del IIVTNU o plusvalía municipal. También lo exigen los municipios en los siguientes casos:

  • Donación: en este caso, el sujeto pasivo y quien debe abonar el impuesto es el donatario, es decir, el beneficiario de la donación. 

  • Herencia: en este caso, el sujeto pasivo y quien debe afrontar el pago de la plusvalía es el heredero. 

¿Qué excepciones existen al pago de la plusvalía de un inmueble? 

Como ocurre con casi todos los tributos, existen algunas excepciones al pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal. ¿Cuáles son?

  • Reinversión de vivienda habitual: en caso de que un propietario decida vender su propiedad de residencia habitual con el fin de reinvertir la totalidad del dinero obtenido en una nueva vivienda habitual, no será obligatorio para él abonar la plusvalía municipal. En este artículo te contamos todas las condiciones de este beneficio.
  • Transmisión de inmuebles entre cónyuges: el pago de la plusvalía no será obligatorio si la entrega del inmueble es realizada por una de las partes de un matrimonio a la otra, en beneficio de la sociedad conyugal, como pago de haberes comunes o a favor de los hijos, en caso de deber cumplir con alguna sentencia.
  • Venta de inmuebles considerados patrimonio histórico-cultural: en caso de que la propiedad sea parte del conjunto histórico-artístico o haya sido declarada de interés cultural, también habrá exención de abonar la plusvalía. Esto, siempre y cuando sus propietarios acrediten haberse encargado de realizar las obras necesarias para la conservación o mejora del inmueble en cuestión.
  • Transmisión de inmuebles que pertenecen a entidades estatales o benéficas: los inmuebles que son propiedad del Estado nacional, de las diferentes comunidades autónomas, de los municipios o sus entidades locales o de instituciones benéficas o tampoco deben abonar la plusvalía municipal cuando se produce su transmisión.

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El 2022 será un año en el cual muchos jóvenes españoles podrán acceder a diversas ayudas que fomentarán su acceso a una vivienda. Por un lado se encuentran las subvenciones que el Gobierno está implementando o comenzará a implementar a nivel nacional. Se trata del bono joven para el alquiler y de las ayudas previstas por el nuevo Plan de Vivienda 2022-2025. Sin embargo, las diferentes regiones de España también comienzan a aportar su granito de arena a nivel autonómico. ¿En qué consistirá el programa mediante el cual Cataluña reservará el 25% del alquiler público de nueva construcción a jóvenes? A continuación te lo contamos.

La emancipación a una edad medianamente temprano y el mantenimiento de un alquiler pueden ser un verdadero dolor de cabeza para los jóvenes españoles. Los bajos ingresos que perciben, en muchos casos, les impiden dejar la casa de sus padres para buscar una propia o les dificultan el pago de la renta mes a mes. Teniendo en cuenta este panorama, el Gobierno y las diferentes comunidades autónomas comenzaron a brindar diferentes ayudas para incentivar el alquiler y la compra de vivienda entre los jóvenes.

¿Cuáles son las ayudas para menores de 35 previstas por la Ley de Vivienda y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025? ¿Qué medidas aplicará la Comunidad de Cataluña con respecto al alquiler público para favorecer a los jóvenes? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuál es la situación actual de los jóvenes y el alquiler en España?

La mayoría de los jóvenes en España perciben una renta mensual menor a 1.000 euros por su trabajo. Frente a este escenario, muchos de ellos no logran dejar la casa de sus padres a una edad medianamente temprana. Por otro lado, con estos salarios tan bajos, aquellos que sí pudieron emanciparse tampoco logran sostener económicamente un alquiler en el tiempo.

En términos estadísticos, según datos recogidos por la Agencia Tributaria, en 2019 había casi cinco millones de jóvenes españoles de entre 18 y 35 años que percibían menos del doble del salario mínimo interprofesional. Por aquel momento, el mismo equivalía a 25.200 euros. Si bien se desconoce cuántos de ellos alquilan una vivienda, todos estarían en condiciones de acceder a las diversas ayudas que el Gobierno ya ha comenzado a brindar a este sector de la población. 

A continuación te contamos cuáles son estas medidas y luego, cuáles se aplicarán específicamente en la Comunidad de Cataluña.

¿Qué programas buscan mejorar la situación de los jóvenes con respecto al alquiler?

Tanto el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, que ya ha entrado en vigencia, como la nueva Ley de Vivienda, pendiente aún de aprobación, prevén la entrega de ayudas para favorecer el acceso de los jóvenes a un hogar. 

Bono joven para el alquiler de vivienda

El nuevo bono joven para el alquiler es una propuesta que se enmarca en la discusión por la próxima Ley de Vivienda. Si bien se espera que esta normativa sea aprobada recién durante la segunda mitad del 2022, es probable que el bono se implemente mucho antes. 

La ayuda constará de 250 euros mensuales, es decir, 3.000 euros anuales para cada beneficiario, dinero que deberá destinar al pago del alquiler de una vivienda. Podrán acceder a ella no sólo los jóvenes que busquen dejar su vivienda de origen, sino también aquellos que ya se hayan emancipado pero presenten dificultades económicas para afrontar el pago de su renta. Por otro lado, estará permitido que dentro de un mismo hogar o unidad familiar haya más de una persona que reciba la subvención.

En los casos de familias en situaciones vulnerables, estará permitido que el bono joven se complemente con otras ayudas directas para el alquiler hasta alcanzar un 40% del valor del mismo.

Ayudas para la compra y el alquiler de vivienda del Plan de Vivienda 2022-2025

El nuevo Plan Estatal de Vivienda, entre otras medidas, intentará facilitar el acceso a la vivienda de varios sectores de la población española. En cuanto a los jóvenes, les ofrecerá un programa de ayudas directas a aquellos que alquilen una vivienda, cubriendo hasta un 60% de su renta mensual. Por otro lado, brindará subvenciones a aquellos menores de 35 que busquen comprar una vivienda habitual por menos de 120.000 euros. La condición es que el inmueble se encuentre en un municipio o núcleo de población pequeño. En este caso, no habrá simultaneidad entre ambas ayudas.

¿En qué consiste el programa por el cual Cataluña otorgará el 25% del alquiler público de nueva creación a jóvenes?

La Generalitat catalana anunció en los últimos días que reservará, como mínimo, un 25% de las viviendas de nueva construcción destinadas al alquiler para personas jóvenes. De esta manera, los menores de 35 años tendrán la posibilidad de acceder a ellas en la primera adjudicación. Por otro lado, en las convocatorias de subvención para la promoción de viviendas en alquiler asequible y social, también se favorecerá a aquellas que comprendan este porcentaje de para jóvenes. 

Sin embargo, cabe aclarar que estas reservas para la adjudicación inicial de las viviendas estarán siempre condicionadas a posibles requerimientos por parte del titular del suelo. También, dependerá de que la promoción no esté reservada a otros colectivos específicos.

¿Qué llevó a la Comunidad de Cataluña a tomar esta medida con respecto al alquiler pùblico para jóvenes?

La Ministra de Derechos Sociales de la Comunidad de Cataluña, Violant Cervera, argumenta que la crisis económica producida por el COVID-19 ha agravado aún más la compleja situación que se venía desarrollando desde hace diez años. Especialmente, en cuestiones como las condiciones laborales y el acceso a la vivienda de los españoles. 

En el caso concreto de los jóvenes, si bien el empleo en este sector de la población se ha recuperado, ya que se encuentra 4,8 puntos por encima de donde se situaba en 2020, “la situación laboral de los jóvenes sigue definida por la precariedad”. Por otro lado, la tasa de emancipación es actualmente del 15,5%, la cifra más baja de este siglo. Según la Ministra, “16 de cada 100 jóvenes no han podido establecer de forma independiente su proyecto de vida”, cuando en 2007 esta tasa se situaba en el 32,3%.

De esta manera, las medidas tomadas por la Comunidad de Cataluña se suman a las que ya viene implementando el Gobierno a nivel nacional para favorecer a los jóvenes. 

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El Gobierno ha lanzado en los últimos días el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, teniendo entre sus principales objetivos el crecimiento del parque de público inmobiliario en España. Esto se debe a que, actualmente, la cantidad de viviendas públicas en el país es mucho menor que en el resto de los países vecinos. ¿Cuáles son los programas que se implementarán con este objetivo? ¿Qué medidas se tomarán con cada uno de ellos? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la semana pasada el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A través de él se regula el nuevo Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el mercado del alquiler frente al de la propiedad. Uno de sus principales objetivos es el aumento del parque público de vivienda, que en este momento se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿En qué consisten los programas que se pondrán en marcha para favorecer el crecimiento del parque público inmobiliario en España? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles serán los programas del nuevo Plan de Vivienda 2022-2025 que buscarán aumentar el alcance del parque público de bienes inmuebles?

Programa general de incremento del parque público de vivienda

Este primer programa del Plan tendrá como objetivo incrementar la oferta de parque público de vivienda en España. Para ello, brindará ayudas a las administraciones públicas o a entidades vinculadas con ellas para que puedan adquirir bienes inmuebles. Los incentivos cubrirán hasta un 60% del coste de aquellas viviendas que los organismos compren para engrosar el parque residencial público. La única condición para acceder al beneficio es que los inmuebles adquiridos sean destinados a alquiler social o asequible durante al menos cincuenta años. 

Además de esta cobertura del 60% en el precio de las viviendas, el programa ofrecerá una subvención adicional de hasta 6.000 euros para obras de reforma que deban realizarse. Por otro lado, el arrendamiento de este tipo de viviendas deberá estar destinado a personas de bajos ingresos. Por lo tanto, el precio de la renta no podrá ser superior a cinco euros/m2 y se revisará con el Índice de Precios de Consumo (IPC).

Programa de incentivo a la vivienda dentro del parque público para personas mayores o con discapacidad

En este caso, las entidades que gestionen las viviendas podrán percibir hasta 700 euros /m2 de renta, pero nunca más del 50% de los gastos ni de 50.000 euros por inmueble. 

Las condiciones para participar del programa son que los arrendamientos no superen los 10 euros/m2 y que las viviendas sean alquiladas durante un plazo mínimo de veinte años únicamente a personas mayores o con alguna discapacidad. Además, los ingresos de estos inquilinos deben ser inferiores a cinco veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Programa de puesta a disposición de viviendas de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB) para alquiler dentro del parque público

Otro de los programas del Plan de Vivienda se ocupará de poner a disposición unas 15.000 viviendas que actualmente son propiedad de SAREB para destinarlas al alquiler social y asequible.

Se otorgarán ayudas de entre 150 y 175 euros por mes a las comunidades autónomas u otras entidades locales para que puedan pagar las cesiones a la entidad. Luego, el alquiler deberá estar destinado únicamente a personas con ingresos menores a tres veces el IPREM y se priorizará a víctimas de violencia de género, desahucios y a personas sin hogar. El precio de la renta en estos alquileres será de entre 150 y 350 euros por mes.

Programa de incentivo a alojamientos temporales, cohousing, viviendas intergeneracionales y similares

A través de este programa se favorecerán todas las modalidades de vivienda en donde los espacios de interrelación predominan por sobre los espacios meramente privativos. Las autoridades podrán recibir hasta 420 euros por metro cuadrado o 50.000 euros por vivienda, pero no más del 50% del coste de un inmueble. Los mismos deberán alquilarse por un máximo de 8 euros por metro cuadrado a personas que perciban ingresos inferiores a cinco veces el IPREM.

Programa de puesta a disposición por parte de los privados de vivienda para alquiler asequible o social dentro del parque público

Por otro lado, se promoverá que cualquier entidad privada pueda poner viviendas a disposición de las comunidades autónomas y los ayuntamientos para que las destinen al alquiler asequible o social. Esta cesión deberá durar, al menos, siete años y las autoridades deberán arrendar los inmuebles por un máximo de 400 euros mensuales. Los inquilinos en este programa deberán ser personas que perciban ingresos inferiores a cinco veces el IPREM. 

Siguiendo esta misma línea, el Ejecutivo Central financiaría el 50% del exceso del alquiler sobre el alquiler social hasta alcanzar el valor del alquiler de mercado. De esta manera, el arrendador percibirá una renta acorde al alquiler de mercado y el arrendatario sólo abonará un valor correspondiente a un alquiler social.

Programa de incentivo a la erradicación de zonas degradadas, chabolismo e infravivienda

Por último, se incorporará otro programa que buscará erradicar las zonas degradadas, el chabolismo y la infravivienda. Se trata de una gran preocupación del Gobierno frente a esta realidad que todavía impera en las ciudades españolas y sus alrededores. Teniendo en cuenta estos objetivos, se establecerá un plazo de hasta ocho años para desarrollar el programa, ya que implicará la realización de actuaciones que son complejas,como los realojos, en caso de que sean necesarios.

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El Gobierno ha lanzado en los últimos días el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, teniendo entre sus principales objetivos facilitar el acceso a una vivienda a ciertos sectores de la población española. En este sentido, una de las ayudas que ofrecerá estará relacionada con el seguro de impago del alquiler, tan valorado por los arrendadores. ¿De qué se trata esta cobertura? ¿En qué consistirá la ayuda al seguro de impago del alquiler prevista por el nuevo Plan de Vivienda? ¿Cuáles serán las otras ayudas que ofrecerá el Gobierno? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la semana pasada el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A través de él se regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el mercado del alquiler frente al de la propiedad. También, al aumento del parque público de viviendas, que se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿En qué consistirá la ayuda al seguro de impago del alquiler prevista en este nuevo Plan Estatal de Vivienda? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consiste un seguro de impago del alquiler?

El seguro de impago del alquiler es una cobertura que protege al arrendador ante una posible morosidad por parte de sus inquilinos. El mismo se encarga de cubrir el pago de las rentas adeudadas hasta el máximo de mensualidades que se hayan establecido en la póliza. 

Además de esta cobertura principal, el seguro de impago del alquiler ofrece diversas garantías orientadas a la defensa y protección de los intereses del arrendador con respecto a su vivienda. Estas son:

  • La reclamación al inquilino de las cuotas adeudadas a través de abogados especializados, antes de que se produzca una sentencia de desahucio o condena por impago.
  • Los trámites necesarios para obtener la orden y/o sentencia de desahucio del inquilino, así el propietario pueda recuperar su vivienda lo antes posible.
  • La reclamación de los daños materiales que el inquilino haya ocasionado en la vivienda arrendada. Algunos seguros cubren, incluso, los desperfectos producidos hasta un determinado monto establecido en la póliza.
  • Un servicio de asistencia jurídica que permite al arrendador realizar consultas con respecto a sus derechos y obligaciones.

¿Qué ayudas introducirá el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025?

Uno de los principales objetivos del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 es facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes y los colectivos más vulnerables en España. 

Por eso, para los menores de 35, ofrecerá un programa de ayudas directas al alquiler que cubrirá hasta un 60% de su renta mensual. También, ayudas para aquellos jóvenes que estén buscando comprar un inmueble por menos de 120.000 euros que vaya a convertirse en su vivienda habitual. En este caso, el beneficio se circunscribirá únicamente a la compra de propiedades en municipios y núcleos de población pequeños o zonas rurales.

Por otro lado, para favorecer el acceso a una vivienda de los ciudadanos con menos recursos, el programa ofrecerá tres tipos de ayudas directas al alquiler. En este caso, serán de hasta un 50% sobre el valor de la renta durante cinco años y se aplicarán a alquileres de hasta 600 euros mensuales, cuando se trate de viviendas enteras, y de hasta 300 euros, cuando se trate de habitaciones. Para este programa se tendrá en cuenta a personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad y por eso no puedan acceder a una vivienda de alquiler. También, a aquellos que ya arrienden una unidad de convivencia pero hayan devenido vulnerables y no puedan seguir afrontando el pago de la renta.

¿Cómo será el programa de ayuda para abonar el seguro de impago del alquiler previsto en el Plan de Vivienda?

Además de los beneficios mencionados, el nuevo Plan de Vivienda prevé la creación de un programa de ayuda para abonar el seguro de impago del alquiler. A través de él, se espera facilitar la oferta de inmuebles en alquiler, ya que se favorecerá a los arrendadores y los inquilinos también podrán obtener las otras ayudas comprendidas en el Plan.

¿Quiénes podrán acceder a esta ayuda al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia?

Los beneficiarios de este programa podrán ser los propietarios que arrienden sus viviendas, sin importar si se trata de personas físicas o jurídicas. También, aquellos arrendatarios que cumplan con los requisitos establecidos para los otros programas de ayuda al alquiler de vivienda del Plan. En este artículo y este artículo te contamos cuáles son los requerimientos.

¿Cuál será el importe asegurado?

El tomador del seguro podrá ser tanto la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda como el arrendador. El importe mínimo a asegurar debe ser el correspondiente a la renta arrendaticia anual del inmueble. 

Por otro lado, si el arrendatario accede a cualquiera de los programas propuestos por el Plan de Vivienda, el importe mínimo asegurado también será la renta arrendaticia anual, pero se le restará el monto anual de la ayuda solicitada.

¿De cuánto será la ayuda y por cuánto tiempo se podrá recibir?

El monto de la ayuda será de hasta un 5% de la renta arrendaticia anual del inmueble. Sin embargo, si el inquilino recibe cualquiera de las ayudas del Plan, el mismo también será de hasta el 5% de la renta anual, pero se le restará el importe anual del beneficio otorgado al arrendatario. La ayuda no podrá superar el coste del seguro de impago del alquiler solicitado.

La ayuda al seguro de impago del alquiler se brindará a los beneficiarios por el plazo de un año, teniendo la posibilidad de renovarse en sucesivos plazos de un año siempre y cuando siga vigente el Plan de Vivienda 2022-2025.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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