El gobierno de Cataluña, buscando solucionar el problema de las usurpaciones cada vez más frecuentes, ha dictaminado una norma en la que permite el alquiler social para okupas que lleven ocupando una vivienda por más de seis meses. Entérate de todos los detalles en este post.

Cuando una vivienda se encuentra vacía y su dueño no está a la vista, es muy probable que reciba el ingreso de diferentes familias que necesitan un lugar para vivir pero que no pueden pagar el coste de un alquiler. La situación de okupa es muy frecuente y, si el propietario desea recuperar la vivienda, deberá iniciar una demanda de desahucio que implica bastantes trámites y gestiones.

Una vez proclamado el desalojo, los okupas deben abandonar el lugar, lo mismo sucede si un inquilino se ha demorado con la renta pero continúa viviendo en la propiedad. En Cataluña se aprobó una nueva normativa para darle una respuesta a las crecientes okupaciones de viviendas sin uso. Se trata del alquiler social, medida que restringe en gran medida el derecho a la propiedad de los dueños de pisos.

Alquiler social para okupas: Una posible respuesta para el aumento de las ocupaciones

Si una persona no tiene el dinero suficiente para comprar una vivienda recurre habitualmente a los alquileres, mediante un contrato que establece las responsabilidades que le corresponden a los propietarios y a los inquilinos. Sin embargo, no todos pueden afrontar el coste que demanda un alquiler y, observan la situación de okupa, como la única opción para disponer de un techo. Muchas de estas personas, tienen niños a su cargo y poseen algún tipo de trabajo no calificado o subempleo. Los propietarios de estas casas luchan contra los usurpadores que, día a día aumentan su número. La nueva disposición que posibilita el alquiler social para okupas ha cambiado el panorama y la lucha contra los usurpadores ya no será sencilla. Ahora, los okupas que invaden propiedad ajena, tienen su derecho a permanecer en el lugar si pagan un alquiler.

Alquiler social para okupas: ¿Cómo afecta a los propietarios?

Los propietarios que son dueños de sus viviendas en Cataluña se encuentran ante una nueva disyuntiva. Tanto las empresas que poseen más de 10 propiedades, como los propietarios que cuentan con más de 15 viviendas, deberán aceptar el alquiler social para okupas.

De este modo, se restringen las posibilidades de libertad que tiene el propietario para disponer de su vivienda como quiera, debido a la proliferación de los okupas en el país. La nueva ley anti desahucios busca que los usurpadores, no sean desalojados y paguen un costo muy bajo por la propiedad que ocupan.

Esto se debe a que consideran que los propietarios que disponen de muchas viviendas no percibirán un gran cambio monetario si los okupas utilizan la vivienda que les han usurpado y a cambio de ello pagan un determinado valor. Los okupas serían un nuevo estilo de inquilinos, con rentas más bajas de lo normal.

¿En qué consiste este tipo de alquiler?

El alquiler social para okupas funciona como un alquiler cualquiera, pero con una gran diferencia: el propietario no ha puesto su vivienda en alquiler y, el inquilino no le ha comunicado al propietario su deseo de vivir en la vivienda. El okupa usurpa la vivienda, algo que durante mucho tiempo fue ilegal y, que de alguna forma esta nueva normativa legitima.

Los propietarios se encuentran obligados a ceder sus viviendas a los okupas, si poseen más de 15 y de arrendar a estos nuevos inquilinos por el período de 5 años. En el caso de las empresas, el tiempo de cesión puede extenderse hasta los 7 años y, los bancos o fondos de inversión, hasta los 12 años.

La agencia de vivienda de Cataluña, responsable de esta nueva disposición y aprobada por el parlamento, realizará el contrato de arriendo y el pago del alquiler social para okupas. Si bien, los dueños de las viviendas o las empresas con muchas propiedades, están obligadas a cumplir con esta nueva normativa, existen excepciones.

¿Los propietarios pueden evitar esta disposición?

Aunque, existe obligatoriedad en lo que respecta a las empresas y propietarios para respetar el alquiler social para okupas, estos podrán exigir al gobierno de Cataluña que responda por el pago del alquiler social. Sin embargo, lo más complicado ocurre cuando una vivienda no se haya utilizado por más de dos años.

En Cataluña, los propietarios o empresas que posean viviendas a su nombre, deben utilizarlas de alguna manera. Si no se observa utilidad por el término de dos años, el propietario puede recibir la notificación de que su vivienda ya no le pertenece, ya que es una obligación habitarla o disponer de ella.

Con esta nueva ley, los propietarios de viviendas se ven vulnerables y sin posibilidades de obtener ganancias o, incluso puede ocurrir que sus propiedades sean expropiadas por falta de uso. Una disposición que rompe con la libertad de los propietarios y que limita su derecho a la propiedad.

¿Quiénes son los más perjudicados?

Claramente son los propietarios los más perjudicados con esta normativa y los usurpadores, grandes beneficiarios de la posibilidad que les brinda el gobierno catalán. Los grandes tenedores de viviendas también verán pérdidas por la obligatoriedad de esta normativa.

Para que el alquiler social pueda concretarse, deben acreditarse al menos seis meses de ocupación por parte de los okupas en las viviendas en cuestión. Según el gobierno, el alquiler social servirá para dar una solución al problema de las usurpaciones, cada día más frecuentes

Se trata de una medida que golpea la propiedad privada, gracias a la que el dueño de una vivienda deberá cuidar que su casa no sea rematada por el gobierno o se produzca una apropiación por usurpadores. Por su parte los okupas tendrán una nueva oportunidad para evitar el desalojo de una propiedad ajena, con el pago del alquiler social.

Nos gustaría conocer tu opinión acerca de la nota, puedes dejar tu mensaje en los comentarios.

Creemos que este post puede ser de tu interés, te invitamos a leerlo:

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Oi Real Estate

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: