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declaracion de herederos

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El proceso de trámite que de una herencia es uno de los más difícil a llevar adelante por una persona. Simplemente porque se trata de un documento que será gestionado una vez se haya producido la muerta del causante. Uno de los pasos en el proceso de sucesión de bienes y obligaciones de una persona fallecida es la declaración de herederos.

En esta nota te contamos el modo en que se organiza una herencia, y cuáles son los posibles herederos, voluntarios y forzosos, que integran la declaración de los mismos.

¿Qué es la declaración de herederos en una herencia?

La declaración de herederos es el momento en el cual se establecen las personas que van a ser consideradas como sujetos de derechos a la herencia de determinados bienes y obligaciones de una persona fallecida.

Es un proceso que solo designa a las personas llamadas a heredar. Por lo tanto, no forma parte de la regulación del reparto de la masa hereditaria. Además, es un trámite que puede llevarse adelante a través de la declaración de últimas voluntades del fallecido en el caso de existir testamento. Como también puede realizarse siguiendo la normativa legislativa, cuando no exista testamento o se encuentre nulo o inválido, a través de una declaración de herederos abintestato.

¿Qué personas pueden ser considerados herederos?

Por herencia a la acción jurídica mediante de la cual se lleva adelante la transmisión bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a otras. Quienes reciben dichas sucesiones son denominados herederos; personas físicas o jurídicas con el derecho a una parte del patrimonio de una herencia.

En una herencia pueden existir dos tipos de herederos:

  1. Aquellos que son elegidos de manera personal por el causante de la herencia, es decir, herederos voluntarios.
  2. Y aquellos que son reconocidos por la ley, aún cuando no hayan sido consideradas por el fallecido, es decir, herederos forzosos (o legitimarios).

Por lo tanto, en toda herencia, exista o no testamento, hay una parte del patrimonio de la persona fallecida que debe ser destinada a quienes la ley los reconoce como legítimos herederos.

Herederos por ley

Según lo que establece el artículo 807 del Código Civil:

Son herederos forzosos:

1.º Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2.º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3.º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

A los mismos, se le suman aquellos herederos legítimos, considerados por la ley. Los mismos son :

4- Los hermanos y sobrinos, hasta el cuarto grado de descendencia consanguínea.
5- En ultima instancia, sino no existen herederos físicos, será el Estado quien recibirá los bienes hereditarios.

Con respecto a la parte a heredar, los herederos forzosos tienen derecho a un tercio del patrimonio del fallecido, es decir, al tercio de legítima. En algunas Comunidades Autónomas disponen de un porcentaje de sucesión en proporciones diferentes. Por ejemplo, en las comunidades de Cataluña y Galicia la legítima se encuentra fijada en un cuarto de la masa hereditaria. Por su parte, en Aragón a un medio. En el caso de Baleares, el porcentaje de la legítima es de un tercio de los bienes a heredar, a menos que la cantidad de herederos forzosos sea mayor a cuatro. Ante esta situación la legítima aumenta a la mitad.

¿Cómo realizar una declaración de herederos?

Para llevar adelante la declaración de herederos, las personas interesadas deberán acudir ante un notario para que tramite el acta de notoriedad. Un notario debe ser considerado competente en la materia. Para tal fin, debe encontrarse en alguno de los siguientes lugares:  

  1. En el último domicilio del fallecido.
  2. Domicilio o lugar en el cual hubiera fallecido el causante.
  3. Lugar donde se encuentre el mayor caudal del patrimonio del causante.
  4. Distritos contiguos a los tres lugares anteriores.
  5. En última instancia, el notario competente será el que se encuentre en el domicilio o lugar de quien inicia el trámite.

Respecto a quien puede iniciar el proceso de declaración de herederos mediante notario competente, puede ser cualquier persona con interés legítimo en el patrimonio a suceder.

El acta notarial será completada con los nombres y domicilios de todas las personas que son consideradas con derecho a la herencia. En el caso de existir un posible heredero menor o incapaz, el notario debe comunicar dicha situación al Ministerio Fiscal para la asignación de un defensor judicial.

¿Cuáles son los documentos necesarios para realizar la declaración de herederos?

La documentación necesaria para comenzar la tramitación de la declaración de herederos debe incluir:

  1. El certificado de defunción del causante, expedido por el Registro Civil correspondiente a la comunidad autónoma del fallecido.
  2. Un certificado del Registro de Últimas Voluntades acreditando la ausencia de testamento.  
  3. El certificado de empadronamiento o DNI del fallecido.
  4. Documentos que acrediten el vínculo de los herederos forzosos con el causante. La notaria correspondiente determinará qué tipo de documentos serán exigidos.

Además de dicha documentación, será necesaria, para realizar la declaración de herederos, la presencia de dos testigos afines al causante.

Luego de la presentación de la documentación pertinente, el notario deberá gestionar la audiencia con los futuros herederos. En el caso de no dar con la identificación o paradero de alguno de los interesados, el notario deberá dar solicitar la publicación del trámite del acta notarial en un anuncio de BOE. Así como también, presentar dicho anuncio en cada ayuntamiento correspondiente.

Desde la publicación de ausencia de una de las partes a heredar, los herederos tienen una para acercarse a ejercer su derecho de oposición.

Por último, el plazo de presentación para la adjudicación de la herencia es de dos meses. Si, pasado ese período, ninguno de los interesados se presenta, la herencia será declarada vacante. Esta situación habilita el comienzo de la tramitación para que el heredero forzoso de la sucesión sea el Estado.

Esperamos te haya servido la información brindada sobre la declaración de herederos. Si te has quedado con alguna duda, déjanos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad con mayor información.

Para continuar leyendo acerca de la organización de una herencia, te recomendamos leer la siguiente nota:

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Cuando una persona fallece existen dos formas mediante las cuales se van a heredar sus bienes, derechos y obligaciones, dependiendo de la existencia o no de un testamento. En el segundo caso, deberá realizarse una declaración de herederos abintestato para establecer quienes son las personas con derecho la sucesión. En la siguiente nota te contamos cómo tramitar una herencia sin testamento.

Se conoce por herencia a la acción jurídica a través de la cual, ante el fallecimiento de una persona, se transmite los bienes, derechos y obligaciones de la misma a otra u otras personas. Quienes reciben dichas sucesiones son denominados herederos; personas físicas o jurídicas con el derecho a una parte del patrimonio de una herencia.

El régimen jurídico que regula las herencias es el derecho de sucesiones y se tributan a través del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

En caso de que no exista testamento deberá levarse a cabo una declaración de herederos abintestato.

¿De qué se trata una declaración de herederos abintestato?

En el caso del fallecimiento de una persona que no haya dejado testamento, para proceder a la tramitación de la herencia es necesario llevar adelante una declaración de herederos abintestato.

Por lo tanto, es entendida como el procedimiento a través del cual se establecen quienes son los herederos de los bienes del causante. Lo que resulta importante considerar en este tipo de casos, es que la declaración de esta índole no considera el modo en que serán repartidos los bienes. Solo establece quienes serán sus herederos.

A partir de la sanción de la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria es posible llevar adelante el proceso de declaración de herederos mediante notario. De esta manera es posible simplificar el trámite.

Si el causante contase con descendientes, ascendentes o cónyuge directamente será posible realizar el trámite de una herencia sin testamento mediante notario. De lo contrario, el procedimiento se tornará más complejo y será necesario acudir a la vía judicial.

La declaración de herederos abintestato también es empleada para otros casos:

1) Testamento nulo.
2) Ante la muerte de uno de los herederos antes que el causante. Se realiza el trámite para la sustitución del mismo.
3) Existencia de testamento válido mediante el cual se hayan nombrado legatarios, pero no haya sido nombrado heredero.

¿Qué personas pueden solicitar el Acta de Declaración de Herederos?

El acta de la declaración podrá ser requerida por cualquier persona que considere forma parte y tiene derecho a la sucesión.

Según el grado de parentesco, este es el orden de herederos:
1- Hijos y descendientes.
2- Los ascendientes.
3- Si no existiesen hijos, descendientes ni ascendientes quien hereda es el cónyuge viudo. Por lo general, las parejas de hecho no tienen derecho a la sucesión. Sin embargo, en algunas Comunidades Autónomas sí.
4- Los hermanos y parientes recibirán la herencia en partes iguales en caso de no existir ninguna de las personas físicas mencionadas en los tres puntos anteriores. En el caso del fallecimiento de alguno de ellos previo al proceso de herencia, quien recibirá la sucesión será el sobrino.
5-Los parientes colaterales hasta el cuarto grado, es decir, tíos o primos del fallecido.
6- En ultima instancia, sino no existen herederos físicos, será el Estado quien recibirá los bienes hereditarios.

¿Cómo tramitar una herencia sin testamento?

Los pasos a seguir, son variados y muchas veces no resulta ser un proceso sencillo. A continuación, te contamos uno por uno y los certificados necesarios correspondientes a cada uno.

1) Certificado de fallecimiento:

Este certificado puede ser tramitado de manera presencial en registro civil de la localidad donde residía el fallecido. Además, puede solicitarse de manera online en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

Debe solicitarse luego de las 24 hs del hecho de fallecimiento y su tramitación es gratuita. Los documentos necesarios para obtenerlo son el DNI de quien lo solicita y los datos del difunto (en ellos se incluyen fecha y lugar de nacimiento).

La demora del trámite es de aproximadamente tres días hábiles. Y puede ser solicitado por cualquier persona a menos que excepciones legalmente previstas.

2) Certificado de Actos de Última Voluntad:

Este certificado se realiza una vez pasado los quince días del día siguiente al fallecimiento del causante. El mismo deber ser solicitado en el Ministerio de Justicia de manera presencial o por correo postal. Además, existe la opción de solicitarlo vía online en el sitio web del Ministerio de justicia.

Para poder solicitarlo deberás disponer del certificado de defunción detallado anteriormente y el formulario modelo 790. La importancia de este documento radica en que permite confirmar la existencia o no de un testamento.

3) Acudir a la Notaría competente

Una vez obtenidos los certificados anteriores, el paso siguiente es acudir a una notaría para requerir al notario que comience a tramitar Acta de Notoriedad.

No es necesario que acudan a este paso todos los herederos. Con que uno de ellos se presente con toda la documentación necesaria es suficiente.

¿Dónde realizar este paso?

Para llevar adelante el Acta de Notoriedad deberás dirigirte a Oficinas de Notarios que se encuentren ubicadas en:

  • Cercanías al último domicilio o residencia del fallecido.
  • Localidad donde estuviere la mayor parte del patrimonio del causante.
  • Cuidad de España en la que hubiera fallecido.
  • Algún distrito colindante a los anteriores.
  • De no lograr realizarlo en los lugares anteriores, el Notario del lugar del domicilio del solicitante.

4) Mediación de dos testigos

Para llevar adelante la declaración es requisito fundamental la intervención de dos testigos que conozcan personalmente al fallecido y su situación.

Cualquier persona, o familiar, puede ser testigo del procedimiento. La única condición es que no sea beneficiario de la herencia.

5) Acta de Declaración de Herederos Abintestato

Pasado los 20 días hábiles del primer requerimiento del acta, el notario la terminará y procederá a realizar el protocolo correspondiente.

Como hemos mencionado, es importante saber que la declaración no establece el modo en que va a ser repartida la herencia. Solo establece los herederos y los porcentajes que cada uno hereda.

6) Trámites de Aceptación y adjudicación de la herencia.

Una vez obtenida el Acta de Declaración de Herederos, el paso siguiente y final es aceptarla y repartir la herencia. La misma se realiza ante notario mediante escritura pública.

¿Qué sucede si se desconoce el domicilio de algunos de los herederos al tramitar una herencia sin testamento?

La aceptación por parte de los herederos es una declaración individual, parte del proceso de tramitar una herencia sin testamento. Sin embargo, al momento de llevar adelante la adjudicación de la sucesión debe existir el consentimiento de cada uno de los herederos. Así lo establece el Código Civil español.

Por lo tanto, la falta de consentimiento de uno de las partes impide llevar adelante las actuaciones mencionadas con anterioridad. Uno de los motivos por los cuales puede darse esta situación es por el desconocimiento de la identidad o paradero de uno de los herederos.

En el artículo 183, el Código Civil denomina a esta circunstancia como “ausencia legal”. Para solicitar la declaración de la misma se deben cumplir los siguientes requisitos, según lo establece en el artículo 181:

1) Desaparición de la persona de su domicilio o residencia habitual (si noticia alguna), sin que haya más noticias de ella
2) El desaparecido no dispone de representación legal
3) La existencia de negocios que no admitan demora sin perjuicio grave

Plazos de la demora

Según el artículo 183 el plazo sin apoderado está fijado en un año. En el caso de la existencia de una persona responsable de la administración de los bienes, el plazo se extiende a tres años. Esto puede ser impedimento que el resto de las partes pueda llevar adelante la partición de la herencia.

Esta situación podría suponerles algún tipo de prejuicio si necesitan hacer uso de sus vienen a modo de subsistencia. lo que podría suponerles un perjuicio si necesitan esa partición para su subsistencia.

¿Quiénes pueden promover la ausencia legal?

El cónyuge, los parientes consanguíneos hasta cuarto grado son personas que pueden promover la ausencia legal. Además, puede ser promovida por el Ministerio Fiscal de oficio o a instancia de parte.

Por su parte, el resto de los herederos están en condición de promover también la ausencia legal denunciando la desaparición del heredero ante el Ministerio Fiscal.

El objetivo principal de esta acción es lograr la designación de un representante de la persona desaparecida. Y, en consecuencia, pueda procederse a la aceptación de la herencia y a la partición de los bienes.

Pueden ser representantes según el Código Civil (en orden):

1) Cónyuge (siempre y cuando no se encuentren separados)
2) Hijo mayor de edad.
3) Ascendiente más próximo.
4) Hermanos mayores de edad, con predilección del mayor sobre el menor. Siempre y cuando haya convivido con la persona ausentada.
5) De no dar con ninguna de ellas será designada representante “la persona solvente de buenos antecedentes que el Juez, o el Ministerio Fiscal, designe a su prudente arbitrio”.

Hasta acá todo lo referido a cómo tramitar una herencia sin testamento mediante la declaración de herederos abintestato. Te recomendamos leas todo lo referido como tramitar una herencia en caso de existir testamento.

https://www.oirealestate.net/noticias-inmobiliarias/tramitar-herencia-testamento-espana-junio-2021/

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Si quieres comprar una vivienda o deseas colocar la que tienes en alquiler, necesitas contar con la información necesaria. Desde OI REAL ESTATE te presentaremos las preguntas más frecuentes que, surgen al hablar de la de declaración del IVA en arrendamientos. ¿Quieres saber de qué se trata? Te invitamos a leer el siguiente post.

En OI REAL ESTATE nos especializamos en la compra y venta de propiedades, deseamos que cada propietario conozca sus deberes y obligaciones para evitar inconvenientes que podrían aparecer. También, contamos con la información que necesitas saber a la hora de alquilar una vivienda o, colocarla en alquiler; si alguno de estos temas forma parte de tus inquietudes, este es el blog indicado para ti.

Cuando se piensa en la declaración del IVA en arrendamientos es, muy habitual que se desarrollen una serie de preguntas, por las dudas que pueden aparecer. Hemos elegido las más frecuentes para que, obtengas todo el conocimiento necesario a la hora de pensar en este asunto y, si quieres saber cuáles son, presta atención a la información que te brindaremos en este post. ¡Continúa leyendo!

Si un propietario de local decide alquilar: ¿Necesita darse de alta en el censo de empresarios?

Una de las consultas más preguntadas a la hora de hablar sobre la declaración del IVA en arrendamientos es, si el dueño tiene que inscribirse en el censo de empresarios, profesionales y retenedores: la respuesta es que sí. Tiene la obligación de comunicar, el inicio de la actividad de arrendamiento.

Para realizar esta acción, debe presentar la declaración censal (modelo 036 o 037) y marcar la casilla 111. Si ya se encuentra dado de alta, porque realiza otra actividad relacionada con el tema, la casilla que debe marcar en esta ocasión, será la que tiene de número al 127.

Cumplirá con el alta en el censo de empresarios, profesionales y, retenedores cuando obtenga el número de identificación fiscal. Este, se podrá adquirir marcando a la casilla 110 y, una vez que se adquiera formará parte del censo, para ello deberá completar los datos que se indican en la declaración.

Cuando un propietario alquila su vivienda: ¿Tiene que darse de alta en el censo?

En este caso, la respuesta es contraria a lo que sucedería si alquila su local; si el dueño de una propiedad coloca su piso en alquiler, no necesita inscribirse en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Si el propietario de una vivienda no está obligado a declarar el IVA, no tiene que comunicar el inicio de la actividad.

Tampoco está obligado a presentar el modelo 303, este se caracteriza por evidenciar los valores que se obtienen por actividades sujetas al impuesto sobre el valor añadido (IVA). Es propio de las comunidades de propietarios, pero si el dueño de una vivienda se encuentra exento de este pago, no debe presentar el modelo.

La declaración del IVA en arrendamientos, no implicaría obligatoriedad en esta situación; aunque, esto podría cambiar si se desarrolla alguna actividad que no se encuentre exenta al IVA. En esta ocasión, deberá comunicar la base imponible en el modelo 390 que, se presenta en la casilla 105.

¿El dueño de una propiedad que se alquila debe presentar el modelo 390?

Así, como en el apartado anterior hablamos acerca del modelo 303, en este caso el modelo de que se hace mención es el 390. Esta es una declaración que informa sobre las operaciones para la liquidación del IVA y se corresponde con el modelo 303, pero en este caso se expresa de manera extendida.

Sin embargo, el propietario de una vivienda que se encuentra en alquiler, no deberá presentar este modelo de manera obligatoria. Lo que sí deberá hacer es, marcar las casillas del modelo 303 de manera afirmativa; ya que eso, si es necesario para cumplir con los trámites de declaración del IVA en arrendamientos.

Por otra parte, quienes concluyan sus actividades antes de octubre tienen que presentar el modelo 390. Pero la exoneración en presentar la declaración anual del IVA, no se realizará cuando no exista obligación de presentar el modelo 303, por haberse decretado la baja en el censo de empresarios, propietarios y retenedores.

Qué ocurre si el propietario de un local no ha alquilado en el término de un trimestre: ¿Tiene que presentar el modelo 303?

Los propietarios que han puesto su local en alquiler y, no han recibido a ningún interesado por el término de un trimestre, tienen que presentar el modelo 303. Si no tuvieran cuotas soportadas deducibles, deberán marcar el formulario del modelo 303 con la casilla de sin actividad.

También, puede ocurrir que el dueño de un local pierda la vida y, este lugar sería donado a los herederos. Pero en ese caso ¿Quién debería presentar el modelo 303? Las personas que se conviertan en los propietarios de este local, deberán declarar y liquidar el impuesto por medio de un representante.

Cuando se establezca quienes serán los herederos de este espacio, la comunidad de bienes tendrá que cumplir con la declaración del IVA en arrendamientos, si la explotación del inmueble se realiza de manera conjunta. Pero si en cambio, uno solo de los propietarios se encarga del alquiler, este deberá responder sobre las cargas del IVA.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

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Muchas personas, al recibir un bien inmueble en herencia, optan por venderlo. Para ello es necesario conocer todos los trámites y procedimientos que deben realizarse previamente. Por otra parte, se deben tener en cuenta todos los inconvenientes que pueden surgir, que pueden acrecentarse cuando hay más de un heredero en escena. En este artículo te contamos el paso a paso vender una vivienda heredada y cada uno de los factores que se deben tener en cuenta para tomar la decisión correcta.

¡Sigue leyendo para enterarte todo lo que necesitas saber antes de vender un piso heredado!

¿Cómo está regulada la venta de derechos hereditarios?

Para vender un piso obtenido por herencia es necesario tener en cuenta una serie de factores que intervendrán antes y durante el proceso de venta.

La venta de derechos hereditarios, como puede ser la de un bien inmueble obtenido por una herencia, está regulada por el Código Civil español. Este la define como “la venta de los bienes integrantes de la herencia.” Es decir, que estos sujetos pueden disponer de la herencia como una universalidad o pueden optar por vender todos o algunos de los bienes que la componen.

De esta manera, los pasos previos a vender un bien inmueble heredado son la aceptación y luego, la partición de herencia. 

¿Quiénes tienen derecho a vender una vivienda heredada?

Quienes tienen derecho a vender un piso obtenido por herencia son, en principio, los familiares más cercanos de la persona fallecida. En caso de que no los haya, hay otras alternativas. Veamos de qué se tratan:

Herederos forzosos o legítimos

Son los primeros en la línea sucesoria al momento de adjudicar una herencia, es decir, los primeros en tener derecho a heredar. El artículo 807 del Código Civil considera herederos forzosos o legítimos a:

  • Los hijos y descendientes del fallecido: es indistinto si nacieron dentro de un matrimonio o si son extramatrimoniales, también si son adoptivos. En el caso de que los hijos hayan fallecido, los nietos o los bisnietos tendrán derecho a heredar.
  • Los padres y ascendientes del fallecido: cuando la persona no tuvo hijos, los siguientes con derecho a heredar son estos familiares. En el caso de que hayan fallecido, los abuelos o bisabuelos tendrán derecho a hacerlo.
  • El cónyuge del fallecido: la normativa prevé que la pareja formal de la persona también herede, tuviera esta o no descendientes o ascendientes.

Bajo ninguna circunstancia los herederos forzosos o legítimos pueden ser excluidos en el reparto, aún así el difunto haya confeccionado un testamento. La única manera de que uno de ellos no quede incluido es que haya sido desheredado por la persona.

¿Qué ocurre cuando no hay herederos forzosos?

Cuando no existen herederos forzosos, es posible que la persona haya redactado un testamento en donde explicite a quién le corresponden sus bienes. Pero ¿qué ocurre cuando un fallecido no dejó su voluntad por escrito?

En este caso, son los herederos colaterales quienes tienen derecho a heredar. Se trata de los otros parientes del fallecido hasta el cuarto grado de consanguinidad. El orden sucesorio es el siguiente:

  • Hermanos.
  • Sobrinos.
  • Tíos.
  • Primos u otros parientes que no superen el cuarto grado de consanguinidad.

Es importante aclarar que en estas situaciones, cuando no hay testamento, es necesario demostrar el parentesco ante las autoridades. Será un notario quien se encargue de determinar, de acuerdo a la ley, a quién se le debe adjudicar la herencia y en qué proporción. Luego, será necesario realizar un acta de declaración de herederos y una escritura de la herencia o cuaderno particional.

¿Es posible vender una vivienda heredada sin aceptar la herencia?

Como mencionamos anteriormente, hay dos procesos que intervienen cuando se produce una herencia. Por un lado, la aceptación de herencia, que es el acto libre y voluntario a través del cual una persona manifiesta su voluntad de aceptar los bienes que se le adjudicaron. Por el otro, la partición de herencia, que es el acto por el cual los herederos, en caso de que hubiera más de uno, se reparten entre sí estos bienes luego de realizar la aceptación de los mismos.

Por o tanto, no es es posible vender un piso obtenido por herencia antes de realizar la aceptación de la misma. Esto se debe a que sin este paso previo, el titular del mismo continuará siendo el difunto. Será necesario entonces, una vez aceptada la herencia, realizar el traspaso de la titularidad.

¿Cuánto tiempo es necesario esperar para vender una vivienda heredada?

Una vez realizada la aceptación de herencia y su consecuente partición, en caso de que hubiera más de un heredero, los pasos para vender una vivienda heredada son varios.

Cuando los herederos son forzosos o legítimos, es decir, hijos, padres, u otro tipo de descendientes y ascendientes, no es necesario esperar para vender el inmueble heredado. o mismo sucede con los heredederos colaterales luego de la eliminación del árticulo 28 de la ley hipotecaria. Por lo tanto, ya no existran límites para vender una vivienda heredada.

¿Qué ocurre cuando uno de los herederos no quiere vender el piso heredado?

Cuando hay varios herederos que realizan la aceptación de herencia pero no la partición o adjudicación de bienes y titularidades, suelen aparecer los conflictos. En estos casos, no importa si la herencia consta de un bien o de varios, los herederos serán dueños del todo y en partes indivisas.

Por lo tanto, si uno de los herederos se niega a afrontar los gastos de mantenimiento de un bien, si no quiere mantener esta condición de proindiviso, o bien, si se niega a vender su parte de la titularidad, aparecerán los problemas.

Sin dudas, lo mejor en esta situación sería adjudicar a cada uno de los herederos la propiedad de bienes en concreto y no la participación sobre todos ellos. Sin embargo, no siempre es posible realizar este tipo de partición, ya que hay ocasiones en las cuales la herencia consta de una única vivienda y los herederos son varios.

¿Cómo proceder en estos casos para vender una vivienda heredada?

Como no es posible vender la totalidad de un piso obtenido por herencia cuando uno de los herederos está en desacuerdo, ya que debe haber pleno consentimiento de todos ellos para hacerlo, será necesario recurrir a otras vías. Son tres las que, de alguna manera, obligan a las partes a vender a pesar de la negativa de uno de los herederos:

  • El heredero que no desea vender la vivienda puede comprar las partes que le corresponden a cada uno de los copropietarios, entregándoles a cambio una compensación económica. A esto se le llama extinción de condominio. 
  • De no ser posible la extinción de condominio, aquellos herederos que estén dispuestos a vender su parte de la vivienda pueden hacerlo a una empresa que compre proindivisos. Estas compañías se dedican exclusivamente a esto y el procedimiento es totalmente legal, ya que está amparado por el Código Civil. No obstante, implica vender muy por debajo del valor de mercado que poseen los bienes inmuebles.
  • También es posible iniciar acciones legales para que un juez resuelva la división de la cosa común y la venta se produzca en una subasta pública. Sin embargo, se trata de una opción bastante costosa que también puede implicar que la vivienda se venda a un precio que esté muy por debajo del de mercado.

¿Qué ocurre cuando el piso heredado está sujeto a una hipoteca?

Otro de los obstáculos que pueden presentarse al querer vender un piso obtenido por herencia es que el mismo esté sujeto a una hipoteca. En estos casos, existen tres posibilidades:

  • Hacerse cargo de la hipoteca para quedarse con la vivienda: los herederos pueden pagar la totalidad del crédito y cancelarlo o asumir la titularidad del mismo y hacerse cargo de las cuotas. A este mecanismo se lo conoce como subrogación hipotecaria y siempre está sujeto a la aprobación del banco.
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario: los herederos también tienen la posibilidad de separar su patrimonio del que heredaron. Es decir, pueden aceptar la herencia sin responder a las deudas del difunto con su patrimonio, sino que estas deberán cancelarse a partir de lo heredado. Para acceder a este mecanismo será necesario comunicarlo al notario al inicio del proceso.
  • Verificar si hay un seguro de vida vinculado a la hipoteca: muchas hipotecas están sujetas a un seguro de vida que cubre la deuda en caso de que el titular fallezca. De esta manera, si el causante de la herencia había contratado uno, será la aseguradora quien se encargue de cancelar la deuda. Los herederos, por su parte, obtendrán la vivienda libre de cargas.

Paso a paso para vender una vivienda heredada

Ahora que enumeramos y explicamos cómo solucionar todos los inconvenientes que pueden surgir al momento de recibir un bien inmueble en herencia y querer venderlo, veamos qué pasos deben seguirse para efectuar la transacción: 

Tramitar y reunir los documentos necesarios para la aceptación de herencia

Como ya mencionamos, el primer paso es aceptar formalmente la herencia. Para ello, será necesario contar con los siguientes documentos: 

  • Certificado de defunción del causante de la herencia.
  • Certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • Copia autorizada del testamento, en caso de que haya uno.

Aceptar formalmente la herencia

Una vez reunidos los documentos correspondiente, se puede proceder a aceptar la herencia ante un notario. El proceso variará dependiendo de si hay testamento o no. Veamos cómo:

Si existe testamento

En este caso será necesario:

  • Inventariar los bienes y deudas del fallecido.
  • Firmar una escritura de partición o cuaderno particional, en caso de que haya más de un heredero. De lo contrario, este paso no será necesario.

Si no existe testamento

En estas ocasiones, el notario debe determinar quiénes son los herederos según el orden en la línea sucesoria que determina la ley. Para ello, será necesario: 

  • Demostrar el parentesco con el difunto presentando documentos que lo acrediten, como el libro de familia, los certificados de nacimiento y el certificado de matrimonio.
  • Firmar en notaría el acta de declaración de herederos y la escritura de partición de la herencia o cuaderno particional, en caso de que haya más de un heredero.

Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

  • ¿De qué se trata?: Grava la transmisión de bienes o derechos a título gratuito, ya sea por una sucesión derivada del fallecimiento de una persona o una donación en vida.
  • ¿Dónde se paga?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante poseía su residencia habitual.
  • ¿Cuándo se paga?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento, aunque es posible solicitar una prórroga de seis meses más.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá del valor del patrimonio heredado, el grado de parentesco entre el fallecido y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones a los herederos de primer y segundo grado.

Inscribir el piso en el Registro Público de la Propiedad

No se trata de un paso obligatorio, pero sí es recomendable cuando existe el deseo de vender la vivienda heredada. Para ello, será necesario presentar los siguientes documentos:

  • El certificado de defunción del causante y una copia de su DNI.
  • El certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • La escritura de aceptación de herencia y el acta de declaración de herederos ab intestato, en caso de que no haya testamento.
  • El recibo de pago correspondiente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD).

Iniciar el proceso de venta de una vivienda heredada

Una vez que la vivienda quedó inscrita en el Registro de la Propiedad, es posible venderla como en cualquier otra circunstancia. Los pasos a seguir para vender un piso obtenido por herencia pueden variar según las preferencias de cada vendedor pero, en general, serán los siguientes:

  • Tasar la vivienda a precio de venta.
  • Tramitar los documentos necesarios para la venta.
  • Promocionar la vivienda a través de una inmobiliaria o de manera particular.
  • Programar y recibir visitas.
  • Negociar las condiciones de la venta una vez que aparezca un interesado.
  • Celebrar un contrato de arras o de reserva.
  • Firmar la escritura pública de compraventa ante un notario.

Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

  • ¿De qué se trata?: Grava el aumento de valor que una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.
  • ¿Dónde se paga?: En el ayuntamiento correspondiente al municipio en donde se encuentra el piso heredado.
  • ¿Cuándo se paga?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá del valor real de la vivienda.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • ¿De qué se trata?: Grava el incremento que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.
  • ¿Dónde se paga?: En las oficinas del Ministerio de Hacienda correspondientes al domicilio del contribuyente, a través de la web del organismo o de manera telefónica.
  • ¿Cuándo se paga?: En el período determinado por Hacienda para presentar la declaración de la renta.
  • ¿Cuánto se paga?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos. En este artículo te mostramos cómo calcular el IRPF por la venta de un inmueble.

Hasta aquí te hemos contado el paso a paso para vender una vivienda heredada y cuáles son los factores que ontervienen. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo.

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Si has recibido una vivienda heredada que no se encuentra registrada, este post te será muy útil. Si bien es cierto que en nuestro país no es una obligación realizar el registro de una propiedad heredada, o informar de cualquier cambio de propietario en las operaciones inmobiliarias, es aconsejable y conveniente realizarlo. Por medio de ello, podrás ganar seguridad jurídica.

Primero que nada debemos comentarte que no es extraño que esto suceda, es más frecuente de lo que supones. Pero si quieres realizar la venta de la vivienda heredada, te preguntarás cuáles son las consecuencias y si en algún punto podría afectar la transacción. Aquí te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema y cuál es la mejor forma de solucionarlo. ¿Nos acompañas?

Consecuencias de vender una vivienda heredada que no se encuentra registrada

El primer punto que debes tener en claro, es que en nuestro país, no es obligatorio que la vivienda heredada se encuentre registrada. En este caso no estarías incumpliendo ninguna norma, desde el punto de vista legal. Por ello, si deseas realizar la venta del inmueble sin efectuar el registro, no tendrás ningún inconveniente desde las normativas vigentes.

El problema que puedes tener tiene que ver con los interesados en comprarla. Es que es posible que no quieran comprar una vivienda heredada que no se encuentre a tu nombre en el Registro de la Propiedad.

Contar con este trámite, le dará la seguridad a quien quieras vender el inmueble de que eres el propietario legítimo o en su defecto el porcentaje de participación de la vivienda con la que cuentas. Además, allí contará con la data del momento en que te has convertido en el dueño de ella.

Este trámite, te dará la tranquilidad de que ninguna otra persona pueda reclamar el inmueble como propio. También te protegerá en el caso de que puedan aparecer otros acreedores de deudas anteriores a la compra y posibles fraudes por parte de los propietarios que constan en el Registro. Si, por otro lado, necesitas solicitar algún tipo de financiación hipotecaria, ahí necesitarás que el inmueble se encuentre Registrado.

Pese a ello, debes saber que el hecho de contar con la escritura de la herencia de la vivienda, te dejará protegido, quedando también el comprador blindado por medio del contrato de compraventa, aunque será siempre más sencillo si se realizan los registros pertinentes.

Plazos para registrar una propiedad heredada

El plazo que tarda el registro de una propiedad, generalmente es de unos 15 días hábiles luego de su presentación. Esto será así siempre y cuando hayas logrado cumplimentar todos los requisitos solicitados. Por ejemplo, en el caso de que no hayas realizado el pago de los impuestos pertinentes, la fecha de inicio se comenzará a contar a partir de que se haya efectuado el pago.

Si por el contrario, necesitas solicitar el expediente de dominio este documento tardará más. Esto se debe principalmente por ejemplo, a que se debe esperar el plazo de alegaciones de un mes que la ley estipula para posibilitar que pueda oponerse algún interesado.

Cuál es el costo a afrontar para registrar una vivienda

El costo a la hora de registrar una vivienda, es variable. Dependerá del valor del inmueble, y se aplican tarifas fijas y unitarias. Pero como para tengas una idea aproximada del costo que deberás afrontar, el promedio ronda entre los 300 y 500 euros. En este valor, no se tienen en cuenta los gastos notariales para obtener la documentación que el registro solicita.

Cómo registrar una vivienda heredada

Si has obtenido una vivienda por medio de una herencia que no se encuentra registrada, deberás ponerte en contacto con el Registro de la Propiedad. Allí se te solicitarán algunos documentos, aunque estos dependerán de lo desactualizada que se encuentre la información.

Generalmente los papeles a presentar son:

  • Certificado de defunción del antiguo propietario
  • Copia del DNI de quien realizó la donación
  • Certificado de últimas voluntades
  • Escritura de aceptación de la herencia  o acta de declaración de herederos
  • DNI de quien será el nuevo titular y en caso de que sea más de un heredero, de los copropietarios.

En caso de que la vivienda no haya sido nunca registrada, la herramienta legal que deberás solicitar es el expediente de domino ante notario, que le permitirá colocar la propiedad a tu nombre.

Es importante que tengas presente que será necesario que los impuestos de transmisión hayan sido abonados. Con esto nos referimos por ejemplo al Impuesto sobre Sucesiones y donaciones. Te solicitarán que acredites el pago del mismo en el Registro.

Cómo se realiza la venta de una vivienda que no se encuentra registrada

Este tipo de transacción no será distinta de una venta común, en cuanto al proceso que deberás llevar adelante. Será necesario entonces, realizar el contrato de compra venta, para que la operación quede documentada, protegiendo así a ambas partes que participan en el proceso. Allí tu figurarás como el propietario actual de la propiedad y el comprador como el nuevo titular.

Ten presente que, como dijimos anteriormente, es posible que muchos interesados en tu vivienda heredada, al conocer el hecho de que no se encuentra debidamente registrada, puedan desistir de realizar la compra. Esto se debe a que no quiera asumir los riesgos inherentes a comprar una vivienda sin registrar, o con la información desactualizada.

Otro punto que hay que tener presente, es que al no realizar el registro de la vivienda, estarás asumiendo un gran riesgo. Es que en el caso de que se produzca algún daño o perjuicio para con el comprador, deberás afrontar la responsabilidad. Porque cuando una propiedad se encuentra en una situación registral confusa, o mejor dicho desactualizada, el comprador pude solicitarte una importante rebaja respecto al precio que has solicitado por la casa.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Al heredar una propiedad en España, uno de los motivos más comunes por los que se decide ponerla a la venta está relacionado a los gastos que genera. Hablamos de la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la Plusvalía, los costes de la Notaría y los del Registro de la Propiedad. Asimismo, puede suceder que quienes reciban la sucesión consideren más beneficioso disponer del dinero líquido en vez de un inmueble, para reinvertirlo. En este paso a paso para vender un piso heredado se integran los principales interrogantes de cómo realizar la transacción.

Si has heredado una propiedad y estas deseando venderla estas en el lugar indicado. En este post te contaremos los pormenores respecto a cómo llevar adelante el proceso de manera detallada y precisa. ¡Sigue leyendo!

¿Cuál es la importancia de aceptar o rechazar una herencia?

Antes de dar comienzo a la explicación minuciosa de cada uno de los pasos para vender un piso heredado que se deben llevar a cabo, es preciso detenernos unos minutos en la importancia de aceptar o renunciar a una herencia.

De hecho, resultan de gran importancia por su carácter de irrevocabilidad. Es decir, que una vez que se asume la decisión no podrá modificarse ni anularse.

Por lo tanto, ante la aceptación de una herencia existe la posibilidad de que con ella también se acepten las obligaciones que los bienes en sucesión cargan. Uno de los principales factores por los cuales los herederos evalúan ventajas y desventajas de ambas opciones.

En este contexto, en territorio español, el Código Civil otorga el llamado derecho a deliberar para las personas implicadas en una herencia. Se trata de la posibilidad de no pronunciarse de manera inmediata a la aceptación de la sucesión. Es decir, que puedan esperar el inventario final de cuáles son los bienes y obligaciones que el fallecido dejó como masa hereditaria.  

Este derecho a deliberar les posibilita a los herederos un plazo de 30 días para expresar su decisión una vez presentado el inventario. En el caso de no pronunciamiento, la normativa lo toma como una aceptación sin condiciones.

Pasos para vender un piso heredado

Una vez que se tenga en claro la decisión con respecto a la aceptación o no de lo bienes de la herencia, es momento de conocer los pasos para vender un piso heredado individualmente o entre varias personas. Entre ellos, la acción anteriormente mencionada.

Ahora si, veamos detalladamente cada una de las gestiones que se deberán llevar adelante para que el proceso de compraventa de un inmueble en sucesión por fallecimiento sea exitoso y sin demasiadas complicaciones.

Reunir la documentación necesaria

Aceptar la herencia

Liquidar todos los impuestos correspondientes

Inscribir el piso en el Registro de la Propiedad

Poner el piso a la venta

Pagar impuestos y gastos de la operación de compraventa

A continuación, especificaremos que integra cada uno de estos pasos para vender un piso heredado, así como también las condiciones en relación a la existencia o no de testamento, si hay uno o varios herederos, etc.

Documentación necesaria para vender un piso heredado

Entre los documentos que se deben recopilar para poder vender un piso heredado se encuentran los siguientes:

Certificado de defunción:

Se trata de un documento que es gratuito y se lo solicita en el Registro Civil de la localidad en al cual falleció el causante.

Este trámite puede demorar entre dos y quince días. Este dependiendo de la dinámica de cada registro.

Los requisitos para poder gestionar el certificado de defunción serán: el nombre y apellido del fallecido, su DNI, número de tomo y folio correspondiente a la inscripción del deceso.

Certificado de últimas voluntades

Se trata de un documento que certifica si la persona fallecida dejó a disposición un testamento y en que notaría. Es una gestión que cuesta casi 4 euros y se lo solicita en una sucursal del Ministerio de Justicia en la modalidad presencial o por teléfono.

El trámite de la gestión puede tardar hasta diez días hábiles y debe ser solicitado pasados los 15 días del fallecimiento del causante. Por último, los requisitos para su gestión serán: la presentación del modelo 790, el pago de la tasa correspondiente y el certificado de defunción (original).

Copia autorizada del testamento

Si la persona fallecida ha deja a sus últimas voluntades en un testamento se deberá presentar la copia autorizada del mismo. El precio del mismo dependerá de la cantidad de folios que tenga y el tiempo que lleva hecho, es decir, su antigüedad.

Se trata de un documento que debe ser solicitado al notario autorizado que acredita el certificado de últimas voluntades. Por ello, el tiempo que pueda tardar en salir dependerá de cada notaría. No obstante, en la mayoría de los casos no suele demorar más que una semana.

Y con respecto a los requisitos para su solicitud, solo se necesitará del certificado de últimas voluntades.

Aceptar de la herencia 

Como mencionamos al principio de la nota, aceptación de la herencia es un paso sumamente importante porque es una acción que no puede ser revocada. Con la disposición del derecho a deliberar se podrá esperar al inventario final para tomar la decisión. Una vez llegado el momento, surgirán los interrogantes más comunes como: ¿existe o no testamento? ¿Cuántos herederos hay? etc.

Dependiendo de cómo se respondan dichas preguntas será el modo de proseguir, que pueden ser de dos maneras diferentes.

Herencia con testamento

Si este es el caso, se deberá llevar adelante el inventario de bienes y obligaciones de la persona fallecida. En esta gestión se incluyen todos los datos de los bienes inmuebles parte de la sucesión, los saldos en cuentas bancarias, seguros de vida y las obligaciones correspondientes. Es decir, las deudas.

A su vez, se debe llevar adelante la escritura de partición o el cuaderno particional. En este documento debe integrarse todos los datos de cada uno de los herederos. Asimismo, se especifica el modo de reparto de la masa hereditaria según figura en el testamento del causante.

Para aquellos casos en los cuales solo existe un heredero, solo se requerirá el redactado de un documento el cual acredite, mediante firma de notario, la aceptación de la herencia. Por lo tanto, no se requerirá la realización de la escritura de partición.

Herencia sin testamento

Otra circunstancia es cuando ante el fallecimiento de una persona no se registra la existencia de un testamento. Para estas situaciones, un notario deberá determinar según lo especifica la ley quienes serán los herederos.

Si este resulta el caso, cada uno de los implicados deberá demostrar el grado de parentesco con el causante mediante la presentación del libro de familia, certificado de nacimiento o de matrimonio. Una vez recolectado dicha documentación se deberá firmar ante notario:

El acta de declaración de herederos

Se trata de un documento que para su realización necesita la presencia de dos testigos, por heredero, que hayan sido conocidos de la persona fallecida.  Dichas personas deberán testificar que fehacientemente se trata de un heredero legítimo.

Este documento puede tener un coste entre 250 y 300 euros, aproximadamente. A lo que se le debe sumar el IVA. No obstante, el coste de la declaración de herederos dependerá de la cantidad de personas intervengan en la herencia y la amplitud de la masa hereditaria. Una vez que se lleva adelante la firma y se gestiona el acta, la resolución para conocer quiénes son los herederos saldrá en aproximadamente los próximo 20 días hábiles.

Escritura de partición de la herencia

Ante la solicitud de la declaración de herederos, el notario tendrá que realizar el inventario de la masa hereditaria del causante. Una vez realizado el inventario, deberá realizar la escritura de partición en la cual incluya los datos de todos los herederos legítimos y el modo en que serán repartido los bienes.

¿Cómo se reparte un piso heredado si uno de las partes no quiere aceptarla?

Para los casos en los cuales uno de los herederos no quiera aceptar su parte de la herencia, el resto de los protagonistas tendrán la posibilidad de acudir a un notario para que se le haga llegar un acta de notificación.

A partir del momento en el cual la persona que no desea la aceptación de la herencia, tendrá 30 días naturales para tomar la decisión y manifestarla. En los casos en los cuales no se reciba una respuesta en dicho lapso, se determinará que se ha aceptado la parte por defecto.

Por otra parte, si uno de los herederos no quiere participar de la herencia, puede realizar su aceptación, y antes de la repartición de bienes, vender su derecho a recibirla a un tercero.

Inscripción para vender el piso heredado en el Registro de la Propiedad

Como cualquier inscripción de una vivienda en el Registro de la Propiedad, la de un piso heredado no es obligatorio. No obstante, es un paso de suma importancia y muy recomendado. Llevar adelante el registro de una propiedad otorga seguridad al momento de ofrecerla y brinda la posibilidad de conseguir comprador de manera más rápido.

El procedimiento de inscribir incluye la titularidad de la propiedad, cada una de las características de la misma, las carga que pueda llegar a tener. Por lo tanto, resulta una herramienta utilizada por los interesados en comprar el inmueble para verificar cada uno de los datos: titularidad, distribución de la vivienda, posibles embargos, etc.

Poner a la venta la propiedad heredada

Luego de llevar adelante la inscripción de la propiedad en el registro correspondiente, el piso heredado se encuentra en condiciones para realizar su tasación y publicarlo en el mercado.

Una vez que este realizado dicho paso, solo resta seguir las acciones convencionales para lograr la venta exitosa de una vivienda.

No obstante, para vender un piso heredado hay que tener ciertos aspectos que no son considerados al momento de poner a la venta una vivienda convencional. En este sentido, resulta de gran importancia tener presente si la vivienda tiene algún tipo de carga hipotecaria, si son varios herederos que todos están de acuerdo, etc.

Para ello se recomienda el asesoramiento de un experto en la materia para poder llevar adelante la tramitación, tanto de la herencia como el de la venta.

¿Cómo proceder si la vivienda a heredar tiene una hipoteca en vigencia?

Una de las situaciones ante las cuales se puede ver sujeta la operación de vender un piso heredado es que el mismo tenga en vigencia el pago de una hipoteca. Ante esta circunstancia existe la posibilidad que se presenten dos escenarios posibles:

Que el causante tenga un seguro de vida vinculado a la hipoteca pendiente. Para estos casos, en muchas ocasiones, este tipo de seguro cubren la deuda ante el fallecimiento del titular. Si este es el caso, quien llevará a cabo las operaciones pertinentes será la aseguradora. Es decir, será quién le pagará al banco de manera tal que al momento de recibir la herencia la propiedad esté libre de cargas. 

Que la persona fallecida no haya realizado la contratación de un seguro de vida. O, en caso de tenerlo, no este vinculado al crédito hipotecario. Ante esta situación es posible la elección de dos alternativas.

  • Conservar la propiedad mediante la cancelación o pago del acuerdo hipotecario. Es decir, pagar la totalidad de crédito o cambiar la titularidad del mismo y asumir la deuda. En estos casos hablamos de una subrogación hipotecaria. Este procedimiento se encuentra sujeto a la aprobación de la entidad bancaria
  • Otra opción es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Hablamos de separar todo el patrimonio personal del heredero de aquel que se hereda. Como resultado, es posible aceptar la herencia sin que ello implique responder con los bienes propios la deuda del fallecido. Es decir, las obligaciones vinculadas a la sesión serán liquidadas con la masa hereditaria en juego. Esto significa que: si se hereda un inmueble con crédito hipotecario pendiente, el mismo deberá ser vendido para amortizar el préstamo. En caso de sobrante, esa diferencia será lo que se recibirá. Si es la opción elegida, antes del inicio de todo el proceso, se debe notificar al notario de la misma,

Un detalle muy importe a tener presente, es una tercera situación que puede presentarse. Se trata de que la hipoteca ya se encuentre liquidada. No obstante, en el Registro puede aparecer como que aún no se ha cancelado el préstamo. Ante esta circunstancia, será necesario llevar adelante la cancelación registral.

¿Es posible vender un piso heredado si una de las partes no quiere hacerlo?

Para los casos en los cuales se quiere vender un piso heredado y una de las partes se niega a hacerlo hay tres posibles resoluciones. Hablamos de la extinción de condominio, la venta proindiviso y la división de la cosa común.

Cada una de estas alternativas significará una demora en la concreción de la venta y, en consecuencia, una perdida en relación a la rentabilidad de la operación. Por lo tanto, la mayor recomendación es poder llegar a un acuerdo con la parte negada y con el resto antes de poner tomar la decisión de vender la propiedad.

A continuación, te detallamos de manera resumida de que se trata cada una de estas alternativas legales.

Extinción de condominio

Se trata del proceso legal tras el cual se lleva adelante la división de una bien común. A raíz de ello, cuando se heredan bien en conjunto, indivisibles o enteros, cualquiera de los participantes de la sucesión está en condiciones de solicitar la división y así terminar con el condominio.

No podrá dividirse el bien común cuando hacerla implique inutilidad en el uso al cual se lo destina una vez realizada. Esta situación es de gran frecuencia ya que, en la general, el bien que más heredan de manera conjunta determinadas personas es una vivienda.

En estos casos, se puede adjudicar la vivienda en su totalidad a uno de los herederos. El resto deberá recibir de dicha parte el porcentaje que le corresponde de la vivienda. En este sentido, habrá que realizar una escritura pública de extinción de condominio y adjudicación e la vivienda.

Otra opción, es vender la propiedad a un tercero y luego repartir entre los herederos el monto que le corresponda a cada uno según testamento o declaración de herederos. En esta ocasión también habrá que otorgar escritura de compraventa.

Y, por último, para los casos en los cuales no se logra la unanimidad en la decisión de vender un piso heredado se deberá comenzar un proceso judicial de división de la cosa común.

Vender pro-indiviso

Como en el punto anterior, hablamos de una cosa común que se comparte. Es decir, cada parte es dueña de un proporcional del total del bien. En el caso de proindiviso hablamos de una copropiedad. Y las herencias proindiviso son aquellas en las cuales aún no se ha realizado la partición.

La mejor opción para repartir un bien común de esta índole es llegando un acuerdo entre, en este caso, los herederos. Tasar la vivienda, venderla y dividir el dinero. En caso contrario, acudir a la vía judicial.

Además, si no se llega a un acuerdo, la parte que desea vender puede acudir a un tercero a quién venderle esa parte del bien común. Se trata de un proceso igual que cuando se vende la totalidad de una propiedad. Es decir, se debe legalizar mediante notario.

El precio de la parte dependerá del porcentaje que le corresponde al copropietario que vende, la totalidad del resto de los titulares y el estado en que se encuentre el inmueble.

Impuestos por vender un piso heredado:

Tanto la obtención de bienes inmuebles por una herencia como la venta de este tipo de activos están sujetas a impuestos. Algunos de ellos son recaudados directamente por el Ministerio de Hacienda, otros, por cada municipio. Si bien no son una gran cantidad, la mayoría de los herederos tienen dudas acerca de cuáles son y cuándo deben pagarlos. En primer lugar, será necesario diferenciar entre estas dos etapas: la sucesión y la venta.

Los impuestos que se deben pagar por vender un bien inmueble que fue obtenido por una herencia son tres:

  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Sin embargo, no se tributa por todos ellos en el mismo momento. Algunos de estos impuestos deben ser abonados antes de llevar a cabo la venta de la vivienda y otros, una vez que se haya concretado la compraventa.  Te explicaremos cada instancia.

Al iniciar el proceso de venta

Antes de iniciar el proceso de venta de un inmueble obtenido por herencia hay tres pasos de los cuales no se puede prescindir o que es altamente recomendable seguir:

  • Realizar la aceptación formal de la herencia.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la recepción de una herencia.
  • Inscribir la vivienda en el Registro Público de la Propiedad.

Debes saber que en esta instancia, solo deberás abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD). Cabe mencionar que los herederos deben tributar por él siempre, sin importar si luego venden la vivienda o no.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este es el impuesto gravará las transmisiones de bienes o derechos a título gratuito. Estas pueden darse por una sucesión, derivada del fallecimiento de una persona, o por una donación realizada en vida.

  • ¿Dónde pagarlo?: En la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde el causante de la herencia residía de manera habitual.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento del causante. Es posible solicitar una prórroga de seis meses más en caso de no poder abonarlo en ese momento.
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá del valor del inmueble y el resto de los bienes heredados. También del grado de parentesco entre el causante y sus herederos, el coeficiente multiplicador y las determinaciones de cada Comunidad. La realidad es que la mayoría de ellas aplican importantes bonificaciones e, incluso, exenciones para este tributo.

Impuestos que se deben pagar después de vender un piso heredado

Una vez que se ha realizado la aceptación formal de la herencia, se ha tributado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD) y se ha inscripto la vivienda en el Registro Público de la Propiedad, los pasos a seguir son los siguientes:

  • Iniciar el proceso de venta del inmueble.
  • Concretar la compraventa.
  • Tributar en los impuestos correspondientes a la venta de un piso.

Esto quiere decir que deberás en este momento del trámite, realizar el pago de dos impuestos: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o plusvalía municipal. Es importante aclarar que el vendedor de una vivienda debe tributar en ellos en cualquier operación de compraventa, sin importar si la propiedad en cuestión es heredada o no.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Es el impuesto que se encarga de gravar el incremento de valor que el patrimonio de una persona física experimentó en el lapso de un año.

  • ¿Dónde pagarlo?: La declaración de la renta de cada heredero puede ser confeccionada y presentada en la oficina del Ministerio de Hacienda más cercana a sus domicilios. También puede realizarse a través de la web de este organismo o por vía telefónica.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro del período que Hacienda determina cada año para presentar la declaración de la renta y que suele ser entre abril y junio. Los herederos deberán declarar el inmueble y el resto de los bienes recibidos en el año siguiente al fallecimiento del causante. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar dependerá de si la venta del piso heredado significó un incremento patrimonial para los herederos o no.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Si bien este es su nombre correcto, se lo conoce más comúnmente como plusvalía municipal. Es un impuesto municipal que se encarga de gravar el aumento que el valor de una vivienda experimentó entre el momento de su adquisición y el momento de su transmisión.

  • ¿Dónde pagarlo?: En las oficinas del ayuntamiento correspondientes al municipio en donde se encuentra el inmueble vendido.
  • ¿Cuándo pagarlo?: Dentro de los seis meses posteriores a la venta de la vivienda heredada. 
  • ¿Cuánto pagar por él?: El monto a pagar por este impuesto dependerá no solo del precio real del piso sino también de su valor catastral, de la cantidad de años que hayan transcurrido entre la adquisición y la venta y de los coeficientes determinados por cada municipio.

Si quieres vender tu piso heredado, ¡contáctanos! Somos una inmobiliaria de lujo con más de diez años de experiencia en el mercado. Estaremos encantados de ayudarte. Contamos con profesionales idóneos y calificados para que puedas conseguir tu objetivo de la forma más fácil posible.

Desde Oi Real Estate, esperamos que esta información haya sido útil. Si te has quedado con alguna duda o consulta, no dudes en comunicarte con nosotros. Deja tu mensaje en los comentarios y te responderemos a la brevedad.

Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Cuando llega el momento de vender un inmueble son muchos los documentos, trámites y pagos que se deben llevar a cabo. A su vez, pueden ser diversas las vías por las cuales una persona llega a ser propietaria. En este sentido, si bien no es obligatoria la inscripción de la titularidad de un inmueble en el Registro, es lo más recomendable. En reiteradas ocasiones sucede que este paso no se realiza y surge un interrogante ¿Es posible vender una vivienda sin registrar?

Tranquilo, este tipo de situaciones son más habituales de lo que se piensa y en la actualidad no existe ningún impedimento legal que impida vender una propiedad que no se encuentra inscripta en el Registro. No obstante, si vas a vender un inmueble es de gran valor inscribirla antes de comenzar todo el proceso. Sin dudas, es una manera de evitar futuros problemas.

En este post te contamos acerca de la importancia de registrar tu inmueble antes de realizar la venta del mismo, los paso a seguir y los beneficios que conlleva. ¡Sigue Leyendo!

vender una vivienda sin registrar

Principales puntos a conocer sobre el Registro de la Propiedad en España

Según su sitio web oficial, el Registro de la Propiedad “es una institución del Estado, un servicio público dependiente del Ministerio de Justicia que da respuesta a la necesidad de seguridad en el ámbito del mercado inmobiliario.”

La función primera de este ente regulador es la de llevar adelante la inscripción de los bienes inmuebles que se ubican dentro de cada uno de los distritos en los que opera. El trámite de registro de la vivienda, local, garaje o finca incluye la titularidad de inmueble, su completa descripción, las cargas, etc. En este sentido, ante la venta de una propiedad el futuro comprador podrá consultar y verificar los diferentes datos sobre la misma. Es decir, le otorga seguridad legal al proceso.

Asimismo, al inscribir un inmueble en el Registro no solo se conoce el titular de la misma y su descripción. Además, se incluyen en los derechos que pueden llegar a recaer sobre él. En esta línea, cuando hablamos de “derechos” nos referimos al dominio, la hipoteca, el usufructo, las servidumbres, la habitación, los censos y el derecho a retracto.

Registrar una propiedad en España, como te adelantamos, no es obligatorio. En consecuencia, son muchas las viviendas que aún no se encuentran inscriptas. Por tal motivo, son reiteradas las ocasiones que, llegado el momento de vender el inmueble, el propietario debe enfrentarse a una serie de riesgos.

No obstante, es posible vender una vivienda sin registrar. Para que el proceso de compraventa no demande futuros problemas, a continuación, te detallamos los posibles riesgos de esta situación y los modos posibles para resolverlos.

¿Cuáles son los riesgos de vender una vivienda sin registrar?

Como te adelantamos, si bien inscribir una propiedad en el Registro no es obligatorio, es de gran importancia. En este sentido, una de las principales y mayores dificultades al momento de vender una vivienda sin registrar es conseguir un comprador. Y, en el caso que pueda dar con uno, es muy seguro que debas realizar un ajuste bastante importante en el precio de venta. Esto se debe a los riesgos que deberá asumir el futuro comprador por adquirir una vivienda en dichas condiciones. El más extremo es la pérdida de la misma.

Según los expertos, los riesgos más eventuales a los que puede enfrentarse un comprador al adquirir una vivienda sin registrar son:

  • No será posible solicitar una hipoteca si la vivienda no está inscripta. Esto se debe a que el registro de la propiedad es uno de los principales requisitos de las entidades bancarias para otorgar créditos hipotecarios.
  • Será imposible confirmar la titularidad legítima de la vivienda. En este sentido, podría llegar a aparecer un tercero que reclame la vivienda como suya y, en consecuencia, solicitar el desalojo de la misma.
  • No se podrá verificar si la propiedad reúne las condiciones de habitabilidad previstas por el ayuntamiento. En los casos en los cuales la propiedad no reúna las normativas legales, el nuevo propietario podría enfrentarse a grandes reformas. De esta manera, se incrementaría la inversión, con gastos que no tenía previstos.
  • Será imposible corroborar que la vivienda se encuentre libre de cargas o si tiene pedido de embargo.  
  • En el caso de una doble venta, por ley se entregará la vivienda a quien la haya inscripto. Esto podría ser un motivo más para perder la vivienda.

No obstante, para el vendedor existen algunas contrariedades al vender una vivienda sin registrar. El titular del inmueble, una vez que la vende, continuará respondiendo por posible daños y prejuicios en el caso de que surjan alguno de los riesgos anteriormente mencionados.

¿Podría frustrarse una venta por no encontrarse registrada?

Como dijimos anteriormente, no es un trámite obligatorio ni un impedimento para la adquisición, herencia o constitución de propiedades o terrenos. Lo que debes saber es que, si será necesario, a la hora de solicitar una hipoteca o cuando decidas vender tú casa, ya que allí se demostrará la titularidad del inmueble frente a terceros.

Aunque es posible realizar la venta de ella sin haber sido registrada, pueden haber complicaciones en el proceso y hasta existe la posibilidad de que termine frustrándose por ejemplo por desconfianza de los compradores debido al motivo por el cual no fue escriturado.

Muchas veces, no se realiza la inscripción en el Registro de la Propiedad por ser una edificación irregular, o por problemas relacionados al titular de la vivienda o terreno en el que se ha construido. Otro posible motivo es que se haya ejecutado sin las licencias que corresponden o por las cargas fiscales que existen sobre la propiedad.

Por qué puede no haber sido registrada

Si bien casi todas las viviendas se encuentran inscriptas, existen algunas que no cuentan con esta documentación. Un detalle importante que puede ser muy útil es el de tratar de averiguar la razón por la que no dispone de escrituras y no se ha realizado el registro. A continuación detallamos algunos de los motivos posibles para que esto ocurra:

  • Dan por hecho que basta con realizar la inscripción en el catastro municipal, y con ello ya pueden demostrar la titularidad. Esta situación es falsa, lo que demuestra este hecho, es justamente el Registro de la Propiedad.
  • Puede haber sido ejecutado de manera ilegal. Esto quiere decir que no se pidieron los permisos necesarios para la construcción correspondiente al tipo de terreno. Cuando esto sucede, generalmente, se dispone de la escritura de la parcela y pueden realizar la venta, aunque no se encuentre la constatación de la edificación en ella.
  • Por desconocimiento
  • Olvido
  • Para poder ahorrar los gastos de registro y de notarios.

Debes saber que si bien las viviendas que no se encuentran registradas suelen tener un valor por debajo de la media de propiedades similares en el mismo barrio, no implica que no sea una inversión rentable. Se estima que para la venta de este tipo de inmuebles, se reduce un 20 por ciento promedio.

Por otro lado, la mayor desventaja de realizar la compra de una vivienda que no ha sido registrada, es que no contará con cobertura jurídica.  Es posible que se encuentre gravado por una hipoteca, un embargo de un organismo público, por lo que el comprador debe asumir una deuda que no le corresponde, y si no posee el dinero para hacer frente a ello, deberá renunciar a la propiedad.

Vender una vivienda sin registrar: como inscribirla para evitar riesgos

Para evitar cada uno de los riesgos que mencionamos en el punto anterior, si dispones de una vivienda que deseas venderla y aun no la registraste, es el momento de hacerlo. Es decir, antes de comenzar todo el proceso de compraventa te recomendamos inscribirla en el Registro de la Propiedad.

Diferentes pueden ser los casos de como resolver la venta de una casa que no se encuentre inscripta. Por eso, de manera orientativa, te presentamos los más comunes para que puedas ver cuál es el que mejor se adapta a tu situación. Recuerda que es a modo de ejemplificación para que puedas conocer las diferentes situaciones posibles que se presentan cuando se quiere vender una vivienda sin registrar. Por lo tanto, recomendamos que consultes al Registro de la Propiedad de tu localidad para obtener información precisa y detallada.

Inscribir una vivienda antigua por primera vez

Este proceso es reconocido como “inmatriculación”. Para poder llevar adelante este procedimiento es necesario presentar dos escrituras. Una de ellas debe certificar la adquisición de la propiedad por parte del anterior titular. Y otra, que acredite la transmisión del inmueble a nombre del nuevo propietario.

Para llevar adelante la inscripción debe existir un plazo de un año como mínimo entre ambas documentaciones. A su vez, ambos documentos deben incluir la descripción de la propiedad de manera idéntica a los datos que figuran en el Catastro.

Registrar una vivienda heredada a nombre propio

En estas situaciones deberás presentarte ante el Registro con una serie de documentos. Los mismos son los siguientes:

  • Certificado de defunción
  • Copia de DNI de la persona fallecido
  • Certificado de últimas voluntades
  • Escritura de aceptación de la herencia
  • Acta de declaración de herederos, para los casos en los cuales existe testamento (solo si no hay testamento)
  • Comprobante de pago
  • Solicitud de aplazamiento del impuesto de sucesiones y donaciones y plusvalía municipal.

Luego de la presentación de la documentación necesaria, el Registro dispondrá de un lapso de 15 días como máximo para inscribir el inmueble heredado. En el caso de encontrar algún tipo de anomalía deberá notificar al futuro titular la existencia de la misma.

El monto que deberás abonar para escriturar una vivienda heredada varía entre los 200 y los 500. No obstante, este coste varía según la cantidad de bienes a inscribir, su valor y la cantidad de herederos, entre otros factores.

Si lo llevamos a un ejemplo, si se desea inscribir una propiedad de tres herederos que se ha valorado para cada una de las partes 200.000 euros, el precio aproximado para registrar el inmueble de rondará los 400 euros.

Para vender una vivienda que está a nombre del propietario anterior en el Registro

Para estos casos, en el Registro de la Propiedad es necesario presentar la escritura de compraventa u otro documento que certifique la transferencia del inmueble. Si esta certificación no existe, las partes deberán acudir a un notario para que formalice la transmisión de la propiedad. Una vez realizado este paso, solo queda presentar en documento en el Registro.

Si el propietario anterior no se encuentre con vida, deberán intervenir el o los herederos del inmueble.

Vender una vivienda sin registro de la construcción, pero si del terreno

Otro de los casos posibles que pueden presentarse al momento de vender una vivienda sin registrar es que solo se encuentre inscripto el terreno y no la construcción. En este tipo de casos, lo que deberás realizar es presentarte ante un notario para llevar adelante la escritura de declaración de obra. La misma deberá ser presentada en el Registro en donde realizarán la verificación de la construcción y que la misma cumple con todos los requisitos. En el caso de que así sea, se procederá a la inscripción de la obra.

Aunque vender una vivienda sin que se encuentre registrada la construcción en el Registro sea legal no es lo que se recomienda realizar.  Recuerda que no solo será complicado conseguir un comprador por lo prejuicios que se podrían considerar, sino que deberás vender la vivienda a un valor muchísimo menos que al precio de mercado.

La superficie declarada no coincide con el tamaño real de la vivienda a vender

Que las declaraciones entre los que se inscribe en el Registro y la superficie real del inmueble sean diferentes es muy habitual. Ante estos casos, será necesario realizar una rectificación. Para poder llevar adelante este trámite deberás seguir los siguientes pasos:

  • Cuando la diferencia es mayor al 5%. En estos casos se informa al Registro de la situación sin la necesidad de realizar un trámite adicional para corregir los valores.
  • Si la diferencia de superficie es entre el 5% y el 10%. Ante esta situación solo será suficiente solicitar al Catastro la certificación literal y gráfica del inmueble. No obstante, esto podrá llevarse a cabo solo si existe coincidencia total entre la vivienda y la certificación catastral.
  • Cuando la diferencia excede el 10%. Por último, en estos casos será necesario acudir a un notario para realizar algunos procedimientos que determinen que no existen terceros que puedan influir o perjudicarse de la corrección.

Asimismo, deberás notificar el cambio solicitado a los propietarios de las viviendas colindantes. Luego, el notario deberá presentar una representación gráfica alternativa georreferenciada y otros trámites.

Al ser un proceso no del todo sencillo, siempre es recomendable que acudas al Registro de la Propiedad de tu localidad para obtener una orientación específica.

¿Es posible que el comprador realice la inscripción luego de concretada la venta?

La respuesta a este interrogante es afirmativa. En la práctica es totalmente viable vender una vivienda sin registrar y que luego el comprador lleve adelante el proceso de inscripción. Sin embargo, la dificultad será previa. Es decir, la de encontrar el comprador que se vea dispuesto a asumir los riesgos que la operación demanda.

Desde Oi Real Estate te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros, si es que estás buscando vender tu propiedad.  Somos una inmobiliaria de lujo que cuenta con más de diez años de experiencia en el sector. Además contamos con profesionales que podrán ayudarte a lograr tu objetivo.

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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Siempre la venta de una casa heredada ha sido un procedimiento complejo. No solo por la necesidad de que los herederos lleguen a un acuerdo. Sino, además, por el modo en que el artículo 28 de la Ley Hipotecaria regulaba la venta de este tipo de inmuebles. Nos referimos al período de dos años durante el cual un piso o casa heredada no podía ser inscripta en el Registro de la Propiedad con la nueva titularidad.

En la actualidad el articulo 28 ha sido derogado desde el 3 de septiembre de 2021. Sin embargo, ¿es retroactiva la ley para las viviendas de esta índole vendidas antes de dicha fecha? En el siguiente articulo respondemos a dicho interrogante y te detallamos el paso a paso de cómo vender una casa heredada.

Artículo 28 de la Ley Hipotecaria: ¿Es retroactiva la regulación para la venta de una casa heredada a partir de su derogación?

A partir del 3 de septiembre, con la derogación del artículo 28 de la Ley Hipotecaria no es necesario que transcurran dos años para poder llevar adelante la inscripción de una propiedad heredada en el Registro de la Propiedad luego de su venta.

Esto se debe a que, anteriormente el articulo establecía que una persona no podría obtener la titularidad total de un inmueble en condición de heredero ilegal debido a la posibilidad de que aparezca un heredado legal. Es decir, si un heredero no forzoso decidía vender la casa no se podía realizar el acta de inscripción del nuevo propietario en el registro.

En la actualidad, no existe más dicha cláusula y cualquier venta de una casa heredada podrá realizarse cuando sus herederos lo decidan y lo consensuen. Un dato muy importante a considerar es que solo se considera esta derogación en las operaciones que se hayan realizado luego del 3 de septiembre del 2021.

Por lo tanto, todas las operaciones que se puedan llevaron a cabo previo a dicha fecha siguen afectadas por el artículo 28. Esto se debe a que el carácter retroactivo de la derogación aún no es oficial.

¿Cuáles son los pasos para poner en venta una casas heredada?

Vender una cada heredada no es tan diferente a vender una propiedad que no tenga esta característica. Sin embargo, cuando se trata de propiedades que han sido recibidas a modo de sucesión por la muerte de una persona deben, previamente, realizarse una serie de pasos vinculados a la tramitación de la herencia. Por lo tanto, el procedimiento completo será el siguiente:

a) Documentación para tramitar la herencia
b) Aceptar o rechazar la herencia ante notario
c) Liquidar los impuestos correspondientes
d) Inscribir la casa en el Registro de la Propiedad
e) Poner en venta la propiedad
f) Liquidar los impuestos que implica la venta de la casa heredada

Si la propiedad fue heredada por varias personas, cada una de ellas deberá participar en cada uno de las diversas etapas de la operación.

Documentación necesaria para heredar la propiedad

Antes de poder llevar adelante la venta de una casa que ha sido heredada, previamente es necesario realizar todo el trámite para poder aceptar la sucesión. Para tal finalidad necesitaremos solicitar los siguientes documentos o certificados:

a) Certificado de defunción
b) Certificado de últimas voluntades
c) Copia autorizada del testamento, en caso de que exista. O declaración de herederos.

Aceptar o rechazar la herencia ante notario

Una vez que conseguimos cada uno de los certificados el siguiente paso es que cada uno de los herederos acepte o rechace la herencia. Este paso dependerá de la existencia o no de un testamento.

¿Cómo se acepta una herencia con testamento?

En aquellos procesos de sucesión en los cuales exista un documento que declare las últimas voluntades del fallecido, las etapas para aceptar la herencia serán las siguientes:

Realización de un inventario de bienes y obligaciones del causante:

Se trata de una lista de toda la masa hereditaria del fallecido en la cual se deberán incluir:

venta de una casa heredada

1) Datos de las viviendas.
2) Saldo en cuentas bancarias.
3) Los vehículos.
4) Seguro de vida.
5) Deudas.

Firma de la escritura de partición/cuaderno particional:

Para esta etapa es necesario la recolección de todos los datos de cada uno de los herederos. Asimismo, el inventario con toda la información de la masa hereditaria del fallecido y el modo en que será repartida según lo estipule el testamento.

En aquellos casos en los cuales el heredero es una sola persona, solo se deberá realizar un documento que afirma la aceptación de la herencia y que luego sea legitimado con la firma de un notario. Por lo tanto, no será necesario la realización de una escritura para la partición.

¿Cómo se acepta una herencia sin testamento?

Por el contrario, en aquellas situaciones en las cuales no exista testamento, lo que será necesario es la realización de la declaración de herederos para que el notario determine quienes son las personas en condiciones de heredar para la ley.

En este caso, será de gran importancia demostrar el parentesco con la persona fallecida mediante: libro de familia, partidas de nacimiento o de matrimonio. Una vez demostrada la relación parental se procede a la firma en notaria:

a) Acta de declaración de herederos
b) Escritura de partición de la herencia/cuaderno particional: al igual que en la aceptación de una herencia con testamento, se deberá realiza un inventario donde figure todo el patrimonio del fallecido, inclusive sus deudas.

Asimismo, el porcentaje correspondiente a cada heredero.

Rechazo de la herencia por parte de uno de los herederos

Si uno de los herederos no quiere aceptar la parte de la herencia que le corresponde, el resto de los participantes pueden acudir a un notario con la finalidad de solicitar un acta de notificación. En ella el notario notifica la necesidad de presentación del heredero en cuestión dentro de los 30 días de recibida el acta aceptando o rechazando su parte. Ante la ausencia de una respuesta, el legado se considerará como aceptado por defecto.

Liquidación de los Impuestos de la herencia

Este paso es de suma importancia por el solo motivo de que si no se liquidan los impuestos será imposible la venta de la casa heredada. Como mencionamos en otras oportunidades, al heredar bienes inmuebles los impuestos que deben ser tributados son:

1.     Impuesto de sucesiones: Se trata del impuesto que grava la trasmisión de bienes y deberes ante el fallecimiento de una persona a título gratuito. Debe pagarse en la Hacienda competente de la comunidad donde el fallecido residía. Este gravamen debe abonarse dentro de los seis meses luego de la defunción de la persona con la posibilidad de una prórroga por seis meses más.

Este tipo de impuesto caduca luego de los cuatro años de heredada la casa. Una vez pasado ese período, termina la obligación de pagarlo. Sin embargo, esperar estos cuatro años, implicaría no poder poner a la venta una casa heredada.

2.     Plusvalía municipal: cuando una herencia incluye bienes inmuebles se debe liquidar el tributo municipal denominado plusvalía. Este impuesto grava el aumento del valor del suelo desde la adquisición de la propiedad por el fallecido hasta la recepción de la misma por la herencia. Se abona en el ayuntamiento donde se localiza el inmueble y se abona dentro de los seis meses luego de la defunción con una posible prórroga de otros seis más.

Inscripción de la propiedad en el Registro

En España, inscribir una propiedad heredada en el Registro no es una acción obligatoria. Sin embargo, es un paso que se recomienda realizarlo para otorgarle un marco legal a la trasmisión y para poder poner en venta la casa.

En los casos que se decida inscribir la propiedad se necesitara la siguiente documentación:

  • Copia de DNI de la persona fallecida y certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Escritura de aceptación de la herencia y acta de declaración de herederos (en los casos donde no exista testamento).
  • Recibos de liquidación o aplazas de los impuestos correspondientes.

Ante la solicitud de la inscripción con la documentación pertinente, el Registro tendrá un plazo de 15 días para llevar adelante la petición o notificar la existencia de algún problema que impida su concreción.

¿Cuánto cuesta la escritura de una propiedad heredada?

Inscribir una propiedad heredada en el Registro de la Propiedad varía ente los 200 y 500 euros ( coste aproximado hasta julio 2022). No obstante, este precio dependerá de la cantidad de bienes a registrar, el valor de su tasación, la cantidad de personas que hereda, etc.

¿Cuáles son los pasos para concretar la venta de una casa heredada?

Luego de haber realizado todos los pasos anteriores y haber inscripto la vivienda en el Registro, se podrá poner a la venta una casa heredada con total normalidad y con los pasos de cualquier otro inmueble.

El paso a paso a seguir para lograr vender un inmueble que ha sido heredado serán los siguientes:

  1. Tasar la vivienda.
  2. Recopilar los documentos necesarios para la venta.
  3. Poner en promoción la casa.
  4. Enseñar la casa heredada en venta.
  5. Negocia el precio y las condiciones con el posible comprador.
  6. Firmar el contrato de arras.
  7. Firmar la escritura de la venta en notaria.

En muchos casos es posible que el asesoramiento o profesionales del sector inmobiliario puedan ser de gran ayuda en situaciones como:

  • Cuando los herederos son varias personas y no logran ponerse de acuerdo para concretar las condiciones de venta de la cada heredada.
  • Si quienes heredan viven en otras localidades.
  • Si ninguna de las personas a heredar tiene tiempo o puede llevar adelante todos trámites necesarios para vender la casa heredad entre particulares.

¿Cuál es el precio que se le paga a Hacienda por la venta de una casa heredada?

Durante el procedimiento para heredar una propiedad es obligatoria la liquidación de algunos impuestos. Luego de que se concrete la venta de una casa heredada se deberán pagar dos tributos adicionales: el IRPF y la plusvalía municipal.

En el caso de que la herencia haya sido repartida entre varias personas, dichos impuestos serán abonados de manera proporcional a lo que cada heredero recibió.

IRPF en la herencia

Es el tributo que se paga por la ganancia de carácter patrimonial que se tiene a partir de la venta. Para poder conocer como se calcula se toma el valor declarado de la vivienda en el impuesto de sucesiones. En este sentido, la diferencia existente entre dicho valor y el precio de venta de una cada heredada dará la ganancia patrimonial.

Plusvalía municipal

En este tipo de gravamen, si se vende la vivienda dentro del mismo periodo fiscal en el cual ha sido heredada, no se tendrá que abonar una vez más la plusvalía municipal. Esto se debe a que ya se ha liquidado este tributo con la aceptación de la herencia.

Por el contrario, si la venta de una casa heredada es pasando el periodo fiscal en el cual se recibió el inmueble, se deberá pagar este tipo de impuesto. Por lo tanto, si consideramos que la plusvalía grava sobre el aumento del valor del suelo, cuanto menos tiempo se tarde en venderla menos será lo que se deba pagar por ello.

Hasta aquí todo sobre la derogación del artículo 28 de la Ley Hipotecaria, una cláusula que limitaba la posibbilidad de vender una casa heredada previo al trancurso de los dos años luego de la muerte del cuasante. Además, detallamos la documentación necesaria para vender este tipo de inmuebles, los pasos a seguir y que impuetos se deberán abonar para concretar la operación.

Si te has quedado con alguna duda, déjanos tu comentario al final de la nota. Si requieres de asesoramiento para comprar o vender un inmueble puedes confiar en nosotros. En OI REAL ESTATE contamos con los mejores profesionales inmobiliarios, con más de 10 años de experiencias en el mercado de lujo de España.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué ocurre con la hipoteca si se da un caso de divorcio o fallecimiento del titular. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si estás atravesando el duro momento de un divorcio, es muy habitual que comencemos a preguntarnos que es lo que debemos hacer con la hipoteca.

Por otro lado, también sucede que nos surjan dudas respecto a qué sucedería si falleciera el titular de la hipoteca.

Es por este motivo que hemos decidido realizar este artículo. Aquí aclararemos estas dos cuestiones, te explicaremos paso a paso qué ocurre con la hipoteca en los casos de divorcio, y también, veremos lo que se debe hacer si fallece el titular de una hipoteca:

Hipoteca en caso de separación o divorcio

En primer lugar, por regla general, las cuotas de la hipoteca deberá abonarlas quien figure como deudor en el contrato de préstamo hipotecario firmado con el banco. De modo que, si el préstamo se concedió a uno solo de los cónyuges, el deudor será el cónyuge titular del préstamo y el único responsable del pago frente a la entidad bancaria. Por otro lado, si el préstamo se concedió a ambos, estando ya casados o solteros, ambos son deudores y el banco podrá reclamar las cuotas a cualquiera de los dos. Ante el banco la hipoteca sigue siendo responsabilidad de los dos.

Después del divorcio existen dos alternativas para el pago de la hipoteca

Si estás atravesando el difícil proceso de un divorcio, veamos que salidas tienes:

  • Continuar compartiendo la hipoteca hasta lograr una solución más satisfactoria, por ejemplo, la venta de la vivienda. 
  • Disolver el condominio y llevar a cabo una novación hipotecaria con la conformidad de la entidad bancaria. Aquel que asuma el pago de la hipoteca tendrá que negociar con el banco un cambio de titular de la hipoteca para que dejen de figurar ambos cónyuges como deudores y pase a ser titular único. Sin embargo, debemos resaltar que la entidad bancaria no está obligada a aceptar esta operación y no suelen hacerlo si no se acredita que quien quede como titular único cuenta con la solvencia económica necesaria.

Hipoteca en caso de vender la casa

Una de las preguntas más comunes sobre compraventa de inmuebles es si es posible vender una vivienda con hipoteca. La respuesta es que, sí es posible y además, hay varias maneras de hacerlo.

Si aún no hemos terminado de pagar nuestra hipoteca pero queremos vender nuestro piso, lo más habitual es que utilicemos el dinero de la venta para saldar la deuda que nos quede. Ante esta situación, tenemos dos escenarios, puede ser que el precio de venta sea superior o inferior a lo que nos resta pagar por la hipoteca.

precio de venta superior a lo que nos queda por pagar de la hipoteca

En este caso utilizaremos una parte del precio de compraventa para terminar de pagar la deuda y para abonar los costes de cancelación de la hipoteca.

Tendremos que solicitar a nuestro banco un certificado de deuda pendiente, y luego, debemos presentarlo ante el notario. El comprador, pedirá la emisión de, al menos, dos cheques: uno para nosotros y otro para la entidad bancaria con la cantidad que corresponda por la deuda pendiente y la comisión por cancelación anticipada. Este último cheque será recibido por un representante de nuestro banco. A partir del reembolso total de la hipoteca demostrado, será posible tramitar la compraventa y la cancelación de la hipoteca del vendedor.

El precio de venta es inferior a lo que nos queda pendiente de la hipoteca

En este caso, el banco debe darnos la autorización, ya que tiene nuestra vivienda como garantía del préstamo hipotecario hasta que lo paguemos totalmente.

En primer lugar, debemos hablar con nuestro banco antes de vender la vivienda para informarle de la situación y ver si está de acuerdo en cancelar la hipoteca gracias al pago del importe de la compraventa y de un préstamo personal que nos puede otorgar.

Cuando el importe que quede tras la venta sea suficientemente pequeño el banco estará de acuerdo. Por lo general, los préstamos personales no superan los 50 000 euros, sin embargo, el banco se encargará de analizar nuestra situación financiera actual para asegurarse de que podemos abonar sin problemas las cuotas resultantes.

Es necesario tener en cuenta que con el trámite del nuevo préstamo tendremos que abonar los gastos de cancelación de la hipoteca y también, los de la constitución del nuevo crédito, si los hay.

En Oi REALTOR te compramos tu casa:

  1. Ponte en contacto con nosotros por teléfono o a través del formulario y un agente te atenderá en menos de 24 horas.

2. Visitaremos tu piso, lo valoraremos y haremos la tasación.

3. Te presentaremos una oferta sin compromiso con un precio competitivo según el mercado inmobiliario.

4. Si aceptas la oferta, te compramos tu casa. Formalizaremos la compraventa y haremos todas las gestiones de inmediato.

5. Recibirás el pago de tu vivienda en un máximo de 48 horas tras la firma del contrato.

¿Es posible transferir la hipoteca entre vendedor y comprador?

La respuesta , es decir, hay una solución entre el vendedor y el comprador que pasa por transferir el préstamo hipotecario del vendedor al comprador. El nombre de esta operación es subrogación al deudor.

Sin embargo, la realidad es que se trata de un proceso muy poco probable de conseguir, ya que los bancos prefieren cancelar una hipoteca y abrir otra. El motivo es que le sale más a cuenta abrir una nueva hipoteca al comprador con mejores condiciones.

Matrimonio y el régimen económico

En un régimen económico matrimonial, cada uno de los integrantes pone en común y divide por partes iguales los beneficios que hayan sido obtenidos por cualquiera de los dos durante la vida en común.

Sin embargo, como pasa en muchos casos, puede suceder que la relación no funcione y se decida poner fin al matrimonio. Es en estos casos cuando debemos realizar la disolución del régimen económico matrimonial ante notario.

De este modo, las propiedades serán repartidas en partes iguales. En otras palabras, si la pareja cuenta con varios inmuebles y bienes en su haber (coches, plazas de garaje, entre otros) por medio de este proceso cada uno obtendrá el 50% del total de los bienes.

Claves para disolver el régimen económico y lograr vender una vivienda después de un divorcio:

  • La disolución del régimen de gananciales se lleva a cabo ante notario si hay acuerdo

  •  Los bienes de la pareja son divididos en partes iguales

  • La vivienda se la puede quedar una de las partes, o bien, se puede vender a un tercero

  •  Si no se llega a un acuerdo se deberá iniciar un procedimiento judicial y se venderá el piso en subasta pública

¿Qué sucede si solo tienen una vivienda en común?

En este caso, pueden suceder dos cosas. Por un lado, que uno de los cónyuges se quede con la vivienda y compense al otro económicamente. La otra opción es que la vivienda se venda.

Hipoteca: ¿Qué sucede si una de las partes se queda con la casa?

A pesar de que una de las partes se quede con la vivienda, la obligación sobre la hipoteca continúa siendo responsabilidad de ambos.

En general, en estos casos lo que sucede es que la parte que continúa en la vivienda se quede con la hipoteca, ya que la otra parte buscará desvincularse.

Para hacer esto, es necesario que los dos cónyuges se dirijan al banco para plantear el cambio de la titularidad de la hipoteca. Lo que se produce en este caso es una novación de la hipoteca.

Lo primero que debemos considerar, es que la novación no se trata de un proceso automático. En el momento en que se realice el trámite, la entidad verificará si la renta de aquel que se queda con la vivienda es suficiente para hacer frente la hipoteca o si tiene que solicitar una aval o garantía de pago.

¿Qué ocurre si fallece el titular de una hipoteca?

Aquí te explicaremos paso a paso, qué pasos seguir en caso de que fallezca el titular de una hipoteca.

En primer lugar, tendrás que notificar al banco sobre la situación, ya que las cuotas de la hipoteca continuarán a cargo de la cuenta asociada del titular y no será posible cambiar mientras no se realice el cambio de nombre. 

Cuando alguien fallece, los herederos no solo reciben los bienes y derechos, sino también las obligaciones y cargos (hipoteca).

No obstante, según el Código Civil, la herencia es un derecho y no una obligación, de modo que los herederos pueden renunciar a ella. Si el fallecido tenía una hipoteca, los herederos cuentan con tres opciones: 

  • Aceptar la herencia, junto con la hipoteca y el resto de deudas pendientes. 
  • Rechazar la herencia por completo. 
  • Aceptar la herencia a beneficiario de inventario. Se trata de recibir la parte restante de la herencia tras haber pagado la hipoteca.

¿Qué ocurre si hay dos titulares o un aval?

Si son dos los titulares de la hipoteca y uno fallece, se supone que los herederos asumirán el 50 % de la deuda de la hipoteca. No obstante, cuando los herederos optan por rechazar toda la herencia, es el cotitular de la hipoteca el que tendrá que asumir toda la responsabilidad del préstamo. 

Además, lo primero que debemos saber es que la figura del avalista no desaparece si fallece el titular.

En este sentido, si los herederos han aceptado la hipoteca, continuará siendo el avalista de la hipoteca. Y para los casos en que los herederos no acepten la herencia variará dependiendo de cada contrato lo que suceda con el avalista.

Trámites y protocolo que debe realizar el banco

Si bien cada entidad bancaria tiene un protocolo de actuación distinto, los documentos que generalmente se deberán entregar son:

  • Certificado de defunción
  • Certificado de las últimas voluntades
  • Testamento o declaración de herederos
  • Escritura de adjudicación de la herencia
  • Certificado de pago del impuesto de sucesiones. 
  • Escritura pública de renuncia, en caso de que los herederos no acepten la herencia.

Recién cuando el banco cuente con toda la documentación, entregará la información sobre los productos que el fallecido tenía contratados con la entidad.

¿Qué es y para que sirve un seguro de vida?

En primer lugar, debes saber que un seguro de vida vinculado a una hipoteca protege al banco ante el impago de la deuda hipotecaria en caso de fallecimiento del titular.

En un principio puede parecer que el seguro de vida para hipoteca es una gran ventaja para el banco, sin embargo, debemos recordar que en caso de fallecimiento y careciendo de un seguro de vida para hipoteca, los herederos deben hacer frente a la deuda.

Es importante resaltar que una gran cantidad de bancos exigen contratar un seguro de vida al momento de brindar la hipoteca.

Otro punto fundamental es revisar las condiciones de cobertura del seguro. De este modo, sabrás si este se hará cargo de una parte de la hipoteca o de su totalidad. Para eso, cuando fallece el titular de la hipoteca, se debe entregar la documentación relativa tanto a la aseguradora como al banco. 

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre qué sucede con la hipoteca en caso de fallecimiento del titular o divorcio. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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En post anteriores hemos tratado sobre todo lo que tiene que ver con una herencia y el modo de gestionarla, según exista o no un testamento. Para esta oportunidad queremos contarte el modo en que debes acceder a las cuentas bancarias de una sucesión ante el fallecimiento de un familiar.

En este sentido, a continuación, te presentamos una guía para que puedas conocer cada uno de los pasos para tramitar herencia y el papeleo bancario. Sigue leyendo.

Guía completa para las cuentas ante el fallecimiento de un familiar

En esta guía actualizada queremos detallarte la información detallada sobre los modos y pasos legales a seguir ante el fallecimiento de un familiar que deja en herencia cuentas bancarias. Asimismo, como prevenir determinadas complicaciones con antelación y el gasto aproximado que generará la aceptación y la tramitación de lo heredado.

Desde Oi Realtor queremos orientarte para poder gestionar la documentación precisa. De esta manera, acceder a la cuenta bancaria de una persona fallecida que ha dejado en herencia.

A lo largo del artículo, podrás encontrar cada uno de los papeles necesarios para tramitar el acceso a una cuenta y los lugares a donde acudir para llevar adelante las gestiones. A su vez, a lo largo de la nota encontrarás cada uno de los derechos y las obligaciones vinculados a este tipo de operación.

No obstante, si bien con toda esta información será de gran utilidad para conocer el proceso de la gestión siempre. La mayor recomendación es acudir a un asesor jurídico para que todo salga de la mejor manera, en el mejor tiempo posible y sin pérdidas de tiempo.

¿Cuál es la documentación necesaria para realizar las gestiones?

Una manera de agilizar significativamente el cargo de la gestión es resolver con anticipación la obtención de los siguientes documentos:

  • El testamento. En caso de que el familiar fallecido no haya dejado a uno, será necesario gestionar la declaración de herederos. Es decir, el listado de personas beneficiadas por ley.
  • Las escrituras de las correspondientes propiedades.
  • Todos los contratos de las cuentas de banco, seguros de vida o fondos de inversión.
  • El documento de voluntad anticipada.

Además, otra recomendación por parte de los expertos es un cálculo aproximado y anticipado del Impuesto de Sucesiones. Si bien el monto a tributar varía según determinados y diversos factores, se aconseja realizarlo si se tienen a disposición los siguientes datos: la base imponible, las diversas deducciones y la cuota tributaria.

Ante el fallecimiento de un familiar ¿Qué pasos se deben realizar?

Cuando una persona fallece todos sus bienes y sus obligaciones (deudas), en caso de tenerlas, son heredadas por aquellas personas que figuran en su testamento o por las que designa la ley. Hasta no realizar todos los pasos correspondientes para tramitar una herencia, los bienes inmuebles que se heredan no pueden ser vendidos por ninguno de sus herederos. Así como tampoco, en caso de haber herencia de dinero o cuenta bancaria, no se podrá de disponer de dicho monto.

Asimismo, el fallecimiento de un familiar es una vivencia muy dolorosa que implica una seria de acciones legales que pueden llegar a ser muy complejas. Al momento de la defunción de un ser querido deberás seguir una serie de pasos para poder llevar adelante la gestión de sus bienes.

fallecimiento de un familiar

Obtención del certificado de defunción

El fallecimiento un familiar tiene efectos civiles desde el momento en que sucede. No obstante, para que pueda ser reconocida plenamente es necesario inscribir el deceso en el Registro Civil. Una vez realizada dicha inscripción se notificará la baja de la persona difunta en el padrón.

En la mayoría de los casos, quienes se encargan de este trámite son los agentes funerarios. Pero, sin problemas, pueden ser realizados por os propios familiares.

Certificado de actos de buena voluntad

Luego de 15 días del fallecimiento de una familiar se deberá solicitar este certificado a través de la presentación de un impreso oficial en la agencia correspondiente en cada comunidad o en la dependencia del Ministerio de Justicia más cercana. Este paso tiene que ver con el conocimiento de la existencia o no de un testamento. En el caso de haber se deberá firmar con el nombre del notario responsable. De lo contrario, se deberá realizar la declaración de herederos.

Cancelación de todos los impuestos relacionados a la herencia

Para poder llevar adelante todo el proceso de una herencia se deberá abonar el Impuestos de Sucesiones y Donaciones y el de plusvalía municipal.

El pago del tributo deberá realizarse dentro de los primeros seis meses desde el fallecimiento del causante. En caso de necesitar, será posible pedir una prórroga por un periodo de seis meses más. En muchas ocasiones, estos impuestos son extendidos para ser saldados cuando se quiere vender alguna propiedad heredada para poder hacer frente los gastos de la sucesión con dicho dinero.

Recuerda que, a partir del 2022, la base imponible de la plusvalía y del impuesto de sucesiones ha sido modificado por la ley antifraude. Por lo tanto, deberás tener en cuenta esta nueva legislación para concretar todo el proceso.

¿De qué manera conocer la información de las cuentas bancarias de una familiar ante su fallecimiento?

Entre la masa hereditaria de una persona puede haber cuentas bancarias, seguros de vida, etc. En estos casos, si no se tiene en cuenta cuales son las entidades bancarias de las mismas será necesario acudir a la Agencia Tributaria para obtener la información necesaria.

Una vez en la administración correspondientes, te solicitarán presenten la certificación y documentación que acredite la condición de herederos.

¿Qué deberá haber la entidad bancaria y cuando será posible acceder a los saldos de la cuenta?

Por su parte, el banco en el cual se encuentre la cuenta bancaria de la persona fallecida deberá facilitar, ante la presentación de la condición de beneficiario, la información vinculada a:

  • Las posiciones del fallecido. Estos datos son acerca de saldos, movimientos de la cuenta y cada na de las operaciones que se realizaron en la misma.
  • Documentación que certifique que los herederos ostentan dicha condición.

Por otra parte, respecto a periodo para poder acceder a los saldos de la cuenta, el mismo está vinculado a los tiempos que tarda el proceso de la propia herencia. Es decir, primero será necesario la liquidación de cada uno de los impuestos correspondientes. Al menos son unos 6 meses con posibilidad de prórroga de otros 6 meses más, para gestionar. De esta manera, una vez saldado este gasto en Hacienda se podrá reclamar la herencia y el saldo de la cuenta por los 30 años posteriores.

A su vez, para poder disponer del dinero de la persona fallecido se deberá acreditar el derecho hereditario. En este sentido, para su justificación las entidades competentes para la adjudicación de cada uno de los bienes exigirán la documentación de la partición. Es decir, de quienes aceptan o rechazan los bienes y deberes del fallecido. Este documento debe ser formalizado mediante notario y es carácter privado. En este caso, cuando la documentación se encuentra firmada por cada uno de los herederos o representantes.  Esto será necesario para las administraciones para realizar la disposición de los bienes singulares cuando la herencia se encuentra en estado de indiviso.

fallecimiento de un familiar

Información relevante sobre el Impuesto a Sucesiones y Plusvalía Municipal

En este apartado queremos dedicarle unas líneas a los tributos que se encuentran vinculados al proceso de sucesión. Nos resulta de gran importancia ya que dependerá de su cancelación la demora de partición de la herencia.

Como mencionamos, la base imponible de ambos gravámenes ha sido modificada para este 2022 a partir de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Particularidades del Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Este tributo se trata de un impuesto que debe ser abonado por toda persona que reciba de manera total o parcial bienes de una herencia. Se trate de una herencia universal o por testamento.

El valor a pagar por el tributo no siempre es el mismo. Su cuantía dependerá de diversos factores según cada situación en particular. En este sentido, para calcular el monto a abonar por el impuesto de sucesiones se considerará:

  • Valor total de los bienes que reciba el heredero
  • Parentesco con el fallecido
  • Patrimonio de la persona que va a heredar antes de ser sujeto de derecho de la misma
  • Población de residencia de la persona que ha fallecido. Este punto refiere a que este tipo de impuesto es competencia de las CC.AA. Es decir, cada una de las autonomías tendrán la libertad, dentro de un rango normativo, de establecer el tipo imponible que crea correspondiente.

A partir del fallecimiento de una familiar, cada uno de los herederos tendrá un plazo de 6 meses para cancelar el impuesto pudiendo prorrogar otros 6 más si fuese necesario. El pago del tributo podrá realizarse en cualquier entidad bancaria que tenga la función de recaudación. Asimismo, puede optar por la autoliquidación. En este último caso, se requerirá de una documentación particular que no siempre se encuentra disponible en todas las comunidades.

Particularidades de la Plusvalía Municipal

La plusvalía municipal refiere al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Se trata de un gravamen que se paga cuando se vende, dona o hereda una vivienda. Este tributo, al igual que el Impuesto de Sucesiones se encuentra cedido a las comunidades autónomas. Por lo tanto, dependerá de cada una de ellas el tipo impositivo que se deberá abonar.

Lo que grava la plusvalía es incremento del valor de los terrenos urbanos desde el momento de la compra hasta su transmisión. En otras palabras, el impuesto se aplica sobre el importe de revalorización del bien desde el momento en que lo compraste hasta el día en que lo vendes, lo donas, o lo heredan tus descendientes.

Hasta aquí te hemos contamos y detallado los pasos a seguir para acceder a la cuenta bancaria ante el fallecimiento de una familiar. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Realtor te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta de tu inmueble de manera exitosa.